Disposición 23/2016

Nuevo Arancel - Fijese

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Fuerza Aerea Argentina
Nuevo Arancel - Fijese

Fijese, ad referendum del señor jefe del estado mayor general de la fuerza aerea, el nuevo arancel para los examenes psicofisiologicos que realiza el instituto nacional de medicina aeronautica y espacial, que regiran en el ambito de la aviacion civil, con un valor unificado de pesos mil trescientos con 00/100 ($ 1.300,00.-).

Id norma: 261864 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33387

Fecha boletin: 27/05/2016 Fecha sancion: 26/04/2016 Numero de norma 23/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Fuerza Aerea Argentina Ver Disposiciones Observaciones: ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON UNO DE SUS ANTECEDENTES - RESOLUCION 222/1971 DEL COMANDANTE EN JEFE DE LAS FUERZAS ARMADAS - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

FUERZA AÉREA ARGENTINA

SUBJEFATURA E.M.G.F.A.A.

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD

Disposición 23/2016

Bs. As., 26/04/2016

ESTABLECER EL NUEVO ARANCEL PARA LOS EXAMENES PSICOFISICOS QUE REALIZA EL INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA AERONAUTICA Y ESPACIAL

VISTO, las actuaciones labradas bajo el expediente N° 2.916.728 (FAA)iniciado por el Director del Instituto Nacional de Medicina Aeronáuticay Espacial, y

CONSIDERANDO:

Que del análisis de costos y complejidad, según las distintas licenciasy certificados de competencia, de los exámenes psicofisiológicosrealizados por el Instituto Nacional de Medicina Aeronáutica yEspacial, al personal que cumple funciones aeronáuticas a bordo deaeronaves, así como los que desempeñan tareas de apoyo en superficie(artículos 76 y 77 del Código Aeronáutico), resulta necesario modificarlos aranceles correspondientes a los mismos, determinando launificación de su valor, atento a realizarse a todo el personalidénticas evaluaciones.

Que dicha modificación se justifica en la necesidad de adecuar elarancel teniendo en cuenta, entre otros motivos, el aumento en el costode servicios generales, insumos médicos, elementos de usoadministrativo, como así el mantenimiento y renovación del equipamientomédico utilizado para las evaluaciones psicofísicas.

Que el cálculo del nuevo arancel (31.1%) fue realizado teniendo encuenta la variación del Índice de Precios al Consumidor de la Ciudad deBuenos Aires (IPCBA) desde enero de 2015 a enero de 2016.

Que el artículo 19, inciso 25 de la Ley 22.520 (Ley de Ministerios), yel decreto 92/96, que faculta al Ministerio de Defensa - Estado MayorGeneral de la Fuerza Aérea, para el dictado de los reglamentos delicencias, certificados de competencia y habilitaciones del PersonalAeronáutico, dan el marco legal para el dictado y publicación del actoadministrativo para el incremento arancelario.

Que conforme Resolución N° 222/71 del entonces Comandante en Jefe de laFuerza Aérea, la responsabilidad para la fijación del arancel deexámenes psicofisiológicos realizados en el Instituto Nacional deMedicina Aeronáutica y Espacial, fue delegada al Comandante de Personal.

Que conforme la reestructuración Orgánica de la Fuerza Aérea,implementada a partir del 01-ENE-2011, tales facultades oportunamentedelegadas al entonces Comandante de Personal, se encuentran actualmenteen el ámbito de competencia del suscripto.

Que siendo competente para el dictado del correspondiente ActoAdministrativo el Director General de Salud, ad referéndum del señorJefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, atento a laimportancia de la cuestión y la relevancia extra institucional de lamisma.

Por ello:

EL DIRECTOR GENERAL DE SALUD

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — FÍJESE, ad referéndum del señor Jefe del Estado MayorGeneral de la Fuerza Aérea, el nuevo arancel para los exámenespsicofisiológicos que realiza el Instituto Nacional de MedicinaAeronáutica y Espacial, que regirán en el ámbito de la aviación civil,con un valor unificado de PESOS MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($1.300,00.-).

ARTÍCULO 2° — FÍJESE el citado arancel, entrará en vigencia a partir delos 15 días hábiles de su publicación en Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3° — COMUNÍQUESE al Instituto Nacional de Medicina Aeronáuticay Espacial, para su conocimiento y demás consideraciones.

ARTÍCULO 4° — COMUNÍQUESE, publíquese, dese a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Brigadier “VGM” EDUARDO JAVIER DAGHERO,Director General de Salud.

e. 27/05/2016 N° 35483/16 v. 27/05/2016

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica