Disposición 244/2016

Federacion De Trabajadores De La Industria Del Gas Natural De La Republica Argentina - Otros

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Federacion De Trabajadores De La Industria Del Gas Natural De La Republica Argentina - Otros

Fijase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, segun los terminos del articulo 245 de la ley de contrato de trabajo n° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el articulo 2° de la resolucion de la secretaria de trabajo n° 1765 del 28 de octubre de 2015 y registrado bajo el n° 1541/15 suscripto entre la federacion de trabajadores de la industria del gas natural de la republica argentina, el sindicato de trabajadores de la industria del gas de las provincias de salta y jujuy, el sindicato del personal de gas del estado de santiago del estero, el sindicato de trabajadores de la industria del gas capital y gran buenos aires y la empresa transportadora de gas del norte sociedad anonima.

Id norma: 261568 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33382

Fecha boletin: 19/05/2016 Fecha sancion: 14/04/2016 Numero de norma 244/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Regulaciones Del Trabajo Ver Disposiciones Observaciones: LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 1765/2015 DE LA SECRETARIA DE TRABAJO Y DISPOSICION 23/2016 DE LA DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 244/2016

Bs. As., 14/04/2016

VISTO el Expediente N° 1.671.791/15 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), laLey N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de laSECRETARÍA DE TRABAJO N° 1765 del 28 de octubre de 2015 y laDisposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 23del 12 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.682.281/15 agregado como foja 20 alExpediente N° 1.671.791/15 obra el acuerdo suscripto entre laFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LAREPÚBLICA ARGENTINA, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DELGAS DE LAS PROVINCIAS DE SALTA Y JUJUY, el SINDICATO DEL PERSONAL DEGAS DEL ESTADO DE SANTIAGO DEL ESTERO, el SINDICATO DE TRABAJADORES DELA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES y la empresaTRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco delConvenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 700/05 “E”, conforme lodispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho acuerdo fue homologado por el artículo 1° de la ResoluciónSECRETARIA DE TRABAJO N° 1765/15 y registrado bajo el N° 1540/15,conforme surge de fojas 46/49 y 52, respectivamente.

Que a fojas 4 del Expediente N° 1.682.281/15 agregado como foja 20 alExpediente N° 1.671.791/15 obra el acuerdo suscripto entre laFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LAREPÚBLICA ARGENTINA, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DELGAS DE LAS PROVINCIAS DE SALTA Y JUJUY, el SINDICATO DEL PERSONAL DEGAS DEL ESTADO DE SANTIAGO DEL ESTERO, el SINDICATO DE TRABAJADORES DELA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES y la empresaTRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco delConvenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 700/05 “E”, conforme lodispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho acuerdo fue homologado por el artículo 2° de la ResoluciónSECRETARIA DE TRABAJO N° 1765/15 y registrado bajo el N° 1541/15,conforme surge de fojas 46/49 y 52, respectivamente.

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulacionesdel Trabajo N° 23 del 12 de febrero de 2016, cuya copia fiel obra afojas 68/72, se emplazó a las partes para que presenten las escalassalariales, correspondientes a los Acuerdos N° 1540/15 y N° 1541/15.

Que en respuesta a ello, a fojas 1/4 del Expediente N° 1.711.877/16,agregado a fojas 85 del principal, obra presentación de la parteempleadora, mediante la cual se cumplimenta lo requerido.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976)y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de lasremuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorioresultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de lasremuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexosconsiderados.

Que a fojas 88/103, obra el informe técnico elaborado por la Direcciónde Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional deRegulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y seexplicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensualde remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorioresultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual seremite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidaspor el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato deTrabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las DecisionesAdministrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° demarzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES A CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cualsurge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de laLey de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de laResolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1765 del 28 de octubre de2015 y registrado bajo el N° 1541/15 suscripto entre la FEDERACIÓN DETRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA,el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS DE LAS PROVINCIASDE SALTA Y JUJUY, el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO DESANTIAGO DEL ESTERO, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DELGAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES y la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DELNORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme al detalle que, como ANEXO I, formaparte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cualsurge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de laLey de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1° de laResolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1765 del 28 de octubre de2015 y registrado bajo el N° 1540/15 suscripto entre la FEDERACIÓN DETRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA,el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS DE LAS PROVINCIASDE SALTA Y JUJUY, el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO DESANTIAGO DEL ESTERO, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DELGAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES y la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DELNORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme al detalle que, como ANEXO II, formaparte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3° — Regístrese la presente Disposición por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la DirecciónNacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importepromedio de las remuneraciones fijado por este acto y del topeindemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para lanotificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a laguarda del presente legajo.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E. y S.S.

ANEXO I

Expediente N° 1.671.791/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIAPROMEDIO DE LAS REMUNERACIONESTOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE

FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS DE LAS PROVINCIAS DE SALTA Y JUJUY, el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO DE SANTIAGO DEL ESTERO y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES.C/TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA













Acuerdo 1541/15

CCT N° 700/05 “E”





General

01/04/2015$ 15.617,70$ 46.853,10

Zona Planta 1

01/04/2015$ 19.089,99$ 57.269,97

Zona Planta 2

01/04/2015$ 18.241,23$ 54.723,69

Zona Planta 3

01/04/2015$ 20.233,20$ 60.699,60



ANEXO II

Expediente N° 1.671.791/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIAPROMEDIO DE LAS REMUNERACIONESTOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE

FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS DE LAS PROVINCIAS DE SALTA Y JUJUY, el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO DE SANTIAGO DEL ESTERO y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES.

C/

TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA Acuerdo 1540/15

CCT N° 700/05 “E”





General

01/07/2015

01/09/2015$ 16.676,36

$ 16.927,83$ 50.029,08

$ 50.783,49

Zona Planta 1

01/07/2015

01/09/2015$ 20.384,06

$ 20.691.43$ 61.152,18

$ 62.074,29

Zona Planta 2

01/07/2015

01/09/2015$ 19.477,76

$ 19.771,47$ 58.433,28

$ 59.314,41

Zona Planta 3

01/07/2015

01/09/2015$ 21.604,76

$ 21.930,54$ 64.814,28

$ 65.791,62



Expediente N° 1.671.791/15

Buenos Aires, 18 de abril de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 244/16 se hatomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente dereferencia, quedando registrado con el número 226/16 T. — Lic.ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

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