Resolución General 7/2016

Congreso - Convocatoria

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Inspeccion General De Justicia
Congreso - Convocatoria

Convocar al primer congreso nacional de organismos de control de personas juridicas y registros publicos de comercio, que tendra lugar entre los dias 25 y 26 de agosto de 2016, en la ciudad autonoma de buenos aires.

Id norma: 260079 Tipo norma: Resolución General Numero boletin: 33350

Fecha boletin: 05/04/2016 Fecha sancion: 31/03/2016 Numero de norma 7/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Inspeccion General De Justicia Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA

Resolución General 7/2016

Congreso Nacional de Organismos de Control de Personas Jurídicas y Registros Públicos de Comercio. Convocatoria.

Bs. As., 31/03/2016

VISTO, las Leyes 19.950, 22.315, 26.047 y 26.994, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.994 que aprobó el Código Civil y Comercial de laNación, modificó sustancialmente aspectos normativos respecto desociedades comerciales y entidades civiles.

Que en virtud de ello, corresponde que sea analizado en profundidad elimpacto del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en las personasjurídicas, por las autoridades judiciales y administrativas de lasdistintas jurisdicciones.

Que también resulta menester propiciar la unificación de criterios afin de otorgar mayor transparencia a los trámites y consagrar la unidadNacional mediante la homogeneidad de los procedimientos registrales yde fiscalización.

Que el artículo 8 de la Ley N° 19.550 creó el Registro Nacional deSociedades Accionarias para que el Registro Público de Comercio,cualquiera sea su jurisdicción territorial, le remita un testimonio delos documentos con la constancia de la toma de razón.

Que el artículo 4 de la Ley N° 22.315 incluyó dentro de las funcionesde la Inspección General de Justicia —dependiente del Ministerio deJusticia y Derechos Humanos de la Nación- llevar el Registro Nacionalde Sociedades por Acciones, el Registro Nacional de SociedadesExtranjeras y el Registro Nacional de Asociaciones Civiles yFundaciones.

Que por el Decreto 23 de fecha 18 de enero de 1999 se creó el Registro Nacional de Sociedades no Accionarias.

Que mediante la Ley N° 26.047 se impulsa la creación de una base dedatos Nacional, con fines informativos y estadísticos, abarcando elRegistro Nacional de Sociedades por Acciones, el Registro Nacional deSociedades No Accionarias, el Registro Nacional de SociedadesExtranjeras y el Registro Nacional de Asociaciones Civiles yFundaciones.

Que al día de la fecha no se ha finalizado la puesta en marcha ni el funcionamiento de los registros mencionados ut supra.

Que asimismo, y a fin de poner finalmente en funcionamiento losregistros nacionales referidos por Ley N° 26.047, resulta convenientedifundir los avances del proyecto y los beneficios que conlleva.

Que consecuentemente corresponde que estas cuestiones sean tratadas enun Congreso Nacional que reúna a los titulares de los Organismos deControl de Personas Jurídicas y Registros Públicos de Comercio comotambién a especialistas en la materia.

Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 3 y 21 de la Ley N° 22.315.

Por ello,

EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIARESUELVE:

Artículo 1° — Convocar al Primer Congreso Nacional de Organismos deControl de Personas Jurídicas y Registros Públicos de Comercio, quetendrá lugar entre los días 25 y 26 de agosto de 2016, en la CiudadAutónoma de Buenos Aires.

Art. 2° — Los temas a tratar serán: Cuestiones registrales de lasPersonas Jurídicas en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.Estudio de casos. Implementación y funcionamiento del Registro Nacionalde Sociedades. Ley 26.047. Jurisdicciones.

Art. 3° — Invitar, por intermedio de la DIRECCION DEL REGISTRO NACIONALDE SOCIEDADES a los titulares de los Organismos de Control de PersonasJurídicas y Registros Públicos de Comercio del País y a losespecialistas en la materia.

Art. 4° — Regístrese como Resolución General. Publíquese en el BoletínOficial. Notifíquese al Registro Nacional de Sociedades a sus efectos yCumplido, archívese. — Sergio Brodsky.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica