Resolución 2430/2015

Resolucion M.J. Y D.H. N° 1981/2012 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Resolucion M.J. Y D.H. N° 1981/2012 - Modificacion

Sustituyese el anexo i de la resolucion m.j. y d.h. n° 1981/12 y sus modificatorias, por el anexo que forma parte de la presente.

Id norma: 255561 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33263

Fecha boletin: 24/11/2015 Fecha sancion: 20/11/2015 Numero de norma 2430/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Justicia Seguridad Y Derechos Humanos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 2430/2015

Bs. As., 20/11/2015

VISTO el Expediente N° S04:0051186/2015 del registro de esteMinisterio, el Decreto N° 1755 del 23 de octubre de 2008, la ResoluciónM.J. y D.H. N° 1981 del 28 de septiembre de 2012, modificada por sussimilares Nros. 2603 del 29 de noviembre de 2012, 2678 del 30 dediciembre de 2013 y 2313 del 29 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1755/08 estableció la responsabilidad primaria yacciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LAPROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS, otorgándolecompetencia para establecer la organización y funcionamiento de losREGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR en todas suscompetencias, para la adecuada prestación de los servicios a su cargo.

Que en ese marco fue dictada la Resolución M.J. y D.H. N° 1981/12, conel objeto de unificar los criterios de retribución de los Encargados delos Registros Seccionales en sus distintas competencias.

Que la citada Resolución fue posteriormente modificada por las restantes invocadas en el Visto.

Que la mencionada Dirección Nacional ha propuesto introducirmodificaciones en el sistema de liquidación de emolumentos de losfuncionarios a cargo de esos Registros Seccionales, mediante lasustitución del Anexo I de dicha norma por el cuadro que integra lapresente como Anexo.

Que la medida tiene por finalidad equilibrar la ecuacióneconómico-financiera de esas unidades registrales y garantizar demanera constante la prestación del servicio de registración deautomotores.

Que ha tomado debida intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidaspor los artículos 22 inciso 16) de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) ysus modificatorias; 2° inciso f), apartado 22 del Decreto N° 101 del 16de enero de 1985 y sus modificatorios; 3° inciso b) del Decreto N° 644del 18 de mayo de 1989 y 1° del Decreto N° 1404 del 25 de julio de 1991.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. N°1981/12 y sus modificatorias, por el Anexo que forma parte de lapresente.

ARTÍCULO 2° — Las previsiones contenidas en la presente entrarán en vigencia a partir del día 1° de diciembre de 2015.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. JULIO ALAK, Ministro de Justicia yDerechos Humanos.

ANEXO

e. 24/11/2015 N° 170004/15 v. 24/11/2015

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