Resolución 159/2016

Yamila Elizabeth Cuello

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Recompensas
Yamila Elizabeth Cuello

Ofrecese como recompensa dentro del territorio de la republica argentina, la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000), destinada a aquellas personas quienes, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos utiles que sirvan para dar con el paradero de yamila elizabeth cuello (d.n.i. n° 33.598.423), argentina, de 28 años de edad, nacida el dia 15 de febrero de 1988 en cordoba capital, quien mide aproximadamente 1.70 metros, de contextura robusta, cabellos color castaño oscuro largo al momento de la desaparicion, tez trigueña, posee cuatro (4) tatuajes, un (1) dibujo de cupido en el hombro derecho, dos (2) corazones rojos enlazados cuya inscripcion dice “lizi y nahuel”, una (1) manzana roja en el seno derecho y una (1) “y” griega en el brazo derecho, vista por ultima vez el dia 25 de octubre de 2009, luego de ausentarse de su hogar en el barrio ampliacion las magdalenas de la ciudad de cordoba, desconociendo a la fecha su paradero.

Id norma: 260113 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33351

Fecha boletin: 06/04/2016 Fecha sancion: 31/03/2016 Numero de norma 159/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 159/2016

Ofrécese recompensa.

Bs. As., 31/03/2016

VISTO la Ley N° 26.538, y la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 deoctubre de 2012 y su modificatoria, y el Legajo N° 1/16 del PROGRAMANACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LAJUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que ante la FISCALIA FEDERAL N° 1 de CÓRDOBA, a cargo del doctorEnrique José SENESTRARI, tramitan los autos caratulados “Cuello AbrahamNicolás s/denuncia, infracción art. 145 bis del Código Penal”,Expediente FN 25032/2012.

Que la mencionada Fiscalía solicita se ofrezca recompensa para aquellaspersonas quienes sin haber intervenido en el hecho delictual, brindendaos útiles que permitan dar con el paradero de la joven YamilaElizabeth CUELLO (D.N.I. N° 33.598.423), argentina, nacida el día 15 defebrero de 1988 en CÓRDOBA CAPITAL, quien mide aproximadamente 1.70metros, de contextura robusta, cabellos color castaño oscuro largo almomento de la desaparición, tez trigueña, posee cuatro (4) tatuajes, un(1) dibujo de Cupido en el hombro derecho, dos (2) corazones rojosenlazados cuya inscripción dice “Lizi y Nahuel”, una (1) manzana rojaen el seno derecho y una (1) “Y” griega en el brazo derecho.

Que la joven fue vista por última vez el día 25 de octubre de 2009,luego de ausentarse de su hogar en el BARRIO AMPLIACIÓN LAS MAGDALENASde la CIUDAD de CÓRDOBA, desconociendo a la fecha su paradero.

Que por los sucesos ocurridos y los antecedentes de su entorno, laFiscalía interviniente informa que se investiga que la desaparecidapueda ser víctima del delito de trata de personas y/o desapariciónforzada de personas.

Que se ha dado intervención a la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA yPolicía Judicial de Córdoba y se ha encomendado la investigación a laPOLICÍA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.

Que en la citada causa interviene el JUZGADO FEDERAL N° 1, de CÓRDOBA, a cargo del doctor Ricardo BUSTOS FIERRO.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad deaplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que a tenor de lo que surge de la Decisión Administrativa N° 10 del 19de enero de 2016, se cuenta con fondos suficientes en la partidacorrespondiente al Fondo Permanente de Recompensas de este Ministerio.

Que ha tomado la intervención de su competencia tanto el PROGRAMANACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LAJUSTICIA como la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esteMinisterio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas enlos artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538 y en el Anexo II de laResolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Ofrécese comorecompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma dePESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), destinada a aquellas personasquienes, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datosútiles que sirvan para dar con el paradero de Yamila Elizabeth CUELLO(D.N.I. N° 33.598.423), argentina, de 28 años de edad, nacida el día 15de febrero de 1988 en CÓRDOBA CAPITAL, quien mide aproximadamente 1.70metros, de contextura robusta, cabellos color castaño oscuro largo almomento de la desaparición, tez trigueña, posee cuatro (4) tatuajes, un(1) dibujo de Cupido en el hombro derecho, dos (2) corazones rojosenlazados cuya inscripción dice “Lizi y Nahuel”, una (1) manzana rojaen el seno derecho y una (1) “Y” griega en el brazo derecho, vista porúltima vez el día 25 de octubre de 2009, luego de ausentarse de suhogar en el BARRIO AMPLIACIÓN LAS MAGDALENAS de la CIUDAD de CÓRDOBA,desconociendo a la fecha su paradero.

Art. 2° — Las personas quequieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con elPROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADAPOR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.

Art. 3° — El pago de larecompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designeel representante de esta Cartera de Estado previo informe delrepresentante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL sobre el mérito de lainformación aportada preservando la identidad del aportante.

Art. 4° — Encomiéndase a laSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulaciónnacional.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Germán C. Garavano.

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