Resolución 29/2015

Servicios De Terapia Intensiva Adulto, Pediatrico Y Neonatal

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Servicios De Terapia Intensiva Adulto, Pediatrico Y Neonatal

Aprobar los “requisitos de buenas practicas para organizacion y funcionamiento de los servicios de terapia intensiva adulto, pediatrico y neonatal”, que constan como anexo y forman parte de la presente resolucion.

Id norma: 258154 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33304

Fecha boletin: 26/01/2016 Fecha sancion: 15/07/2015 Numero de norma 29/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Grupo Del Mercado Comun Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MERCOSUR/GMC/RES. N° 29/15

REQUISITOS DE BUENAS PRÁCTICAS PARA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DELOS SERVICIOS DE TERAPIA INTENSIVA ADULTOS, PEDIÁTRICA Y NEONATAL

(DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 28/04)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 28/04 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

La necesidad de contar con Requisitos de Buenas Prácticas paraorganización y funcionamiento de los servicios de terapia intensivaadulto, pediátrico y neonatal.

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar los “Requisitos de Buenas Prácticas para organizacióny funcionamiento de los servicios de terapia intensiva adulto,pediátrico y neonatal”, que constan como Anexo y forman parte de lapresente Resolución.

Art. 2 - Los Requisitos de Buenas Prácticas establecidos en la presenteResolución deben ser incluidos en las normas de organización yfuncionamiento de los servicios de terapia intensiva adulto, pediátricoy neonatal de cada Estado Parte, pudiendo agregarse otros requisitos ala normativa nacional o local de acuerdo con la necesidad de cadaEstado Parte.

Art. 3 - Los Estados Partes indicarán, en el ámbito del SGT N° 11, losorganismos nacionales competentes para la implementación de la presenteResolución.

Art. 4 - Derogar la Resolución GMC N° 28/04.

Art. 5 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 15/I/2016.

XLV GMC EXT. - Brasilia, 15/VII/15.

ANEXO

REQUISITOS DE BUENAS PRÁCTICAS PARAORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TERAPIA INTENSIVAADULTO, PEDIÁTRICO Y NEONATAL

1. OBJETIVO

Establecer los Requisitos de Buenas Prácticas para organización yfuncionamiento de servicios de terapia intensiva adultos, pediátrico yneonatal.

2. DEFINICIONES

2.1 Servicios de terapia intensiva adultos, pediátrico y neonatal: sonlos servicios destinados a la internación de pacientes críticos y querequieran atención profesional especializada continua, materialesespecíficos y otras tecnologías necesarias para el diagnóstico ytratamiento, ubicados en establecimientos asistenciales con internacióny con servicios auxiliares de diagnóstico y seguimiento de funcionesvitales del paciente.

2.2 Pacientes críticos: son aquellos con compromiso de uno o mássistemas fisiológicos principales, con pérdida de su autorregulaciónpero potencialmente reversibles.

3. REQUISITOS

3.1 Todo servicio de terapia intensiva, público o privado, debe estarubicado en un establecimiento de salud con internación que tengahabilitación o licencia de funcionamiento, actualizada periódicamente,expedida por el órgano sanitario competente.

3.2 La construcción, reforma o adaptación en la estructura física delos servicios de terapia intensiva debe estar precedida de laaprobación del proyecto por el órgano competente local.

3.3 Es de responsabilidad de la administración del establecimiento desalud prever y proveer los recursos humanos, equipamientos, materialesy medicamentos necesarios a la operacionalización de los Servicios deTerapia Intensiva.

3.4 La dirección del establecimiento de salud y el responsable técnicodel servicio de terapia intensiva tienen la responsabilidad de planear,implementar y garantizar la calidad de los procesos.

3.5 Los servicios de terapia intensiva deben disponer de instruccionesescritas y actualizadas de las rutinas técnicas implantadas.

3.6 Las rutinas técnicas deben ser elaboradas en conjunto con losservicios involucrados en la asistencia al paciente crítico, asegurandola asistencia integral y la interdisciplinariedad.

3.7 Los servicios de terapia intensiva deben:

3.7.1 poseer una estructura organizacional documentada;

3.7.2 preservar la identidad y la privacidad del paciente, asegurando un ambiente de respeto y dignidad;

3.7.3 promover ambiente acogedor;

3.7.4 incentivar y promover la participación de la familia en la atención al paciente crítico;

3.7.5 proveer orientaciones a los familiares en un lenguaje claro,sobre el estado de salud del paciente y la asistencia a ser brindada,desde la admisión hasta el alta;

4. RECURSOS HUMANOS

4.1 Los servicios de terapia intensiva deben disponer del siguiente equipo:

4.1.1 Responsable Técnico médico, legalmente certificado comoespecialista en Medicina Intensiva específico para la modalidad deasistencia adultos, pediátrica o neonatal.

4.1.1.1 El Médico responsable técnico debe asumir la responsabilidad delos servicios de terapia intensiva, conforme a la reglamentaciónvigente de cada Estado Parte.

4.1.1.2 En caso de ausencia del responsable técnico, los serviciosdeben contar con un profesional legalmente habilitado para sustituirlo.

4.1.2 Médico de planta, para el turno de la mañana y tarde, concapacitación en Medicina Intensiva validado de acuerdo a lareglamentación vigente en cada Estado Parte, específico para lamodalidad de la asistencia de adultos, pediátrica o neonatal.

4.1.3 Médico de guardia, exclusivo de la unidad por turno.

4.1.4 Profesional de enfermería de acuerdo a la reglamentación vigentede cada Estado Parte, exclusivo de la unidad y responsable por lacoordinación de la asistencia de enfermería.

4.1.5 Profesional de enfermería exclusivo de la unidad, con nivel deformación y cantidad de acuerdo a la normativa vigente de cada EstadoParte.

4.1.6 Kinesiólogo de acuerdo a la normativa vigente de cada Estado Parte.

4.1.7 Personal administrativo.

4.1.8 Personal para el servicio de limpieza.

4.2 Todos los profesionales de los servicios de terapia intensiva debenser vacunados en conformidad con la normativa vigente de cada EstadoParte.

4.3 El responsable técnico debe implantar, implementar y mantenerregistros de programa de educación permanente para todo el personal queactúan en la unidad.

5. INFRAESTRUCTURA FÍSICA

5.1 Los servicios de terapia intensiva deben disponer deinfraestructura física con ambientes e instalaciones necesarios para laasistencia y la realización de los procedimientos con seguridad ycalidad.

5.2 Los servicio de terapia intensiva deben poseer ambientes con las siguientes características:

5.2.1 habitación colectiva o individual para la internación de los pacientes adultos, pediátricos o neonatales;

5.2.1.1 habitaciones de aislamiento individual para internación de pacientes adultos, pediátricos o neonatales;

5.2.2 puesto de enfermería que permita la observación visual directa o electrónica de las camas;

5.2.3. área para prescripción médica;

5.2.4 sala de material sucio dotada de pileta con ducha manual para lavado;

5.2.5 depósito de material de limpieza;

5.2.6 depósito de equipos e insumos;

5.2.7 sala administrativa;

5.2.8 sala de descanso del equipo de guardia, con baño compuesto de lavatorio, inodoro y ducha;

5.2.9. vestuarios para personal (masculino y femenino) dotado de lavatorio, ducha e inodoro;

5.2.10. lavatorio para higiene de manos en las habitaciones colectivas, individuales o de aislamiento.

5.3 las paredes, pisos y techos deben ser revestidos de material liso,resistente al lavado y al uso de desinfectantes, abrasivos e impactos.

5.4 los servicios de terapia intensiva deben poseer instalaciones que comprendan las siguientes características:

5.4.1 sistema de energía eléctrica alternativo de emergencia paraalimentación de los equipos de soporte vital y de circuitos deiluminación de emergencia;

5.4.2 circuitos de iluminación distintos de los circuitos eléctricosespeciales, desde la fuente de entrada, de forma de evitarinterferencias electromagnéticas en los equipos e instalaciones;

5.4.3 sistema de abastecimiento de gas medicinal centralizado, con puntos de oxígeno, de vacío y de aire medicinal por cama;

5.4.4 sistema de climatización que posibilite confort térmico al paciente y el mantenimiento de la calidad del aire interior.

5.4.4.1. la habitación de aislamiento de los servicios de terapiaintensiva adulto y pediátrica debe poseer sistema deventilación/extracción que permita renovación continua del aireinterior.

6. MATERIALES Y EQUIPAMIENTO

6.1 Los servicios de terapia intensiva deben tener disponible en la unidad:

6.1.1 equipamiento para monitoreo continuo de electrocardiograma (monitor cardíaco);

6.1.2 equipamiento para monitoreo de presión arterial no invasiva;

6.1.3 equipamiento para monitoreo de oxigeno transcutáneo u oximetría de pulso;

6.1.4 equipamiento para monitoreo de presión venosa central (medidor de PVC o monitor);

6.1.5 soporte ventilatorio: equipamiento para ventilación, incluyendoresucitador manual con reservorio y ventilador pulmonar mecánico;

6.1.6 equipamiento para nebulización con humidificador y calentador;

6.1.7 equipamiento para oxigenoterapia;

6.1.8 equipamiento para infusión continua y controlada de drogas (bomba de infusión);

6.1.8.1 en el caso de nutrición enteral debe ser reservada bomba específica para esta finalidad;

6.1.9 cama para terapia intensiva, con las siguientes características:

6.1.9.1 camas con ajuste de posición, barandas laterales y ruedas en los servicios de terapia intensiva adulto;

6.1.9.2 cama con barandas laterales, cuna o incubadora con ajuste deposición y ruedas, en los servicios de terapia intensiva pediátrica;

6.1.9.3 incubadora o cuna con ajuste de posición y ruedas, en los servicios de terapia intensiva neonatal;

6.1.10 equipamiento para aspiración al vacío;

6.1.11 termómetro;

6.1.12 estetoscopio;

6.1.13 reloj visible;

6.1.14 carro o maleta de emergencia, conteniendo medicamentos,resucitador manual con reservorio, máscaras, laringoscopio completo,tubos endotraqueales, conectores, cánulas de Guedel y guía estéril;

6.1.15 aparato desfibrilador/cardíoversor;

6.1.16 equipamiento para monitoreo de presión invasiva;

6.1.17 negatoscopio;

6.1.18 capnógrafo;

6.1.19 aspirador a vacío portátil;

6.1.20 oftalmoscopio;

6.1.21 otoscopio;

6.1.22 marcapaso cardíaco temporario, electrodos y generador;

6.1.23 electrocardiógrafo;

6.1.24 monitor de débito cardíaco;

6.1.25 máscara facial que permita diferentes concentraciones de oxígeno;

6.1.26 equipamiento para ventilación pulmonar no invasiva;

6.1.27 equipamiento para determinación de glucemia capilar;

6.1.28 dispositivo para pesar pacientes;

6.1.29 material para diálisis peritoneal en sistema cerrado;

6.1.30 material para drenaje torácico en sistema cerrado;

6.1.31 material para punción pericárdica;

6.1.32 material para curaciones;

6.1.33 material para flebotomía;

6.1.34 material para acceso venoso profundo;

6.1.35 material para punción lumbar;

6.1.36 material para drenaje de líquidos en sistema cerrado;

6.1.37 material para sondaje vesical en sistema cerrado;

6.1.38 material para traqueostomia;

6.1.39 ventilador de transporte;

6.1.40 cilindro transportable de oxígeno;

6.1.41 incubadora de transporte para servicios de terapia intensiva neonatal y pediátrica;

6.1.42 aparato de fototerapia para servicio de terapia intensiva neonatal;

6.1.43 sillón removible destinado al acompañante;

6.1.44 tallímetro disponible en los servicio de terapia intensiva pediátrica y neonatal;

6.1.45 cinta métrica;

6.1.46 termómetro para monitoreo de la temperatura ambiente.

7. ACCESO A RECURSOS ASISTENCIALES

7.1 Los establecimientos de salud que tengan servicios de terapiaintensiva deben disponer o garantizar el acceso, en tiempo real, a lossiguientes recursos diagnósticos y terapéuticos, específicos para elgrupo etario asistido:

7.1.1 Asistencia quirúrgica general.

7.1.2 Asistencia clínica y quirúrgica vascular.

7.1.3 Asistencia clínica y quirúrgica cardiovascular.

7.1.4 Asistencia clínica y quirúrgica neurológica.

7.1.5 Asistencia clínica y quirúrgica ortopédica y traumatológica.

7.1.6 Asistencia clínica y quirúrgica oftalmológica.

7.1.7 Asistencia clínica y quirúrgica urológica.

7.1.8 Asistencia clínica gastroenterológica.

7.1.9 Asistencia clínica nefrológica incluyendo diálisis.

7.1.10 Asistencia clínica hematológica.

7.1.11 Asistencia clínica en genética de Servicios de Terapia Intensiva Neonatales.

7.1.12 Asistencia radiológica intervencionista,

7.1.13 Terapia nutricional, incluyendo nutrición enteral y parenteral.

7.1.14 Asistencia fonoaudiológica.

7.1.15 Asistencia psicológica.

7.1.16 Asistencia social.

7.1.17 Asistencia farmacéutica.

7.1.18 Asistencia Clínica hemoterápica.

7.1.19 Servicio de laboratorio clínico, incluyendo microbiología y hemogasometría.

7.1.20 Servicio de anatomía patológica.

7.1.21 Servicio de radiología convencional, incluyendo aparato de radiografía portátil.

7.1.22 Servicio de ultrasonografía, inclusive portátil.

7.1.23 Servicio de ecodopplercardíografía.

7.1.24 Servicio de tomografía computarizada.

7.1.25 Servicio de resonancia magnética.

7.1.26 Servicio de fibrobroncoscopia.

7.1.27 Servicio de endoscopia digestiva.

7.1.28 Servicio de electroencefalografia.

8. BIOSEGURIDAD

8.1 Los servicios de terapia intensiva deben mantener actualizadas ydisponibles para todo el personal, instrucciones escritas debioseguridad, contemplando los siguientes ítems:

8.1.1 Normas y conductas de seguridad biológica, química, física, ocupacional y ambiental.

8.1.2 Instrucciones de uso para los equipos de protección individual (EPI) y de protección colectiva (EPC).

8.1.3 Procedimientos en caso de accidentes.

8.1.4 Manejo y transporte de material y muestras biológicas.

8.2 El Responsable Técnico por el servicio debe documentar el nivel debioseguridad de los ambientes, áreas y equipamientos, adoptando lasmedidas de seguridad adecuadas.

9. SEGURIDAD DEL PACIENTE

9.1 Los servicios de terapia intensiva deben contar con:

9.1.1 instrucciones de limpieza, desinfección y esterilización, cuandosea aplicable, de las superficies, instalaciones, equipos, instrumentosy materiales.

9.1.2 condiciones para la higiene de manos de profesionales, pacientes y familiares.

9.2 los domisanitarios para uso hospitalario y los productos usados enlos procesos de limpieza y desinfección deben ser utilizados según lasespecificaciones del fabricante y estar autorizados por el órganocompetente de cada Estado Parte.

9.3 los servicios de terapia intensiva deben adoptar medidassistemáticas para la prevención y control de infecciones y eventosadversos.

9.4 los equipos de servicios de terapia intensiva deben:

9.4.1 implantar e implementar acciones de farmacovigilancia,tecnovigilancia, hemovigilancia y vigilancia de infecciones y deeventos adversos.

9.4.2 contribuir con la investigación epidemiológica de brotes y eventos adversos y adoptar medidas de control.

9.4.3 proceder al uso racional de medicamentos, especialmente de antimicrobianos.

10. EVALUACIÓN DE PROCESOS ASISTENCIALES Y DE RESULTADOS

10.1 El paciente crítico debe ser evaluado clínicamente en todos losturnos y en las intercurrencias clínicas por el equipo profesional conregistro legible y firmado en la historia clínica.

10.2 Los equipos de servicios de terapia intensiva deben:

10.2.1 evaluar todo paciente crítico por medio del sistema declasificación de severidad de la enfermedad u otro índice pronósticoque lo reemplace;

10.2.2 correlacionar la mortalidad general de su unidad a la mortalidadgeneral esperada de acuerdo con el sistema de clasificación de gravidadde la enfermedad u otro índice pronóstico que lo reemplace, manteniendoregistro de estos datos.

10.3 El responsable técnico de los servicios de terapia intensiva debemonitorear eventos adversos centinela que puedan indicar la calidad deasistencia.

10.4. El responsable técnico debe implantar, implementar y mantenerregistros de evaluación del desempeño y estándares de funcionamientoglobal de los servicios de terapia intensiva, buscando un procesocontinuo de mejora de la calidad.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica