Resolución 3778/2016

Adenda N° 2 Año 2016 De La Nag-100 - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Gas Natural
Adenda N° 2 Año 2016 De La Nag-100 - Aprobacion

Aprobar la adenda n° 2 año 2016 de la nag-100 año 1993 “normas argentinas minimas de seguridad para el transporte y distribucion de gas natural y otros gases por cañerias”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolucion.

Id norma: 261034 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33371

Fecha boletin: 04/05/2016 Fecha sancion: 28/04/2016 Numero de norma 3778/2016

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 3778/2016

Bs. As., 28/04/2016

VISTO el Expediente ENARGAS N° 27137, la Ley N° 24.076, su DecretoReglamentario N° 1738/92, las Resoluciones ENARGAS N° 20/1993 y N°I-1492/2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 52 de la Ley N° 24.076 le asigna al ENTE NACIONALREGULADOR DEL GAS (ENARGAS), entre sus funciones y facultades, la dedictar Reglamentos en materia de seguridad, normas y procedimientostécnicos, a los cuales deben ajustarse todos los sujetos de la Ley.

Que la mayor parte de las normas en vigencia que integran el Grupo Idel Código Argentino de Gas - NAG (redes de distribución, líneas detransmisión e instalaciones complementarias) fueron estudiadas yemitidas en la época de Gas del Estado S.E.

Que desde entonces el desarrollo de la tecnología y nuevos métodos decontrol fueron superando algunos de sus requerimientos y, de hecho,llevaron a la necesidad de ir efectuándoles en determinados casos,ajustes parciales.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se halla abocado a realizar laactualización de la NAG-100 “Normas Argentinas Mínimas de Seguridadpara el Transporte y Distribución de Gas Natural y otros Gases porCañerías”, por sus Partes constitutivas.

Que ya se ha efectuado la actualización correspondiente a la Parte O“Gerenciamiento de la integridad de líneas de transmisión”, aprobadacomo “Adenda N° 1 Año 2010” por Resolución ENRG N° I/1492.

Que posteriormente se inició el procedimiento de actualización de laParte G de la Norma, correspondiente a los requisitos generales deconstrucción para líneas de transmisión y de distribución de gasnatural.

Que la elección de dicha parte estuvo determinada por dos motivosfundamentales: 1) La experiencia obtenida durante el uso de la versiónactualmente en vigencia —que ya indicaba la necesidad de adecuacionesvarias—; y 2) Las actualizaciones realizadas en origen a los textosrespectivos del documento tomado inicialmente como orientador para esanorma, el Código de Reglamentaciones Federales de EE.UU. en la parte192 de su título 49.

Que con el objeto de contar con documentos actualizados quecontemplaran las tendencias normativas más avanzadas existentes, y deacuerdo con lo establecido en la reglamentación vigente, el ENARGASdecidió contratar a un consultor especializado para el análisis ydesarrollo de una propuesta de modificación de la Parte G bajo estudio.

Que dicha consultoría dio como resultado un documento final cuyoestudio fue desarrollado por un equipo técnico constituido al efectopor personal de las Gerencias correspondientes.

Que conforme lo exige el apartado 10 del Punto XI del Decreto N°1738/92, reglamentario de la Ley N° 24.076 se procedió a darle alproyecto de la nueva Parte G la debida publicidad a través de la páginade internet del ENARGAS, se informó de ello a las Licenciatarias deTransporte y de Distribución de Gas Natural, y se invitó a estasúltimas a realizar los comentarios u observaciones que estimaranconvenientes.

Que como culminación del proceso descripto, y luego del estudio yanálisis de las observaciones recibidas, quedó conformado el proyectode modificación de la NAG-100, Parte G, bajo la denominación Adenda N°2 Año 2016.

Que la metodología, las consultas, la discusión pública, su análisis yconclusiones, se encuentran plasmados en el Informe Técnico GT/GD N°83/2016, obrante en el Expediente ENARGAS N° 27137.

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que la presente Resolución se dicta de conformidad a las facultadesotorgadas por los Artículos 52 inciso b), y 86 de la Ley N° 24.076, suDecreto Reglamentario N° 1738/92 y los Decretos N° 571/07, 1646/07,953/08, 2138/08, 616/09, 1874/09, 1038/10, 1688/10, 692/11, 262/12,946/12, 2686/12, 1524/13, 222/14, 2704/14, 1392/15, y 164/16.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Aprobar la Adenda N° 2 Año 2016 de la NAG-100 Año 1993“Normas Argentinas mínimas de seguridad para el transporte ydistribución de gas natural y otros gases por cañerías”, que como Anexoforma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Establecer que la Parte G y los Apéndices de la NAG-100contenidos en la Adenda 2 Año 2016 aprobada por el Artículo 1°,reemplazan íntegramente a la Parte G y los correspondientes Apéndicesde la NAG-100 Año 1993 que se hallaban vigentes hasta el día de lafecha.

ARTÍCULO 3° — Establecer que la Norma aprobada por el Artículo 1°tendrá vigencia a partir del día inmediato siguiente al de lapublicación de esta Resolución en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4° — Notificar a las Licenciatarias de Transporte y, por suintermedio, a todos los Representantes Técnicos de los UsuariosDirectos con by-pass físico conectados a los respectivos sistemas detransporte.

ARTÍCULO 5° — Notificar a las Licenciatarias de Distribución y, por suintermedio, a cada una de las Subdistribuidoras de su área dejurisdicción.

ARTÍCULO 6° — Publicar, dar a la Dirección Nacional del RegistroOficial, y archivar. — DAVID JOSÉ TEZANOS GONZÁLEZ, Interventor, EnteNacional Regulador del Gas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 04/05/2016 N° 28315/16 v. 04/05/2016

(Nota Infoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

Páginas externas

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