Resolución 98/2016

Telecom Argentina Sociedad Anonima - Otro

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Telecom Argentina Sociedad Anonima - Otro

Declarar homologado el acuerdo celebrado entre la federacion de obreros, empleados y especialistas de los servicios e industria de las telecomunicaciones de la republica argentina, y la empresa telecom argentina sociedad anonima, obrante a fojas 2 del expediente n° 1.666.751/15, conforme lo previsto en la ley n° 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 260219 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33353

Fecha boletin: 08/04/2016 Fecha sancion: 12/02/2016 Numero de norma 98/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Relaciones Laborales Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALSUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 98/2016

Bs. As., 12/02/2016

VISTO el Expediente N° 1.666.751/15 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), laLey N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones de referencia tramita la solicitud dehomologación del Acuerdo suscripto, en el marco del Convenio Colectivode Trabajo N° 538/03 “E”, entre la FEDERACIÓN DE OBREROS, EMPLEADOS YESPECIALISTAS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DELA REPUBLICA ARGENTINA (F.O.E.E.S.I.T.R.A.), y la empresa TELECOMARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 2 de autos, conforme loprevisto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del mentado Acuerdo las partes pactan la actualización delos valores correspondientes al denominado “adicional por experiencia”,previsto en la cláusula octava del instrumento que suscribieran laspartes y que fuera oportunamente homologado mediante Resolución ST N°1991/14 de fecha 22 de octubre de 2014, conforme los detalles allíimpuestos.

Que el ámbito de aplicación del instrumentos cuya homologación sepersigue, se corresponde con la actividad de la empleadora signataria,como así con los ámbitos de representación personal y actuaciónterritorial de la Entidad Sindical, emergentes de su Personería Gremial.

Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con el Orden Público Laboral.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación del referido instrumento.

Que una vez ello, procede remitir las actuaciones a la DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar laprocedencia de practicar en autos el cálculo de la Base Promedio deRemuneraciones y Topes Indemnizatorios, conforme lo dispuesto por elArtículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°900/95.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALESRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declarar homologado el Acuerdo celebrado entre laFEDERACIÓN DE OBREROS, EMPLEADOS Y ESPECIALISTAS DE LOS SERVICIOS EINDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y laempresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 2 delExpediente N° 1.666.751/15, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250(t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el DepartamentoDespacho dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido,pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que elDepartamento Coordinación registre el instrumento obrante a fojas 2 delExpediente N° 1.666.751/15.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,remítase las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones delTrabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar en autos elcálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios,conforme lo dispuesto por el Artículo 245 de la Ley de Contrato deTrabajo.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuitadel acuerdo homologado, y de esta Resolución, las partes deberánproceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N°14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria deRelaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.666.751/15

Buenos Aires, 16 de febrero de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 98/16 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 105/16. — Lic. ALEJANDROINSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 3 días del mes de marzo de2015, se reúnen, por una parte, los Sres. Daniel Rodríguez y AlbertoTell, en representación de la FEDERACIÓN DE OBREROS, EMPLEADOS YESPECIALISTAS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DELA REPUBLICA ARGENTINA (F.O.E.E.S.I.T.R.A.), y por la otra parte, losSres. Roberto Traficante, Esteban Tossutti y Jorge Locatelli, enrepresentación de TELECOM ARGENTINA S.A., quienes acuerdan lo siguientepara el personal encuadrado en el Convenio Colectivo de Trabajo N°538/03 “E”:PRIMERO - En virtud de lo establecido por las partes en el Punto OCTAVOdel acuerdo suscripto con fecha 19 de junio de 2014, las mismasacuerdan incrementar el adicional convencional denominado PlusExperiencia en $ 11,60 (pesos once con 60/100), resultando un valortotal de $ 31,60 (pesos treinta y uno con 60/100), por cada añotrabajado.SEGUNDO - Las partes dejan expresamente establecido que continúanvigentes el resto de condiciones acordadas en acta suscripta con fecha1 de agosto de 2013.Las partes acuerdan solicitar la pertinente homologación del presenteacuerdo, ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de laNación.En prueba de conformidad, las partes suscriben tres ejemplares del presente, de un mismo tenor y efectos.

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