Disposición Tecnico Registral 6/2016

Informes N° 3 Indice De Titularidad De Dominio - Exencion De Tasa

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Informes N° 3 Indice De Titularidad De Dominio - Exencion De Tasa

Los informes n° 3 —indice de titularidad de dominio— solicitados por escribanos o por la corporacion buenos aires sur s.e., relativos al plan de adjudicacion de viviendas en el “barrio los piletones”, estaran exentos de la tasa de servicio del regimen financiero ley 17.050.

Id norma: 260784 Tipo norma: Disposición Tecnico Registral Numero boletin: 33364

Fecha boletin: 25/04/2016 Fecha sancion: 19/04/2016 Numero de norma 6/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Registro De La Propiedad Inmueble Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL

Disposición Técnico Registral 6/2016

Bs. As., 19/04/2016

VISTO la petición efectuada por la Corporación Buenos Aires Sur S.E.mediante nota de fecha 5 de abril de 2016, solicitando las mayoresexenciones posibles en relación a las contribuciones de la ley 17.050relativas a los informes, certificados y solicitudes de inscripción quedeban ser aplicados en la consecución de los trámites pre y postescriturarios del “Barrio Los Piletones”, en que interviene dichoorganismo, y;

CONSIDERANDO:

Que la Corporación Buenos Aires Sur S.E., en adelante “Corporación”, esuna Sociedad del Estado creada por la Ley 470 de la C.A.B.A., cuyoobjetivo es favorecer el desarrollo humano, económico y urbano integraldel “Área de Desarrollo Sur”, a fin de compensar desigualdades zonalesdentro del territorio de la Ciudad, de conformidad con lo dispuesto porel artículo 18 de la Constitución de la Ciudad.

Que por el artículo 1° de la Ley N° 470 se declaró como Área deDesarrollo Sur en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al polígonocomprendido entre la Av. General Paz, el Riachuelo, el canal quedeslinda la península de Dársena Sur de la ex Ciudad Deportiva y laReserva Ecológica, la Av. España (continuación de Av. TristánRodríguez, desde la Fuente de las Nereidas hacia el sur), la calleElvira Rawson de Dellepiane (continuación de Brasil e/ el puente deDársena 1/Dársena Sur y la ex Av. Costanera), la Av. Ing. Huergo, laAv. San Juan (incluyendo las parcelas frentistas de la vereda norte),Av. Directorio (incluyendo las parcelas frentistas de la vereda norte),Av. Escalada (incluyendo las parcelas frentistas de la vereda este),Av. Juan B. Alberdi (incluyendo las parcelas frentistas de la veredanorte), Av. General Paz.

Que el Gobierno de la Ciudad a través de la Corporación Buenos AiresSur S.E., trabaja en el desarrollo urbano, humano y social del barrio“Los Piletones”, cuya urbanización incluye, entre otras tareas, laregularización dominial del barrio, asegurando a cada vecino latenencia segura de la tierra, el acceso a los servicios básicos através de la provisión de infraestructura e integración física con elresto de la ciudad.

Que la petición se funda en la función social que cumple la CorporaciónBuenos Aires Sur S.E., quien se encuentra en la etapa de laadjudicación de inmuebles en la zona relacionada, por lo que el pasosiguiente es disponer de los mismos por escritura pública a fin de quecada adjudicatario resulte titular de dominio en virtud de un título dedominio.

Que en consideración a tales razones el planteo efectuado merece unaespecial atención, la cual debe compatibilizarse con el régimenfinanciero de la Ley 17.050, en virtud del carácter sustancial quereviste para el funcionamiento del Registro de la Propiedad Inmueble.

Que en su condición de Administrador de la Ley 17.050, el Colegio deEscribanos de la Capital Federal ha prestado conformidad con esasolicitud, según consta al pie de la nota que peticiona la Corporación.

Por ello, en uso de las facultades que le confiere la ley;

LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL,

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Los informes n° 3 —índice de titularidad de dominio—solicitados por escribanos o por la Corporación Buenos Aires Sur S.E.,relativos al plan de adjudicación de viviendas en el “Barrio losPiletones”, estarán exentos de la tasa de servicio del régimenfinanciero Ley 17.050.

ARTÍCULO 2° — Los certificados de dominio e inhibiciones que solicitenlos escribanos que intervengan en la escrituración de viviendas en el“Barrio los Piletones”, estarán exentos de la tasa de servicio delrégimen financiero Ley 17.050.

ARTÍCULO 3° — Las escrituras formalizadas en relación al “Barrio losPiletones”, abonarán únicamente la contribución Ley 17.050 equivalentea la inscripción del trámite de compraventa más el valor de lacorrespondiente carpeta del arancel vigente, independientemente de lacantidad de actos rogados y anexos que se utilizaren.

ARTÍCULO 4° — En los informes y certificados incluidos en la exención,como así también en la solicitud de inscripción de las escrituras,deberá señalarse en el anverso del formulario en lugar visible, lasiguiente leyenda: “BARRIO LOS PILETONES, DTR 6/2016”.

ARTÍCULO 5° — Póngase en conocimiento de la Subsecretaría de AsuntosRegistrales. Hágase saber al Colegio de Escribanos de la Ciudad deBuenos Aires, al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y a laCorporación Buenos Aires Sur S.E.-. Notifíquese a las Direcciones deRegistraciones Especiales y Publicidad Indiciaria, de RegistracionesReales y Publicidad, de Apoyo Técnico y Fiscalización Interna y deInterpretación Normativa y Procedimiento Recursivo y, por suintermedio, a sus respectivos Departamentos y Divisiones.

ARTÍCULO 6° — Publíquese en el Boletín Oficial. Regístrese. Cumplido,archívese. — Esc. M. C. HERRERO DE PRATESI, Directora General, Registrode la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, Ministerio de Justiciay Derechos Humanos.

e. 25/04/2016 N° 25208/16 v. 25/04/2016

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