Resolución 8/2016

Resolucion S.D. N° 282/98 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Educacion Y Deportes
Resolucion S.D. N° 282/98 - Modificacion

Sustituyese el inciso a) del anexo i de la resolucion s.d. n° 282/98, confirmada por la resolucion s.d. n° 467/98 y sus modificatorias —analisis de control de dopaje— por los precios de referencia que como anexo i forman parte integrante del presente acto.

Id norma: 259876 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33346

Fecha boletin: 30/03/2016 Fecha sancion: 22/03/2016 Numero de norma 8/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Deporte Educacion Fisica Y Recreacion Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

SECRETARÍA DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN

Resolución 8/2016

Bs. As., 22/03/2016

VISTO la Resolución N° 282 del 1 de junio de 1998 de la ex SECRETARÍADE DEPORTES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN confirmada por la ResoluciónN° 467 del 24 de agosto de 1998 de dicho organismo, y susmodificatorias, y el Expediente N° E-DEPO-1669-2014 del registro de laex SECRETARÍA DE DEPORTE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que para desarrollar la actividad que le compete, la SECRETARÍA DEDEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN YDEPORTES emplea los recursos que le asigna el Presupuesto Nacional,como así también aquellos fondos que recauda a través de la prestaciónde servicios técnicos a terceros y cualquier otra contribución quesurja de disposiciones creadas o a crearse.

Que, así, mediante el artículo 1° de la resolución enunciada en elVisto, se aprobaron los aranceles que se aplican para la utilización deinstalaciones, bienes y prestaciones médico asistenciales del CENTRONACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (Ce.N.A.R.D.) de estaSecretaría, entre ellas la realización de análisis de dopaje, en elLaboratorio de Control de Doping.

Que, al respecto, el artículo 94, del Capítulo 4, Título V, de la LeyN° 26.912 —RÉGIMEN JURÍ- DICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DELDOPAJE EN EL DEPORTE—, establece que el análisis de muestras de losatletas deben ser llevados a cabo únicamente por laboratoriosacreditados por la Agencia Mundial Antidopaje o bien aprobados por lacitada agencia.

Que, el Laboratorio de Control de Doping del CENTRO NACIONAL DE ALTORENDIMIENTO DEPORTIVO (Ce.N.A.R.D.), no reviste actualmente lacondición precedentemente enunciada, por lo cual la tarea de dicholaboratorio se circunscribe únicamente a la realización de análisis demuestras de animales que participan en competencias deportivas.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde adecuar y actualizar losprecios de referencia de los análisis de dopaje del referidolaboratorio, aprobados por la Resolución SD N° 282/98 y susmodificatorias, conforme a la escala que como Anexo I forma parteintegrante de este acto.

Que, la presente medida se dicta en virtud de los objetivos asignados aesta Secretaría por el artículo 2° del Decreto N° 357 del 21 de febrerode 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el inciso a) del Anexo I de la ResoluciónS.D. N° 282/98, confirmada por la Resolución S.D. N° 467/98 y susmodificatorias —Análisis de control de dopaje— por los precios dereferencia que como Anexo I forman parte integrante del presente acto.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DirecciónNacional del Registro Oficial y archívese. — CARLOS JAVIER MACALLISTER, Secretario de Deporte, Educación Física y Recreación,Secretaría de Deporte, Educación Física y Recreación, Ministerio deEducación y Deportes.

Anexo I

Escala arancelaria y precios de referencia por la prestación deservicios técnicos especiales de la SECRETARÍA DE DEPORTE, EDUCACIÓNFÍSICA Y RECREACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

a) Análisis de control de dopaje

Precios de referencia del análisis, por cada muestra.

1. Análisis de orina de equinos: PESOS SEISCIENTOS ($ 600)

2. Análisis de sangre de equinos: PESOS SEISCIENTOS ($ 600)

e. 30/03/2016 N° 17645/16 v. 30/03/2016

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