Resolución 1918/2015

Superintendente - Renuncia

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Superintendencia De Seguros De La Nacion
Superintendente - Renuncia

Dase por aceptada, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el licenciado d. juan antonio bontempo (m.i. n° n° 21.355.190) al cargo de superintendente de seguros de la nacion de la superintendencia de seguros de la nacion, organismo descentralizado actuante en el ambito de la subsecretaria de servicios financieros de la secretaria de finanzas del ministerio de economia y finanzas publicas.

Id norma: 257004 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33278

Fecha boletin: 17/12/2015 Fecha sancion: 09/12/2015 Numero de norma 1918/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Economia Y Finanzas Publicas Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 1918/2015

Acéptase renuncia.

Bs. As., 09/12/2015

VISTO la renuncia presentada por el Licenciado D. Juan Antonio BONTEMPO
(M.I. N° N° 21.355.190) al cargo de Superintendente de Seguros de la
Nación, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario proveer de acuerdo con la circunstancia señalada en el Visto y aceptar la citada renuncia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el
Artículo 1°, inciso c) del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1° — Dase por
aceptada, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada
por el Licenciado D. Juan Antonio BONTEMPO (M.I. N° N° 21.355.190) al
cargo de Superintendente de Seguros de la Nación de la SUPERINTENDENCIA
DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el
ámbito de la SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARÍA DE
FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Art. 2° — Agradécense al citado
funcionario los importantes servicios prestados en el cumplimiento de
las funciones que le fueran oportunamente encomendadas.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Axel Kicillof.

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