Disposición 289/2015

Aporte Campaña Electoral - Determinase

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Aporte Campaña Electoral - Determinase

Determinase que las agrupaciones politicas que participen de la segunda vuelta electoral recibiran, cada una de ellas, la suma de pesos seis millones ciento cincuenta y un mil ciento sesenta y seis con dos centavos ($ 6.151.166,02) en concepto de aporte para impresion de boletas.

Id norma: 254801 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33253

Fecha boletin: 10/11/2015 Fecha sancion: 04/11/2015 Numero de norma 289/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional Electoral Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL

Disposición 289/2015

Bs. As., 04/11/2015

VISTO el Expediente N° S04:0059807/2015 del registro de esteMinisterio, el artículo 96 de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 120de la Ley N° 19.945 y sus modificatorias, la Ley N° 26.215 y susmodificatorias, el Decreto N° 775 del 8 de mayo del 2015, laDisposición D.N.E. N° 153 del 25 de setiembre de 2015 y el oficio SJ N°9014 del 27 de octubre de 2015 de la CAMARA NACIONAL ELECTORAL, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto N° 775/15 mencionado, establece en su artículo 3°, queel 22 de noviembre de 2015 tendrá lugar la segunda vuelta electoralprevista en el artículo 96 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL para la elecciónde Presidente y Vicepresidente de la Nación.

Que el artículo 7° del mencionado Decreto establece que la DIRECCIÓNNACIONAL ELECTORAL adoptará las medidas necesarias para la organizacióny realización de los comicios objeto de dicha convocatoria.

Que la Ley N° 26.215 y sus modificatorias dispone en su artículo 35 quela DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL otorgará a las agrupaciones políticasque oficialicen candidaturas los recursos económicos que les permitanimprimir el equivalente a una y media veces (1,5) el valor de un cuerpode boleta por elector registrado.

Que por la Disposición D.N.E. N° 153/15 se asignó como aporte paraimpresión de boletas electorales para las Elecciones Nacionales del 25de octubre de 2015 la suma de PESOS SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UNMIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON DOS CENTAVOS ($ 6.151.166,02).

Que el artículo 120 del CODIGO ELECTORAL NACIONAL establece que laAsamblea Legislativa efectuará el cómputo de los resultados de laelección presidencial.

Que corresponde efectuar los trámites administrativos para garantizar,a aquellas agrupaciones políticas que participen de la segunda vueltaelectoral, los fondos para impresión de boletas electorales necesariospara atender los gastos que representara llevar adelante este nuevoproceso electoral, por aplicación analógica del artículo 35 de la LeyN° 26.215 y sus modificatorias al mismo.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION y elservicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que el presente acto se dicta en virtud de las atribuciones conferidaspor los artículos 35 de la Ley N° 26.215 y sus modificatorias, elartículo 7° del Decreto N° 775/15 y de acuerdo a lo solicitado por laCAMARA NACIONAL ELECTORAL.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Determinase que las agrupaciones políticas que participende la segunda vuelta electoral recibirán, cada una de ellas, la suma dePESOS SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CONDOS CENTAVOS ($ 6.151.166,02) en concepto de aporte para impresión deboletas.

ARTÍCULO 2° — Una vez que la Asamblea Legislativa determine lasagrupaciones que participarán de la segunda vuelta electoral laDIRECCION NACIONAL ELECTORAL informará a la DIRECCION GENERAL DEADMINISTRACION de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministeriopara que realicen las transferencias financieras correspondientes.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. ALEJANDRO TULLIO, Director NacionalElectoral.

e. 10/11/2015 N° 164894/15 v. 10/11/2015

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