Resolución 18/2015

Primera Convocatoria - Llamese

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Instituto Nacional De La Musica
Primera Convocatoria - Llamese

Llamese a la “primera convocatoria: subsidios regionales”, a aquellos musicos nacionales registrados de la region noa, que acrediten 2 (dos) años de trayectoria en la actividad musical, que cuenten con un proyecto artistico musical, a los fines del otorgamiento de los subsidios regionales.

Id norma: 255327 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33260

Fecha boletin: 19/11/2015 Fecha sancion: 17/11/2015 Numero de norma 18/2015

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

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INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA

Resolución 18/2015

Bs. As., 17/11/2015

VISTO el Expediente MCN:0016585/2015, la Ley N° 26.801, la Resolución N° 08/15/INAMU, y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA.

Que el artículo 6 inciso a) de la mencionada ley, establece entre lasfunciones del INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA la de promover, fomentary estimular la actividad musical en todo el territorio de la RepúblicaArgentina, otorgando los beneficios previstos en la ley.

Que la Ley N° 26801 en su artículo 9 inciso g) establece entre lasfunciones y competencias del Directorio la de ejecutar las medidas defomento tendientes a desarrollar la actividad musical, en sus aspectosculturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales, pudiendoa tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becasde estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario a talfin.

Que el artículo 20 de la ley precitada, prevé entre los instrumentos depromoción, la conformación y funciones del Centro de Subsidios yCréditos.

Que el centro de Subsidios y Créditos estará conformado por un (1)representante del INAMU y por representantes de organizaciones demúsicos con personería jurídica otorgada por la jurisdicción dondefuncione la sede o subsede, y tendrá como función la evaluación yotorgamiento de subsidios y créditos destinados a financiar proyectosde la actividad musical.

Que el artículo 26 de la Resolución N° 8/2015/INAMU, prevé laexistencia de un Consejo Regional de Músicos integrado por elCoordinador Regional y los representantes de las Organizaciones deMúsicos regionales, encargado de evaluar los proyectos que se presenteen esta convocatoria.

Que el artículo 2 apartado 6 de la Resolución N° 8/2015/INAMU, definecomo una de las medidas de fomento a la actividad musical, elotorgamiento de los subsidios, créditos y vales de difusiónestablecidos en la Ley 26.801.

Que en este sentido, el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA,en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 26801, estimaoportuno realizar esta convocatoria de carácter regional y federaltendiente al otorgamiento de subsidios.

Que es necesario establecer los requisitos y el procedimientocorrespondiente a fin de hacer efectivo el fomento aludidoprecedentemente.

Que la participación en la presente convocatoria implica la aceptaciónde las Bases y Condiciones del mismo en su totalidad, así como elconocimiento de toda la normativa vigente al respecto.

Que a tales fines se considera conducente llamar a una Convocatoriapara seleccionar aquellos proyectos que presenten los músicosregistrados de la región NOA.

Que en consecuencia corresponde dictar Resolución fijando las bases de la convocatoria.

Que la Dirección de Asuntos Técnicos Legales y la Dirección General de Fomento han tomado intervención al respecto.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 26.801 y sus modificatorias.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Llámese a la “PRIMERA CONVOCATORIA: SUBSIDIOSREGIONALES”, a aquellos músicos nacionales registrados de la regiónNOA, que acrediten 2 (dos) años de trayectoria en la actividad musical,que cuenten con un proyecto artístico musical, a los fines delotorgamiento de los subsidios regionales.

ARTICULO 2° — Apruébense las bases de la Convocatoria que obra comoAnexo I y los requisitos para presentación de proyectos que obra comoAnexo II, y forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3° — Apruébese el modelo de la Planilla que contiene losrubros presupuestarios, que obra como Anexo III de la presenteResolución.

ARTICULO 4° — La participación en la presente Convocatoria implica elconocimiento y aceptación de todo lo establecido en las Bases yCondiciones de la Convocatoria.

ARTICULO 5° — Cualquier hecho no previsto en el mismo, será resuelto por el INAMU.

ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DirecciónNacional del Registro Oficial y archívese. — CELSA MEL GOWLAND,Vicepresidente, Instituto Nacional de la Música. — DIEGO BORISMACCIOCCO, Presidente, Instituto Nacional de la Música.

ANEXO I

BASES Y CONDICIONES

“PRIMERA CONVOCATORIA: SUBSIDIOS REGIONALES- SEDE NOA”

DEL OBJETO

Artículo 1°. EL INAMU, a través de la Dirección General de Fomento,impulsa la “PRIMERA CONVOCATORIA: SUBSIDIOS REGIONALES- SEDE NOA”, amúsicos nacionales registrados de la región NOA, que acrediten 2 (dos)años de trayectoria en la actividad musical, que cuenten con unproyecto artístico musical, a los fines del otorgamiento de lossubsidios regionales.

DE LA CONVOCATORIA

Artículo 2°. Fíjese un período para la presentación de los proyectos,desde el 23 de noviembre de 2015 hasta el 4 de diciembre de 2015, comofechas de apertura y cierre de las presentaciones del llamado a lapresente Convocatoria.

Artículo 3°. Los proyectos deberán presentarse en la Mesa de Entradasde la Sede NOA INAMU, sito en la Casa de la Historia de la Cultura delBicentenario de la Ciudad de Santiago del Estero, sita en laintersección de las calles Mendoza y Olaechea —Parque Aguirre— de laciudad de Santiago del Estero, Provincia de Santiago del Estero, opodrá enviarse por correo postal a la Casa de la Historia de la Culturadel Bicentenario de la Ciudad de Santiago del Estero, sita en laintersección de las calles Mendoza y Olaechea —Parque Aguirre— de laciudad de Santiago del Estero, Provincia de Santiago del Estero CódigoPostal 4200, tomándose para este último caso la fecha de imposición dela oficina de correos respectiva.

No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo, fuera del plazo establecido.

Artículo 4°. Los proyectos deberán cumplir con las presentes Bases yCondiciones, y deberán contener los requisitos dispuestos en el AnexoII de la presente resolución.

Artículo 5°. Los interesados presentantes podrán presentar solo UN (1) proyecto por titular.

En caso de incumplimiento a lo mencionado precedentemente, y que unmismo presentante presente más de un proyecto, el Consejo Regionaldecidirá cuál será el beneficiario.

Artículo 6°. El coordinador regional del INAMU examinará laspresentaciones de proyectos, a los efectos de establecer si se cumplentodos los requisitos exigidos en la presente Resolución.

En caso de no haberse dado íntegro cumplimiento a los términosestablecidos en la Resolución, se intimará a los presentantes a fin deque completen los requisitos faltantes dentro de un plazo de 5 díascorridos, a contar desde la notificación de la intimación, ello bajoapercibimiento de tener por no tener presentado el proyecto, lo queoperará de pleno derecho vencido dicho plazo.

De encontrarse reunidos los requisitos, el coordinador regional delINAMU elevará los proyectos para su tratamiento al Consejo Regional deMúsicos, previsto en el artículo 26 de la Resolución N° 8/2015/INAMU.

DEL PREMIO

Artículo 7°. Serán hasta CINCUENTA (50) premios de PESOS DIEZ MIL (10.000.-) cada uno de ellos.

Artículo 8°. El premio consistirá en el otorgamiento de PESOS DIEZ MIL($ 10.000.-) en efectivo, con cargo a rendir cuenta documentada, a cadauno de los proyectos seleccionados.

DE LOS PRESENTANTES

Artículo 9°. Los presentantes deberán cumplir con el presente pliego de Bases y Condiciones y el Anexo II.

Los participantes podrán ser argentinos o extranjeros; en caso de serextranjero, el mismo deberá acreditar fehacientemente una residencia nomenor a 2 años en el país.

DEL COMITÉ

Artículo 10°.- La evaluación de los proyectos que se presenten a estaconvocatoria, serán evaluados por el Consejo Regional de Músicoscorrespondiente, previsto en el artículo 26 de la resolución N°8/2015/INAMU.

DE LA SELECCIÓN

Artículo 11°. Una vez convocado el Consejo Regional de Músicos, tendráun plazo de 15 días corridos para la selección de los proyectospresentados.

La decisión del Consejo Regional de Músicos será irrecurrible.

Artículo 12°. Los proyectos suplentes ocuparán el lugar de losseleccionados en caso de renuncia o incumplimiento de los presentantesseleccionados.

Artículo 13°. No podrán intervenir en el presente Concurso aquellosProyectos que hayan resultado seleccionados para su realización encualquier otro Concurso Nacional. Asimismo, los Proyectos presentados aeste Concurso no podrán participar en ningún otro llamado que convoqueel INAMU, hasta que no se encuentre publicada en el Boletín Oficial lanómina de Ganadores. En caso de incumplimiento a lo mencionadoanteriormente, el proyecto se tendrá por no presentado en ninguno delos Concursos y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá pordecaído el premio.

DE LOS SELECCIONADOS Y EL CONVENIO

Artículo 14°. Los PRESENTANTES de los proyectos que resulten ganadores firmarán un convenio con el INAMU.

El incumplimiento del convenio a firmarse con los PRESENTANTESganadores del presente convocatoria, dará derecho al INAMU a declararla caducidad del proyecto y la posterior rescisión del convenio yreclamar la devolución de las sumas que se hubieran entregado más losintereses correspondientes, previa intimación por 10 días hábilesadministrativos.

Artículo 15°.- En la contratapa de la gráfica del disco, se deberá incluir:

Logotipo del INAMU, conforme las pautas establecidas por el INAMU, el cual puede consultarse en le página web www.inamu.gob.ar.

Artículo 16°.- La liberación de las sumas aportadas por el Organismo estará sujeta a disponibilidad presupuestaria.

Artículo 17°. Para todos los efectos de la Resolución que aprueba laspresentes Bases y Condiciones, las partes se someten a la jurisdicciónde los Juzgados Nacionales del Fuero Contencioso Administrativo Federal.

ANEXO II

REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE LOS PROYECTOS

Los Proyectos deberán presentarse en sobre cerrado, en forma personalde 10 a 13 hs. y de 17 a 20 hs. ante la Mesa de Entradas de la Sede NOAINAMU, sito en la Casa de la Historia de la Cultura del Bicentenario dela Ciudad de Santiago del Estero, sita en la intersección de las callesMendoza y Olaechea —Parque Aguirre— de la ciudad de Santiago delEstero, Provincia de Santiago del Estero, o podrá enviarse por correopostal a la Casa de la Historia de la Cultura del Bicentenario de laCiudad de Santiago del Estero, sita en la intersección de las callesMendoza y Olaechea —Parque Aguirre— de la ciudad de Santiago delEstero, Provincia de Santiago del Estero Código Postal 4200, tomándosepara este último caso la fecha de imposición de la oficina de correosrespectiva.

El sobre deberá estar dirigido a:

“PRIMERA CONVOCATORIA: SUBSIDIOS REGIONALES- SEDE NOA”

Deberá consignarse en el exterior del sobre:

1) Titulo del Proyecto.

2) Nombre y apellido del titular inscripto en Registro Único de MúsicosNacionales y Agrupaciones Musicales Nacionales, previsto en el artículo24 de la Ley N° 26801, número de documento, nacionalidad, domicilio,teléfonos, dirección de correo electrónico.

En su interior el sobre deberá contener:

1) Formulario que se encuentra publicado en el sitio web www.inamu.gob.ar.

2) Curriculum vitae.

3) Referencias artísticas, a los fines de acreditar la trayectoria.

4) Breve sinopsis del proyecto, que no podrá extenderse más allá de dos carillas en hoja A4.

5) Informar el N° de inscripción en el Registro Único de MúsicosNacionales y Agrupaciones Musicales Nacionales, previsto en el artículo24 de la Ley N° 26801.

6) En el caso de presentantes extranjeros, documentación de la queresulte la residencia de los últimos DOS (2) años en el país, pudiendoconsistir la misma en contrato de alquiler, boletas de pago deimpuestos o servicios, recibo de trabajo en relación de dependencia,etc., debiendo resultar de dicha documentación la antigüedad de laresidencia requerida para participar en el concurso.

7) Adjuntar planilla que obra agregada como Anexo III, detallando los servicios en los que va a ser destinado el subsidio.

ANEXO III

e. 19/11/2015 N°? 168971/15 v. 19/11/2015

Texto Actualizado

Actualizado 02 de Marzo de 2017

INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA

Resolución 18/2015

Bs. As., 17/11/2015

VISTO el Expediente MCN:0016585/2015, la Ley N° 26.801, la Resolución N° 08/15/INAMU, y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA.

Que el artículo 6 inciso a) de la mencionada ley, establece entre lasfunciones del INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA la de promover, fomentary estimular la actividad musical en todo el territorio de la RepúblicaArgentina, otorgando los beneficios previstos en la ley.

Que la Ley N° 26801 en su artículo 9 inciso g) establece entre lasfunciones y competencias del Directorio la de ejecutar las medidas defomento tendientes a desarrollar la actividad musical, en sus aspectosculturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales, pudiendoa tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becasde estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario a talfin.

Que el artículo 20 de la ley precitada, prevé entre los instrumentos depromoción, la conformación y funciones del Centro de Subsidios yCréditos.

Que el centro de Subsidios y Créditos estará conformado por un (1)representante del INAMU y por representantes de organizaciones demúsicos con personería jurídica otorgada por la jurisdicción dondefuncione la sede o subsede, y tendrá como función la evaluación yotorgamiento de subsidios y créditos destinados a financiar proyectosde la actividad musical.

Que el artículo 26 de la Resolución N° 8/2015/INAMU, prevé laexistencia de un Consejo Regional de Músicos integrado por elCoordinador Regional y los representantes de las Organizaciones deMúsicos regionales, encargado de evaluar los proyectos que se presenteen esta convocatoria.

Que el artículo 2 apartado 6 de la Resolución N° 8/2015/INAMU, definecomo una de las medidas de fomento a la actividad musical, elotorgamiento de los subsidios, créditos y vales de difusiónestablecidos en la Ley 26.801.

Que en este sentido, el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA,en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 26801, estimaoportuno realizar esta convocatoria de carácter regional y federaltendiente al otorgamiento de subsidios.

Que es necesario establecer los requisitos y el procedimientocorrespondiente a fin de hacer efectivo el fomento aludidoprecedentemente.

Que la participación en la presente convocatoria implica la aceptaciónde las Bases y Condiciones del mismo en su totalidad, así como elconocimiento de toda la normativa vigente al respecto.

Que a tales fines se considera conducente llamar a una Convocatoriapara seleccionar aquellos proyectos que presenten los músicosregistrados de la región NOA.

Que en consecuencia corresponde dictar Resolución fijando las bases de la convocatoria.

Que la Dirección de Asuntos Técnicos Legales y la Dirección General de Fomento han tomado intervención al respecto.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 26.801 y sus modificatorias.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Llámese a la “PRIMERA CONVOCATORIA: SUBSIDIOSREGIONALES”, a aquellos músicos nacionales registrados de la regiónNOA, que acrediten 2 (dos) años de trayectoria en la actividad musical,que cuenten con un proyecto artístico musical, a los fines delotorgamiento de los subsidios regionales.

ARTICULO 2° — Apruébense las bases de la Convocatoria que obra comoAnexo I y los requisitos para presentación de proyectos que obra comoAnexo II, y forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3° — Apruébese el modelo de la Planilla que contiene losrubros presupuestarios, que obra como Anexo III de la presenteResolución.

ARTICULO 4° — La participación en la presente Convocatoria implica elconocimiento y aceptación de todo lo establecido en las Bases yCondiciones de la Convocatoria.

ARTICULO 5° — Cualquier hecho no previsto en el mismo, será resuelto por el INAMU.

ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DirecciónNacional del Registro Oficial y archívese. — CELSA MEL GOWLAND,Vicepresidente, Instituto Nacional de la Música. — DIEGO BORISMACCIOCCO, Presidente, Instituto Nacional de la Música.

ANEXO I

BASES Y CONDICIONES

“PRIMERA CONVOCATORIA: SUBSIDIOS REGIONALES- SEDE NOA”

DEL OBJETO

Artículo 1°. EL INAMU, a través de la Dirección General de Fomento,impulsa la “PRIMERA CONVOCATORIA: SUBSIDIOS REGIONALES- SEDE NOA”, amúsicos nacionales registrados de la región NOA, que acrediten 2 (dos)años de trayectoria en la actividad musical, que cuenten con unproyecto artístico musical, a los fines del otorgamiento de lossubsidios regionales.

DE LA CONVOCATORIA

Artículo 2°. Fíjese un período para la presentación de los proyectos,desde el 23 de noviembre de 2015 hasta el 4 de diciembre de 2015, comofechas de apertura y cierre de las presentaciones del llamado a lapresente Convocatoria.

Artículo 3°. Los proyectos deberán presentarse en la Mesa de Entradasde la Sede NOA INAMU, sito en la Casa de la Historia de la Cultura delBicentenario de la Ciudad de Santiago del Estero, sita en laintersección de las calles Mendoza y Olaechea —Parque Aguirre— de laciudad de Santiago del Estero, Provincia de Santiago del Estero, opodrá enviarse por correo postal a la Casa de la Historia de la Culturadel Bicentenario de la Ciudad de Santiago del Estero, sita en laintersección de las calles Mendoza y Olaechea —Parque Aguirre— de laciudad de Santiago del Estero, Provincia de Santiago del Estero CódigoPostal 4200, tomándose para este último caso la fecha de imposición dela oficina de correos respectiva.

No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo, fuera del plazo establecido.

Artículo 4°. Los proyectos deberán cumplir con las presentes Bases yCondiciones, y deberán contener los requisitos dispuestos en el AnexoII de la presente resolución.

Artículo 5°. Los interesados presentantes podrán presentar solo UN (1) proyecto por titular.

En caso de incumplimiento a lo mencionado precedentemente, y que unmismo presentante presente más de un proyecto, el Consejo Regionaldecidirá cuál será el beneficiario.

Artículo 6°. El coordinador regional del INAMU examinará laspresentaciones de proyectos, a los efectos de establecer si se cumplentodos los requisitos exigidos en la presente Resolución.

En caso de no haberse dado íntegro cumplimiento a los términosestablecidos en la Resolución, se intimará a los presentantes a fin deque completen los requisitos faltantes dentro de un plazo de 5 díascorridos, a contar desde la notificación de la intimación, ello bajoapercibimiento de tener por no tener presentado el proyecto, lo queoperará de pleno derecho vencido dicho plazo.

De encontrarse reunidos los requisitos, el coordinador regional delINAMU elevará los proyectos para su tratamiento al Consejo Regional deMúsicos, previsto en el artículo 26 de la Resolución N° 8/2015/INAMU.

DEL PREMIO

Artículo 7°. Serán hasta CINCUENTA (50) premios de PESOS DIEZ MIL (10.000.-) cada uno de ellos.

Artículo 8°. El premio consistirá en el otorgamiento de PESOS DIEZ MIL($ 10.000.-) en efectivo, con cargo a rendir cuenta documentada, a cadauno de los proyectos seleccionados.

DE LOS PRESENTANTES

Artículo 9°. Los presentantes deberán cumplir con el presente pliego de Bases y Condiciones y el Anexo II.

Los participantes podrán ser argentinos o extranjeros; en caso de serextranjero, el mismo deberá acreditar fehacientemente una residencia nomenor a 2 años en el país.

DEL COMITÉ

Artículo 10°.- La evaluación de los proyectos que se presenten a estaconvocatoria, serán evaluados por el Consejo Regional de Músicoscorrespondiente, previsto en el artículo 26 de la resolución N°8/2015/INAMU.

DE LA SELECCIÓN

Artículo 11°. Una vez convocado el Consejo Regional de Músicos, tendráun plazo de 15 días corridos para la selección de los proyectospresentados.

La decisión del Consejo Regional de Músicos será irrecurrible.

Artículo 12°. Los proyectos suplentes ocuparán el lugar de losseleccionados en caso de renuncia o incumplimiento de los presentantesseleccionados.

Artículo 13°. No podrán intervenir en el presente Concurso aquellosProyectos que hayan resultado seleccionados para su realización encualquier otro Concurso Nacional. Asimismo, los Proyectos presentados aeste Concurso no podrán participar en ningún otro llamado que convoqueel INAMU, hasta que no se encuentre publicada en el Boletín Oficial lanómina de Ganadores. En caso de incumplimiento a lo mencionadoanteriormente, el proyecto se tendrá por no presentado en ninguno delos Concursos y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá pordecaído el premio.

DE LOS SELECCIONADOS Y EL CONVENIO

Artículo 14°. Los PRESENTANTES de los proyectos que resulten ganadores firmarán un convenio con el INAMU.

El incumplimiento del convenio a firmarse con los PRESENTANTESganadores del presente convocatoria, dará derecho al INAMU a declararla caducidad del proyecto y la posterior rescisión del convenio yreclamar la devolución de las sumas que se hubieran entregado más losintereses correspondientes, previa intimación por 10 días hábilesadministrativos.

Artículo 15°.- En la contratapa de la gráfica del disco, se deberá incluir:

Logotipo del INAMU, conforme las pautas establecidas por el INAMU, el cual puede consultarse en le página web www.inamu.gob.ar.

Artículo 16°.- La liberación de las sumas aportadas por el Organismo estará sujeta a disponibilidad presupuestaria.

Artículo 17°. Para todos los efectos de la Resolución que aprueba laspresentes Bases y Condiciones, las partes se someten a la jurisdicciónde los Juzgados Nacionales del Fuero Contencioso Administrativo Federal.

ANEXO II

REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE LOS PROYECTOS

Los Proyectos deberán presentarse en sobre cerrado, en forma personalde 10 a 13 hs. y de 17 a 20 hs. ante la Mesa de Entradas de la Sede NOAINAMU, sito en la Casa de la Historia de la Cultura del Bicentenario dela Ciudad de Santiago del Estero, sita en la intersección de las callesMendoza y Olaechea —Parque Aguirre— de la ciudad de Santiago delEstero, Provincia de Santiago del Estero, o podrá enviarse por correopostal a la Casa de la Historia de la Cultura del Bicentenario de laCiudad de Santiago del Estero, sita en la intersección de las callesMendoza y Olaechea —Parque Aguirre— de la ciudad de Santiago delEstero, Provincia de Santiago del Estero Código Postal 4200, tomándosepara este último caso la fecha de imposición de la oficina de correosrespectiva.

El sobre deberá estar dirigido a:

“PRIMERA CONVOCATORIA: SUBSIDIOS REGIONALES- SEDE NOA”

Deberá consignarse en el exterior del sobre:

1) Titulo del Proyecto.

2) Nombre y apellido del titular inscripto en Registro Único de MúsicosNacionales y Agrupaciones Musicales Nacionales, previsto en el artículo24 de la Ley N° 26801, número de documento, nacionalidad, domicilio,teléfonos, dirección de correo electrónico.

En su interior el sobre deberá contener:

1) Formulario que se encuentra publicado en el sitio web www.inamu.gob.ar.

2) Curriculum vitae.

3) Referencias artísticas, a los fines de acreditar la trayectoria.

4) Breve sinopsis del proyecto, que no podrá extenderse más allá de dos carillas en hoja A4.

5) Informar el N° de inscripción en el Registro Único de MúsicosNacionales y Agrupaciones Musicales Nacionales, previsto en el artículo24 de la Ley N° 26801.

6) En el caso de presentantes extranjeros, documentación de la queresulte la residencia de los últimos DOS (2) años en el país, pudiendoconsistir la misma en contrato de alquiler, boletas de pago deimpuestos o servicios, recibo de trabajo en relación de dependencia,etc., debiendo resultar de dicha documentación la antigüedad de laresidencia requerida para participar en el concurso.

7) Adjuntar planilla que obra agregada como Anexo III, detallando los servicios en los que va a ser destinado el subsidio.

8) Fotocopia del DNI del presentante. (Punto incorporado por art. 1° de la Resolución N° 26/2015 del Instituto Nacional de la Música B.O. 30/11/2015)

9) Numerar y firmar cada una de las hojas de la presentación. (Punto incorporado por art. 1° de la Resolución N° 26/2015 del Instituto Nacional de la Música B.O. 30/11/2015)

10) Acompañar un disco o un enlace en la web, a los efectos de analizar en forma adecuada el proyecto. (Punto incorporado por art. 1° de la Resolución N° 26/2015 del Instituto Nacional de la Música B.O. 30/11/2015)

ANEXO III

e. 19/11/2015 N°? 168971/15 v. 19/11/2015

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
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