Resolución 65/2015

Documento De Acuerdos Elaborado En La “Mesa De Trabajo: Nuevo Codigo Civil Y Comercial, Lectura...

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Salud
Documento De Acuerdos Elaborado En La “Mesa De Trabajo: Nuevo Codigo Civil Y Comercial, Lectura...

Apruebese como marco interpretativo del codigo civil y comercial vigente el documento de acuerdos elaborado en la “mesa de trabajo: nuevo codigo civil y comercial, lectura desde los derechos sexuales y los derechos y reproductivos” realizada los dias 10, 18 y 23 de noviembre de 2015 que como anexo i forma parte integrante de la presente resolucion. incorporase la presente al programa nacional de garantia de calidad de la atencion medica.

Id norma: 257649 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33292

Fecha boletin: 08/01/2016 Fecha sancion: 09/12/2015 Numero de norma 65/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Salud Comunitaria Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIODE SALUD

SECRETARÍA DE SALUD COMUNITARIA

Resolución 65/2015

Bs. As., 09/12/2015

VISTO el Expediente N° 1-2002-28969/15-7 del registro del MINISTERIO DESALUD, y las Leyes N° 26.485, N° 25.673, N° 26.529 modificada por LeyN° 26.742, N° 26.743, N° 26.618, N° 26.862, N° 26.657 y N° 26.378, y

CONSIDERANDO:

Que la República Argentina adoptó el Consenso de Montevideo sobrePoblación y Desarrollo alcanzado en agosto de 2013 para dar seguimientoal Programa de Acción de El Cairo después de 2014, donde se decidióadoptar como medidas prioritarias la implementación de programas desalud sexual y salud reproductiva integrales, oportunos y de calidadpara adolescentes y jóvenes que garanticen el acceso a métodosanticonceptivos modernos, seguros y eficaces respetando el principio deconfidencialidad y privacidad para que adolescentes y jóvenes ejerzansus derechos sexuales y derechos reproductivos, tengan una vida sexualresponsable placentera y saludable, eviten embarazos tempranos y los nodeseados, la transmisión del VIH y otras infecciones de transmisiónsexual; y tomen decisiones libres, informadas y responsables conrelación a su vida sexual y reproductiva y al ejercicio de suorientación sexual; la promoción de políticas que contribuyan aasegurar que las personas ejerzan sus derechos sexuales; la revisión dela legislación, las normas y prácticas que restringen el acceso a losservicios de salud sexual y reproductiva y asegurar el acceso a lainformación completa sobre todas las opciones de servicios disponiblespara todas las personas sin discriminación de ningún tipo.

Que la normativa de fondo en materia civil y comercial fue reformada demanera integral mediante el dictado de la Ley N° 26.994, que entró envigencia el día 1° de agosto de 2015. Que dicha reforma trajoaparejadas importantes modificaciones y avances en materia de derechosen relación a la salud sexual y salud reproductiva (Leyes N° 25.673 yN° 26.743), principalmente en relación a criterios etarios relativos ala capacidad para el ejercicio de los derechos vinculados al cuidadodel propio cuerpo (artículo 4 del Decreto N° 1282/2003, Reglamentariode la Ley N° 25.673 y artículos 25 y 26 de la Ley N° 26.994).

Que en este contexto, el PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUAL YPROCREACIÓN RESPONSABLE junto al PROGRAMA NACIONAL DE SALUD INTEGRAL ENLA ADOLESCENCIA manifestaron la imperiosa necesidad para los equipos desalud y de la gestión en salud de establecer por este MINISTERIO unmarco interpretativo para la aplicación de la nueva normativa civil defondo enfocado a al acceso a la salud integral en el marco de losderechos sexuales y reproductivos.

Que para lograr dicho objetivo los PROGRAMAS NACIONALES mencionadospropusieron la realización de una mesa de trabajo con expertos, en laque a partir de las inquietudes y necesidades de las coordinaciones ylos equipos de trabajo de ambos programas, las y los especialistasinvitados aportaran sus interpretaciones de la nueva normativa para darlugar a un intercambio y debate que permitiera la construcción de undocumento de acuerdos, documento que permitiera aclarar dudas yambigüedades en la interpretación de la legislación en lo referente ala atención de la salud integral en los aspectos relacionados con losderechos sexuales y derechos reproductivos, para facilitar tanto elejercicio de la gestión como de la atención cotidiana que efectúan losequipos de salud.

Que dicha mesa de trabajo se celebró en tres jornadas los días 10, 18 y23 de Noviembre en el salón Oñativia de este MINISTERIO.

Que a la misma asistieron especialistas en derechos sexuales y derechosreproductivos de las mujeres, en derechos sexuales de Lesbianas, Gays,Bisexuales y Trans (LGBT) y derechos humanos, en derechos de niñasniños y adolescentes y derechos de las personas con discapacidad.Asimismo asistieron las Dras. Nelly Minyersky, Eleonora Lamm y MarisaHerrera quienes fueron integrantes del equipo de redacción del CódigoCivil y Comercial de la Nación, siendo ésta última co-directora delCódigo Civil y Comercial de la Nación Comentado por el SistemaArgentino de Información Jurídica (InfoJus- MINISTERIO DE JUSTICIA YDERECHOS HUMANOS); y la Dra. Silvia Fernández como autora de loscomentarios realizados al Capítulo 2, Título Primero Parte General dela edición antedicha; equipos de PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUAL YPROCREACIÓN RESPONSABLE, PROGRAMA NACIONAL DE SALUD INTEGRAL EN LAADOLESCENCIA, DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL, DIRECCIÓN NACIONAL DEMATERNIDAD E INFANCIA, DIRECCIÓN NACIONAL DE SIDA Y ENFERMEDADES DETRANSMISIÓN SEXUAL, de la SECRETARÍA DE SALUD COMUNITARIA y de laSECRETARÍA DE POLITICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS.

Que, en dichos encuentros se abordó en lectura conjunta y participativaentre las distintas temáticas atinentes a la gestión de la salud sexualy reproductiva resultando de este proceso de construcción colectiva undocumento de consenso que analiza las implicancias del nuevo marconormativo en la implementación de los PROGRAMAS y Políticas Públicas ensalud sexual y reproductiva.

Que tal documento de consensos se torna de vital importancia para unaimplementación integrada y unificada por parte de este MINISTERIO de lapolítica pública en salud sexual y salud reproductiva dadas lasdivergencias interpretativas que pudieran surgir debido al incipienteestado del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervenciónde su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por la “Ley de Ministerios - T.O. 1992”, modificada por susimilar Ley N° 26.338 y de la competencia delegada mediante ResoluciónMinisterial N° 1992/2014.

Por ello,

EL SECRETARIO DE SALUD COMUNITARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébese como marco interpretativo del Código Civil yComercial vigente el documento de acuerdos elaborado en la “Mesa deTrabajo: Nuevo Código Civil y Comercial, lectura desde los DerechosSexuales y los Derechos y Reproductivos” realizada los días 10, 18 y 23de Noviembre de 2015 que como ANEXO I forma parte integrante de lapresente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Incorpórase la presente al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍADE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.

ARTÍCULO 3° — Difúndase a través del PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUALY PROCREACIÓN RESPONSABLE y por el PROGRAMA NACIONAL DE SALUD INTEGRALEN LA ADOLESCENCIA.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese intervención ala Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. NICOLÁSKREPLAK, Secretario de Salud Comunitaria, Ministerio de Salud de laNación.

ANEXO I





e. 08/01/2016 N° 209/16 v. 08/01/2016

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Sistema Argentino de Información Jurídica