Decreto 435

Modificase Su Distribucion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jefatura De Gabinete De Ministros
Modificase Su Distribucion

Modificase la distribucion del presupuesto general de la administracion nacional - recursos humanos, en la parte correspondiente a la jurisdiccion 25 - jefatura de gabinete de ministros para el ejercicio 2016, de acuerdo con el detalle obrante en la planilla anexa al presente articulo, la que forma parte integrante del presente decreto.

Id norma: 259083 Tipo norma: Decreto Numero boletin: 33328

Fecha boletin: 02/03/2016 Fecha sancion: 01/03/2016 Numero de norma 435

Organismo (s)

Organismo origen: Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) Ver Decretos Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 435/2016

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos - Ejercicio 2016.

Bs. As., 01/03/2016

VISTO el Expediente N° 3812/2016 del Registro de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS, los Decretos Nros. 12 y 13 ambos del 10 dediciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 12 de fecha 10 de diciembre de 2015 se creóla UNIDAD PLAN BELGRANO en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS.

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 diciembre de 2015 se modificó laLey de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y susmodificatorias).

Que en el artículo 5° del precitado decreto, entre las atribuciones delJefe de Gabinete de Ministros, se encuentra la de entender en ellineamiento de las políticas referentes a la implementación de laUNIDAD PLAN BELGRANO.

Que por el Decreto N° 27 de fecha 10 de diciembre de 2015 se designó alDoctor D. José Manuel CANO como titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO.

Que, en esta instancia, corresponde establecer la conformación organizativa de la mencionada unidad y determinar sus funciones.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidaspor el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y losartículos 6° y 10 de la Ley N° 27.198.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Modifícase ladistribución del Presupuesto General de la Administración Nacional -Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 25 -JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para el Ejercicio 2016, de acuerdocon el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, laque forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Compete a la UNIDAD PLAN BELGRANO creado por el Decreto N° 12 de fecha 10 de diciembre de 2015, las siguientes funciones:

1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el desarrollo ycoordinación de las políticas sociales, productivas y deinfraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte—comprendida por las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja,Catamarca, Misiones, Corrientes, del Chaco, Formosa y Santiago delEstero— y el resto del país en coordinación con las áreas del EstadoNacional competentes en la materia.

2. Efectuar el seguimiento del grado de ejecución de las políticas implementadas en las jurisdicciones competentes involucradas.

3. Entender en la priorización de los proyectos con financiamientoexterno que se ejecuten en las jurisdicciones competentes involucradas.

Art. 3° — Créanse los cargosExtraescalafonarios de COORDINADOR DE DESARROLLO HUMANO, de COORDINADORDE INFRAESTRUCTURA, de COORDINADOR DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPLEO yde COORDINADOR DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ADMINISTRACIÓN YCOMUNICACIÓN todos dependientes de la UNIDAD PLAN BELGRANO de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango y jerarquía deSubsecretario, y cuyas funciones se detallan en la Planilla Anexa alpresente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 4° — Créanse los cargosExtraescalafonarios de SUBCOORDINADOR DEL NOROESTE y de SUBCOORDINADORDEL NORESTE ambos dependientes de la UNIDAD PLAN BELGRANO de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango de Director Nacional y conuna remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función EjecutivaNivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal delSistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el DecretoN° 2098/08 y modificatorios, y cuyas funciones se detallan en laPlanilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante delpresente decreto.

Art. 5° — Incorporanse concarácter de excepción, los cargos citados en el artículo 3° de lapresente medida, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c)de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa N°477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.

Art. 6° — El gasto que demandeel cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a loscréditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para elcorriente ejercicio de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

Planilla Anexa al Artículo 1°

PRESUPUESTO 2016

RECURSOS HUMANOS

JURISDICCION 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

PROGRAMA: 48 - ACCIONES DE LA UNIDAD PLAN BELGRANO

CARGO O CATEGORIACANTIDAD DE CARGOS

PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP)



C-6

Subtotal-6

FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL

COORDINADOR DE DESARROLLO HUMANO+1

COORDINADOR DE INFRAESTRUCTURA+1

COORDINADOR DE DESARROLLO ECONOMICO Y EMPLEO+1

COORDINADOR DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ADMINISTRACION Y COMUNICACIÓN+1

SUBCOORDINADOR DEL NOROESTE+1

SUBCOORDINADOR DEL NORESTE+1

Subtotal+6

TOTAL PROGRAMA0

Planilla Anexa al artículo 3°

UNIDAD PLAN BELGRANO

COORDINADOR DE DESARROLLO HUMANO

FUNCIONES:

1. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a suscompetencias, en lo concerniente a las políticas necesarias para lacreación de mejores condiciones de vida para los habitantescomprendidos en el ámbito geográfico en que tiene jurisdicción laUNIDAD.

2. Monitorear la aplicación de los programas relacionados con eldesarrollo humano ejecutados en el ámbito geográfico en que tienejurisdicción la UNIDAD PLAN BELGRANO y elaborar los informes ydiagnósticos correspondientes, en coordinación con las áreas del EstadoNacional competentes en la materia.

COORDINADOR DE INFRAESTRUCTURA

FUNCIONES:

1. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a suscompetencias, en lo concerniente a las políticas de obras públicas,urbanismo, vivienda y prestación de servicios públicos en el ámbitogeográfico en que tiene jurisdicción la UNIDAD PLAN BELGRANO encoordinación con las áreas competentes del Estado Nacional.

2. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a suscompetencias, en todo lo concerniente a la coordinación de políticas detransporte de pasajeros y de bienes y servicios, por vía terrestre oferroviaria; aérea y fluvial en el ámbito geográfico en que tienejurisdicción la citada UNIDAD en coordinación con las áreas competentesdel Estado Nacional.

3. Monitorear la aplicación de los programas relacionados con laspolíticas de transporte de pasajeros y de bienes y servicios, por víaterrestre o ferroviaria; aérea y fluvial, ejecutadas en el ámbitogeográfico en que tiene jurisdicción la UNIDAD PLAN BELGRANO y elaborarlos informes y diagnósticos correspondientes, en coordinación con lasáreas del Estado Nacional competentes en la materia.

COORDINADOR DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPLEO

FUNCIONES:

1. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a suscompetencias, en lo concerniente a las políticas necesarias parapromover la modernización y competitividad de la estructura productivaregional, la iniciativa privada, y la acción eficiente de los mercados,el desarrollo de la innovación y la consolidación de la insercióninternacional en el ámbito geográfico en que tiene jurisdicción lacitada UNIDAD tendientes a lograr un crecimiento sostenido, sustentabley con equidad en coordinación con las áreas competentes.

2. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a suscompetencias, en lo concerniente a las políticas necesarias parapromover un mejor posicionamiento turístico de la región; procurandomejorar la calidad, diversidad y cantidad de la oferta, en coordinacióncon las áreas competentes.

3. Asistir al Titular de la Unidad Plan Belgrano, en orden a suscompetencias, en lo concerniente a las políticas necesarias parapromover el empleo y mejores condiciones laborales para los habitantescomprendidos.

4. Monitorear la aplicación de los programas relacionados con laspolíticas anteriormente mencionadas, ejecutadas en el ámbito geográficoen que tiene jurisdicción la UNIDAD PLAN BELGRANO y elaborar losinformes y diagnósticos correspondientes, en coordinación con las áreasdel Estado Nacional competentes en la materia.

COORDINADOR DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ADMINISTRACIÓN Y COMUNICACIÓN

FUNCIONES:

1. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO en la coordinación deldesarrollo de las actividades técnicas y administrativas de la UNIDADPLAN BELGRANO.

2. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa.

3. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO en la coordinacióninterinstitucional con otros organismos del Estado, poderes yjurisdicciones para el cumplimiento de sus objetivos.

4. Asistir en la comunicación de las políticas públicas desarrolladas yaplicadas en el ámbito geográfico en que tiene jurisdicción la UNIDADPLAN BELGRANO.

5. Desarrollar mecanismos que permitan comunicar los avances de lasmetas y los objetivos de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en coordinación conlas áreas competentes.

Planilla Anexa al artículo 4°

UNIDAD PLAN BELGRANO

SUBCOORDINADOR DEL NOROESTE

FUNCIONES:

1. Asistir a los Coordinadores de Desarrollo Humano, deInfraestructura, de Desarrollo Económico y Empleo y de RelacionesInstitucionales, Administración y Comunicación, en la implementación desus respectivas competencias, en el ámbito de las provincias de Jujuy,Salta, Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca y La Rioja.

2. Intervenir en la comunicación de las políticas públicas aplicadas en el ámbito geográfico de su actuación.

SUBCOORDINADOR DEL NORESTE

FUNCIONES:

1. Asistir a los Coordinadores de Desarrollo Humano, deInfraestructura, de Desarrollo Económico y Empleo y de RelacionesInstitucionales, Administración y Comunicación, en la implementación desus respectivas competencias, en el ámbito de las provincias deFormosa, Misiones, del Chaco y Corrientes.

2. Intervenir en la comunicación de las políticas públicas aplicadas en el ámbito geográfico de su actuación.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica