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Resolución 26/2015
Arancel
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Instituto De Estadistica Y Registro De La Industria De La Construccion
Arancel
Establecer el importe en concepto de arancel por inscripcion en las siguientes sumas: a) para empresas unipersonales (tipo “a”) pesos dos mil novecientos ($ 2.900.-), b) para sociedades formalmente constituidas como sociedades anonimas, sociedades de responsabilidad limitada, y otras inscriptas en la inspeccion general de justicia o registro público (tipo “b”) pesos cinco mil ochocientos ($ 5.800.-).
Id norma: 257121 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33280
Fecha boletin: 21/12/2015 Fecha sancion: 01/12/2015 Numero de norma 26/2015
Organismo (s)
Organismo origen: Inst. De Estadistica Y Registro De La Ind. De La Construcc Ver Resoluciones Observaciones: -
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
Resolución 26/2015
Bs. As., 01/12/2015
VISTO
Las Leyes Nros. 22.250, 24.624 y 24.629, los Decretos 1342/81; 558/96,N° 660/96, N° 852/96, 1309/96, el Art. 6° inc. e) de la Ley citada enprimer termino, y la Resolución IERIC 15/2008,
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario fijar los nuevos importes correspondientes aAranceles de Inscripción; de Renovación Anual; de Levantamiento de BajaEmpresaria voluntaria; Cambio de Razón Social y Emisión de Credencialde Registro Laboral, entre otros trámites.
Por ello:
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Establecer el importe en concepto de Arancel porInscripción en las siguientes sumas: a) para empresas Unipersonales(Tipo “A”) Pesos DOS MIL NOVECIENTOS ($ 2.900.-), b) para sociedadesformalmente constituidas como Sociedades Anónimas, Sociedades deResponsabilidad Limitada, y otras inscriptas en la Inspección Generalde Justicia o Registro Público (Tipo “B”) Pesos CINCO MIL OCHOCIENTOS($ 5.800.-).
ARTICULO 2° — Fijar el importe en concepto de Arancel por RenovaciónAnual en las siguientes sumas: a) para empresas comprendidas en el inc.a) del artículo anterior Pesos UN MIL NOVECIENTOS ($ 1.900.-), b) paraempresas comprendidas en el inc. b) del artículo 1° de la presenteResolución Pesos TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 3.800.-).
ARTICULO 3° — Se establece para Levantamiento de Baja EmpresariaVoluntaria las siguientes sumas en concepto de arancel: Pesos UN MILNOVECIENTOS ($ 1.900.-) para las empresas comprendidas en el inc. a)del art. 1°, y Pesos TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 3.800.-) para las empresascomprendidas en el inc. b) del art. 1°, ambos de la presente Resolución.
ARTICULO 4° — Establecer para el expendio de Lectoras de Credencialesde Registro Laboral la suma de Pesos SEISCIENTOS ($ 600.-).
ARTICULO 5° — Para el supuesto de Cambio de Razón Social se deberá abonar la suma de Pesos TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 3.800.-).
ARTICULO 6° — Se establece en Pesos CUARENTA ($ 40.-) el costo de la Emisión de Credencial de Registro Laboral.
ARTICULO 7° — Los importes de los aranceles por reinscripciones de lasempresas dadas de baja de por el art. 9° de la Disposición R.N.I.C N°56/1994 que se efectúen a partir de la entrada en vigencia de lapresente deberán ser cancelados conforme los montos fijados en el art.2 de esta Resolución.
ARTICULO 8° — Las sumas fijadas por la presente Resolución entrarán envigencia a partir del primer día hábil siguiente a su publicación en elBoletín Oficial.
ARTICULO 9° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquesea las Entidades Representativas del Sector y archívese. — Ing. ROBERTOPIÑEIRO, Secretario. — Dr. HUGO E. SCAFATI, Presidente.
e. 21/12/2015 N° 177395/15 v. 21/12/2015
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