Resolución 4200/2015

Bases Del Concurso - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Ciencia, Tecnologia E Innovacion Productiva
Bases Del Concurso - Aprobacion

Apruebanse las bases de los concursos definidos por los comites de seleccion para la cobertura de los sesenta y cuatro (64) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, de acuerdo al detalle obrante en el anexo i que forma parte integrante de la presente.

Id norma: 254068 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33246

Fecha boletin: 30/10/2015 Fecha sancion: 28/10/2015 Numero de norma 4200/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Nacional De Investigaciones Cientificas Y Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIODE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONESCIENTÍFICAS Y TÉCNICAS

Resolución 4200/2015

Bs. As., 28/10/2015

VISTO el Expediente N° 7958/15 del registro del CONSEJO NACIONAL DEINVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, el Decreto N° 2098 de fecha 3de diciembre de 2008 y sus modificatorios, el Decreto N° 1830 de fecha1 de septiembre de 2015, la Decisión Administrativa N° 1126 de fecha 8de noviembre de 2012, la Decisión Administrativa N° 609 de fecha 1 deagosto de 2014, la Resolución N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de laentonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS, las Resoluciones N° 504 de fecha 28 de octubre de 2013, y N°636 de fecha 4 de diciembre de 2014, ambas de la entonces SECRETARIA DEGABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS, la Resolución N° 166 de fecha 14 de agosto de 2015 de laSECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y laResolución del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS YTÉCNICAS N° 4106 de fecha 19 de octubre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 2098/08 se homologó el Convenio Colectivo deTrabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO(SINEP).

Que por las Resoluciones Nros. 504/13 y 636/14 de la entoncesSECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS se asignaron SESENTA Y CINCO (65) cargos vacantesy financiados de Planta Permanente del CONSEJO NACIONAL DEINVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), autorizados para sucobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1126/12 ypor los artículos 1° y 9° de la Decisión Administrativa N° 609/14,mediante el régimen de selección establecido por el Título IV delSISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el ConvenioColectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 ysus modificatorios, conforme al detalle consignado en el Anexo I queforma parte integrante de la presente Resolución.

Que en esta oportunidad se propone la convocatoria de SESENTA Y CUATRO(64) cargos vacantes y financiados, posponiendo el cargo restante parauna futura selección.

Que por Resolución CONICET N° 4106/15, se designó a los integrantes delos Comités de Selección para la cobertura de los cargos mencionados.

Que los integrantes de los Comités de Selección han definido las Basesde las respectivas convocatorias.

Que dichas Bases reúnen las características de claridad y precisión quepermiten identificar concretamente las tareas y acciones propias delpuesto, las competencias técnicas de gestión requeridas para sudesempeño, las distintas etapas de evaluación que se administrarándurante el concurso, los factores de puntuación y el cronogramatentativo de implementación, por lo que corresponde resolver sobre elparticular.

Que por lo tanto corresponde efectuar el llamado a Concurso porConvocatoria Extraordinaria de los cargos autorizados para su coberturay aprobar las Bases de los Concursos respectivos, conforme loestablecido en el artículo 15 del referido Régimen de Selección dePersonal.

Que la Dirección de Servicio Jurídico ha tomado la intervención que lecompete.

Que la presente medida ha sido tratada en reunión de Directorio delCONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET) delos días 21 y 22 de octubre de 2015.

Que las facultades para el dictado del presente acto emanan de lodispuesto por los Decretos Nros. 1661/96, 310/07, 1939/12, 263/13,732/14, 1136/14 y 409/15, las Resoluciones CONICET D N° 346/02,2358/14, 4985/14 en su parte pertinente, 1904/15, y lo establecido porel artículo 13, inciso b) del Anexo I de la Resolución de la entoncesSECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS N° 39/10.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS YTÉCNICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébanse las Bases de los Concursos definidos por losComités de Selección para la cobertura de los SESENTA Y CUATRO (64)cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, de acuerdo aldetalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Llámese a Concurso mediante convocatoria extraordinaria yabierta conforme a los procedimientos establecidos por el Régimen deSelección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO(SINEP), para la cobertura de los cargos vacantes y financiados que sedetallan en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3° — Llámese a Concurso mediante convocatoria extraordinaria ygeneral conforme a los procedimientos establecidos por el Régimen deSelección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO(SINEP), para la cobertura de los cargos vacantes y financiados que sedetallan en el Anexo III, que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 4° — Llámese a Concurso mediante convocatoria extraordinaria yabierta, reservada a personas titulares de certificados únicos dediscapacidad o demás certificados de discapacidad vigentes, expedidospor autoridades competentes según lo dispuesto en el artículo 3° de laLey N° 22.431 y sus modificatorias, y conforme a los procedimientosestablecidos por el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMANACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), para la cobertura de los cargosvacantes y financiados que se detallan en el Anexo IV, que forma parteintegrante de la presente.

ARTICULO 5° — Llámese a Concurso mediante convocatoria extraordinaria ygeneral, reservada a personas titulares de certificados únicos dediscapacidad o demás certificados de discapacidad vigentes, expedidospor autoridades competentes según lo dispuesto en el artículo 3° de laLey N° 22.431 y sus modificatorias, y conforme a los procedimientosestablecidos por el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMANACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), para la cobertura de los cargosvacantes y financiados que se detallan en el Anexo V, que forma parteintegrante de la presente.

ARTICULO 6° — Fijase como período de inscripción documental de losrespectivos Concursos el comprendido entre los días 09 de noviembre de2015 en el horario comprendido entre las 10.00 horas y las 16.00 horas,al 20 de noviembre de 2015 inclusive en el horario comprendido entrelas 10.00 horas y las 13.00 horas.

ARTICULO 7° — Fijase como lugar de inscripción, asesoramiento ycomunicación de información adicional, la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓNDE RECURSOS HUMANOS, dependiente de la GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS delCONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, sita enAvenida Rivadavia 1917 - Planta Baja - Código Postal 1033, CiudadAutónoma de Buenos Aires, a partir del día 09 de noviembre de 2015, enel horario comprendido entre las 10.00 horas y las 16.00 horas.

ARTICULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Dr. ROBERTO C. SALVAREZZA,Presidente CONICET.

ANEXOI

BASES DELCONCURSO:

1. PROCESODE SELECCIÓN:

Consistirá en: Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales,Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral y Evaluaciónde Perfil Psicológico.

Cada una de las etapas se dará por aprobada o desaprobada siendo lasmismas excluyentes en el orden sucesivo indicado.

1.1 EVALUACIÓN DE ANTECEDENTESCURRICULARES Y LABORALES:

Consistirá en el análisis y valoración de los antecedentes pertinentesespecíficamente al cargo, de acuerdo con los requisitos exigidos.Puntaje CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente forma: CUARENTA(40) puntos para Antecedentes de Formación y SESENTA (60) puntos paraAntecedentes Laborales.

Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA(60) puntos.

1.2 EVALUACIÓN TÉCNICA: Serealizará mediante una prueba de evaluación de conocimientos y unaprueba escrita de aplicación práctica de los mismos, con las que seevaluará el grado de conocimientos, habilidades, dominio y posesión delas competencias técnicas laborales requeridas en el perfil del cargo.Ambas pruebas se administrarán utilizando un mecanismo de anonimato quesólo permitirá individualizar al postulante después de su calificación.El postulante que se identificara en cualquiera de las pruebas escritasserá excluido del proceso de selección. PUNTAJE TOTAL DE LA ETAPA: CIENPUNTOS (100) puntos, que se distribuirán en CINCUENTA (50) puntos paracada una de las pruebas. Accederán a las siguientes etapas quieneshayan obtenido, al menos, SESENTA (60) puntos. En los procesos deselección de cargos bajo el régimen de reserva de puestos de trabajopara personas con discapacidad certificada (artículo 8° de la Ley N°22.431 y su modificatoria) el Comité de Selección junto con las áreasde Recursos Humanos efectuarán los ajustes razonables necesariosconforme las discapacidades acreditadas por los postulantes. De igualmanera se procederá en las convocatorias en las que sean admitidospostulantes con discapacidad certificada.

1.3 EVALUACIÓN MEDIANTE ENTREVISTALABORAL:

Consiste en la realización de al menos UNA (1) entrevista mediante unaGuía elaborada por el Comité de Selección para completar la apreciaciónde los Antecedentes Curriculares y Laborales como para las demáscompetencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2)momentos:

El primero estará dirigido a obtener información que complemente laapreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales. Del resultadode este momento, el Comité de Selección podrá ratificar el puntajeasignado en la Primera etapa o ajustarlo en más o menos el TREINTA PORCIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación queadopte. El segundo para evaluar las demás competencias laboralesexigidas para el mejor desempeño del cargo en el perfil respectivo.

Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido, al menos,SESENTA (60) puntos de un total de CIEN (100) surgidos de la valoracióndel segundo momento de la etapa.

En los casos en los que el Comité lo determine, la entrevista podrácelebrarse a distancia con la utilización de sistemas deteleconferencia o similar.

En los supuestos de cargos reservados para personas con discapacidadcertificada o en los procesos en los que las personas en esta condiciónparticipen en esta etapa, deberán efectuarse los ajustes razonablesnecesarios conforme la discapacidad acreditada por los postulantes.

Asimismo, en el supuesto de tener que realizar esta etapa enDelegaciones de los organismos distantes a más de CINCUENTA (50)kilómetros de la administración central, podrá establecerse que laentrevista se efectúe inmediatamente después de la corrección de laprueba y posterior apertura de sobres identificatorios, quedandosupeditada la comunicación de los resultados por parte del Comité, a laresolución de impugnaciones efectuadas a la etapa previa si las hubiere.

1.4 EVALUACIÓN DEL PERFIL PSICOLÓGICO:

Consistirá en una evaluación del perfil psicológico para ponderar laadecuación de las características de personalidad vinculadas con elmejor desempeño laboral en el puesto de trabajo. Será efectuada porprofesional matriculado y las ponderaciones de la presente evaluaciónson: “Adecuada”’ (Coeficiente 1.00) o “Menos Adecuada” (0.90).

En esta etapa se tendrán en cuenta, de ser pertinente, los ajustesrazonables necesarios en el caso de cargos con reserva o en los queparticipen personas con discapacidad certificada. Esta etapa no seráobligatoria para la cobertura de cargos del Agrupamiento General de losNiveles F a C sin la Función de Jefatura (Decreto 2098/2008 Art. 35).

2.FACTORES DE PONDERACIÓN, CALIFICACIÓN DE LOS POSTULANTES Y ORDEN DEMÉRITO:

Integrarán el Orden de Mérito sólo los aspirantes que aprueben todaslas etapas del proceso de selección.

La calificación final (100%) es el producto de la suma de lossiguientes factores:

- Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: 25%: (10% porFormación y 15% por Antecedentes Laborales)

- Evaluación Técnica: 60%.

- Evaluación mediante Entrevista Labora: 15%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el Coeficiente de laponderación de la Evaluación del Perfil Psicológico. De tal modo que elmayor puntaje a obtener es 100 puntos y el menor puntaje para integrarel Orden de Mérito es de 60 puntos.

Para elaborar el Orden de Mérito, se sumarán los puntajes ponderadosobtenidos en cada una de las primeras TRES (3) etapas. A dicha suma, encaso de corresponder, se le multiplicará un coeficiente según elresultado obtenido en la cuarta etapa. El Orden de Mérito resultará delpuntaje final obtenido por cada postulante.

El Comité de Selección elevará al Directorio del CONICET, el Orden deMérito en el expediente respectivo y una vez aprobado será notificado alos interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Méritodefinitivo, podrán deducirse los recursos previstos en la Ley deProcedimientos Administrativos N° 19.549 y su reglamentación aprobadapor Decreto N° 1.759/72 (t.o 1991).

EXCEPCIONESA LOS REQUISITOS EXCLUYENTES, EXIGIDOS:

Por el Decreto n° 274/13, 515/14 y 1830/15 se aprobaron excepciones aalgunas requisitos establecidos para los procesos de selecciónautorizados en el período 2011-2015 en el marco del Sistema Nacional deEmpleo Público (SINEP). Las mismas abarcan solo a las Convocatoriaspara el Agrupamiento General, que están dirigidas exclusivamente alpersonal permanente o no permanente (con contrataciones o designacionestransitorias vigentes al momento de la inscripción).

Excepciones transitorias a requisitos fijados por el CCTS SINEP Decreto2098/08 (que se encuentren vigentes al momento de la inscripción, enrégimen comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo SectorialSINEP-Dto. 2098/08). Se citan a continuación los artículos del CCTSSINEP relativo a dichas excepciones.

ARTICULO 129.- El personal permanente designado oportunamente bajo elrégimen sustituido por el presente que no reuniera el requisito detítulo del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos deselección para la cobertura de cargos vacantes del Agrupamiento Generalpara los que no se exigiera título de nivel educativo superior al delnivel secundario.

De la misma manera podrán hacerlo quiénes mantuvieran contratosvigentes al momento de su inscripción a los procesos de seleccióncorrespondientes, siempre que hubieran mantenido relación contractualde manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008,con jurisdicción ministerial y/o entidad descentralizada cuyo personalesté comprendido por el presente Convenio, bajo las diversasmodalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractualconsecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° dediciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no sehubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOSSESENTA (360) días.

En ambos supuestos no será de aplicación lo establecido en el artículo130 del presente. Al postulante que por aplicación de lo dispuesto enel presente artículo, no hubiera satisfecho el requisito de título delnivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de méritodefinitivo, le será reservado el cargo por un término de hastaSETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de iniciodel próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección,en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o de laprovincia donde estuviera radicado el domicilio de prestación defunciones. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidaspara que el cargo sea considerado como integrante de la PlantaTransitoria de la jurisdicción ministerial o entidad descentralizadarespectiva, y el postulante será designado en el mismo en caráctertransitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener esetítulo. En el supuesto de agente que revistara bajo el régimen deestabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial singoce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencidodicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a talesexigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. Elagente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberáreintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el quese agotara el término establecido por el presente. El cargo concursadoserá integrado automáticamente a la planta permanente de la entidadconvocante y quedara autorizado para su cobertura.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA(730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobólos dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórrogade TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partirdel vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de suinscripción y constará como condición en el acto de su designación enel cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudiosconforme a lo dispuesto en el presente Artículo. Las entidadessindicales y el Estado empleador arbitrarán los medios a su alcancepara facilitar el cumplimiento de este compromiso que será ineludiblepara el empleado. Podrá acordarse que hasta DOS (2) horas de labordiaria sean dedicadas en el asiento de destino por el trabajador paramaterializar las exigencias académicas como parte de las prestacionesde servicios efectivos. Los resultados educativos que obtenga elempleado serán objeto de la debida puntuación en los factorescorrespondientes de su calificación del desempeño. EL FONDO PERMANENTEDE CALIFICACION Y RECONVERSION LABORAL podrá arbitrar accionesconducentes a estas finalidades y el Estado empleador dispondrá pormedio de los órganos competentes en materia educativa para lainstrumentación de programas acelerados de completamiento del niveleducativo exigido.

Las entidades sindicales arbitrarán los medios financieros, materialesy personales a su alcance de conformidad con lo dispuesto en elpresente y en el artículo 159 del Convenio Colectivo de Trabajo Generalpara la Administración Pública Nacional.

ARTICULO 130.- Por esta únicavez y hasta el 31 de diciembre de 2016, podrán postularse para lacobertura de cargos vacantes del Agrupamiento General quiénesacreditando título exigible acreditaran experiencia laboral atinente alas funciones o puestos a desempeñar por al menos el CINCUENTA PORCIENTO (50%) de los términos exigidos de conformidad con lo establecidoen el artículo 14 del presente Convenio.

ARTICULO 131.- Por esta únicavez y hasta el 31 de diciembre de 2016, el personal encasillado en elSISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO que no reuniera el requisito detítulo del nivel de educación exigido de conformidad con el artículo 14de este régimen, podrá postularse a cargos de Nivel Escalafonario “B”del Agrupamiento General, siempre que la posesión del título del que setrate no sea exigida como habilitante por la normativa respectiva paracumplir la prestación laboral del cargo a ocupar.

3. COMITÉSDE SELECCIÓN:

Se constituye un Comité de Selección con las atribuciones yresponsabilidades que establece la normativa que regula los Procesos deSelección para los cargos que se concursen en el CONSEJO NACIONAL DEINVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS.

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en lascausales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil yComercial de la Nación.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de suinscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, enoportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, lasrecusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que elreferido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA

Art. 17. - Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundode afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del gradoexpresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otrosemejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes,procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, conexcepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra elrecusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a lainiciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términosde la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la CorteSuprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitidoopinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes odespués de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de laspartes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifiestepor gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que semanifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusaciónpor ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado aconocer del asunto.

EXCUSACION

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causasde recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismopodrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse deconocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionariosque intervengan en cumplimiento de sus deberes.

SE ADJUNTA ANEXO CON LOS DATOS DE LOSINTEGRANTES DE CADA COMITÉ DE EVALUACIÓN

4.CRONOGRAMA TENTATIVO:

Inscripción:

- Electrónica: desde el 6 de noviembre de 2015 hasta el 20 de noviembrede 2015.

- Presentación de la documentación solicitada: desde el 9 de noviembrede 2015 en el horario de 10:00 horas a 16:00 horas hasta el 20 denoviembre de 2015 en el horario de 10:00 horas a 13:00 horas.

Listado de Admitidos y No Admitidos:estará disponible aproximadamente desde el 1° de diciembre de 2015hasta el 4 de diciembre de 2015 en la página Web y en las cartelerashabilitadas.

En los meses de enero y febrero quedan suspendidos los plazos,reanudando las actividades del proceso de selección a partir del 1° demarzo de 2016.

Primera Etapa de Evaluación -Antecedentes Curriculares y Laborales: se realizaráaproximadamente entre el 1° de Marzo de 2016 y el 7 de marzo de 2016.

Segunda Etapa de Evaluación - Técnica:se realizará a partir de la finalización de la etapa anterior desde el21 de marzo de 2016 y el 18 de abril de 2016 aproximadamente.

Tercera Etapa de Evaluación - Laboral:se realizará mediante entrevista personal a partir de la finalizaciónde la etapa anterior desde el 25 de abril de 2016 hasta el 29 de abrilde 2016.

Cuarta Etapa de Evaluación - PerfilPsicológico: será efectuada a partir de la finalización de laetapa anterior desde el 2 de mayo de 2016 hasta el 12 de mayo de 2016.

Orden de Mérito: estarádisponible en cartelera y en la página Web del CONICET (http://www.conicet.gov.ar/concurso-sinep/)a partir del 26 de mayo de 2016 aproximadamente.

5.INFORMES E INSCRIPCION:

Toda la información sobre los Concursos (bases, comités de selección,normativa, sistema de inscripción electrónica, etc.) estará disponibleen la página Web del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS YTÉCNICAS (CONICET).

Consultas y asesoramiento: Dirección de Administración de RecursosHumanos. Mail: concursosinep@conicet.gov.ar. Teléfono: 011-4899-5400int. 1637 Horario de atención: de Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00horas.

a) INSCRIPCION ELECTRÓNICA: desde el 6 de noviembre de 2015 a las 10:00horas hasta el 20 de noviembre de 2015 hasta las 13:00 horas, estarádisponible el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web delCONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS(http://www.conicet.gov.ar). En él deberán cargarse la totalidad de losdatos solicitados.

Una vez ingresado al mismo, deberán registrarse indicando un nombre deusuario y una clave personal o contraseña, que le será requerida cadavez que desee volver a ingresar.

El sistema le mostrará una serie de pantallas con instrucciones para lacarga de: datos personales, formación y experiencia laboral,conocimiento de idiomas e informáticos, etc.; asimismo, le solicitarálos datos de contacto necesarios para el envío de avisos ynotificaciones.

Accediendo a cada una de las solapas, deberá hacer “clic” en ALTA paraque el sistema despliegue los campos a completar. No olvide GUARDAR la información.

Completados todos los datos que se solicitan, podrá postularse alpuesto (o a los puestos) de su interés, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará losrequerimientos del puesto elegido y, si los cumple, deberá completarlos motivos que lo llevan a postularse al mismo. Luego deberá ACEPTAR las bases y condiciones delconcurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de lasiguiente documentación, que deberáser impresa para cada uno de los cargos a los que se postule:

- FORMULARIO DE SOLICITUD Y FICHA DEINSCRIPCIÓN.

- DECLARACION JURADA Y CONSTANCIA DERECEPCION Y ACEPTACION DEL REGLAMENTO Y BASES DEL CONCURSO.

- CONSTANCIA DE RECEPCION DE LASOLICITUD, FICHA DE INSCRIPCION Y DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA.

b) INSCRIPCIÓN DOCUMENTADA DE LOSPOSTULANTES:

Se recibirán desde el 9 de noviembre de 2015 en el horario de 10:00horas a 16:00 horas hasta el 20 de noviembre de 2015 en el horario de10:00 a 13:00hs, en Av. Rivadavia N° 1917 PB, CABA.

Aquel interesado que resida a más de CINCUENTA (50) Kilómetros dellugar de inscripción, o en los supuestos de cargos reservados parapersonas con discapacidad certificada, o en los procesos en los quepersonas en esta condición participen en esta etapa, podrá realizarlapor correo postal, en cuyo caso deberá agregar al resto de ladocumentación requerida (que se detalla seguidamente) un certificado dedomicilio, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

El postulante deberápresentarse el día de la inscripción documental con la siguientedocumentación ordenada preferentemente en una carpeta para cada uno delos cargos a los que desee inscribirse:

- Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamentecompletado, con carácter de declaración jurada y firmado en todas sushojas.

- Curriculum vitae actualizado firmado en todas sus hojas. Sólo sedeberán declarar y certificar los antecedentes de formación y laboralesque guarden relación con el perfil de requisitos del puesto elegido.

- Declaración Jurada “Constancia de Recepción y Aceptación delReglamento y Bases del Concurso”, debidamente firmada en todas sushojas.

- Fotocopia autenticada de los certificados de estudios formales y dela documentación que respalde toda otra información volcada en elformulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”. Si alguna de las copiasno estuviera autenticada, el interesado deberá concurrir a lainscripción con la documentación original a efectos de verificar que escopia del original. La ausencia de la documentación respaldatoria o lafalta de presentación del original acompañando la fotocopia que noestuviera autenticada, llevarán a no considerar el antecedentedeclarado, extraordinariamente podrán ser presentados por el postulantedentro de los CINCO (5) días sólo en el caso de serle requeridos por elSecretario Técnico del Comité, a pedido del Comité de Selección, bajoapercibimiento de no considerar el antecedente declarado.

- Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el SistemaNacional de Empleo Público (SINEP)- deberá adjuntar, además, fotocopiade las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad, asícomo de aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

- “Constancia de Recepción de Solicitud y Ficha de Inscripción y de laDocumentación Presentada”.

IMPORTANTE: Se recomiendarealizar la autentificación de las fotocopias en forma previa a lapresentación documental ya que de esta manera el trámite demorará menostiempo. Si usted trabaja en un organismo público, tenga presente quepuede solicitar la autentificación al área de Recursos Humanos delmismo.

RECUERDE QUE:

• Todos los datos volcados por elpostulante en el trámite de Inscripción presentan carácter dedeclaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugara su exclusión.

• Una vez entregada la inscripción, elinteresado no podrá añadir documentación ni modificar información odatos consignados.

• La inscripción será consideradainválida si faltara la firma del postulante en todas o en alguna de lashojas en las que se le requieren.

• En las Inscripciones que se realicenpor poder o por correo, el postulante deberá volver a firmarpersonalmente antes de la presentación a su primera prueba.

• Se considerara como válidas lasnotificaciones que se produzcan como consecuencia del proceso deselección, en las carteleras y/o páginas web de CONICET y laSubsecretaria de Gestión Pública.

• Deberá informarse al momento de lainscripción electrónica una dirección de correo electrónico que, encaso de no disponer de ella, podrá generar gratuitamente a través deInternet. En dicha dirección se considerarán válidas todas lasnotificaciones que se produzcan como consecuencia del proceso deselección.

• Quedará excluido del proceso sin mástrámite quien no se presente en los días y horarios en que sea citadopara las diversas instancias del Concurso.

• Las pruebas y entrevistas que sepractiquen como consecuencia del presente proceso de selección serealizarán en la sede de residencia del cargo; los gastos de lospasajes, traslados, alojamiento, etc. en que pudiera tener que incurrirel aspirante, correrán por su exclusiva cuenta.

ANEXO II

CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA Y ABIERTA


ANEXOIII

CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA Y GENERAL

ANEXO IV

CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA Y ABIERTA

CARGOS EN RESERVA LEY N° 22.431

ANEXO V

CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA Y GENERAL

CARGOS EN RESERVA LEY N° 22.431

e. 30/10/2015 N° 162416/15 v. 30/10/2015

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