Decreto 2271

Consejo Del Mercado Comun Del Mercosur. Incorporacion. Decreto N° 509/2007. Modificacion.

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comercio Exterior
Consejo Del Mercado Comun Del Mercosur. Incorporacion. Decreto N° 509/2007. Modificacion.

Incorporase al ordenamiento juridico de la republica argentina la decision n° 25 de fecha 16 de julio de 2015 del consejo del mercado comun, que en copia autenticada como anexo i, con dos (2) hojas, forma parte integrante del presente decreto.

Id norma: 254829 Tipo norma: Decreto Numero boletin: 33254

Fecha boletin: 11/11/2015 Fecha sancion: 02/11/2015 Numero de norma 2271

Organismo (s)

Organismo origen: Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) Ver Decretos Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 2 norma(s).

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMERCIO EXTERIOR

Decreto 2271/2015

Consejo del Mercado Común del Mercosur. Incorporación. Decreto N° 509/2007. Modificación.

Bs. As., 02/11/2015

VISTO el Expediente N° S01:0304129/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Decisión N° 1 de fecha 7 de abril de 2001 delConsejo del Mercado Común, los Estados Parte del Mercado Común del Sur(MERCOSUR) autorizaron a la REPÚBLICA ARGENTINA a establecer un arancelde importación del CERO POR CIENTO (0 %) para ciertas mercaderíascomprendidas en el universo de Bienes de Capital definido en el ámbitoregional.

Que el universo aludido en el considerando precedente fue sucesivamentemodificado por distintas normas comunitarias, entre ellas, aquellas querecogieron las distintas enmiendas al Sistema Armonizado de Designacióny Codificación de Mercancías.

Que el Decreto N° 1.026 de fecha 2 de julio de 2012 restableció apartir del día 1 de enero de 2013 las alícuotas en concepto de Derechode Importación Extrazona (D.I.E.) a su equivalente del Arancel ExternoComún (A.E.C.) a determinados bienes de capital contemplados en losAnexos I y IV del Decreto N° 100 de fecha 12 de enero de 2012.

Que asimismo, mediante el Artículo 2 de la Decisión N° 35 de fecha 16de diciembre de 2014 del Consejo del Mercado Común se autorizó a losEstados Parte, con carácter excepcional y transitorio, a mantener hastael día 30 de junio de 2015 los regímenes nacionales de importación debienes de capital.

Que en ese orden, el Decreto N° 900 de fecha 20 de mayo de 2015modificó las alícuotas que, en concepto de Derecho de ImportaciónExtrazona (D.I.E.), tributaron hasta el día 30 de junio de 2015 ciertosbienes de capital facilitando el acceso a los mismos.

Que la medida se fundamentó en haberse identificado una serie demáquinas y equipos que, por su gradiente tecnológico, la dimensión delmercado local o la demanda de ciertos sectores exigentes de nuevastecnologías, no pueden ser provistos por la industria nacional.

Que a su vez, mediante el Artículo 3 de la Decisión N° 25 de fecha 16de julio de 2015 del Consejo del Mercado Común se renovó con carácterexcepcional y transitorio, la autorización a los Estados Parte, a finde que puedan mantener los regímenes nacionales vigentes para laimportación de bienes de capital, a partir del 1 de julio de 2015 yhasta el 31 de diciembre de 2021.

Que corresponde incorporar al ordenamiento jurídico de la REPÚBLICA ARGENTINA la decisión citada en el considerando precedente.

Que las razones que dieron origen al dictado del Decreto N° 900/15, mantienen su vigor al presente.

Que en consecuencia, resulta procedente actualizar los listados deposiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.)de los bienes comprendidos en los Anexos I y IV del Decreto N° 509 defecha 15 de mayo de 2007 y sus modificaciones.

Que han tomado intervención las áreas pertinentes del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en virtud de las atribuciones que leconfiere el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y losArtículos 11, apartado 2, 12 y 664 de la Ley N° 22.415 (CódigoAduanero) y sus modificaciones.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Incorpórase alordenamiento jurídico de la REPÚBLICA ARGENTINA la Decisión N° 25 defecha 16 de julio de 2015 del Consejo del Mercado Común, que en copiaautenticada como Anexo I, con DOS (2) hojas, forma parte integrante delpresente decreto.

Art. 2° — Modifícanse en elAnexo I del Decreto N° 509 de fecha 15 de mayo de 2007 y susmodificaciones, las alícuotas correspondientes al Derecho deImportación Extrazona (D.I.E.), para las posiciones arancelarias de laNomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), que se detallan en el AnexoII que, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3° — Sustitúyese el AnexoIV del Decreto N° 509/07 y sus modificaciones, por el Anexo III que,con ONCE (11) hojas, forma parte integrante del presente decreto.

Art. 4° — Facúltase alMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS a realizar aclaraciones,modificaciones y excepciones que correspondan, en los términos de sucompetencia.

Art. 5° — Remítase copiaautenticada del presente decreto al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESY CULTO atento a su carácter de Coordinador de la Sección Nacional delGrupo Mercado Común.

Art. 6° — El presente decreto comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 7° — Comuníquese,publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial yarchívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — AxelKicillof. — Débora A. Giorgi.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica