Disposición 1/2016

Medidas Relativas A La Verificacion De La Masa Bruta De Los Contenedores Llenos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Prefectura Naval Argentina
Medidas Relativas A La Verificacion De La Masa Bruta De Los Contenedores Llenos

Apruebanse las medidas relativas a la verificacion de la masa bruta de los contenedores llenos, que corren como agregado n° 1 a la presente disposicion.

Id norma: 259578 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33340

Fecha boletin: 18/03/2016 Fecha sancion: 08/03/2016 Numero de norma 1/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Policia De Seguridad De La Navegacion Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

AUTORIDAD MARÍTIMA

DIRECCIÓN DE POLICÍA DE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN

Disposición 1/2016

Bs. As., 08/03/2016

VISTO lo informado por el Departamento Reglamentación de la Navegación por Expediente CUDAP N° S02:0056188/2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ordenanza N° 5/02 (DPSN - Tomo 1) MEDIDAS DE SEGURIDADPARA EL TRANSPORTE DE CARGA, la Prefectura implantó las disposicionesde la regla VI/2 del Convenio internacional para la seguridad de lavida humana en el mar (SOLAS) estableciendo la obligatoriedad deproporcionar información sobre la carga al capitán, por parte delexpedidor;

Que mediante Resolución MSC.380(94) de la Organización MarítimaInternacional se adoptaron enmiendas a la regla VI/2 del Convenio SOLASque entrarán en vigor el 1 de julio de 2016 por la cuales se obliga alexpedidor a verificar la masa bruta de los contenedores;

Que las citadas enmiendas tienen por objeto asegurar que los cálculosde estabilidad y resistencia estructural del buque a bordo se basen encondiciones reales de carga;

Que el Convenio SOLAS y su Protocolo 1988 fueron ratificados por laRepública Argentina por las Leyes N° 22.079 y 24.213, respectivamente;

Que corresponde a la Prefectura Naval Argentina, en su calidad dePolicía de seguridad de la navegación y de la vida humana y bienes enel mar, ser órgano de aplicación en el orden técnico de los conveniosinternacionales sobre la materia, de acuerdo a lo dispuesto en elartículo 5°, inciso a) apartado 3° de la ley N° 18.398;

Que la Prefectura, en su carácter de Autoridad Marítima, se hallafacultada para dictar el correspondiente acto administrativo a fin deimplantar la citada enmienda al Convenio SOLAS, de acuerdo a loestablecido en el artículo 5°, inciso a), apartado 2° de la ley N°18.398;

Que si bien existen normas nacionales que prescriben el control delpeso de los contenedores, dichas normas no se vinculan con elcumplimiento del Convenio SOLAS sino con el control de las obligacionesfiscales,

Que hasta tanto se enmiende la Ordenanza N° 5/02 y se obtengasuficiente experiencia en el cumplimiento de la normativainternacional, resulta oportuno la adopción de medidas que permitan lanecesaria preparación del sector marítimo para una adecuadaimplantación de la normativa,

Que ha tomado debida intervención la División Legal y Técnica de esta Dirección;

Por ello,

EL DIRECTOR DE POLICIA DE SEGURIDAD DE LA NAVEGACION

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las medidas relativas a la verificación de lamasa bruta de los contenedores llenos, que corren como Agregado N° 1 ala presente Disposición.

ARTÍCULO 2° — La presente Disposición entrará en vigor TREINTA (30)días corridos desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial dela República Argentina.

ARTÍCULO 3° — Efectúense las comunicaciones correspondientes a laDirección de Operaciones para conocimiento por parte de lasDependencias Jurisdiccionales; comuníquese a los Departamentospertinentes de esta Dirección, procédase a la publicación en el BoletínOficial de la República Argentina, Sitio Oficial en INTERNET e INTRANETy en el Boletín Informativo para la Marina Mercante. Posteriormente,archívese en el Organismo propiciante como antecedente. — MARIO ENRIQUEEICHHORN, Prefecto Mayor, Jefe Departamento Reglamentación de laNavegación. — MARTÍN PABLO RUIZ, Prefecto General, Director de Policíade Seguridad de la Navegación.

NOTA: Esta Disposición se publica sin Agregado N° 1. La documentaciónno publicada puede ser consultada en la Pág. Web:http://www.prefecturanaval.gov.ar/web/es/html/dpsn_index.php

e. 18/03/2016 N° 14937/16 v. 18/03/2016

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