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Resolución 3/2016
Sueldos Basicos
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Ministerio De Educacion Y Deportes
Sueldos Basicos
Establecer para todo el personal no docente incluido en el articulo 18 inciso b) de la ley 13.047, que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza comprendidos en el art. 2° inciso a) de la referida normativa - zona 1, determinados sueldos basicos.
Id norma: 260407 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33357
Fecha boletin: 14/04/2016 Fecha sancion: 29/03/2016 Numero de norma 3/2016
Organismo (s)
Organismo origen: Consejo Gremial De Enseñanza Privada Ver Resoluciones Observaciones: -
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTESCONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA
Resolución 3/2016
Bs. As., 29/03/2016
VISTO las atribuciones conferidas por los Artículos 18° inc. b y 31 Inciso 2° de la Ley 13.047 y;
CONSIDERANDO:
Que el representante gremial del personal no docente ha solicitado porante este Consejo se apruebe una recomposición salarial del sector paraaquellos que desempeñan tareas en la ZONA 1 conforme Resolución N° 02—CGEP— 2011, mediante Actuación Interna N° 55/2016;
Que este Consejo Gremial de Enseñanza Privada ha considerado oportunootorgar un incremento salarial personal no docente comprendido en elinciso b) del Art. 18 de la Ley 13.047;
Que, por sesión de fecha 29 de Marzo de 2016, se aprobó por unanimidadel dictado del presente acto administrativo, conforme lo determina laLey 13.047 en sus Artículos 18 inciso b) y 31;
Por ello, en uso de facultades propias
EL CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADAReunido en sesión ordinariaRESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Establecer para todo el personal no docente incluido enel Artículo 18 inciso b) de la Ley 13.047, que se desempeña en losestablecimientos privados de enseñanza comprendidos en el Art. 2°inciso a) de la referida normativa - ZONA 1, los siguientes sueldosbásicos:A partir del 01 de Marzo de 2016:
A partir del 01 de Marzo de 2016:
a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales:$ 10.666,00
b) Personal Administrativo, por hora semanal de 60 minutos$ 286,35
A partir del 01 de Septiembre de 2016:
a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales:$ 11.178,00
b) Personal Administrativo, por hora semanal de 60 minutos$ 300,66
ARTÍCULO 2° — Establecer para todo el personal no docente incluido enel Artículo 18 inciso b) de la Ley 13.047, que se desempeña en losestablecimientos privados de enseñanza comprendidos en el Art. 2°incisos b) y c) de la referida normativa - ZONA 1, los siguientessueldos básicos:A partir del 01 de Marzo de 2016:
A partir del 01 de Marzo de 2016:
a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales:$ 10.666,00
b) Personal Administrativo, por 48 hs. semanales:$ 10.666,00
A partir del 01 de Septiembre de 2016:
a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales:$ 11.178,00
b) Personal Administrativo, por 48 hs. semanales$ 11.178,00
ARTÍCULO 3° — Cuando el personal a que se refieren los artículos 1° y2° cumpla tareas en tiempo inferior a 48 horas semanales, el sueldomínimo se establecerá en forma proporcional.
ARTÍCULO 4° — Las remuneraciones previstas en los artículos precedentespodrán ser compensadas hasta su concurrencia con los montos que,cualquiera sea su naturaleza o denominación, los empleadores seencontraran abonando a su personal con anterioridad a la entrada envigencia de la presente resolución. El cumplimiento de esta Resoluciónno podrá importar en ningún caso disminución alguna de la retribuciónque el personal percibe en la actualidad.
ARTÍCULO 5° — Desglosar la presente Resolución para su registro yarchivo previa sustitución por copia autenticada en estos actuadosremitiendo copia a los Ministerios de Educación de las Provincias y dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese a la Dirección Nacionalde Comercio Interior y a la Administración Federal de Ingresos Públicosa sus efectos.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.APROBADA EN SESION DE FECHA 29 de Marzo de 2016Dra. ERICA V. COVALSCHI, Presidente, Consejo Gremial de EnseñanzaPrivada. — Dr. NORBERTO BALOIRA, Miembro del C.G.E.P. — Dr. GUILLERMOMARCONI, Miembro del C.G.E.P. — Prof. ENRIQUE MARTIN, Miembro delC.G.E.P. — Prof. DIANA M. BARRIOS, Miembro CGEP. — Dr. PABLO OLOCCO,Miembro del C.G.E.P. — Prof. ANA M. RAVAGLIA, Miembro CGEP. — Dra.SILVIA SQUIRE, Miembro del C.G.E.P. — Prof. GERARDO SUAREZ, MiembroCGEP.
e. 14/04/2016 N° 22393/16 v. 14/04/2016
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