Resolución 1737/2015

Federacion Maritima, Portuaria Y De La Industria Naval De La Republica Argentina - Otros

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Federacion Maritima, Portuaria Y De La Industria Naval De La Republica Argentina - Otros

Declarase homologado el acuerdo celebrado entre la federacion maritima, portuaria y de la industria naval de la republica argentina, el sindicato encargados apuntadores maritimos y afines de la republica argentina (s.e.a.m.a.r.a.), el sindicato de guincheros y maquinistas de gruas moviles de la republica argentina (sgymgmra), la asociacion argentina empleados de la marina mercante y la empresa terminal de servicios portuarios patagonia norte sociedad anonima, que luce a fojas 10/13 del expediente n° 1.433.088/11, conjuntamente con la ratificacion de fojas 14/15 por el sindicato de capataces estibadores portuarios, conforme a lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva n° 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 258549 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33314

Fecha boletin: 11/02/2016 Fecha sancion: 22/10/2015 Numero de norma 1737/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 1737/2015

Bs. As., 22/10/2015

VISTO el Expediente N° 1.433.088/11 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), laLey N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 10/13 del Expediente N° 1.433.088/11 obra el Acuerdocelebrado entre la FEDERACIÓN MARÍTIMA, PORTUARIA Y DE LA INDUSTRIANAVAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, el SINDICATO ENCARGADOS APUNTADORESMARÍTIMOS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (S.E.A.M.A.R.A.), elSINDICATO DE GUINCHEROS Y MAQUINISTAS DE GRÚAS MÓVILES DE LA REPÚBLICAARGENTINA (SGYMGMRA), la ASOCIACIÓN ARGENTINA EMPLEADOS DE LA MARINAMERCANTE y la empresa TERMINAL DE SERVICIOS PORTUARIOS PATAGONIA NORTESOCIEDAD ANÓNIMA, el cual es ratificado a fojas 14/15 por el SINDICATODE CAPATACES ESTIBADORES PORTUARIOS, conforme a lo dispuesto en la Leyde Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen unincremento salarial, conforme surge de los términos y condiciones deltexto pactado.

Que en ese sentido es dable remarcar que el ámbito de aplicación deltexto pactado queda estrictamente circunscripto a las respectivaspersonerías gremiales de las entidades sindicales firmantes.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N°14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción conla normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con ladocumentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos elmentado Acuerdo.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando elAcuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección Nacional deRegulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia deefectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin dedar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744(t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relacionesdel Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente actoadministrativo de homologación, de conformidad con los antecedentesmencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre laFEDERACIÓN MARÍTIMA, PORTUARIA Y DE LA INDUSTRIA NAVAL DE LA REPÚBLICAARGENTINA, el SINDICATO ENCARGADOS APUNTADORES MARÍTIMOS Y AFINES DE LAREPÚBLICA ARGENTINA (S.E.A.M.A.R.A.), el SINDICATO DE GUINCHEROS YMAQUINISTAS DE GRÚAS MÓVILES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SGYMGMRA), laASOCIACIÓN ARGENTINA EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE y la empresaTERMINAL DE SERVICIOS PORTUARIOS PATAGONIA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, queluce a fojas 10/13 del Expediente N° 1.433.088/11, conjuntamente con laratificación de fojas 14/15 por el SINDICATO DE CAPATACES ESTIBADORESPORTUARIOS, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación ColectivaN° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección Generalde Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección deNegociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registreel Acuerdo obrante a fojas 10/13 del Expediente N° 1.433.088/11,conjuntamente con la ratificación de fojas 14/15.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a laDirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar laprocedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y TopeIndemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 dela Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente,procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación decarácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberánproceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N°14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.433.088/11

Buenos Aires, 23 de Octubre de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1737/15 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 10/13 y 14/15 del expedientede referencia, quedando registrado bajo el número 1502/15. — VALERIAANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

Acta Acuerdo

F.E.M.P.I.N.R.A. - T. S. P. Patagonia Norte S.A.

En Buenos Aires, a los 28 días del mes de Febrero de 2011, se reúnen,por una parte, la Federación de Empleados Marítimos, Portuarios y de laIndustria Naval de la República Argentina (FEMPINRA), representada porlos Sres. Luis Fiorenzo y Ramón Mereles, por la Asociación Argentina deEmpleados de la Marina Mercante; Daniel Amarante y Marcelo Davila, porel Sindicato de Guincheros y Grúas Móviles; Juan Carlos Avalos, por elSindicato de Encargados Apuntadores Marítimos y Afines de la RepúblicaArgentina; y los trabajadores de la empresa delegados, Sres. AlbertoGodoy, Marcos Romans, Claudio Ramallo, Carlos Galván, Luis Hocquart yJean Meis, y por la otra parte, la empresa Terminal de ServiciosPortuarios Patagonia Norte S.A., representada por los Sres. CristianLópez y Gustavo Avila; quienes acuerdan que los salarios de losdependientes de la empresa, desde el 1° de enero de 2011 hasta el 31 dediciembre de 2011, serán los siguientes, de conformidad a lasmodalidades de trabajo vigentes a la fecha:



Expte. 1.433.088/11

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintiocho días del mes defebrero del año dos mil once, siendo las 19:00 horas, comparecen en elMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante la señoraJefa del Departamento de Relaciones Laborales N° 1 Dra. Mercedes M.GADEA, por la parte sindical la FEDERACIÓN MARÍTIMA, PORTUARIA Y DE LAINDUSTRIA NAVAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA —de aquí en más FEMPINRA— condomicilio en Juan de Dios Filiberto 914 de esta Ciudad de Buenos Aires,representada por los Dres. Rosalia de TEJERIA y Gregorio Jorge MaríaPEREZ, conjuntamente con los representantes de las organizacionessindicales de primer grado adheridas, Víctor Raúl HUERTA, Luis JulioFIORENZO, Ramón Antonio MERELES, José GODOY (Delegado) y Danilo ROMANS(Delegado) en representación de la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DELA MARINA MERCANTE; Daniel Osvaldo AMARANTE, Marcelo DAVILA, PaulRAMALLO (Delegado) y Carlos GALVAN (Delegado) en representación delSINDICATO DE GUINCHEROS Y MAQUINISTAS DE GRUAS MOVILES DE LA REPUBLICAARGENTINA; Juan Carlos AVALOS, Luis REBOLLO, Luis HOCQUART (Delegado),Jean Maurice MEIS (Delegado) en representación del SINDICATO DEENCARGADOS APUNTADORES MARITIMOS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA;José GIANCASPRO en representación del SINDICATO DE CAPATACESESTIBADORES PORTUARIOS, se deja constancia que el SCEP no cuenta en laactualidad con Delegados en la empresa por una parte y, por la otraTERMINAL DE SERVICIOS PORTUARIOS PATAGONIA NORTE S.A. representada eneste acto por el Sr. Cristian LOPEZ en su carácter de Gerente General yel Dr. Gustavo AVILA en su carácter de apoderado con domicilio legal enla calle Jujuy 58, General Roca, Provincia de Río Negro:

Las partes proceden a ratificar contenido y firmas incluidas en el ActaAcuerdo que se adjunta con vigencia a partir del 1° de enero de 2011,solicitando sean elevadas para su homologación.

Sin perjuicio de lo cual, las partes acuerdan comenzar en forma privadareuniones en el ámbito de la empresa dentro del término de quince díasa los fines de avanzar en un convenio colectivo de trabajo con lospuntos que las partes propongan en la negociación.

Con lo que se cierra el acto siendo las 21:30 horas, labrándose lapresente que leída es firmada de conformidad y para constancia ante elactuante que certifica.

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