Resolución 149/2016

Ramon Abel Recio

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Recompensas
Ramon Abel Recio

Ofrecese como recompensa, dentro de la republica argentina, la suma de pesos quinientos mil ($ 500.000), por el plazo de doce (12) meses a partir del dictado del presente acto, destinada a aquellas personas que brinden datos utiles que resultasen determinantes para la detencion de ramon abel recio, (d.n.i. n° 8.488.457), ex integrante del ejercito argentino, nacido el dia 8 de enero de 1951.

Id norma: 260014 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33349

Fecha boletin: 04/04/2016 Fecha sancion: 30/03/2016 Numero de norma 149/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 149/2016

Ofrécese recompensa.

Bs. As., 30/03/2016

VISTO la Ley N° 26.375, las Resoluciones M. J. y D. H. Nros. 1552 del17 de agosto de 2012, 2318 del 29 de octubre de 2012 y sumodificatoria, y el Legajo N° 146/16 del PROGRAMA NACIONAL DECOORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que ante el JUZGADO FEDERAL N° 1 DE PRIMERA INSTANCIA DE SANTA FÉ,SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, Provincia de SANTA FÉ, se instruyen losautos caratulados “IMPUTADO: BALLA, JORGE ALBERTO Y OTROS s/HOMICIDIOAGRAVADO P/EL CONC. DE DOS O MAS PERSONAS DENUNCIANTE: SECRETARIA DEDERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE Y OTROS”- expediente N°6806/2014

Que en la citada causa interviene el Fiscal Federal ante los JuzgadosFederales de Primera Instancia de SANTA FÉ doctor Walter AlbertoRODRÍGUEZ.

Que la Ley N° 26.375, creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción delex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actualMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar unacompensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDADESPECIAL PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA o a otradependencia que la autoridad de aplicación determine, datos útilesmediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento oreferencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen determinantespara la detención de personas buscadas por la justicia que registrenorden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales enlas que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Que por oficio del día 1° de diciembre de 2015 y su ampliatorio del día17 de diciembre de 2015, el doctor Reinaldo Rubén RODRÍGUEZ, Juez acargo del JUZGADO FEDERAL N° 1 DE SANTA FE, solicita se ofrezcarecompensa para quien aporte datos fehacientes para dar con el paraderoy captura de Ramón Abel RECIO, vinculado a la presunta comisión deDelitos de Lesa Humanidad, sobre quien pesa orden de detención desde eldía 5 de octubre de 2015.

Que asimismo, la Decisión Administrativa N° 10 del 19 de enero de 2016,otorga financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la UNIDADESPECIAL PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA.

Que han tomado la intervención de su competencia tanto la DIRECCIÓNGENERAL DE ADMINISTRACIÓN como la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOSJURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas por los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26.375.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Ofrécese comorecompensa, dentro de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOSQUINIENTOS MIL ($ 500.000), por el plazo de DOCE (12) meses a partirdel dictado del presente acto, destinada a aquellas personas quebrinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención deRamón Abel RECIO, (D.N.I. N° 8.488.457), ex integrante del EJÉRCITOARGENTINO, nacido el día 8 de enero de 1951.

Art. 2° — Las personas quequieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con elPROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADAPOR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.

Art. 3° — El pago de larecompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designeel representante de esta Cartera de Estado.

Art. 4° — Encomiéndase a laSECRETARIA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulaciónnacional.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Germán C. Garavano.

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