Resolución 18/2015

Cierre De Pesqueria

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision Tecnica Mixta Del Frente Maritimo
Cierre De Pesqueria

Norma estableciendo el cierre de la pesqueria dirigida al conjunto de especies denominado rayas de altura, para el año 2015, en la zona comun de pesca.

Id norma: 257009 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33278

Fecha boletin: 17/12/2015 Fecha sancion: 04/12/2015 Numero de norma 18/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Tecnica Mixta Del Frente Maritimo Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

Resolución 18/2015

Norma estableciendo el cierre de lapesquería dirigida al conjunto de especies denominado rayas de altura,para el año 2015, en la Zona Común de Pesca.

Colonia, 04/12/2015

Visto:

La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación del conjunto de especies denominado rayas de altura.

Considerando:

1) Que por Resolución CTMFM N° 8/15 se fijó una captura totalpermisible para el conjunto de especies denominado rayas de altura de3.500 toneladas, en la Zona Común de Pesca, para el año 2015, así comouna reserva de hasta el 10%.

2) Que por Resolución CTMFM N° 12/15 se habilitó la captura de la reserva antes mencionada.

3) Que, a la fecha, las capturas del referido conjunto de especiesalcanzaron el límite establecido de acuerdo a las citadas Resoluciones,en atención a lo cual corresponde disponer el cierre de la pesquería.

Atento:

A lo establecido en los Artículos 80 y 82 incisos c) y d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Cerrar la pesquería dirigida al conjunto de especiesdenominado rayas de altura en la Zona Común de Pesca hasta el 31 dediciembre de 2015 inclusive.

ARTÍCULO 2° — El desembarque de rayas de altura como resultado de lacaptura incidental, no deberá superar el 10% del total de la captura encada marea.

ARTÍCULO 3° — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.

ARTÍCULO 4° — Comunicar esta Resolución al Ministerio de RelacionesExteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio deRelaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

ARTÍCULO 5° — Dar conocimiento público de esta Resolución, a través desu publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en elDiario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Doctor NÉSTORBUSTAMANTE, Delegado a/c Delegación argentina. — Capitán de Navío (R)JULIO SUÁREZ, Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia.

e. 17/12/2015 N° 175089/15 v. 17/12/2015

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