Disposición 18/2016

Disposicion 7/2016 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Sistema Electronico De Publicidad De Precios Argentinos
Disposicion 7/2016 - Modificacion

Extiendese por el termino de hasta diez (10) dias el plazo establecido para el inicio de la difusion al publico de la informacion obtenida conforme el articulo 7° de la disposicion n° 7 de fecha 17 de marzo de 2016 de la subsecretaria de comercio interior de la secretaria de comercio del ministerio de produccion.

Id norma: 260945 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33369

Fecha boletin: 02/05/2016 Fecha sancion: 28/04/2016 Numero de norma 18/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Comercio Exterior Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Subsecretaría de Comercio Interior

SISTEMA ELECTRÓNICO DE PUBLICIDAD DE PRECIOS ARGENTINOS

Disposición 18/2016

Disposición N° 7/2016. Modificación.

Bs. As., 28/04/2016

VISTO el Expediente N° S01:0027052/2016 del Registro del MINISTERIO DEPRODUCCIÓN, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y susmodificaciones, la Resolución N° 12 de fecha 12 de febrero de 2016 dela SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y la DisposiciónN° 7 de fecha 17 de marzo de 2016 de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIOINTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 12 de fecha 12 de febrero de 2016 de laSECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó el“Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA)”, através del cual todos los comercios que realicen venta minorista deproductos de consumo masivo, deberán informar en forma diaria para sudifusión los precios de venta al público vigentes en cada punto deventa, de los productos que se determinen en la reglamentación.

Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 6° de la citadaresolución, la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DECOMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN será la Autoridad de Aplicación,con facultades para dictar toda norma necesaria para su implementacióny ejecución, así como para determinar, ampliar y/o reducir la nómina deproductos, la información requerida y/o los sujetos obligados, y paradictar toda otra norma aclaratoria, interpretativa y/o complementaria.

Que por la Disposición N° 7 de fecha 17 de marzo de 2016 de laSUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la mencionada Secretaría, sereglamentó la Resolución N° 12/16 de la SECRETARÍA DE COMERCIO.

Que mediante el Artículo 7° de la citada disposición, se estableció quela información requerida en la misma deberá ser suministrada a partirdel día 15 de abril de 2016 y será difundida a partir del día 29 deabril de 2016.

Que sin perjuicio de haberse alcanzado con éxito una versión delsistema que cumple con los requerimientos exigidos, es preciso atrasarsu puesta en funcionamiento para acceso del público hasta lafinalización de las pruebas que aseguren su correcto funcionamiento.

Que en mérito a lo expuesto, resulta necesario extender el plazoestablecido en el Artículo 7° de la Disposición N° 7/16 de laSUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, para el inicio de la difusión de lainformación al público, por el término de hasta DIEZ (10) días.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por elDecreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, yla Resolución N° 12/16 de la SECRETARÍA DE COMERCIO.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR

DISPONE:

Artículo 1° — Extiéndese por eltérmino de hasta DIEZ (10) días el plazo establecido para el inicio dela difusión al público de la información obtenida conforme el Artículo7° de la Disposición N° 7 de fecha 17 de marzo de 2016 de laSUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO delMINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Art. 2° — La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Javier Tizado.

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