Resolución 89/2016

Solicitudes De Becas - Apruebase Lo Actuado

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Modernizacion
Solicitudes De Becas - Apruebase Lo Actuado

Apruebase lo actuado por el comite asesor y el comite evaluador encargado de seleccionar a los beneficiarios de la convocatoria para la presentacion de solicitudes de becas de curso corto de especializacion en ciencias del mar en el reino de españa (bec.ar - sepie 2016), en el marco del “programa bec.ar becas de formacion en el exterior en ciencia y tecnologia”.

Id norma: 261351 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33378

Fecha boletin: 13/05/2016 Fecha sancion: 11/05/2016 Numero de norma 89/2016

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 89/2016

Bs. As., 11/05/2016

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0001194/2016 del Registro de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Contrato de Préstamo N°3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología” de fecha 29 demarzo de 2014, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N°237 de fecha 17 de mayo de 2012 y su modificatoria, Decreto N° 13 defecha 10 de diciembre de 2015 y Decreto N° 151 de fecha 17 de diciembrede 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la REPÚBLICA ARGENTINA suscribió con el BANCO INTERAMERICANO DEDESARROLLO el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas enCiencia y Tecnología”, Proyecto BID N° AR-L1156” cuyo objeto escontribuir al aumento de la productividad de la economía a través delmejoramiento de la oferta del capital humano avanzado en áreascientíficas y tecnológicas.

Que en dicho préstamo, el Componente 1 “Becas para maestrías en cienciay tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logísticopara que un estimado de CUATROCIENTOS SESENTA (460) profesionalesargentinos realicen programas de maestrías en universidadesprestigiosas de países con los cuales el Organismo Ejecutor hayacelebrado Convenios Bilaterales de Colaboración; y el Componente 2“Becas para estancias cortas de formación en ciencia y tecnología”tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que unestimado de TRESCIENTOS NOVENTA (390) profesionales y técnicosargentinos empleados en empresas e Instituciones científicas ytecnológicas desarrollen instancias de instrucción de corta duración yalta especialización en el exterior.

Que la ejecución del mencionado Componente 2, de conformidad con elpunto 4.01 del Anexo Único del Contrato de Préstamo referido, estará acargo de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la exSECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS la cual, con financiamiento del Programa,constituirá una Unidad Ejecutora especializada para llevar adelante latarea de selección y seguimiento de becarios, evaluación de resultadosy gestión financiera y de adquisiciones.

Que la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237 defecha 17 de mayo de 2012 y su modificatoria crea el “PROGRAMA BEC.ARBECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA” a ejecutarseen la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de laentonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, asimismo, por la citada resolución se crea la UNIDAD EJECUTORA DELPROGRAMA BEC.AR, facultando al señor Subsecretario de Gestión y EmpleoPúblico de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓNADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en su carácterde titular de la misma a conformar los Comités Asesores y/o ComitésEvaluadores Ad-Hoc, según corresponda, a ser integrados porrepresentantes del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓNPRODUCTIVA, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de institucionesde reconocido prestigio.

Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 semodificó la Ley de Ministerios y sus modificatorias, creándose, entreotros, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que mediante el Decreto N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015 setransfirió la SECRETARÍA DE GABINETE y sus unidades organizativasdependientes desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ala órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) otorgó la no objeciónal llamado a Convocatoria y a las Bases y Condiciones de la misma, enel marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DECIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

Que el Comité Asesor llevó a cabo la preselección de las solicitudespresentadas según dan cuenta las Actas de fechas 3, 7, 14 y 15 de marzode 2016.

Que, asimismo, el Comité Evaluador, con los antecedentes que seacompañan de la presente Convocatoria, procedió a realizar laevaluación final con fecha 16 de marzo de 2016 y, asimismo, seleccionóa CINCO (5) beneficiarios y DOS (2) suplentes conforme a losprocedimientos establecidos en las Bases del llamado a la Convocatoriapara la presentación de solicitudes de Becas de Curso Corto deEspecialización en Ciencias del Mar en el Reino de España (BEC.AR -SEPIE 2016).

Que fue solicitada la No Objeción al proceso de selección, llevadoadelante por los Comités Asesor y Evaluador, al BANCO INTERAMERICANO DEDESARROLLO (BID).

Que corresponde adjudicar el beneficio a las personas seleccionadas en el Anexo I, en el marco de la referida Convocatoria.

Que en el caso de que alguno de los seleccionados renuncie, se veaimposibilitado o surja alguna incompatibilidad en el marco de laConvocatoria, corresponde otorgar la beca en base al Orden de Mérito alos suplentes que, como Anexo II, forma parte integrante de la presentemedida.

Que la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR ha verificado la existenciade créditos presupuestarios suficientes para hacer frente a laserogaciones que demande el dictado de la presente medida.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dela SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DEMODERNIZACION.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidaspor la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase lo actuado por el Comité Asesor y el ComitéEvaluador encargado de seleccionar a los beneficiarios de laConvocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de CursoCorto de Especialización en Ciencias del Mar en el Reino de España(BEC.AR - SEPIE 2016), en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DEFORMACIÓN EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

ARTÍCULO 2° — Apruébase la nómina de seleccionados y suplentes en elmarco de la Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becasde Curso Corto de Especialización en Ciencias del Mar en el Reino deEspaña (BEC.AR SEPIE 2016) que, como Anexos I y II, forman parteintegrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Adjudícanse las Becas de Curso Corto de Especializaciónen Ciencias del Mar en el Reino de España (BEC.AR - SEPIE 2016) a laspersonas consignadas en el Anexo I que forma parte integrante de lapresente medida.

ARTÍCULO 4° — Apruébase el modelo de Contrato que efectivizará elbeneficio de las becas a las personas, que como Anexo III, forma parteintegrante de la presente medida y delégase en la Directora delPROGRAMA BEC.AR la firma de los mismos.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — ANDRÉS IBARRA, Ministro deModernización.

ANEXO I

Nómina de seleccionados- Convocatoria BEC.AR- SEPIE 2016

BECARIOS SELECCIONADOS

Orden de méritoApellidoNombreDNIProvincia

1FERNÁNDEZCarolina26.686.722BUENOS AIRES

2GÓNGORAMaría Eva23.992.944CHUBUT

3BLASINAGabriela Elizabeth28.608.124BUENOS AIRES

4ASIKIANVanesa Ana26.294.009CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

5MAZZINIMariana30.926.621CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

ANEXO II

Nómina de suplentes Convocatoria BEC.AR- SEPIE 2016

BECARIOS SUPLENTES

Orden de méritoAPELLIDONOMBREDNIPROVINCIA

1RIESTRACecilia Micaela30.395.642BUENOS AIRES

2MOYANOJessica Silvina32.485.566BUENOS AIRES

ANEXO III

CURSO DE ESTANCIAS CORTA DE ESPECIALIZACIÓN EN CIENCIAS DEL MAR

CONTRATO DE ADHESIÓN DEL BENEFICIARIO

En la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a los ....... días del mes de....... de 201 ......., la señora Directora del Programa Bec.Ar,Magister Marta Patricia Leone, con domicilio en Esmeralda N° 130, piso14°, en adelante la “Unidad Ejecutora” por una parte, y__________________ __________________ (DNI ___________), con domicilioen __________________, en adelante el “Becario”, por la otra parte,convienen celebrar el presente CONTRATO DE ADHESIÓN A LA BECA, el cualse regirá bajo las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA - ALCANCE. Este contrato regulará el vínculo entre laUnidad Ejecutora y el Becario en el marco del Programa de Becas deEstancias Cortas de Especialización en Ciencias del Mar en laUNIVERSIDAD DE CADIZ CEIMAR/EIDEMAR bajo las condiciones que seestablecen en dicho contrato y en las Bases y Condicionescorrespondientes a la Convocatoria precedentemente mencionada.

El becario ha sido seleccionado como beneficiario de una beca deEstancias Cortas de Especialización en Ciencias del Mar para larealización del Curso XXXXXXXXXXXXXX dictado por la Universidad deCadiz Ceimar/Eidemar, a llevarse a cabo en la ciudad de XXXX en elReino de España, por el plazo de XXXXXXX (XXXX) días /mesesimprorrogables, a partir del ....... de ....... de 201 ......., para elcual se le ha adjudicado el Beneficio.

CLÁUSULA SEGUNDA - OBLIGACIONES DEL PROGRAMA BEC.AR. La Unidad Ejecutora se compromete a financiar:

- Los gastos de traslados desde el lugar de origen del becario hasta laCiudad de XXXXXXX para la realización de la beca, y el retorno, porúnica vez. Se deja constancia que la Unidad Ejecutora no financiará losgastos correspondientes al exceso de equipaje y/o exceso de dimensionesde equipaje y/o ningún costo adicional de la compañía aérea y/oterrestres mediante la cual se realice el traslado, quedando los mismosa cargo del becario.

- El costo del dictado del curso del becario durante el plazo deduración de la beca. Deberá tratarse de costos correspondientesexclusivamente al currículo académico de la beca de Estancias Cortas deEspecialización en Ciencias del Mar en el Universidad de CadizCeimar/Eidemar que le ha sido adjudicada al becario.

- El costo de manutención mensual por el plazo de duración de la becapor la suma de EUROS XXXXXXXXXXXXXXXXXXX (€ XXXXXXXXX). Dicho monto seentrega en el presente acto y el becario presta conformidad.

-Un seguro de salud (servicio de asistencia al viajero) durante elperíodo de la beca y por hechos que ocurran en el territorio del paísdonde cursa la beca que le ha sido adjudicada. Se deja constancia queel seguro de salud, que fuera financiado por la Unidad Ejecutora, seráel plan de seguro médico básico ofrecido por (empresa contratada porBec.ar mediante concurso público, o seguro de salud dispuesto por lainstitución intermedia), quedando exenta esta Unidad de todo tipo deresponsabilidad civil, penal, comercial, entre otras, por cualquiercircunstancia o gastos pecuniarios que el becario debiera desembolsarque exceda la cobertura otorgada por el seguro médico referenciado elcual el becario declara conocer y aceptar sus términos y condiciones enel presente acto. En el caso de que el beneficiario quisiera contratarun Seguro de Salud distinto al propuesto, será el propio beneficiarioquien deba solventar los gastos para cubrir dicho seguro, presentandola documentación que acredite ello, siendo responsable exclusivamenteel beneficiario por cualquier circunstancia y/o gastos pecuniarios quedebiera hacer con motivo de dicho Seguro de Salud.

- Los costos administrativos correspondientes a la gestión administrativa de la UNIVERSIDAD DE CADIZ CEIMAR/EIDEMAR.

- Los costos consulares de las homologaciones de las visas que ocurrieren en el REINO DE ESPAÑA.

- Todos los beneficios antes establecidos están destinados únicamenteal Becario. La Unidad Ejecutora del Programa BEC.AR no asume ningunaotra obligación ni pagará gasto alguno que no se encuentre contempladoen el presente.

CLÁUSULA TERCERA - OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DEL BECARIO: El becario queda obligado mediante el presente y se compromete a:

-Presentarse en el lugar, fecha y horarios del vuelo indicados por laUnidad Ejecutora del Programa Bec.ar para la realización de su viaje,con la documentación personal obligatoria correspondiente. En el casode no cumplir con dichas pautas, el Becario será el responsable degestionar y pagar un nuevo pasaje, debiendo abonar la multacorrespondiente a la aerolínea.

-Dedicarse en forma exclusiva, durante el período de duración de subeca, a las tareas incluidas en el programa académico de la Beca yabstenerse de intervenir en cualquier actividad no compatible con elmismo.

-Realizar la apertura de una Cuenta Bancaria donde se le transfieranlos fondos necesarios destinados a la manutención para abonar losgastos que correspondan. La misma deberá ser cerrada una vez finalizadoel Beneficio, libre de cualquier tipo de deuda, quedando exentos deresponsabilidad el Programa Bec.ar y/o (la institución intermedia encaso de existir) de cualquier tipo de deuda adquirida a dicha CuentaBancaria.

-El becario deberá informar al consulado Argentino en el lugar dedestino su domicilio y un número de contacto por cualquier eventualidad

-Cumplir con el régimen académico de la beca y aprobar la totalidad delas asignaturas y/o materias y/o cursos y tesis final durante el plazoindicado en la CLÁUSULA PRIMERA.

-Cumplir con los requisitos académicos y administrativos queestablezcan la Universidad o Institución receptora durante el plazo deduración de su beca.

El becario deberá informar su domicilio y un teléfono de contacto alConsulado Argentino en el lugar de destino por cualquier emergencia

Dar oportuno cumplimiento a todo requerimiento que le realice elPrograma Bec.ar incluyendo, las encuestas y cuestionarios; así comoconcurrir a toda citación o reunión a la que sea convocado durante lavigencia de la Beca.

-Residir en la ciudad de cursada de la Beca por el tiempo que dure elprograma. En el caso de que el beneficiario realizare cualquier tipo dedesplazamiento fuera del lugar de cursado del Programa o de suresidencia, esta Unidad Ejecutora queda exenta de cualquier tipo deresponsabilidad que por cualquier hecho o circunstancia pudieraacaecer, tanto al beneficiario y/o terceros como consecuencia de susactos, siendo responsable de cualquier tipo de circunstancias quepudiera derivar de su actuar. A tal fin, el beneficiario se comprometea informar a esta Unidad Ejecutora en el plazo de DIEZ (10) días, desdesu arribo al lugar donde cursará la Beca, el domicilio donde residirádurante el período de duración de la misma, debiendo comunicarinmediatamente en caso de producirse un cambio de domicilio. En el casode que, con motivo del desplazamiento ut supra mencionado o bien porcualquier hecho durante el período de cursada de la beca, elbeneficiario generare cualquier tipo de inconveniente o circunstanciaque comprometa el buen nombre o patrimonio del Estado Argentino, laUnidad Ejecutora evaluará el caso y podrá rescindir el presentecontrato en los términos indicados en la CLÁUSULA SÉPTIMA y SÉPTIMASEGUNDA del presente Contrato. La Unidad Ejecutora no se responsabilizapor conflictos legales, hecho s o circunstancias acaecidas por casofortuito o fuerza mayor o de cualquier otra índole, que pudieranacaecer al Becario en el marco de su esfera privada durante su estadíaen ................... en el marco del programa de la Beca.

-Reinsertarse en el tejido socio-productivo argentino durante UN (1)año calendario posterior desde la finalización del período por el cualle ha sido otorgada la beca, es decir a partir del día posterior alretorno a la REPÚBLICA ARGENTINA. Se informa en el presente contrato, yel becario presta conformidad, que no se podrá extender su estadíaluego de la finalización de la beca.

-Se informa en el presente contrato, y el becario toma conocimiento ypresta conformidad, que no se permite la realización de programas deTraining Laboral (E-Training), pasantías, o cualquier otra ofertaformativa de características similares, que impliquen la estadía en elpaís residente luego de la finalización inmediata de la beca.

-En caso de incumplimiento de alguno de los ítems de la presentecláusula y si el beneficiario no retornara al país conforme se explicaen el párrafo precedente, deberá reintegrar el total de las sumaspercibidas del beneficio. Las mismas deberán ser depositadas en lamoneda en la cual se le hizo el desembolso, a la cuenta bancaria queoportunamente se le indique y dentro del plazo de DIEZ (10) díascorridos.

El becario, una vez concluida su beca, se compromete a:

• Presentar un informe final donde se reflejen las actividadesproductivas, de investigación y de transferencia tecnológica realizadasdurante la beca.

• Completar los formularios estadísticos que se le requieran, de acuerdo a los lineamientos que establezca el Programa BEC.AR.

• Acreditar su permanencia en el país cada SEIS (6) meses durante elaño calendario posterior a su regreso mediante certificacioneslaborales o certificados de domicilio emitidos por la POLICIA FEDERALARGENTINA de acuerdo a lo que oportunamente establezca la UnidadEjecutora.

El beneficiario no podrá en lo sucesivo percibir otra beca del Programa BEC.AR.

CLÁUSULA CUARTA - PAGOS. Para cumplir con lo estipulado en la cláusulaSEGUNDA, la Unidad Ejecutora otorgará al Beneficiario el monto de hastaPESOS ..................... ($.................), de acuerdo al tipo decambio vigente al momento de la transacción, para solventar los gastoselegibles detallados en el Anexo del presente Contrato y de acuerdo aldetalle del mismo.

El Beneficiario deberá utilizar los recursos para solventar los Gastosdetallados en la CLÁUSULA PRIMERA del presente contrato y de acuerdo aldetalle del mismo.

CLÁUSULA QUINTA - ADMINISTRACIÓN DEL BENEFICIO. El Beneficiarioautoriza a que la Unidad Ejecutora realice los pagos a su nombrecorrespondientes a los Ítems indicados en la CLÁUSULA SEGUNDA.

El monto correspondiente a la manutención mensual será entregado alBeneficiario por intermedio de ................. a la cuenta quedeclare dicha Institución a tales efectos.

Sin perjuicio de ello, se deja constancia, y el becario prestaconformidad, que se hace entrega de un adelanto de manutención en elpresente acto, correspondiente a los ....... meses de manutenciónmensual.

CLÁUSULA SEXTA- DURACIÓN. El Beneficio se otorga por un plazo máximo de XXXXXXXXXXXX (XXXXXX) días/meses no renovables.

CLÁUSULA SEPTIMA-RESCISIÓN DEL BENEFICIO. RESCISIÓN UNILATERAL DELBENEFICIO. Serán causales de rescisión unilateral del beneficio porparte de la Unidad Ejecutora:

• El incumplimiento por parte del becario de alguna de las obligaciones plasmadas en la CLAUSULA TERCERA.

• Si no se recibieran o aprobaren los informes de avance del Becario.

• Si se comprobaran falsedades en la información o documentación proporcionada por el Becario.

• Si el becario no aplicase los recursos otorgados estrictamente a su objeto específico.

• Cualquier notificación de ........................... a la UnidadEjecutora que así lo indique. (solo si hay institución intermediaria)

• El cambio de programa académico por parte del becario sin autorización del Programa BEC.AR.

• Si el becario no aplicase los recursos otorgados estrictamente a su objeto específico.

• Cuando se presentare una situación que comprometa el buen nombre o patrimonio del Estado argentino, aún de modo potencial.

El becario podrá solicitar la rescisión del presente contrato a laUnidad Ejecutora, debiendo informar motivos o circunstancias de ladecisión, brindando los fundamentos adecuados que lo llevaron a tomarla decisión de rescindir el contrato. Sin perjuicio de ello, la UnidadEjecutora podrá solicitar información adicional al beneficiario a finde evaluar la resolución respecto al reintegro total o parcial de lassumas otorgadas por el beneficio.

Tanto en el caso de rescisión unilateral por parte de la UnidadEjecutora como por rescisión unilateral del beneficiario, la UnidadEjecutora quedará liberada de la obligación de realizar los desembolsospendientes para la ejecución del programa y el becario deberáreintegrar de inmediato las sumas percibidas del beneficio de formatotal o parcial según lo establezca la Unidad Ejecutora según laspautas establecidas en la CLÁUSULA SÉPTIMA SEGUNDA del presenteContrato, reservándose la Unidad Ejecutora el derecho de accionarlegalmente contra los responsables.

El Programa se reserva la potestad de inhabilitar al becario en lo sucesivo para percibir otra beca del Programa BEC.AR.

CLÁUSULA SÉPTIMA PRIMERA -RESCISIÓN POR ACUERDO DE PARTES. En casosexcepcionales, a solicitud de la Unidad Ejecutora o del Beneficiario,las partes podrán de común acuerdo rescindir el contrato de beneficio,siendo objeto de prueba los motivos y la fundamentación brindadas porlas partes. A tales efectos, formarán parte del contrato de rescisiónun informe técnico de conclusión del programa en el que se evalúen losresultados en relación con los objetivos previstos y un estado deerogaciones efectuadas con copia de la documentación justificativa,ambos presentados por el Beneficiario, complementados a su vez por unaevaluación final técnica de la Unidad Ejecutora.

La rescisión de común acuerdo liberará a la Unidad Ejecutora de laobligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución delprograma. El Beneficiario únicamente deberá reintegrar de inmediato lassumas percibidas del beneficio aún no comprometidas a la fecha derescisión.

Con respecto a las sumas efectivamente percibidas por el beneficio, laUnidad Ejecutora evaluará los motivos de rescisión del contrato ydeterminará si deben devolverse dichas sumas en forma total o parcial yla forma de devolución.

CLÁUSULA SÉPTIMA SEGUNDA - REINTEGRO DEL BENEFICIO. En el caso que laUnidad Ejecutora resuelva que el beneficiario deba reintegrar total oparcialmente las sumas percibidas del beneficio, las mismas deberán serdepositadas en la moneda en la cual se le hizo el desembolso, a lacuenta bancaria que oportunamente se le indique y dentro del plazo deDIEZ (10) días corridos a partir de la rescisión.

Se deja constancia que en el caso de que el beneficiario no cumpla conlas condiciones de reintegro de las sumas ut supra indicadas, la UnidadEjecutora hace reserva del derecho de accionar legalmente contra elresponsable, sirviendo el presente como título ejecutivo por el importeque surja de la liquidación que determine la Unidad Ejecutoriaoportunamente.

CLÁUSULA OCTAVA - DOMICILIO DE NOTIFICACIÓN - EMAILS. Lasnotificaciones serán válidas en los domicilios constituidos en elencabezado del presente. Asimismo serán válidas las notificacionesrealizadas, vía correo electrónico por parte del Programa Becar desdela dirección becar@modernizacion.gob.ar y el Becario declara el correoelectrónico ........................................ para recibir lasnotificaciones oficiales del Programa BEC.AR.

CLÁUSULA NOVENA - RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. El Beneficiario y laUnidad Ejecutora harán todo lo posible por resolver en forma amistosa,mediante negociaciones directas o informales, los desacuerdos ydiscrepancias que surjan entre ellos, en relación con el presenteContrato. En caso de que los desacuerdos o discrepancias no puedan serresueltos amigablemente, para todos los asuntos emergentes del presenteContrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales enlo Contenciosos Administrativos Federal de la Capital Federal, conrenuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudieracorresponderles, constituyendo domicilios especiales en elencabezamiento de la presente.

En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación de todos sustérminos, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un soloefecto, en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a los ....... días de....... de 201.......

ANEXO A

Contrato de Adhesión del Beneficiario

Gastos ElegiblesDetalle PesosDetalle Euros

1. Costo del curso


2. Manutención


3. Costos administrativos/ consulares de homologaciones de visas


4. Traslado Internacional


5. Seguro de salud


Total***

* TC vendedor BNA....../....../2016 €......

** Valor sujeto a modificación de acuerdo al tipo de cambio oficial, vigente al momento de la transacción

e. 13/05/2016 N° 32139/16 v. 13/05/2016

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