Resolución 151/2016

Programa Justicia 2020

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Programa Justicia 2020

Crease el “programa justicia 2020”, que funcionara en la orbita de la secretaria de justicia de este ministerio. objetivos y acciones. crease el consejo consultivo del “programa justicia 2020”. crease la coordinacion operativa del “programa justicia 2020”. designacion. crease el comite social impulsor del “programa justicia 2020”.

Id norma: 260000 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33349

Fecha boletin: 04/04/2016 Fecha sancion: 30/03/2016 Numero de norma 151/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 151/2016

Bs. As., 30/03/2016

VISTO el Expediente N° S04:0007875/2016 del registro de esteMinisterio, el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, susmodificatorios y complementarios, en especial el Decreto N° 12 del 5 deenero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 12/16 se modificó el organigrama de aplicación dela ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL en lo referente a este Ministerio,fijando, entre otros, los objetivos de la SECRETARÍA DE JUSTICIA.

Que entre los objetivos asignados a la citada Secretaría, se encuentrael de asistir al suscripto en sus relaciones con Organizaciones NoGubernamentales del ámbito profesional, judicial, académico y social,como así también, intervenir en los programas de reforma judicial.

Que el sistema de justicia brinde respuestas eficaces a las crecientesdemandas de la población, es una de las finalidades del GobiernoNacional, en concordancia con el propósito de “afianzar la justicia”enunciado en el preámbulo de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que en ese orden se torna necesario efectuar aquellas reformas quepermitan tener una justicia más cercana a la comunidad, independiente,con un funcionamiento transparente, que rinda cuentas de su desempeño,y que resuelva los conflictos que le lleguen con eficacia y rapidez,reestableciendo así la credibilidad popular en este importante poderdel Estado, lo que contribuirá a consolidar el estado de derecho y darplena vigencia a las garantías constitucionales. Que una de lasmisiones fundamentales de esta cartera ministerial consiste enfortalecer e impulsar las propuestas en materia de política judicial,que ayuden a definir un nuevo diseño institucional de la justiciaArgentina que sea transparente, ágil, eficiente y confiable.

Que para ello, resulta conveniente establecer un Programa que faciliteuna amplia participación institucional y ciudadana que acompañe laelaboración, implementación y seguimiento de políticas, iniciativas deinnovación y modernización de la justicia, a fin de que ésta sea másabierta, cercana y sensible a las necesidades de los ciudadanos.

Que la participación institucional y ciudadana propiciada sematerializará a través de comisiones temáticas integradas conreferentes del ámbito de la justicia, profesionales, Organizaciones NoGubernamentales, expertos, legisladores, académicos, jueces y todos losque deseen aportar a la construcción de un mejor servicio de justicia.

Que para el logro de los objetivos descriptos resulta pertinente lacreación del “PROGRAMA JUSTICIA 2020” que actuará en el ámbito de laSECRETARÍA DE JUSTICIA de este Ministerio.

Que en ese marco resulta oportuna la creación de UN (1) CONSEJOCONSULTIVO compuesto por UN (1) Presidente y CATORCE (14) Vocales, conel objeto de asesorar en la consecución de los objetivos del programa yasistir en la generación de espacios de participación institucional yciudadana en la elaboración, implementación y evaluación de laspolíticas de Estado para el sector justicia. Asimismo el Presidente delConsejo actuará como Coordinador General con el apoyo de UN (1)COORDINADOR OPERATIVO y UN (1) COMITÉ SOCIAL IMPULSOR.

Que resulta necesario asignar la función de Presidente del CONSEJOCONSULTIVO a un jurista de renombre, reconocido por su actuaciónpública, su compromiso con los derechos humanos y la reforma delsistema de justicia, que a su vez, esté en condiciones de efectuaraportes valiosos para los distintos ejes temáticos del Programa.

Que en tal sentido, el Dr. Ricardo Rodolfo GIL LAVEDRA, por sutrayectoria y antecedentes, reúne las condiciones necesarias deexperiencia, idoneidad y capacidad para desempeñarse como Presidentedel CONSEJO CONSULTIVO.

Que asimismo, el Coordinador Operativo tendrá la finalidad de diseñar ydirigir la puesta en marcha del Programa y ejecutar actividadestendientes a alcanzar los objetivos del mismo.

Que por su parte, el COMITÉ SOCIAL IMPULSOR tendrá la finalidad deimpulsar la difusión del Programa, la materialización de sus objetivosy acciones y realizar un seguimiento respecto del progreso en materiade derechos económicos, sociales y culturales de acuerdo con lostratados internacionales de los que la Argentina es parte.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas alsuscripto por los artículos 4°, inciso b), apartado 9 y 22, incisos 2 y4 de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificatorias y por elartículo 1° inciso ñ) del Decreto N° 101/85 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Créase el “PROGRAMA JUSTICIA 2020”, que funcionará en la órbita de la SECRETARÍA DE JUSTICIA de este Ministerio.

ARTICULO 2° — El “PROGRAMA JUSTICIA 2020” tendrá como Objetivos:

a. Coordinar espacios de diálogo, mesas y comisiones temáticas detrabajo, para la participación ciudadana e institucional en laelaboración, implementación y seguimiento de políticas de estado,proyectos e iniciativas legislativas de innovación y modernizaciónjudicial.

b. Entender, asesorar y asistir a la SECRETARÍA DE JUSTICIA en todas las cuestiones programáticas.

c. Convocar a los funcionarios responsables de las políticas de estado,proyectos e iniciativas legislativas de este Ministerio, paraparticipar en las mesas y comisiones temáticas.

d. Diseñar y proponer a las áreas competentes planes de trabajo einiciativas, relativas a innovación y modernización del sistema dejusticia, generadas a partir de las instancias participativas antesdescriptas.

ARTICULO 3° — El “PROGRAMA JUSTICIA 2020” tendrá como acciones:

a. Coordinar la convocatoria de ciudadanos, expertos, instituciones yfuncionarios a las mesas de trabajo y comisiones temáticas.

b. Proponer un plan de trabajo para las diversas comisiones temáticas.

c. Proponer la celebración de convenios con organismos públicos y/oprivados para contribuir al desarrollo de los objetivos del Programa.

d. Proponer y desarrollar actividades académicas, seminarios y otrosencuentros en los temas de su competencia, procurando su difusión en elinterior del país y el intercambio internacional.

e. Promover estudios, investigaciones y diagnósticos relativos a las temáticas de competencia de esta Jurisdicción.

f. Diseñar y proponer a la SECRETARÍA DE JUSTICIA un sistema de monitoreo y evaluación de resultados.

g. Realizar informes periódicos de monitoreo de los avances del Programa.

ARTICULO 4° — Créase el CONSEJO CONSULTIVO del “PROGRAMA JUSTICIA 2020”.

El CONSEJO CONSULTIVO estará integrado por UN (1) Presidente y CATORCE(14) Vocales, “ad honorem”, que serán nombrados por el titular de laSECRETARÍA DE JUSTICIA.

El Presidente del CONSEJO CONSULTIVO, que actuará también comoCoordinador General del Programa, tendrá como función dirigir,coordinar, supervisar y apoyar las actividades del CONSEJO CONSULTIVO.

ARTICULO 5° — Desígnase al doctor Ricardo Rodolfo GIL LAVEDRA (DNI N°7.851.276) como Presidente del CONSEJO CONSULTIVO del Programa creadopor el artículo 1° de la presente.

ARTICULO 6° — Créase la COORDINACION OPERATIVA del “PROGRAMA JUSTICIA 2020”.

El Coordinador Operativo tendrá carácter “ad honorem” y será nombrado por el titular de la SECRETARÍA DE JUSTICIA.

El Coordinador Operativo tendrá la misión de diseñar y dirigir lapuesta en marcha del Programa creado por el artículo 1° de la presentey ejecutar actividades tendientes a alcanzar los objetivos establecidosen el artículo 2°.

ARTICULO 7° — Créase el COMITÉ SOCIAL IMPULSOR del “PROGRAMA JUSTICIA 2020”.

El COMITÉ SOCIAL IMPULSOR estará integrado por personalidadesdestacadas de la sociedad civil, con carácter honorario, que seránnombradas por el titular de la SECRETARÍA DE JUSTICIA.

El COMITÉ SOCIAL IMPULSOR tendrá la finalidad de promover la difusióndel Programa, la materialización de sus objetivos y acciones, yrealizar un seguimiento respecto del progreso en materia de derechoseconómicos, sociales y culturales de acuerdo con los tratadosinternacionales de los que la Argentina es parte.

ARTICULO 8° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — GERMÁN C. GARAVANO, Ministro deJusticia y Derechos Humanos.

e. 04/04/2016 N° 19227/16 v. 04/04/2016

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