Resolución 4/2016

Especie Merluza - Captura Maxima Permisible

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Consejo Federal Pesquero
Especie Merluza - Captura Maxima Permisible

Establecer la captura maxima permisible para el año 2016 de la especie merluza austral (merluccius australis) en cinco mil (5.000) toneladas.

Id norma: 260846 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33366

Fecha boletin: 27/04/2016 Fecha sancion: 14/04/2016 Numero de norma 4/2016

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

CONSEJO FEDERAL PESQUERO

Resolución 4/2016

Bs. As., 14/04/2016

VISTO lo dispuesto por el inciso c) del artículo 9° de la Ley N°24.922, la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 3 de fecha 9 deabril de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a los fines de la conservación, protección y administración de losrecursos vivos marinos debe establecerse anualmente la Captura MáximaPermisible (CMP) para las distintas especies de conformidad con loestablecido en los artículos 9° inciso c) y 18 de la Ley N° 24.922, afin de evitar excesos de explotación y asegurar su conservación a largoplazo.

Que a través de la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 3 defecha 9 de abril de 2015, se estableció la CMP de merluza austral(Merluccius australis) para el año 2015 en 5.000 (CINCO MIL) toneladas.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO(INIDEP), mediante el Informe Técnico Oficial N° 12/2016: “Evaluaciónde la abundancia de la merluza austral (Merluccius australis) delOcéano Atlántico Sudoccidental. Período 1986-2015”, ha efectuado undiagnóstico de la evaluación de la abundancia del efectivo de merluzaaustral que se encuentra presente en el Atlántico Sudoccidental para elperíodo 1986-2015.

Que en el citado informe el Instituto expresa que las estimaciones debiomasas han permanecido relativamente estables desde el año 1992 y quelos niveles de captura obtenidos parecerían no haber afectado lasestimaciones de las biomasas presentes en aguas atlánticas, evidenciadoademás por la estabilidad en las estructuras de edades del efectivo.

Que por las razones expuestas el INIDEP recomienda que la CMP de laespecie merluza austral permanezca en valores que ronden las CINCO MIL(5.000) toneladas, teniendo en cuenta que, aunque no fue posibleestimar una Captura Biológicamente Aceptable, puesto que sólo unafracción de la población total se encuentre en el Océano Atlántico, lasdescargas se han mantenido en niveles similares en los últimos años.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de lapresente de conformidad con el artículo 9°, incisos c) y f), y artículo18 de la Ley N° 24.922 y el artículo 9° del Decreto N° 748 de fecha 14de julio de 1999.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Establecer la Captura Máxima Permisible para el año 2016de la especie merluza austral (Merluccius australis) en CINCO MIL(5.000) toneladas.

ARTICULO 2° — La presente resolución podrá ser revisada por el CONSEJOFEDERAL PESQUERO y, de ser necesario, complementada o modificada, apartir de la información y las recomendaciones del INSTITUTO NACIONALDE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.

ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de la fecha.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección del RegistroOficial y archívese. — Lic. TOMAS MARTIN GERPE, Presidente, ConsejoFederal Pesquero. — JUAN ANTONIO LOPEZ CAZORLA, Representante de laProvincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur,Consejo Federal Pesquero. — Mtro. REINA Y. J. SOTILLO, RepresentanteTitular, Min. de Relaciones Exteriores y Culto, Consejo FederalPesquero. — Lic. RAÚL JORGE BRIDI, Representante, Provincia de RíoNegro, Consejo Federal Pesquero. — Lic. FRANCISCO H. DI LEVA, Provinciade Buenos Aires. — Dr. CARLOS D. LIBERMAN, Provincia de Santa Cruz. —Lic. MARÍA SILVIA GIANGIOBBE, Representante Suplente de la Secretaríade Ambiente y Desarrollo Sustentable, Consejo Federal Pesquero. — Dr.ALBERTO GILARDINO, Provincia del Chubut.

e. 27/04/2016 N° 26285/16 v. 27/04/2016

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