Resolución 16/2016

Duraznos En Almibar - Distribuyese

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Agroindustria
Duraznos En Almibar - Distribuyese

Distribuyese la cantidad de diez mil toneladas metricas (10.000 tm) que en materia de productos se establecen para la partida identificada como 20087010 - duraznos en almibar enlatados - conforme a la nomenclatura del sistema armonizado de designacion y codificacion de mercaderias, en su version regional naladisa 2002 con destino a los estados unidos mexicanos, amparada por certificados de autenticidad para el periodo 2016, conforme el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, en un todo de acuerdo al tonelaje que en cada caso se indica.

Id norma: 260477 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33358

Fecha boletin: 15/04/2016 Fecha sancion: 14/04/2016 Numero de norma 16/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Mercados Agroindustriales Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES

Resolución 16/2016

Bs. As., 14/04/2016

VISTO el Expediente N° S05:0007006/2016 del Registro del MINISTERIO DEAGROINDUSTRIA, la Resolución N° 786 del 22 de noviembre de 2006 de laex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS delentonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del Acuerdo de Complementación Económica N° 6 (ACE N° 6)entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS suscriptocon fecha 28 de noviembre de 1993, y en particular, el Anexo IV delActa Final sobre la ampliación y profundización del Acuerdo deComplementación Económica N° 6, los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS otorganpreferencias arancelarias a la REPÚBLICA ARGENTINA sobre el arancelvigente para terceros países conforme a la Nomenclatura del SistemaArmonizado de Designación y Codificación de Mercaderías, en su versiónregional NALADISA 2002, en relación a distintos productos en elcomercio entre ambos países.

Que en materia de productos, las preferencias arancelarias que seotorgan se refieren únicamente a la partida identificada como 20087010—Duraznos en Almíbar Enlatados— y se aplican sobre un cupo anual fijadoinicialmente en DIEZ MIL TONELADAS MÉTRICAS (10.000 tm.), para lapartida indicada, durante los años de vigencia del mencionado Acuerdo.

Que asimismo, el citado Acuerdo fija una desgravación para el períodode vigencia, por lo que la desgravación arancelaria relativa es delCIEN POR CIENTO (100%), siempre a aplicarse sobre dicho cupo.

Que el cupo a ser distribuido correspondiente al año 2016 es de DIEZ MIL TONELADAS MÉTRICAS (10.000 tm).

Que mediante la Resolución N° 786 de fecha 22 de noviembre de 2006 dela ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS delentonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN modificada por laResolución N° 607 de fecha 27 de septiembre de 2011 de la SECRETARÍA DEAGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURAGANADERÍA Y PESCA, se reglamentan los criterios que deben utilizarsepara efectuar la asignación del cupo de exportación entre las empresashabilitadas para la elaboración de duraznos en almíbar, inscriptas enel Registro creado por el Artículo 1° de la primera norma citada,promoviendo un acceso equitativo al mercado interno de los ESTADOSUNIDOS MEXICANOS en las condiciones estipuladas.

Que en virtud del Acuerdo de Complementación Económica N° 6 (ACE N° 6),se torna prioritario brindar continuidad a las exportaciones, conformea los antecedentes de exportación de cada una de las empresasproductoras, incorporando la participación de nuevas empresas quecontribuyan al desarrollo de la cadena en aras de estimular lasexportaciones y la libre competencia.

Que el tonelaje a asignar a cada adjudicatario surge de los criteriosvolcados en el Informe Técnico elaborado por la SECRETARÍA DE AGREGADODE VALOR del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que para acceder a la entrega del Certificado de Autenticidad queampare dicho cupo, los beneficiarios deberán previamente tenerregularizada su situación fiscal y previsional, fijándose como fechalímite de tal exigencia, los TREINTA (30) días corridos anteriores alenvío a los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS de los productos correspondientes.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta es competente para resolver en esta instancia deacuerdo a las facultades conferidas por el Decreto N° 357 de fecha 21de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarlos.

Por ello,

LA SECRETARIA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Distribúyese la cantidad de DIEZ MIL TONELADAS MÉTRICAS(10.000 tm) que en materia de productos se establecen para la partidaidentificada como 20087010 - Duraznos en Almíbar Enlatados - conforme ala Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación deMercaderías, en su versión regional NALADISA 2002 con destino a losESTADOS UNIDOS MEXICANOS, amparada por Certificados de Autenticidadpara el período 2016, conforme el Anexo que forma parte integrante dela presente resolución, en un todo de acuerdo al tonelaje que en cadacaso se indica.

ARTÍCULO 2° — La cantidad a exportar expresada en el Artículo 1° de lapresente resolución deberá ingresar a los ESTADOS UNIDOS MEXICANOShasta el día 31 de diciembre de 2016.

ARTÍCULO 3° — El incumplimiento total o parcial del cupo asignado darálugar automáticamente a la penalización de los infractores en ladistribución del próximo cupo, conforme lo establecido por el Artículo16 de la Resolución N° 786 del 22 de noviembre de 2006 de la ex -SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entoncesMINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, sustituido por el Artículo 1° dela Resolución N° 38 de fecha 6 de marzo de 2014 de la SECRETARÍA DEAGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,GANADERÍA Y PESCA.

ARTÍCULO 4° — Para acceder a la entrega del Certificado de Autenticidadque ampara dicho cupo, los beneficiarios deberán tener regularizada susituación fiscal y previsional, fijándose como fecha límite de talexigencia los TREINTA (30) días corridos anteriores al envío a losESTADOS UNIDOS MEXICANOS de los productos correspondientes.

ARTÍCULO 5° — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Lic. MARISA BIRCHER, Secretaria deMercados Agroindustriales, Ministerio de Agroindustria de la Nación.

ANEXO

DISTRIBUCIÓN CUPO DE DURAZNOS EN ALMIBAR ENLATADOS CON DESTINO A LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AÑO 2016

EmpresasAntecedentes exportaciónDistribución 85%Distribución 85%Distribución proporcional15%Distribución proporcional15%Cálculo BaseCupo SolicitadoResolución ex - SAGPyA Nº 786/2006 Art. 4 Inc. d)

Resolución ex - SAGPyA Nº 786/2006 Art. 16Cupo 2016/Art. 16Distribución de ExcedenteCupo 2016

US$ FOB %

Tn. %

Tn.Tn.Tn.Diferencia con Cupo solicitadoDistribución%

Tn.Res. SAGyP Nº 38/2014FinalTn.

Valores de Referencia

8.500

150010.000



Industrias Alimenticias Mendocinas S.A.9.898.19536,03%3.062,5516,67%250,003.312,552.000,001.312,55--------------------2.000,00

A.V.A. S.A.7.409.87926,97%2.292,6516.67%250,002.542,6510.000,00-----1.233,232,52----------3.773,36

La Campagnola S.A.C.I.4.399.80916,02%1.361,3216,67%250,001.611,32532,001.079,32--------------------532,00

Mazara Hnos. S.A.4.204.34515,30%1.300,8416,67%250,001.550,842.500,00-----738,551.173,52----------1.115,88

Ind. Frutícolas de San Rafael S.A.1.559.9005,68%482,6416,67%250,00732,642.000,00-----330,47-----1.088,00 -----2.000,00

Angiord S.A.C.I.00,00%0,0016,67%250,00250,001.000,00-----89,75-----88,00151,11578,86

Totales27.472.128100,00%8.500,00100,00%1.500,0010.000,00-----2.392,002.392,001.176,001.176,00151,1110.000,00

Nota: la posible diferencia en el último decimal surge del redondeo.

e. 15/04/2016 N° 24059/16 v. 15/04/2016

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