Resolución 87/2016

Programa De Justicia Abierta - Crease

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Programa De Justicia Abierta - Crease

Crease el “programa de justicia abierta”, que funcionara en la orbita de la secretaria de planificacion estrategica de este ministerio. el “programa de justicia abierta”. objetivos. acciones.

Id norma: 259930 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33347

Fecha boletin: 31/03/2016 Fecha sancion: 23/03/2016 Numero de norma 87/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 87/2016

Bs. As., 23/03/2016

VISTO el Expediente N° S04:0006791/2016 del registro de esteMinisterio, el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, susmodificatorios y complementarios, los Decretos Nros. 12 del 5 de enerode 2016 y 117 del 12 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 12/16 se modificó el organigrama de aplicación dela ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL correspondiente a este Ministerio,elevando al rango de Secretaría a la entonces SUBSECRETARÍA DEPLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA.

Que la REPÚBLICA ARGENTINA es miembro de la “Alianza para el GobiernoAbierto”, organización conformada por más de sesenta y seis (66) paísescon el objetivo de abrir sus gobiernos y mejorar la comunicación conlos ciudadanos.

Que los cuatro (4) pilares fundamentales del Gobierno Abierto son:mejorar la transparencia y el acceso a la información, incrementar laparticipación y colaboración ciudadana en las decisiones, crear unmecanismo efectivo de rendición de cuentas y promover la adopción denuevas tecnologías e innovación.

Que si bien el Estado Argentino, a través de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS y hasta el año 2015, ha presentado DOS (2) Planes de Acciónante “La Alianza para el Gobierno Abierto”, poco se ha avanzado conrespecto a compromisos específicos del área de justicia en este marco.

Que a nivel mundial, si bien el Gobierno Abierto comenzó siendo uncompromiso entre los poderes ejecutivos, desde hace algunos años seconsensuó en el marco de “La Alianza para el Gobierno Abierto”, lanecesidad de converger hacia el concepto de Estado Abierto paraincorporar tanto a los otros poderes del Estado como a los nivelessub-nacionales de Gobierno.

Que esta ampliación del concepto implicó que algunos Países hayanrealizado planes de acción para sus parlamentos y comiencen a diseñarplanes de Gobierno Abierto para sus poderes judiciales.

Que, por su potencialidad, la REPÚBLICA ARGENTINA podría posicionarse ala vanguardia de esta tendencia, para lo cual resulta necesarioconsensuar —en forma colaborativa— entre todas las Instituciones delsector justicia de las VEINTICUATRO (24) jurisdicciones sub-nacionalesdel nivel Nacional (Poder Judicial, Ministerios Públicos, MINISTERIO DEJUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, etc.) y los actores de la sociedad civilinvolucrados, los supuestos básicos de una Justicia Abierta y cursos de acción de políticas públicas que tiendan a ella.

Que, por otra parte, el actual Gobierno tiene la potestad de completarel Plan de Acción Nacional presentado en agosto de 2015 e incluircompromisos que involucren a la justicia en este Plan.

Que asimismo, mediante el Decreto N° 117/16 se instruyó a losMinisterios, Secretarías y Organismos Desconcentrados yDescentralizados dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL, para queprocedan a elaborar y presentar ante el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN yen un plazo no mayor a CIENTO OCHENTA (180) días, un “Plan de Aperturade Datos” el que deberá detallar los activos de datos bajo sujurisdicción y/o tutela, así como el cronograma de publicaciónaplicable a los mismos conforme los lineamientos que oportunamentedefina el Ministerio “ut supra” citado.

Que en los Considerandos del mencionado Decreto, se expresa que entrelas políticas a implementarse en el marco de la modernización delEstado se encuentran aquellas referidas al Gobierno Abierto, cuyarealización requiere de la adopción de medidas que favorezcan lagestión de los conjuntos sistematizados de datos preservadosdigitalmente por los distintos Ministerios, Secretarías y OrganismosDescentralizados del PODER EJECUTIVO NACIONAL como un activo cívico ygubernamental de carácter estratégico.

Que asimismo la REPÚBLICA ARGENTINA es miembro de “La Alianza para elGobierno Abierto” desde el año 2012, la cual es promotora de losprincipios de transparencia, colaboración y participación a nivelinternacional, ante la cual ha presentado dos (2) Planes de Acción concompromisos concretos en torno a dichos principios.

Que la disponibilidad de los datos públicos en condiciones adecuadaspara su uso y reutilización constituye un elemento catalizador para elfortalecimiento del proceso democrático, el desarrollo de políticaspúblicas basadas en la evidencia, la provisión de servicios públicoscentrados en el usuario y la promoción del desarrollo social,económico, científico y cultural de la Nación.

Que para garantizar lo antedicho, los datos públicos deben serpublicados en forma proactiva, completa y oportuna, en y por loscanales, medios, formatos y bajo licencias que mejor faciliten suubicación, acceso, procesamiento, uso, reutilización y redistribución.

Que corresponde que este Ministerio adopte medidas concretas yespecíficas para avanzar en la incorporación del sector justicia almovimiento por el Gobierno Abierto y acorde a los lineamientosmanifestados por el señor Presidente de la Nación Argentina durante sudiscurso de asunción frente a la Asamblea Legislativa con respecto a lanecesidad de transformar al Estado argentino en un Estado Abierto.

Que en consecuencia se estima pertinente la creación del “PROGRAMA DEJUSTICIA ABIERTA” en el ámbito de este Ministerio, con el objetivo depromover la adopción de políticas de Gobierno Abierto en lasInstituciones de justicia del País, mediante el incremento de latransparencia, el acceso a la información, la rendición de cuentas, laparticipación y colaboración ciudadana y el uso de tecnologías einnovación.

Que entre sus objetivos se encuentran también el de implementar medidasde Gobierno Abierto en esta misma Jurisdicción, coordinar con lasInstituciones de justicia del País la discusión y posterior adopción delos presupuestos mínimos para la implementación de políticas deGobierno Abierto, brindar asistencia técnica a los poderes judicialesprovinciales y otras Instituciones del sector justicia para la adopciónde políticas de Gobierno Abierto, así como posicionar globalmente a laREPÚBLICA ARGENTINA como un país pionero en Justicia Abierta.

Que este Ministerio ha presentado la iniciativa “Justicia 2020” como unespacio de diálogo institucional y ciudadano que busca construir unajusticia cercana, moderna, transparente e independiente. Y que tienepor objetivo la elaboración, implementación y evaluación de políticaspara construir, junto a la sociedad, una justicia que genere resultadossocialmente relevantes y Permita la solución de los conflictos en formarápida y confiable.

Que en atención al Sistema Federal de Gobierno de la REPÚBLICAARGENTINA y considerando el objetivo general del Programa, el trabajocon las jurisdicciones provinciales se realizará de manera voluntaria,participativa, colaborativa y con mecanismos de generación de consensosrespecto a los presupuestos mínimos de una política de Gobierno Abiertopara la justicia.

Que resulta necesario asignar la función de Coordinación del Programaque nos ocupa a un profesional que reúna amplios antecedentesprofesionales y vasta experiencia en la materia específica.

Que la doctora Sandra ELENA, por su trayectoria y antecedentes reúnelas condiciones necesarias de experiencia, idoneidad y capacidad paradesempeñarse como Coordinadora del mencionado Programa.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas alsuscripto por el artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley deMinisterios (T.O. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase el “PROGRAMA DE JUSTICIA ABIERTA”, que funcionaráen la órbita de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA de esteMinisterio.

ARTÍCULO 2° — El “PROGRAMA DE JUSTICIA ABIERTA” tendrá como Objetivos:a. Entender, asesorar y asistir a las Secretarías de JUSTICIA y dePLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA en las cuestiones relativas a la adopción deestándares de Gobierno Abierto en este Ministerio.

b. Promover la adopción de políticas de Gobierno Abierto en esteMinisterio a través del incremento de la transparencia, acceso a lainformación, rendición de cuentas, participación y colaboraciónciudadana y uso de tecnologías e innovación.

c. Asistir a las Secretarías de JUSTICIA y de PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICAen brindar asistencia técnica a los poderes judiciales provinciales yotras Instituciones del sector justicia para la adopción de políticasde Gobierno Abierto.

d. Posicionar globalmente a la REPUBLICA ARGENTINA como un país pionero en Justicia Abierta.

ARTÍCULO 3° — El “PROGRAMA DE JUSTICIA ABIERTA” tendrá como Acciones:

a. Coordinar las acciones que se emprendan desde el Ministerio en materia de Gobierno Abierto.

b. Articular acciones con otros poderes y Organismos del Estado en materia de competencia del Programa.

c. Asistir a la SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA en lacoordinación de las relaciones del Ministerio con organizacionesnacionales, gubernamentales y no gubernamentales, así comoInstituciones privadas, universidades y otros ámbitos académicos en lostemas de su competencia.

d. Proponer medidas de Gobierno Abierto para esta cartera.

e. Asistir a la SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA en las tareasde ejecución del Decreto N° 117/16 de “Plan de Apertura de Datos” delGobierno Nacional.

f. Proponer la celebración de convenios con Organismos públicos y/oprivados para contribuir al desarrollo de los objetivos del Programa.

g. Proponer y desarrollar actividades, seminarios y otros encuentros en los temas de su competencia.

h. Promover estudios, investigaciones y diagnósticos relativos a las temáticas de competencia del Programa.

i. Propiciar la generación de herramientas de formación, actualizacióny especialización para el abordaje de la temática de competencia delPrograma, en el marco de los avances producidos a nivel nacional einternacional.

j. Colaborar y asistir técnicamente a las diversas áreas del Ministeriopara profundizar y ampliar la información pública puesta a disposiciónde la población bajo los parámetros de las buenas prácticas en materiade Gobierno Abierto. En ese sentido y entre otras acciones, colaborarácon las SECRETARIAS DE JUSTICIA y de PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA en lapublicación de toda la información estadística del sistema penalargentino referente a los datos del SNIC (Sistema Nacional deInformación Criminal), del SNEJ (Sistema Nacional de EstadísticasJudiciales) y del SNEEP (Sistema Nacional de Estadísticas de EjecuciónPenal).

k. Brindar asistencia técnica para la adopción de programas de JusticiaAbierta a las Provincias que lo soliciten en el marco de la iniciativa“Justicia 2020’’.

I. Desarrollar, diseñar y publicar un portal de datos abiertos de la justicia argentina.

m. Coordinar con las áreas, estadísticas de los poderes judiciales ydel Ministerio, la producción y publicación de estadísticas que seadecuen a formatos abiertos e incluirlas en el portal de datos abiertosde la justicia argentina.

n. Evaluar y relevar las necesidades de innovación y tecnología de lasInstituciones de justicia para incrementar el Gobierno Abierto.

o. Dar apoyo al Programa Justicia 2020 en materia de buenas prácticasde participación ciudadana. Diseñar una estrategia de difusión ycapacitación sobre los principios del Gobierno Abierto.

p. Difundir la experiencia Argentina en los foros internacionales apropiados.

q. Diseñar e implementar un sistema de monitoreo y evaluación deresultados de las acciones implementadas, que refleje datos deproducción, índices y ratios de diversa índole, que permitan evaluar—en forma cuali-cuantitativa— el cumplimiento de las metas y losresultados del Programa. Dicho sistema será propuesto a la SECRETARIADE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA y aprobado por ésta.

ARTÍCULO 4° — Asígnase a la doctora Sandra ELENA (D.N.I. N° 20.468.589)la función de Coordinadora del “PROGRAMA DE JUSTICIA ABIERTA” de laSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA de este Ministerio.

ARTÍCULO 5° — Instrúyese a la Coordinación del Programa para que dentrode los TREINTA (30) días de la publicación de la presente, proceda apresentar a la SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA un PlanEstratégico del Programa, el que deberá contener los desafíosestratégicos y los objetivos específicos, estableciendo plazos,metodologías para su cumplimiento, metas cuali-cuantitativas a cumpliry mecanismos de control de cumplimiento y medición de resultados, asícomo los recursos que se estimen necesarios para su ejecución,debiendo dicho Plan incluir un Informe de Diagnóstico de laproblemática del Gobierno Abierto en materia de justicia en laArgentina a nivel nacional.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — GERMÁN C. GARAVANO, Ministro deJusticia y Derechos Humanos.

e. 31/03/2016 N° 18868/16 v. 31/03/2016

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