Resolución 824/2015

Resolucion N° 10/1995 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Radiocomunicaciones
Resolucion N° 10/1995 - Modificacion

Incorporese a las exenciones al regimen de pago establecidas en el articulo 21 de la resolucion n° 10/1995 de la ex secretaria de energia transporte y comunicaciones el siguiente texto: “las estaciones, sistemas y/o servicios radioelectricos que la empresa arsat s a. implemente y cuya finalidad sea la provision de facilidades relacionadas directamente con los planes del gobierno: sistema argentino de television digital terrestre, “argentina conectada”, “conectar igualdad” y los que a futuro se creen.

Id norma: 256045 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33268

Fecha boletin: 02/12/2015 Fecha sancion: 26/11/2015 Numero de norma 824/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Autoridad Federal De Tecnologias De La Inf Y Las Comunica Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Resolución 824/2015

Bs. As., 26/11/2015

VISTO el Expediente N° 8.616/2011 del Registro de la ex COMISIÓNNACIONAL DE COMUNICACIONES, y la Resolución N° 10/1995 de la exSECRETARÍA DE ENERGÍA TRANSPORTE Y COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1148/2009, de fecha 31 de agosto 2009, se establecióla implementación del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestrey posteriormente por Decreto PEN N° 364, de fecha 17 de marzo de 2010,se declaró de interés público la Plataforma Nacional de TelevisiónDigital Terrestre

Que por Decreto 835/2011, de fecha 23 de junio 2011, se autorizó a laEMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES S.A, (ARSAT) a prestar losservicios de uso de infraestructura, multiplexado y transmisión paraTELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE.

Que por Decreto Presidencial N° 459/2010, de fecha 6 de abril de 2010,se creó el “PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD.COM.AR” con el objetivo deproporcionar una computadora a cada alumno y docente para serutilizadas en las aulas en los establecimientos de educación secundariade escuelas públicas, de educación especial y de Institutos deFormación Docente, cuya meta primordial es reducir las brechas socialesy educativas, garantizando la igualdad de oportunidades de acceso y usode la información y del conocimiento, en vía de una mejor calidadeducativa de las escuelas en todo el país, incorporando el equipamientoen las aulas como en su nivel de conectividad.

Que mediante el Decreto N° 1552, de fecha 21 de octubre de 2010, elPODER EJECUTIVO NACIONAL creó el PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES“ARGENTINA CONECTADA” el cual tiene como ejes estratégicos la inclusióndigital; la optimización del espectro radioeléctrico; el desarrollo delservicio universal; la producción nacional y generación de empleo en elsector de las telecomunicaciones; la capacitación e investigación entecnologías de las comunicaciones; la infraestructura y conectividad; yel fomento a la competencia; todo ello abordado desde una ópticauniversal e inclusiva con el fin de fortalecer la inclusión digital enla República Argentina.

Que se instruyó al MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓNPÚBLICA Y SERVICIOS, en su carácter de accionista mayoritario de laEMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES S A (ARSAT) a llevar lasacciones y decisiones societarias necesarias en el ámbito de sucompetencia, que permitan la provisión de facilidades y serviciossatelitales y/o conexos, servicios de transporte de señales y suscorrespondientes enlaces para el desarrollo, implementación yoperatividad de la infraestructura de la Plataforma Nacional deTelevisión Digital Terrestre.

Que los Planes Nacionales de Telecomunicaciones “Argentina Conectada”,“Conectar Igualdad” y la Televisión Digital Terrestre, son planes degobierno integrados por políticas públicas cuya propósito primordial esla democratización del acceso a la información y las comunicaciones,con el objeto de lograr la inclusión digital, a través de fuertesiniciativas que apuntan a garantizar a todos los habitantes de laREPÚBLICA ARGENTINA el acceso a las redes en todo el país.

Que hay un número significativo de establecimientos educacionales y debien público que están ubicados en sitios remotos rurales, que nocuentan con posibilidad de acceder a servicios de lnternet y TelevisiónDigital Terrestre y la única manera es a través de enlaces vía satélite.

Que se promueve una mayor participación en la sociedad de lainformación y el conocimiento en la REPÚBLICA ARGENTINA, con el accesoy usos de las tecnologías de la información y comunicación como factorde desarrollo social así como favorecer la integración de dichastecnologías en la educación.

Que sin ser excluyentes de otras tecnologías complementarias seimplementaran en forma inmediata conexiones vía satélite en losestablecimientos de interés a través de terminales remotos tipo VSATcon una estación maestra instalada en el telepuerto de la empresa ARSATen BENAVÍDEZ - Provincia de BUENOS AIRES -, para dotar conectividad enbanda ancha en las localidades donde estén estos establecimientos.

Que en materia de transporte y distribución de la señal de TV Digitalse han adoptado soluciones vía satélite tanto para el transporte deseñales a las estaciones transmisoras remotas como para alcanzar enforma directa aquellas instituciones inaccesibles por otros medios.

Que la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES S. A. (ARSAT) hasolicitado la exención al régimen de pago de los derechos y arancelesradioeléctricos correspondientes a estaciones, sistemas y serviciosradioeléctricos cuya implementación y finalidad sea la provisión defacilidades relacionadas directamente con los planes de GobiernoTelevisión Digital Terrestre, “Argentina Conectada” y “ConectarIgualdad”.

Que ha tomado la debida intervención el servicio jurídico permanente dela AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LASCOMUNICACIONES.

Que el DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LAINFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES acordó el dictado del presente actoadministrativo mediante la suscripción del Acta de Directoriocorrespondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribucionesconferidas por la Ley N° 27.078, los Decretos N° 677 de fecha 28 deabril de 2015 y N° 1.117 de fecha 12 de junio de 2015 y la ResoluciónN° 250 de fecha 11 de septiembre de 2015 que aprueba el REGLAMENTO DEFUNCIONAMIENTO INTERNO del DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DETECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Incorpórese a las exenciones al régimen de pagoestablecidas en el artículo 21 de la Resolución N° 10/1995 de la exSECRETARÍA DE ENERGÍA TRANSPORTE Y COMUNICACIONES el siguiente texto:“Las estaciones, sistemas y/o servicios radioeléctricos que la empresaARSAT S A. implemente y cuya finalidad sea la provisión de facilidadesrelacionadas directamente con los planes del Gobierno: SistemaArgentino de Televisión Digital Terrestre, “Argentina Conectada”,“Conectar Igualdad” y los que a futuro se creen.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — NORBERTO BERNER, Presidente delDirectorio, Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y lasComunicaciones.

e. 02/12/2015 N° 172715/15 v. 02/12/2015

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