Resolución 2685/2015

Contrato De Fideicomiso - Dase Por Extinguido

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio Del Interior Y Transporte
Contrato De Fideicomiso - Dase Por Extinguido

Dase por extinguido el contrato de fideicomiso celebrado con fecha 10 de agosto de 2012 entre la unidad de gestion operativa mitre sarmiento sociedad anonima (ugoms s.a.) y el banco de la nacion argentina, de conformidad a lo prescripto en el inciso d) del articulo 30 del mismo.

Id norma: 255642 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33264

Fecha boletin: 25/11/2015 Fecha sancion: 18/11/2015 Numero de norma 2685/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Transporte Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

Resolución 2685/2015

Bs. As., 18/11/2015

VISTO el Expediente N° S02:0119094/2015 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la rescisión del Contrato de Concesión suscripto entreel ESTADO NACIONAL y la Empresa TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDADANÓNIMA, oportunamente dispuesta por el Decreto N° 793 de fecha 24 demayo de 2012, se constituyó la UNIDAD DE GESTIÓN OPERATIVA MITRESARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA (UGOMS S.A.) a los fines de gestionar laoperación del servicio ferroviario correspondiente a los Grupos deServicios N° 1 y 2 (Lineas MITRE y SARMIENTO) del sistema de transporteferroviario urbano de pasajeros del ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.

Que con fecha 3 de julio de 2012, la UNIDAD DE GESTIÓN OPERATIVA MITRESARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA (UGOMS S.A.) suscribió con la SECRETARÍA DETRANSPORTE de este Ministerio un Acuerdo de Operación de los ServiciosFerroviarios Urbanos de Pasajeros, Grupo de Servicios 1 y 2 (LíneasMITRE y SARMIENTO), aprobado mediante Resolución N° 99 de fecha 25 dejulio de 2012 de este Ministerio.

Que el precitado Acuerdo de Operación fue modificado a través de sendasAddendas suscriptas con fecha 20 de mayo y 14 de agosto de 2013.

Que entre las obligaciones que asumió la UNIDAD DE GESTIÓN OPERATIVAMITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA (UGOMS S.A.) se encontraban lacontratación y ejecución de las obras de recuperación de mantenimientodiferido, generadas a partir de los incumplimientos de laex-concesionaria TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA, lacontratación y ejecución de las obras que le encomendase la SECRETARÍADE TRANSPORTE como inversiones especificas y la administración ydisposición de los fondos destinados a tales efectos.

Que el apartado 4.2. del Acuerdo de Operación antes citado establecióque la UNIDAD DE GESTIÓN OPERATIVA MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA(UGOMS S.A.) debía constituir una cuenta fiduciaria en el BANCO DE LANACIÓN ARGENTINA, organismo autárquico en el ámbito del MINISTERIO DEECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con los fondos que destinase laSECRETARÍA DE TRANSPORTE para el recupero del mantenimiento diferido ylas obras encomendadas como de inversión especificas.

Que con fecha 10 de agosto de 2012, se celebró entre la UNIDAD DEGESTIÓN OPERATIVA MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA (UGOMS S.A.) y elBANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA el Contrato de Fideicomiso “Plan deRecuperación del Mantenimiento Diferido”.

Que por otra parte, resulta dable señalar que con fecha 25 de marzo de2008 fue promulgada la Ley de Reordenamiento Ferroviario N° 26.352,posteriormente modificada por la Ley N° 27.132.

Que mediante el artículo 7° de la Ley N° 26.352 se creó la OPERADORAFERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), la que tiene a su cargo laprestación de los servicios de transporte ferroviario de pasajeros, entodas sus formas, que le sean asignados.

Que por el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 26.352 se facultó ala dicha Sociedad Operadora a asumir por sí, por intermedio de terceroso asociada a terceros la prestación de los servicios ferroviarios, depasajeros o de carga, que se le asignen.

Que a través del artículo 2° de la Ley N° 26.352 se creó laADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO(ADIFSE), la que tiene a su cargo la administración de lainfraestructura ferroviaria actual, encontrándose facultada para laconfección y aprobación de proyectos de infraestructuras ferroviariasque formen parte de la red ferroviaria su construcción y rehabilitaciónque se lleven a cabo por sus propios recursos, de terceros, o asociadaa terceros, conforme lo estatuye el artículo 3, inciso b) de laprecitada ley.

Que a los fines de profundizar el proceso de reordenamiento estratégicodel sistema ferroviario, establecido por este GOBIERNO NACIONAL, sedictó la Resolución N° 1083 del 11 de septiembre de 2013, con lasmodificaciones introducidas por su similar N° 1210 de fecha 16 deoctubre de 2013, ambas de este Ministerio, que asignó a la OPERADORAFERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) la prestación de los serviciosde transporte ferroviario, correspondientes a las Líneas MITRE ySARMIENTO, en los términos del artículo 7° de la Ley N° 26.352;transfiriéndosele el Acuerdo de Operación celebrado con la UNIDAD DEGESTIÓN OPERATIVA MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA (UGOMS S.A.), deconformidad con lo previsto en el artículo 8°, inciso a), y artículosconcordantes de la Ley N° 26.352.

Que por su parte, el artículo 3° de la Resolución N° 1083/13 antescitada asigna a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIASSOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE) la administración de las obras derecuperación de mantenimiento diferido mencionado y las obras deinversión específicas que hubieren sido encomendadas por la SECRETARÍADE TRANSPORTE, quedando excluidas las obras detalladas en el Anexo I dela Resolución que continuaron siendo ejecutadas por la UNIDAD DEGESTIÓN OPERATIVA MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA (UGOMS S.A.) yabonadas con fondos provenientes de la cuenta fiduciaria constituida enel marco del referido Contrato de Fideicomiso.

Que asimismo, por los artículos 5° y 6° se brindan sendas instruccionesa la SECRETARÍA DE TRANSPORTE en relación a la extinción delfideicomiso una vez que se finalicen y abonen dichas obras y ladisposición de los bienes fideicomitidos que existieran a dicho momento.

Que además de ello, la Resolución N° 1083/13 de este Ministerioestableció que la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE)debía adecuar el Acuerdo de Operación transferido a los fines de laprosecución de los objetivos establecidos por la Ley N° 26.352.

Que por Resolución N° 1244 de fecha 24 de octubre de 2013 de esteMinisterio, se instruyó a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO(SOFSE) para que instrumente las medidas necesarias a los efectos derescindir el referido Acuerdo de Operación, en lo atinente a laoperación integral, administración y explotación del servicio detransporte ferroviario urbano de pasajeros de la Línea SARMIENTO,mandato que se cumplió a través del dictado de la Resolución N° 31 del24 de octubre de 2013 de la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO(SOFSE).

Que por acta de igual fecha, la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DELESTADO (SOFSE) asumió la operación de los servicios ferroviarios en laLínea SARMIENTO.

Que por acta de fecha 26 de noviembre de 2013, suscripta entre laOPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) y la UNIDAD DEGESTIÓN OPERATIVA MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA (UGOMS S.A.), seacordó que esta última continuase con la administración y ejecución delas obras correspondientes a la Línea SARMIENTO, detalladas en el AnexoI de la Resolución N° 1083/13 de este Ministerio.

Que mediante la Resolución N° 41 de fecha 7 de febrero de 2014 de esteMinisterio se aprobó el modelo de acuerdo de operación sustitutivo delAcuerdo de Operación correspondiente a la Línea MITRE, transferidomediante la Resolución N° 1083/13 de este Ministerio.

Que la operación de la precitada línea estuvo a cargo de CORREDORESFERROVIARIOS SOCIEDAD ANÓNIMA hasta el momento del dictado de laResolución N° 171 de fecha 27 de febrero de 2015 de este Ministerio,mediante la cual se instruye a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DELESTADO (SOFSE) a rescindir los acuerdos de operación celebrados en elmarco de la Resolución N° 41/14 antes mencionada.

Que en el marco de todo lo hasta aquí mencionado corresponde mencionarque con fecha 3 de noviembre de 2014 se suscribieron Acuerdos deReasignación de Obras entre la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DELESTADO (SOFSE), la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIASSOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE), la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DELTRANSPORTE, ente autárquico actuante bajo la órbita de la SECRETARÍA DETRANSPORTE, esta Secretaría y CORREDORES FERROVIARIOS SOCIEDAD ANÓNIMArespecto de la Línea MITRE y la UNIDAD DE GESTIÓN OPERATIVA MITRESARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA en cuanto a la Línea SARMIENTO;conjuntamente con sus respectivas Addendas de fecha 29 de diciembre de2014.

Que como consecuencia de lo establecido mediante dichos acuerdos, noexisten obligaciones a ser financiadas con recursos provenientes de lacuenta fiduciaria constituida en el marco del Contrato de Fideicomisocelebrado entre la UNIDAD DE GESTIÓN OPERATIVA MITRE SARMIENTO SOCIEDADANÓNIMA (UGOMS S.A.) y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, por lo queresulta necesario dar por extinguido el mismo conforme las previsionesestatuidas en el inciso d) del artículo 30 y el artículo 31 de laSección Octava “EXTINCIÓN DEL FIDEICOMISO”.

Que lo prescripto por el presente acto administrativo en nada obsta lodispuesto por la Resolución N° 217 de fecha 22 de agosto de 2012 deeste Ministerio, respecto de las rendiciones relacionadas a larealización de obras del “Plan de Recuperación de MantenimientoDiferido” y/o las específicas que se le hubieren encomendado a laUNIDAD DE GESTIÓN OPERATIVA MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA (UGOMSS.A.), ni importa aprobación alguna respecto de su cumplimiento, locual corresponde en el marco de dicha resolución.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultadesotorgadas por la Resolución N° 1083 de fecha 11 de septiembre de 2013,con las modificaciones introducidas por su similar N° 1210 de fecha 16de octubre de 2013, ambas de este Ministerio.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Dáse por extinguido el Contrato de Fideicomiso celebradocon fecha 10 de agosto de 2012 entre la UNIDAD DE GESTIÓN OPERATIVAMITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA (UGOMS S.A.) y el BANCO DE LA NACIÓNARGENTINA, de conformidad a lo prescripto en el inciso d) del artículo30 del mismo.

ARTÍCULO 2° — Instrúyese al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, organismoautárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS,a que transfiera a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIASSOCIEDAD DEL ESTADO los bienes fideicomitidos que existieran al momentode la extinción del Contrato de Fideicomiso, dispuesta por el artículo1° precedente, los que deberán ser depositados en la cuenta aconstituirse a tal fin, en los términos del artículo 31 del Contrato deFideicomiso y lo estatuido por el artículo 6° de la Resolución N° 1083de fecha 11 de septiembre de 2013, con las modificaciones introducidaspor su similar N° 1210 de fecha 16 de octubre de 2013, ambas de esteMinisterio.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese los términos de la presente a la UNIDAD DEGESTIÓN OPERATIVA MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANÓNIMA (UGOMS S.A.) y alBANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y comuníquese la misma a la OPERADORAFERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), a la ADMINISTRACIÓN DEINFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF S.E.) y a laCOMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ente autárquico en laórbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE de este Ministerio.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. ALEJANDRO RAMOS, Secretario deTransporte.

e. 25/11/2015 N° 169622/15 v. 25/11/2015

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