Disposición 15/2016

Pliego De Bases Y Condiciones Particulares - Apruebase

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Modernizacion
Pliego De Bases Y Condiciones Particulares - Apruebase

Apruebase el pliego de bases y condiciones particulares que regira el llamado a licitacion publica para la suscripcion de acuerdos marco, con el objeto de procurar el servicio de telefonia celular movil, radio y transmision de datos, a las jurisdicciones o entidades contratantes, conforme el capitulo viii del titulo vii, del reglamento del regimen de contrataciones de la administracion nacional aprobado por el decreto n° 893 de fecha 7 de junio de 2012.

Id norma: 260216 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33353

Fecha boletin: 08/04/2016 Fecha sancion: 07/04/2016 Numero de norma 15/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Oficina Nacional De Contrataciones Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVAOFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

Disposición 15/2016

Bs. As., 07/04/2016

VISTO el Expediente N° CUDAP EXP JGM:0004917/2016 del Registro de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Delegado N° 1.023 defecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y el Régimen deContrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el DecretoN° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y sus modificatorios y los DecretosNros. 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y N° 13 de fecha 5 de enerode 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto se propicia la realizaciónde Acuerdos Marco destinados a la contratación del servicio detelefonía celular móvil, radio y transferencia de datos que requieranlas jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8º, incisoa), de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemasde Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias en lostérminos del artículo 200, inciso g), y el Capítulo VIII del Título VIIdel Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de laAdministración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893/12,

Que el artículo 23, inciso a) del Decreto N° 1.023 de fecha 13 deagosto de 2001 y sus modificatorios estipula las funciones de laOFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARIA DE MODERNIZACIÓNADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en su carácter deÓrgano Rector del Sistema de Contrataciones Públicas.

Que el artículo 225 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de laAdministración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893 de fecha 7 dejunio de 2012, establece la facultad de la OFICINA NACIONAL DECONTRATACIONES para realizar acuerdos marco con proveedores paraprocurar el suministro directo de bienes y/o servicios a lasjurisdicciones o entidades contratantes incluidas en su ámbito deaplicación, en la forma, plazo y demás condiciones establecidas endicho acuerdo.

Que corresponde señalar que por el Decreto N° 13 de fecha 10 dediciembre de 2015 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios(Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92, y susmodificatorias) y, en consecuencia, se creó el MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN, asignándole entre sus competencias, a través delartículo 23 octies, “todo lo inherente... al régimen de compras...”.

Que asimismo, por el inciso 19 del artículo citado en el considerandoprecedente, le corresponde al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN “Entender enlo relativo a las políticas, normas y sistemas de compras del sectorpúblico nacional”.

Que en ese orden mediante el Decreto 13 de fecha 5 de enero de 2016 setransfirió la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, con sus unidadesorganizativas dependientes, de la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES Y REDES PÚBLICAS dependientedel MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha solicitado el perfeccionamiento deacuerdos marco con la finalidad de contratar los servicios de telefoníacelular móvil, radio y transferencia de datos.

Que en el marco de las competencias de la referida Subsecretaría paraentender en el diseño, desarrollo y mantenimiento de los sistemas detelecomunicaciones con el objeto de garantizar y mejorar la prestaciónde los servicios e instituciones públicas, y en consecuencia en sucalidad de unidad requirente, ha elaborado las EspecificacionesTécnicas respectivas.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DEASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVAdel MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porlos artículos 14, inciso b) y 242, inciso g) del Reglamento del Régimende Contrataciones de la Administración Pública Nacional, aprobado porel Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONESDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particularesque regirá el llamado a Licitación Pública para la suscripción deAcuerdos Marco, con el objeto de procurar el servicio de telefoníacelular móvil, radio y transmisión de datos, a las jurisdicciones oentidades contratantes, conforme el Capítulo VIII del Título VII, delReglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacionalaprobado por el Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012.

ARTÍCULO 2° — Llámase a Licitación Pública, de Etapa Única Nacionalbajo la modalidad Acuerdo Marco, según lo estipulado en el artículo242, inciso g) del Reglamento del Régimen de Contrataciones de laAdministración Pública Nacional, aprobado por el Decreto N° 893 defecha 7 de junio de 2012.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Cdor. NÉSTOR DÍAZ, Director Nacional,Oficina Nacional de Contrataciones, Secretaría de ModernizaciónAdministrativa, Ministerio de Modernización.

ANEXO

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

CLAUSULA 1.- GLOSARIO

SMS: Servicio de Mensajes cortos. (Short Message Service)MDM. Plataforma para la Administración y Gestión de los Dispositivos Móviles. (Mobile Device Management).DDI: Discado Directo Internacional.RED PRIVADA VIRTUAL MOVIL (RPVM): Es toda línea celular provista por el adjudicatario al ESTADO NACIONAL.CLEARING: Permite armar una bolsa de minutos entre los planes contratados.CLAUSULA 2.- DESCRIPCIÓN DE LA CONTRATACIÓNContratación del servicio de telefonía celular móvil, radio ytransferencia de datos, que comprende una RPVM de equipos terminales,con comunicaciones de voz entre los terminales integrantes de la redsin cargo e ilimitadas; envío y recepción de SMS mediante un sistemaque permita una gestión masiva de SMS. Los terminales de dicha Reddeberán comunicarse con la Red Telefónica Privada utilizando losterminales solicitados en esta contratación y administrados mediante unsistema de MDM.Los requisitos de los perfiles que se han determinado para los planesdel servicio a cotizar son los que a continuación se detallan:


Los oferentes podrán ofrecer distintas soluciones, las que igualmentepodrán ser tenidas en cuenta para la suscripción del Acuerdo Marco,ello con la finalidad de ofrecer a las jurisdicciones o entidadescontratantes diversas condiciones técnicas y económicas acordes a susnecesidades.CLAUSULA 3.- VALOR DEL MINUTO ADICIONALSe entiende por valor del minuto adicional solamente al referido para consumo de Roaming y DDI.El valor del minuto adicional deberá incluir todo concepto. No se aceptarán adicionales por causas tributarias u otras razones.Los mismos deberán ser especificados en las facturas mensuales. Por los demás consumos excedentes no se aceptarán cargos.En cuanto al Consumo Premium (ya sea llamadas o SMS), las líneasdeberán tener bloqueado el servicio, por lo que no debe haber cargospor dicho concepto.CLÁUSULA 4.- SERVICIOS A INCLUIR EN EL ABONO1. Identificador de llamadas.2. Paquete de datos.3. Contestador automático.4. Conferencia tripartita.5. Llamada en espera.6. Notificación de mensajes.7. Gastos administrativos.8. Asistencia móvil.9. Bloqueos de servicios según requerimiento de la jurisdicción o entidad contratante.CLÁUSULA 5.- SERVICIO DE MOBILE DEVICE MANAGEMENTEl oferente deberá contemplar en su oferta, para el tipo de plan queasí lo requiera, la provisión del servicio Mobile Device Management(MDM) en modalidad SaaS, a los fines que, el MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN instale, administre y gestione de manera remota, losdispositivos y las aplicaciones masivas en todas las líneas contratadas.El servicio y sus licencias deberán estar incluidos y prorrateados en el abono de cada una de las líneas.La jurisdicción o entidad contratante no abonará por separado dicho servicio bajo ningún concepto.Los oferentes deberán realizar una clara descripción de lascaracterísticas técnicas del servicio MDM y los requerimientos dehardware que pueda requerir del comitente.El servicio para los renglones 1 a 12 deberá tener como mínimo las siguientes funcionalidades:a) Extender las políticas de seguridad informática a las implementaciones móviles.b) Permite el acceso a los servicios y recursos empresariales.c) Configuración de los ajustes del dispositivo y sus pólizas a través de perfiles.d) Asignación de perfiles basados en sus propiedades o grupos definidos.e) Colocar dispositivos en cuarentena y administrar por excepciones.f) Automatizar los procesos de informática y flujos de trabajo.g) Proporcionar asistencia a los usuarios corporativos.h) Ver y reportar todos los activos móviles y las políticas deseguridad. El servicio MDM deberá contar con soporte nivel 1 y nivel 2provisto localmente con atención mediante número de atención gratuita yrealizado por personal propio del proveedorCLAUSULA 5.- PROVISIÓN DE EQUIPOSLos equipos terminales de telefonía celular serán de propiedad deladjudicatario del servicio. Los oferentes deberán indicar la forma enla que transferirán al organismo contratante la tenencia de los equiposterminales y el costo de la misma en caso de corresponder.Deberán ofrecerse TRES (3) gamas de equipos terminales Smartphone:Gama PremiumGama Media AltaGama MediaLos terminales propuestos para brindar el servicio, que esténalcanzados por la reglamentación de homologación/ codificación/autorización de terminales de telecomunicaciones vigente deberánencontrarse inscriptas en el registro de materiales (RAMATEL) de laComisión Nacional de Comunicaciones.Los terminales deben ser fabricados en el país y la empresa (marcacomercial de los terminales) debe poseer una presencia de, al menos,DOCE (12) meses en la REPÚBLICA ARGENTINA.Estarán constituidos por unidades nuevas, sin uso previo y en perfecto estado de conservación y funcionamiento.Todos los terminales o elementos que requieran conexión a la redeléctrica, deberán incluir los elementos accesorios necesarios paradicha conexión. La conexión de los dispositivos, elementos y terminalesa la red eléctrica de corriente alterna de 220 V, 50 Hz, se deberáimplementar mediante ficha de conexión según norma IRAM 2073 para losque requieren puesta a tierra según manual del fabricante y norma IRAM2063 para terminales que no la requieran.El proveedor del servicio deberá entregar los terminales en el lugar yplazo de entrega definidos en la orden de compra. En ningún caso elplazo fijado para la entrega podrá ser superior a DIEZ (10) díashábiles contados a partir de la notificación del documento por mediodel cual se perfeccione el contrato.CLAUSULA 7.- SERVICIO TÉCNICOEl proveedor del servicio deberá brindar asistencia técnica para todoel Hardware y Software correspondiente a este servicio, a solicitud dela jurisdicción o entidad contratante, durante la vigencia de larespectiva orden de compra.Deberá brindar un servicio técnico autorizado: El usuario del equipodebidamente acreditado podrá concurrir al servicio técnico parasolicitar que le sea configurado el terminal con las prestacionescontratadas, asesoramiento técnico y reparaciones.En caso de terminal irreparable, el proveedor del servicio deberá realizar el recambio del mismo.”Garantía de los terminalesLa garantía de los terminales deberá cumplir como mínimo las siguientes condiciones:a) Los terminales deberán contar con garantía por desperfectos técnicosdurante todo el período de vigencia de la orden de compra.b) El proveedor del servicio no podrá alegar inconvenientes con elfabricante para cumplir con los servicios de recambio, reemplazo oreposición, en su caso deberá presentar por ante la jurisdicción oentidad contratante la opción para resolver el inconveniente, debiendocontar con la conformidad respectiva.Reparación o reposiciónLos tiempos de reparación o reposición de todo el equipamiento deberánajustarse a un tope máximo de SETENTA Y DOS (72) horas, a partir delpedido.El oferente deberá indicar en su oferta cual es el alcance del serviciode garantía en los casos de deterioro o fallas que afecten el buenfuncionamiento, o en caso de robo, hurto, pérdida, daños o cualquierotro desperfecto o siniestro.Seguro para los terminales: El seguro operará para el caso de robo,hurto o destrucción total o parcial, en este último caso no atribuiblepor dolo o culpa a las personas por las cuales la jurisdicción oentidad contratante deba responder. El mismo explicitará claramente lacobertura y modalidad. La reposición del terminal por uno de idéntica osimilares características o superior, será sin cargo.CLAUSULA 8.- ACTIVACIONESEl proveedor del servicio deberá entregar al MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN, Subsecretaria de Telecomunicaciones y Redes Públicas enformato digital el listado de todas las activaciones diarias de laslíneas que hubiere designado la respectiva jurisdicción o entidadcontratante. Tal listado deberá contener: número de línea, tipo deperfil, CUIT de la repartición, N° de Imei, N° de Sim, fecha de alta,modelo de terminal y gama de terminal.Los dispositivos inalámbricos se entregarán con la correspondientedocumentación y pre-activados o con un plazo de activación no mayor aCUARENTA Y OCHO (48) horas contadas a partir de la entrega.CLAUSULA 9.- SERVICIO DE CANCELACIÓN/SUSPENSIÓNEl proveedor del servicio deberá suspender o cancelar los servicios deuna determinada línea, en forma inmediata, a petición de lajurisdicción o entidad contratante.CLAUSULA 10.- CAMBIO DE PERFILDurante la vigencia del contrato la jurisdicción o entidad contratantepodrá solicitar el cambio de perfil para cualquiera de las líneascontratadas, mediante nota firmada por el responsable de lajurisdicción o entidad contratante. Dichas gestiones administrativas serealizarán sin cargo para la jurisdicción o entidad contratante.CLAUSULA 11.- PORTABILIDAD NUMÉRICAEl proveedor del servicio deberá disponer de los recursos necesariospara efectuar la portabilidad del número telefónico en los terminalesactuales que se encuentren recibiendo servicios de otra prestadora, sincosto alguno, siempre que la jurisdicción o entidad contratante así lorequiera (RES SC 98/10).CLAUSULA 12.- SERVICIO DE ATENCIÓN AL USUARIOSolicitudes de Servicio y Sistemas de ReclamosAnte un reclamo, el proveedor del servicio deberá proceder del siguiente modo:Entregar un número único de ticket por cada solicitud. En el ticketgenerado por cada incidente debe constar la fecha de realización delpedido, número de teléfono o terminal afectado, perfil, estado en quese encuentra el pedido, fecha de última actualización, identificadordel tipo de trámite y descripción del incidente.Atención y Servicio PostventaSe deberá proveer atención sin cargo las VEINTICUATRO (24) horas, losTRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días del año. Podrá accederse a dichaatención mediante cualquiera de las siguientes opciones:• Desde un terminal provisto por el oferente a un número gratuito.• Desde una línea fija a un número gratuito.• A través de una página web específica.• Por correo electrónico.• Ante un incidente que no tenga resolución en el momento, el proveedordeberá generar un ticket que pueda ser visualizado desde el sistema dereclamos antes descripto.El proveedor del servicio deberá cumplir con los tiempos de resoluciónprevistos en el presente pliego de bases y condiciones particulares yen aquellos casos en que no se hubiere determinado plazo el tiempo deresolución no podrá ser superior a las CUARENTA Y OCHO (48) horas.El prestador del servicio deberá garantizar que las llamadas de ayudatengan una velocidad media de respuesta menor o igual a CIENTO OCHENTA(180) segundos durante el horario de 9:00 a 18:00 horas.CLAUSULA 13.- PENALIDADESAnte la caída del servicio de comunicaciones móviles contratado ycuando la demora en la reposición del mismo sobrepase los plazosestipulados en las especificaciones técnicas del presente pliego debases y condiciones particulares, el proveedor del servicio serápasible de una multa del CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) del abonomensual facturado por cada hora de atraso por la cantidad de líneasmóviles afectadas.Ante la existencia de anomalías o cualquier falla, la jurisdicción oentidad contratante efectuará el reclamo correspondiente mediante losmedios habilitados en el servicio de atención al usuario, indicando eltipo de falla o anomalía y la fecha y hora de producida la misma. Secomputará el tiempo de reposición del servicio a partir de la fecha yhora de efectuado el reclamo.Lo expresado precedentemente será la base para el cálculo de las multas que correspondan.El proveedor del servicio será pasible de una multa del CERO COMA CINCOPOR CIENTO (0,5%) del abono mensual facturado por cada hora de atrasoen el recambio, reemplazo y/o reposición de los terminales.El incumplimiento de las prestaciones a las que el proveedor delservicio se obliga en el presente pliego de bases y condicionesparticulares facultará a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES arescindir el Acuerdo Marco por justa causa, si tuvieran lugar lassiguientes circunstancias:Caída del servicio en CINCO (5) ocasiones como mínimo durante un mismoaño o en DOS (2) ocasiones durante un mismo mes, cada una de ellasinformada al proveedor del servicio, siempre que en dichas caídas sesupere el plazo de restablecimiento del servicio estipulado, ya sea queocurran con los servicios prestados a una sola entidad o a varias deellas.Incumplimiento en los plazos de entrega y/o reparación y/o recambio y/oremplazo y/o reposición de los terminales en un VEINTE POR CIENTO (20%)de los reclamos efectuados en el total de las jurisdicciones yentidades contratantes.CLAUSULAS PARTICULARESCLÁUSULA 1.- VISTA Y RETIRO DE LOS PLIEGOS.El presente Pliego puede consultarse o retirarse en Avda. Roque SáenzPeña 511, 3° piso, oficina 304, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 16:00 horas, hasta el díaanterior a la fecha de apertura o en el Sitio de Internet de la OficinaNacional de Contrataciones: www.argentinacompra.gov.ar, de dondetambién podrán descargarlo.En oportunidad de retirar o descargar los pliegos, deberán suministrarobligatoriamente su nombre o razón social, domicilio y dirección decorreo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones quedeban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.No es requisito para presentar ofertas, ni para su admisibilidad, nipara contratar, haber retirado pliegos en el organismo contratante odescargado del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DECONTRATACIONES, no obstante quienes no lo hubiesen hecho, no podránalegar el desconocimiento de las actuaciones producidas hasta el día dela apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevaradelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de ellas.CLÁUSULA 2.- CONSULTAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.Las consultas al presente Pliego de Bases y Condiciones Particularesdeberán efectuarse por escrito en Avda. Roque Sáenz Peña 511, 3° piso,oficina 304, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o por correoelectrónico a la dirección acuerdosmarco@modernizacion.gob.ar hastaSETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha fijada para la apertura delas ofertas. En oportunidad de realizar una consulta al pliego, losconsultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberánsuministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, ydirección de correo electrónico en los que serán válidas lascomunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de lasofertas. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadasaquéllas que se presenten fuera de término.CLÁUSULA 3.- CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS.Las circulares aclaratorias, serán comunicadas, con CUARENTA Y OCHO(48) horas como mínimo de anticipación a la fecha fijada para lapresentación de las ofertas.Las circulares modificatorias serán comunicadas con VEINTICUATRO (24)horas como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para lapresentación de las ofertas.Las circulares por las que se suspenda o se prorrogue la fecha deapertura o la de presentación de las ofertas serán comunicadas conVEINTICUATRO (24) horas como mínimo de anticipación a la fechaoriginaria fijada para la presentación de las ofertas.Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 61 del Reglamento aprobado por Decreto N° 893/12.CLÁUSULA 4.- NOTIFICACIONES.Todas las notificaciones entre la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES ylos interesados, oferentes, adjudicatarios o proveedor del servicio,podrán realizarse válidamente por cualquiera de los medios indicados enel artículo 56 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12,indistintamente.Lo dispuesto precedentemente también será aplicable a lasnotificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y elprestador del servicio, durante la ejecución de los respectivoscontratos.A los fines de lo dispuesto en el inciso h) de dicho artículo se indicaque el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES eswww.argentinacompra.gov.ar.CLÁUSULA 5.- DOMICILIO ESPECIAL.En el caso en que no se constituyera un domicilio especial en larespectiva oferta se tendrá por domicilio constituido el declarado bajoel título “Domicilio especial para los procedimientos que se realicenen el ámbito de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES” en la base dedatos que administra ese órgano rector.Para el caso de que el interesado no constituya dicho domicilioelectrónico, se tendrán por válidos los informados en la base de datosque administra la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, se encuentrepreinscripto o incorporado, sea que la inscripción se encuentre vigenteo no.Lo dispuesto precedentemente también será aplicable a lasnotificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y elprestador del servicio, durante la ejecución del respectivo AcuerdoMarco.CLÁUSULA 6.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS.Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA(60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura.El plazo antes aludido se prorrogará en forma automática por un lapsoigual al inicial, salvo que el oferente manifestara en forma expresa suvoluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelaciónmínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo demantenimiento de la misma al segundo período o que la mantiene por unadeterminada cantidad de períodos.CLÁUSULA 7.- PROHIBICIÓN DE PARTICIPAR EN MÁS DE UNA OFERTA.Cada oferente podrá participar solamente en una oferta, ya sea por sísolo o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica. Sedesestimarán todas aquéllas ofertas en las que participe quientransgreda esta prohibición.CLÁUSULA 8.- REQUISITOS DE LAS OFERTAS.Las ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos:a) Deberán ser redactadas en idioma nacional. Si se presentaradocumentación en idioma extranjero deberá acompañarse lacorrespondiente traducción.b) El original deberá estar firmado, en todas y cada una de sus hojas, por el oferente o su representante legal.c) Se presentarán sin copia física. Adicionalmente al original dedocumentación entregado, se debe acompañar una versión de DocumentoDigital en Medio Electrónico (CD y/o DVD) de la oferta presentada aefectos de poder facilitar la consulta en el proceso de evaluación.Siempre y en todos los casos, si hubiera diferencia con los documentosimpresos, la documentación del juego “ORIGINAL” prevalecerá sobre lascopias en medios electrónicos.d) Las testadoras, enmiendas, raspaduras o interlineas, si las hubiere,deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta.e) Los sobres, cajas o paquetes que las contengan se deberán presentarperfectamente cerrados y consignarán en su cubierta la identificacióndel procedimiento de selección a que corresponden, precisándose ellugar, día y hora límite para la presentación de las ofertas y ellugar, día y hora del acto de apertura.f) Deberán consignar un domicilio especial para este procedimiento encualquier territorio nacional o extranjero, en éste último caso, si nose cuenta con domicilio o representación legal en el país, situaciónque deberá acreditarse mediante declaración jurada. Asimismo se deberáconstituir una dirección de correo electrónico.g) Indicar la forma en la que transferirán al organismo contratante latenencia de los equipos terminales y el costo de la misma en caso decorresponder.h) Indicar el alcance del servicio de garantía en los casos dedeterioro o fallas que afecten el buen funcionamiento, o en caso derobo, hurto, pérdida, daños o cualquier otro desperfecto o siniestro,aclarando asimismo el porcentaje de cobertura.i) Realizar una clara descripción de las características técnicas delservicio MDM, y los requerimientos de hardware que pueda requerir delcomitente.j) Indicar la performance de la red de datos inalámbrica (Wireless Data Network Performance), indicando:• La velocidad de subida y de bajada de datos (Upstream y Downstream)• La latencia asociada a la red inalámbrica.• Tecnología que utiliza, si es de segunda, tercera o cuarta generación (2G, 3G o LTE).k) Detallar los tiempos y procesos de activación para cada uno de lossiguientes dispositivos inalámbricos: teléfonos celulares, tarjetas dedatos portátiles y dispositivos inteligentes.l) Detallar la localización de los Centros de Atención al Cliente.ll) Especificar los países incluidos, en el Servicio América CostoLlamada Local, entendiéndose que Estados Unidos de América esexcluyente.m) Acompañar la Planilla de Cotización que como Anexo forma parte integrante del presente con la oferta económica.n) Acompañar copia certificada de la/s licencia/s y registro deservicios correspondiente otorgados por la SECRETARIA DE COMUNICACIONESque acredite al oferente como prestador de los servicios solicitados enel presente pliego de bases y condiciones particulares y, además,documentación que acredite que el oferente es una empresa con presenciaen el mercado nacional.ñ) Adjuntar la constancia que acredite que los terminales propuestospara brindar el servicio, que estén alcanzados por la reglamentación dehomologación/codificación/autorización de terminales detelecomunicaciones vigente se encuentran inscriptas en el registro demateriales (RAMATEL) de la Comisión Nacional de Comunicaciones.o) Acompañar la documentación que acredite que los terminales ofrecidosson fabricados en el país y que la marca comercial de los terminales esuna empresa que posee una presencia de, al menos, DOCE (12) meses en laREPÚBLICA ARGENTINA.p) Indicar el listado de países con los que el oferente tiene acuerdosde roaming internacional, especificando si poseen cargos preferencialescon prestadoras estando en itinerancia internacional y con quéprestadora.q) Acompañar una Declaración jurada mediante la cual se acredite lacondición de micro, pequeña y/o mediana empresa, en caso de cumplir conlas condiciones requeridas para ser considerada como tal.r) Adjuntar una Declaración jurada indicando que en caso de resultaradjudicatario se obliga a ocupar a personas con discapacidad, en unaproporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad delpersonal afectado a la prestación del servicio, de conformidad con lodispuesto por el Decreto N° 312/10.s) Adjuntar el Formulario de solicitud (Multinota) presentado ante laAFIP en el caso de no poseer Certificado Fiscal para Contratar con elESTADO NACIONAL vigente.t) Anexar la documentación respaldatoria de los datos cargados en laPreinscripción por Internet en el caso de no estar inscripto en elSIPRO o bien la documentación respaldatoria de los datos que deban seractualizados en el caso de estar inscripto, de conformidad con loestablecido en la Disposición SSTG N° 6/2012.Se requiere respetar el orden de presentación e identificar la información requerida a los fines de facilitar su evaluación.CLÁUSULA 9.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.No se requiere para este procedimiento la presentación de garantía demantenimiento de la oferta. Si el oferente manifestara su voluntad deno mantener su oferta fuera de plazo fijado para realizar talmanifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos demantenimiento será pasible de la sanción regulada en el artículo 131,apartado a) del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/2012.CLÁUSULA 10.- COTIZACIÓN.Las propuestas deberán completarse de acuerdo a lo solicitado en laPlanilla de Cotización que como Anexo forma parte integrante delpresente, sin perjuicio de dar cumplimiento a la normativa emitida porla ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS en lo que se refiere alas formalidades para realizar los documentos no válidos como facturas.A los efectos del Impuesto al Valor Agregado el Ministerio deModernización reviste el carácter de consumidor final por lo tantodicho gravamen de corresponder no debe estar discriminado.CLÁUSULA 11.- MONEDA DE COTIZACIÓN.La propuesta económica deberá ser formulada en PESOS ARGENTINOS.Los precios cotizados deberán incluir, indefectiblemente, todos los impuestos y gravámenes de la operación.Se entenderá que se encuentran incluidas en el precio todas lasprestaciones que, de acuerdo a su juicio y experiencia, deberá realizarpara el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque lasmismas no estén explicitadas en la oferta.CLÁUSULA 12.- APERTURA DE LAS OFERTAS Y VISTA.A partir de la hora fijada como término para la recepción de lasofertas no se recibirán otras, aun cuando el acto de apertura no sehaya iniciado.En el lugar, día y hora determinados en la convocatoria se celebrará en acto público la apertura de las ofertas presentadas.Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil,el acto tendrá lugar el día hábil siguiente y a la misma hora en elmismo lugar, sin necesidad de emitir una circular comunicando dichamodificación.Los originales de las ofertas serán exhibidos a los oferentes por eltérmino de DOS (2) días, contados a partir del día hábil siguiente alde la apertura.CLÁUSULA 13.- COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS.Para la evaluación de las ofertas, se tendrá en cuenta el cumplimientode las exigencias de la normativa aplicable y de las condicionesestablecidas en el presente Pliego.Se evaluará el cumplimiento de los aspectos legales, formales, lacalidad de los oferentes, los aspectos técnicos y económicos de lasofertas y se explicará los motivos de la recomendación de desestimacióno inclusión en el orden de mérito.CLÁUSULA 14.-COMUNICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN.El dictamen de evaluación se comunicará a todos los oferentes dentro delos DOS (2) días de emitido y se difundirá en el sitio de Internetwww.argentinacompra.gov.ar.CLÁUSULA 15.-IMPUGNACIONES.Los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de losCINCO (5) días de su comunicación, quienes no revistan tal calidadpodrán impugnarlo dentro de los CINCO (5) días de su difusión en elsitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga laadjudicación, conforme lo dispuesto en el artículo 94 del Reglamentoaprobado por el Decreto N° 893/12.CLÁUSULA 16.- CRITERIO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN.La adjudicación se realizará en favor de las ofertas que fueranconvenientes, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad delos oferentes, y el cumplimiento de los aspectos legales, formales ytécnicos.En el acto de adjudicación se determinará el proveedor o losproveedores seleccionados con quienes se suscribirá los respectivosAcuerdos Marco.Dicha adjudicación será notificada al o a los adjudicatarios y al restode los oferentes, dentro de los TRES (3) días de dictado el actorespectivo.La OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES no garantiza la adquisición decantidades de bienes y/o servicios objeto del Acuerdo Marco que sesuscriba. Tampoco se responsabiliza si una vez suscripto el AcuerdoMarco el mismo no sea objeto de contrataciones por las UnidadesOperativas de Contrataciones. Estas circunstancias no generaránresponsabilidad alguna para la Administración Nacional y no darán lugara reclamo a ninguna indemnización a favor de los adjudicatarios.CLÁUSULA 17.- SUSCRIPCIÓN DEL ACUERDO MARCO.El Acuerdo Marco deberá ser suscripto por el/los adjudicatarios o su/srepresentantes legales y por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.A tal fin dicha Oficina notificará al/los adjudicatarios, dentro de losDIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo deadjudicación, que el Acuerdo Marco se encuentra a disposición para sususcripción por el término de TRES (3) días. Si vencido ese plazo eladjudicatario no concurriera a suscribir el documento respectivo, se lonotificará por los medios habilitados al efecto y en este caso lanotificación producirá el comienzo de la vigencia.CLÁUSULA 18.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.El adjudicatario deberá integrar una garantía de cumplimiento delcontrato por la suma de PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL($ 8.460.000) al momento de suscribir el respectivo Acuerdo Marco obien dentro del término de CINCO (5) días de recibida su notificaciónde acuerdo a las formas establecidas en los artículos 100 y 101 delReglamento aprobado por el Decreto N° 893/12.CLÁUSULA 19.- DURACIÓN DEL ACUERDO MARCO.El plazo de duración del Acuerdo Marco será de DOS (2) años computadosdesde su perfeccionamiento con opción a prórroga por UN (1) año.CLÁUSULA 20.- RENEGOCIACION CONTRACTUAL.Los proveedores adjudicatarios del Acuerdo Marco que se perfeccionecomo resultado del proceso licitatorio que nos ocupa, podrán solicitarla renegociación de los precios adjudicados cuando circunstanciasexternas sobrevivientes afecten de modo decisivo el equilibriocontractual.La solicitud de renegociación de precios podrá ser solicitada al ÓrganoRector por el/los Adjudicatario/s una vez por año calendario.Una vez presentada la solicitud, el Órgano Rector tendrá un plazo de CINCO (5) días hábiles para expedirse en forma expresa.De resultar el acto administrativo favorable a la renegociaciónsolicitada, los nuevos precios serán difundidos para conocimiento detodas las jurisdicciones o entidades contratantes. En cambio, si serechazara la petición, continuarán vigentes los precios autorizadoshasta que se inicie el nuevo período de actualización.CLAUSULA 21.- MEJORA DE PRECIOSDurante toda la vigencia del acuerdo los proveedores seleccionadospodrán ofrecer una mejora de los precios oportunamente ofertados, estosnuevos precios serán difundidos para conocimiento de todas lasjurisdicciones o entidades contratantes.CLÁUSULA 22.- EJECUCIÓN DEL ACUERDO MARCO.Las jurisdicciones y entidades contratantes estarán obligadas acontratar los servicios objeto del presente procedimiento con losproveedores con los que se perfeccione el respectivo Acuerdo Marco.Para acceder al Acuerdo Marco la autoridad competente del organismocontratante fundamentará los motivos de su elección y confeccionará larespectiva orden de compra. (artículos 95, 96 y 97 del Reglamentoaprobado por el Decreto N° 893/12).CLÁUSULA 23.- RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. El adjudicatario sehará responsable de los daños y/o perjuicios que se originen por culpa,dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de laspersonas bajo su dependencia o de aquellas de las que se valga para larealización de los trabajos.El adjudicatario adoptará todas las disposiciones y precaucionesnecesarias para evitar daños al personal que depende de él, al personalde la Administración Nacional, a terceros vinculados o no con laprestación del servicio, pudiendo provenir esos daños de la acción oinacción de su personal o elementos o por causas eventuales.El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran, correrán por cuenta exclusiva del adjudicatario.CLÁUSULA 24.- PERSONAL DEL ADJUDICATARIO.El personal afectado por el adjudicatario para el cumplimiento de lasobligaciones emergentes de la presente licitación, y/o las relacionesjurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán derelación alguna con la Administración Nacional.Correrá por cuenta del adjudicatario todas las responsabilidadesemergentes de la relación laboral con el personal que éste emplee parael cumplimiento del objeto de este procedimiento. Queda bajo laexclusiva responsabilidad del adjudicatario el cumplimiento deimpuestos, salarios, cargas sociales, seguros y todas las obligacionesy responsabilidades resultantes de la relación laboral que existan opudieren surgir durante la vigencia del Acuerdo como así también todoaccidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados ono con la satisfacción del objeto contratado.CLÁUSULA 25.- PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS.El abono será facturado por mes cumplido y los adicionales o excedentes serán facturados por separado.Las facturas deberán ser presentadas, en la forma, lugar, plazo yhorario que se indique en la correspondiente orden de compra o contratolo que dará comienzo al plazo fijado para el Pago.CLÁUSULA 26.- MONEDA Y FORMA DE PAGO.Los pagos se realizarán en PESOS ARGENTINOS.Las facturas se pagarán a los TREINTA (30) días corridos contados apartir del día siguiente al de la entrega de las mismas en la forma ylugar indicados en la respectiva orden de compra o contrato.Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán, considerando el programamensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativavigente.CLÁUSULA 27.- NORMATIVA APLICABLE.La presente contratación se regirá por las disposiciones del Régimen deContrataciones de la Administración Nacional aprobado por Decreto N°1023/01, modificatorios y el Reglamento aprobado mediante Decreto N°893/2012 y modificatorios y el presente Pliego de Bases y CondicionesParticulares. Dichas disposiciones serán consideradas parte integrantedel Acuerdo Marco respectivo.PLANILLA DE COTIZACIÓNContratación del Servicio de Telefonía Celular Móvil, Radio y Transferencia de DatosEXPEDIENTE N°_______________ LIC PUBLICA N°__________________El que suscribe………………………………………, Documento ……………………………………… titular de lafirma /en nombre y representación de la firma ……………………………………… informa,los datos básicos solicitados en el Pliego de Bases y CondicionesParticulares:Número de CUIT de la firma. ………………………………………Condición ante el IVA. ………………………………………Domicilio Real: (calle, número, piso, departamento, localidad, código postal). ………………………………………Domicilio Especial: (calle, número, piso, departamento, localidad, código postal) ………………………………………Teléfono: ………………………………………Domicilio especial electrónico. ………………………………………Horario de atención: ………………………………………Luego de interiorizarme de las Condiciones Particulares yEspecificaciones Técnicas que rigen la presente Licitación, cotiza lossiguientes valores:

(*) Cotizaciones en PESOS por todo concepto. A los efectos del Impuestoal Valor Agregado el Ministerio de Modernización reviste el carácter de“consumidor final” por lo tanto dicho gravamen de corresponder no debeestar discriminado.MDM: El servicio y sus licencias están incluidos y prorrateados en el abono de cada una de las líneas.Para las comunicaciones salientes de la RPVM. Cargos por minuto de comunicaciones de larga distancia internacional.________________________________________

FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO

MODELO DE ACUERDO MARCO

Contratación del Servicio de Telefonía Celular Móvil. Radio y Transferencia de Datos

EXPEDIENTE N° __________________ LIC PÚBLICA N° __________________Entre la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, condomicilio en Avenida Roque Sáenz 511, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,representada en este acto por………………………………, D.N.I. N°……………………………… enadelante la ONC por una parte y la empresa……………………………… C.U.I.T.N°……………………………… con domicilio en……………………………… representada en este actopor………………………………, D.N.I. N°………………………………, en adelante el PROVEEDORSELECCIONADO celebran el presente acuerdo marco conforme lo previsto enel artículo 200, inciso g), del Reglamento del Régimen deContrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N°893/12, resultante de la Licitación Pública N°……………………………… adjudicadamediante………………………………PRIMERO: OBJETO. El presente Acuerdo Marco regula las condiciones de laprestación del Servicio de Telefonía Celular Móvil, Radio yTransferencia de Datos entre el PROVEDOR SELECCIONADO y lasjurisdicciones y/o entidades comprendidas en el ámbito de aplicacióndel Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional y/o lasentidades del Sector Público Nacional que convengan adherirse, en casoque requieran contratar sus bienes y/o servicios.SEGUNDO: PLAZO DE VIGENCIA DEL ACUERDO. El PROVEEDOR SELECCIONADOllevará a cabo la prestación del servicio contratado en los plazos queindiquen las respectivas órdenes de compra. La duración del presenteAcuerdo Marco es de DOS (2) años computados desde su perfeccionamientocon opción a prórroga por un plazo de hasta UN (1) año.TERCERO: EJECUCIÓN. Durante la vigencia de este acuerdo, lasjurisdicciones o entidades comprendidas en el ámbito de aplicación delRégimen de Contrataciones de la Administración Nacional y/o lasentidades del Sector Público Nacional que convengan adherirse, emitiránlas respectivas órdenes de compra contactándose directamente con elPROVEEDOR SELECCIONADO.El presente acuerdo no genera erogación alguna para las partessignatarias, las que sólo podrán emanar de los contratos específicosque en el futuro celebren las jurisdicciones o entidades requirentes,durante su vigencia y según sus propias necesidades. La ONC nogarantiza la adquisición de cantidades de bienes y/o servicios objetodel presente Acuerdo Marco. Tampoco se responsabiliza si no es objetode contrataciones por las Unidades Operativas de Contrataciones. Estascircunstancias no generarán responsabilidad alguna para laAdministración Nacional y no darán lugar a reclamo a ningunaindemnización a favor del PROVEEDOR SELECCIONADO.CUARTO: DOCUMENTOS DEL ACUERDO. Forman parte del presente Acuerdo Marco los siguientes documentos:a. Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las circulares emitidas con motivo del llamado a Licitación.b. La oferta del PROVEEDOR SELECCIONADO.c. El acto administrativo de adjudicación del PROVEEDOR SELECCIONADO.QUINTO: OBLIGACIONES. Las partes se comprometen a cumplir lasobligaciones a su cargo, de conformidad con lo estipulado en losdocumentos que forman parte de este Acuerdo. La ejecución de lasprestaciones correrá por cuenta y orden del PROVEEDOR SELECCIONADOincluyendo en éstas el costo de todo lo necesario para el cumplimientode los trabajos y obligaciones que surjan del presente Acuerdo.SEXTO: RESPONSABILIDAD. El PROVEEDOR SELECCIONADO se hará responsablede los daños y/o perjuicios que se originen por culpa, dolo onegligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personasbajo su dependencia o de aquellas de las que se valga para larealización de los trabajos.El PROVEEDOR SELECCIONADO adoptará todas las disposiciones yprecauciones necesarias para evitar daños al personal que depende deél, al personal de la Administración Nacional, a terceros vinculados ono con la prestación del servicio, pudiendo provenir esos daños de laacción o inacción de su personal o elementos o por causas eventuales.El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran, correrán por cuenta exclusiva del PROVEEDOR SELECCIONADO.SÉPTIMO: PERSONAL DEL PROVEEDOR SELECCIONADO. El personal afectado porel PROVEEDOR SELECCIONADO para el cumplimiento de las obligacionesemergentes de la presente licitación, y/o las relaciones jurídicocontractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relaciónalguna con la Administración Nacional.Correrán por cuenta del PROVEEDOR SELECCIONADO todas lasresponsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal queéste emplee para el cumplimiento del objeto de este procedimiento.Queda bajo la exclusiva responsabilidad del PROVEEDOR SELECCIONADO elcumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros y todaslas obligaciones y responsabilidades resultantes de la relación laboralque existan o pudieren surgir durante la vigencia del Acuerdo como asítambién todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a tercerosvinculados o no con la satisfacción del objeto contratado.OCTAVO. SUBCONTRATACIÓN O CESIÓN. Queda prohibida la subcontratación ocesión del Acuerdo Marco, en ambos casos, sin la previa autorizaciónfundada de la misma autoridad que dispuso su adjudicación. Lainobservancia de esta estipulación faculta a rescindir de pleno derechoel contrato por culpa del PROVEEDOR SELECCIONADO con pérdida de lagarantía de cumplimiento del contrato.NOVENO. PAGO El pago del servicio será efectuado de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.DÉCIMO PRIMERO: La revocación, modificación o sustitución del acuerdopor razones de oportunidad, mérito o conveniencia, no generará derechoa indemnización en concepto de lucro cesante.DÉCIMO SEGUNDO: JURISDICCIÓN. La aplicación, interpretación y ejecuciónde este Acuerdo deberá realizarse de buena fe y se regirá en todas lascuestiones según las leyes de la REPÚBLICA ARGENTINA. En caso delitigio, las partes se someterán a la competencia de los Tribunales enlo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad Autónoma de BuenosAires, siendo válidas todas las notificaciones y comunicaciones en losdomicilios constituidos que estuvieran relacionadas con el presenteAcuerdo.En prueba de conformidad se firman ejemplares de un mismo tenor y alsólo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a losxxxxxxxxxxxxxxxxx días del mes de xxxx de xxx.

e. 08/04/2016 N° 21688/16 v. 11/04/2016

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