Resolución 65/2016

Modulos Sistema De Gestion Documental Electronica - Obligatoriedad

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Modernizacion
Modulos Sistema De Gestion Documental Electronica - Obligatoriedad

Sera obligatorio el uso del modulo “comunicaciones oficiales”, del sistema de gestion documental electronica (gde), como medio de creacion, comunicación y archivo de notas y memorandos a partir del 25 de abril de 2016, en determinadas jurisdicciones. sera obligatorio el uso del modulo “generador de documentos electronicos oficiales (gedo)”, del sistema de gestion documental electronica (gde), como medio de creacion, registro y archivo de documentos a partir del 25 de abril de 2016 en determinadas jurisdicciones.

Id norma: 260766 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33363

Fecha boletin: 22/04/2016 Fecha sancion: 21/04/2016 Numero de norma 65/2016

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Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 65/2016

Bs. As., 21/04/2016

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP - S01: 0145238/2016 del Registro delMINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las Leyes N° 22.520 y modificatorias y N°25.506, los Decretos N° 434 del 1° de marzo de 2016 y N° 561 del 6 deabril de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídicadel documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, yen su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de lasjurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma queposibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control porparte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 y modificatorias, en su artículo 23octies establece las competencias del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN entrelas cuales se encuentran las de diseñar, coordinar e implementar laincorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías,infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión de laAdministración Pública Nacional; actuar como Autoridad de Aplicacióndel régimen normativo que establece la infraestructura de firma digitalpara el sector público nacional; e intervenir en el desarrollo desistemas tecnológicos con alcance transversal o comunes a losorganismos y entes de la Administración Pública Nacional, Centralizaday Descentralizada.

Que el Decreto N° 434/16 que aprueba el PLAN DE MODERNIZACIÓN DELESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO DIGITAL que proponeimplementar una plataforma horizontal informática de generación dedocumentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedoresque sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitarla gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información,la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimientopúblico de cada expediente.

Que las entidades y jurisdicciones que componen el Sector PúblicoNacional cuentan con diferentes sistemas de gestión documental, entrelos que se encuentra el ComDoc, pero ninguno de ellos es totalmenteelectrónico sino que mantienen el expediente en papel en formasimultánea, razón por la cual es necesario unificar el sistema degestión documental mediante el uso compartido de un mismo sistema quepermita la tramitación integral en formato electrónico, pases entreorganismos y accesos remotos, reemplazando el uso del papel.

Que el Decreto N° 561/16, aprueba la implementación del sistema deGestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado decaratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos detodas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional,actuando como plataforma para la implementación de gestión deexpedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto, ordena a las entidades y jurisdiccionesenumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el SectorPúblico Nacional la utilización del sistema de Gestión DocumentalElectrónica - GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas,de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que corresponde en consecuencia, fijar el cronograma de implementacióndel sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE, en reemplazo delComDoc y cualquier otro sistema de gestión documental en uso en lasentidades y jurisdicciones mencionadas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DECOORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomadola intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 561/16.

Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Será obligatorio el uso del módulo “COMUNICACIONESOFICIALES”, del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE), comomedio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos apartir del 25 de abril de 2016, en las siguientes jurisdicciones:

a) Secretarías de la Presidencia de la Nación

b) Jefatura de Gabinete de Ministros

c) Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda

d) Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto

e) Ministerio de Defensa

f) Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas

g) Ministerio de Producción

h) Ministerio de Agroindustria

i) Ministerio de Turismo

j) Ministerio de Transporte

k) Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

I) Ministerio de Seguridad

m) Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

n) Ministerio de Desarrollo Social

o) Ministerio de Salud

p) Ministerio de Educación y Deportes

q) Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva

r) Ministerio de Cultura

s) Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

t) Ministerio de Modernización

u) Ministerio de Energía y Minería

v) Ministerio de Comunicaciones

ARTÍCULO 2° — Será obligatorio el uso del módulo “GENERADOR DEDOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES (GEDO)”, del sistema de GESTIÓNDOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE), como medio de creación, registro yarchivo de documentos a partir del 25 de abril de 2016 en lassiguientes jurisdicciones:

a) Secretarías de la Presidencia de la Nación

b) Jefatura de Gabinete de Ministros

c) Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda

d) Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto

e) Ministerio de Defensa

f) Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas

g) Ministerio de Producción

h) Ministerio de Agroindustria

i) Ministerio de Turismo

j) Ministerio de Transporte

k) Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

I) Ministerio de Seguridad

m) Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

n) Ministerio de Desarrollo Social

o) Ministerio de Salud

p) Ministerio de Educación y Deportes

q) Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva

r) Ministerio de Cultura

s) Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

t) Ministerio de Modernización

u) Ministerio de Energía y Minería

v) Ministerio de Comunicaciones

ARTÍCULO 3° — Será obligatorio el uso del módulo “EXPEDIENTEELECTRÓNICO (EE)”, del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE)a partir del 10 de mayo de 2016 en las siguientes jurisdicciones:

a) Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación

b) Jefatura de Gabinete de Ministros

c) Ministerio de Modernización

d) Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

e) Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — ANDRÉS IBARRA, Ministro deModernización.

e. 22/04/2016 N° 25967/16 v. 22/04/2016

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