Resolución 479/2016

Formularios “Lista De Pasajeros” - Establecese

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision Nacional De Regulacion Del Transporte
Formularios “Lista De Pasajeros” - Establecese

Establecese que los formularios “lista de pasajeros”, exigidos por la normativa segun lo explicitado en los considerandos de la presente resolucion, tendran un costo de pesos treinta ($ 30,00.-) y pesos cuarenta y dos ($ 42,00.-) segun sea para cincuenta y dos (52) o setenta (70) pasajeros, respectivamente, los que deberan ser abonados mediante boleta electronica por medio de los canales habilitados por la comision nacional de regulacion del transporte, organismo descentralizado del ministerio de transporte.

Id norma: 261806 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33386

Fecha boletin: 26/05/2016 Fecha sancion: 19/05/2016 Numero de norma 479/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Nacional De Regulacion Del Transporte Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Resolución 479/2016

Bs. As., 19/05/2016

VISTO el Expediente N° S02:0054644/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 16 del Decreto N° 958 de fecha 16 de junio de 1992establece que en los servicios para el turismo deben transportarseexclusivamente pasajeros destinados a realizar la programaciónturística, no pudiendo trasladarse personas que no figuren en ellistado u hoja de ruta confeccionado previamente.

Que mediante la Resolución N° 367 de fecha 26 de setiembre de 1994 dela ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA YOBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se institucionaliza dicha lista a los finesde un adecuado control acerca de la naturaleza de los servicios deturismo, otorgándole el carácter de declaración jurada y disponiendoque sea provista por la entonces COMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTEAUTOMOTOR.

Que asimismo el inciso a) del artículo 30 del Decreto N° 656 de fecha29 de abril de 1994 dispuso, respecto de los servicios urbanosespeciales (charters) comprendidos en la modalidad de oferta libre,idéntica obligación de mantener la nómina de pasajeros.

Que la Resolución N° 54 de fecha 13 de febrero de 1995 de la exSECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS YSERVICIOS PÚBLICOS dispuso que la entonces COMISIÓN NACIONAL DETRANSPORTE AUTOMOTOR provea dichos formularios, previo pago del montoen concepto de costo administrativo.

Que desde entonces y habiendo sido integrada dicha COMISIÓN NACIONAL DETRANSPORTE AUTOMOTOR en esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DELTRANSPORTE, organismo descentralizado del MINISTERIO DE TRANSPORTE,conforme lo estatuido por el Decreto N° 1388 de fecha 29 de noviembrede 1996 y su modificatorio N° 1661 de fecha 12 de agosto de 2015, seperciben aranceles administrativos por tal concepto.

Que sin perjuicio de ello, cabe señalarse al respecto que en el marcodel “Convenio de Asistencia Técnica” oportunamente suscripto entre laFACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES y laCOMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR con fecha 2 de octubre de1995, se creó un grupo de servicios denominado “CENTRO DE ASISTENCIA DELAS CIENCIAS ECONÓMICAS AL TRANSPORTE TERRESTRE” (CACETT), el cual sesolventaba entre otros recursos con los aranceles provenientes de laslistas de pasajeros.

Que posteriormente y como consecuencia de observaciones realizadas adicho Convenio por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, medianteInforme N° 286 del año 2009, la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOSHUMANOS de esta COMISIÓN NACIONAL implementó las acciones tendientes ala regularización de las mismas y se direccionaron los montos hastaentonces percibidos por “CENTRO DE ASISTENCIA DE LAS CIENCIASECONÓMICAS AL TRANSPORTE TERRESTRE” (CACETT), hacia las cuentas de esteOrganismo.

Que en esta instancia resulta necesario actualizar los valorescorrespondientes al formulario “Listado de Pasajeros”, cuyo valordifiere según sirva para CINCUENTA Y DOS (52) o SETENTA (70)individuos, con el objeto que dichos importes logren cubrir los gastosque a esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE le infieresolventar su confección y posterior venta a través de medioselectrónicos, conforme los acuerdos firmados con BAPRO PAGOS y el BANCODE LA NACIÓN ARGENTINA.

Que la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS elaboró el informeque da cuenta de la sustentabilidad de la presente medida, en funciónde los parámetros de actualización utilizados a tales efectos.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS de la COMISIÓN NACIONAL DEREGULACIÓN DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidaspor el Estatuto de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE,aprobado por Decreto N° 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996,modificado por su similar N° 1661 de fecha 12 de agosto de 2015 y elDecreto N° 118 de fecha 12 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establécese que los formularios “Lista de Pasajeros”,exigidos por la normativa según lo explicitado en los considerandos dela presente Resolución, tendrán un costo de PESOS TREINTA ($ 30,00.-) yPESOS CUARENTA Y DOS ($ 42,00.-) según sea para CINCUENTA Y DOS (52) oSETENTA (70) pasajeros, respectivamente, los que deberán ser abonadosmediante boleta electrónica por medio de los canales habilitados por laCOMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismodescentralizado del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Ing. ROBERTO DOMECQ, DirectorEjecutivo, Comisión Nacional de Regulación del Transporte.

e. 26/05/2016 N° 35017/16 v. 26/05/2016

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