Disposición 48/1979

Puerto De Buenos Aires - Establecense Condiciones Para Importadores Y Exportadores

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Capitania General De Puertos
Puerto De Buenos Aires - Establecense Condiciones Para Importadores Y Exportadores

A partir de los embarques que se efectuan desde el dia 24 de noviembre de 1979, en buques zarpando con destino al puerto de buenos aires, para el retiro de las mercaderias, el importador o consignatario debera presentar juntamente con la conformiad de pago de flete, la referente al pago de los gastos que se hubieran ocasionado por el movimiento de las mercaderias a partir del gancho al costado del buque o a partir del hangar de transito o lancha en caso de haber sido utilizada.

Id norma: 261469 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 24318

Fecha boletin: 20/12/1979 Fecha sancion: 06/12/1979 Numero de norma 48/1979

Organismo (s)

Organismo origen: Capitania General De Puertos Ver Disposiciones Observaciones: ABROGADA POR EL ARTICULO 24° DEL DECRETO 817/1992, B.O. 28/05/1992, PAGINA 5. VIGENCIA: A PARTIR DEL DIA DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL.

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