Resolución 39/2013

Resolucion Tecnica - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Federacion Argentina De Consejos Profesionales De Ciencias Economicas
Resolucion Tecnica - Aprobacion

Aprobar la resolucion tecnica n° 39, “modificacion de las resoluciones tecnicas 6 y 17. expresion en moneda homogenea” contenida en la segunda parte de esta resolucion. derogar la resolucion jg 287-03.

Id norma: 256576 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33271

Fecha boletin: 09/12/2015 Fecha sancion: 04/10/2013 Numero de norma 39/2013

Organismo (s)

Organismo origen: Fed.Arg.De Cons.Prof. De Ciencias Economicas Ver Resoluciones Observaciones: LA PRESENTE NORMA FUE PUBLICADA COMO "RESOLUCION TECNICA".

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

FEDERACIÓN ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONÓMICAS

Resolución Técnica 39/2013

NORMAS CONTABLES PROFESIONALES: MODIFICACIÓN DE LAS RESOLUCIONES TÉCNICAS N° 6 Y 17. EXPRESIÓN EN MONEDA HOMOGÉNEA.

PRIMERA PARTE

04/10/2013

VISTO:

El Proyecto de Resolución Técnica sobre “Normas contablesprofesionales: Modificación de las Resoluciones Técnicas N° 6 y 17.Expresión en moneda homogénea, y

CONSIDERANDO:

a) Que las atribuciones de los Consejos Profesionales de CienciasEconómicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional;

b) que dichos Consejos han encargado a esta Federación la elaboraciónde proyectos de normas técnicas para su posterior aprobación y puestaen vigencia dentro de sus respectivas jurisdicciones;

c) que en marzo de 2009, esta Federación aprobó la Resolución Técnica(RT) N° 26, por la que adopta las Normas Internacionales de InformaciónFinanciera (NIIF) para determinadas entidades bajo el control de laComisión Nacional de Valores, y permite, para el resto de lasentidades, la opción de aplicar las normas contables profesionalesemitidas por esta Federación, las NIIF o la NIIF para las Pymesrespetando, las exclusiones que esta última norma establece;

d) que la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) N° 29, y la sección31 de la NIIF para las Pymes establecen (i) pautas cualitativas ycuantitativas indicativas de un contexto macroeconómico con un nivel deinflación que obliga a reexpresar los estados contables por cambios enel poder adquisitivo general de la moneda del entorno económicoprincipal en que opera una entidad (moneda funcional), y (ii) lametodología para practicar tal reexpresión;

e) que la NIC 29 y la sección 31 de la NIIF para las Pymes presentandiferencias con las normas contables profesionales argentinas;

f) que del análisis de las diferencias mencionadas, resultan relevanteslas siguientes: (i) el parámetro cuantitativo de una variación en elnivel general de precios que se aproxime o sobrepase el 100%acumulativo en tres años, y (ii) no admitir que en caso de reanudarselos ajustes para reflejar los cambios en el poder adquisitivo de lamoneda dichos ajustes ignoren los cambios en el poder adquisitivo de lamoneda ocurridos durante el período de interrupción;

g) que es necesario precisar el parámetro (i) indicando que el mismo secumple cuando la variación en el nivel general de precios alcance osobrepase el 100% acumulativo en tres años;

h) que es necesario que todas las entidades que presenten informaciónen la moneda de una misma economía apliquen las normas para lapreparación de sus estados contables en moneda homogénea en formaconsistente, a fin de respetar el requisito de comparabilidad contenidoen la segunda parte de la RT N° 16 siendo que los cambios en el poderadquisitivo de la moneda afectan a toda la economía de un país y no aciertas regiones o entidades en particular;

i) que la incorporación a las normas contables profesionales argentinasdel parámetro cuantitativo indicado en el punto (i) del inciso f),contribuye a la evaluación que la Dirección de una entidad puede hacersobre la necesidad de incorporar a los estados contables los efectos delas variaciones en el poder adquisitivo de la moneda;

j) que estas modificaciones producen como efecto la necesidad de derogar la Resolución 287-03;

k) que el CENCyA aprobó la propuesta del Proyecto de Resolución Técnica en su reunión del 07 de febrero de 2013;

I) que durante el período de consulta para el PRT 30 se han recibido sugerencias y comentarios;

m) que los mismos han sido analizados por el CENCyA, realizando lasrecomendaciones correspondientes y modificando los párrafos pertinentes;

n) que el CENCyA aprobó la propuesta de Resolución Técnica en su reunión del 21 de agosto de 2013.

POR ELLO:

LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONÓMICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Aprobar la Resolución Técnica N° 39, “Modificación de lasResoluciones Técnicas 6 y 17. Expresión en moneda homogénea” contenidaen la segunda parte de esta resolución.

ARTÍCULO 2° — Derogar la Resolución JG 287-03.

ARTÍCULO 3° — Recomendar a los Consejos Profesionales adheridos a esta Federación:

a) el tratamiento de esta resolución técnica de acuerdo con locomprometido en el Acta de Tucumán, firmada el 3 de octubre de 2013;

b) establecer como fecha de vigencia la de su aprobación por la Junta de Gobierno; y

c) la difusión de esta resolución técnica entre sus matriculados y losorganismos de control, educativos y empresarios de sus respectivasjurisdicciones;

ARTÍCULO 4° — Publicar la Resolución Técnica en la página de internetde esta Federación, y en el Boletín Oficial de la República Argentina,comunicarla a los Consejos Profesionales y a los organismos nacionalespertinentes.

En la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, a los cuatro días de octubre de 2013.

SEGUNDA PARTE: Publicada en www.facpce.org.ar

Dr. DANIEL CARLOS FELDMAN, Secretario. Designado por Acta de AsambleaGeneral Ordinaria del 04/10/2013. — Dr. RAMON VICENTE NICASTRO,Presidente. Designado por Acta de Asamblea General Ordinaria del04/10/2013.

e. 09/12/2015 N° 173718/15 v. 09/12/2015

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