Disposición 325/2016

Asoc. De Sup. De La Ind. Metalmecanica De La Rep. Arg. - Empresa Toyota Argentina S.A.

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Asoc. De Sup. De La Ind. Metalmecanica De La Rep. Arg. - Empresa Toyota Argentina S.A.

Fijase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, segun los terminos del articulo 245 de la ley de contrato de trabajo n° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la resolucion de la subsecretaria de relaciones laborales n° 42 del 26 de enero de 2016, rectificada por su siimilar n° 191/16 y registrado bajo el n° 5/16 suscripto entre la asociacion de supervisores de la industria metalmecanica de la republica argentina, por el sector sindical, y la sociedad anonima, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como anexo, forma parte integrante de la presente.

Id norma: 262321 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33406

Fecha boletin: 27/06/2016 Fecha sancion: 07/06/2016 Numero de norma 325/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Regulaciones Del Trabajo Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 325/2016

Bs. As., 07/06/2016

VISTO el Expediente N° 1.673.851/15 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), laLey N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de laSUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 42 del 26 de enero de 2016 yN° 191 del 30 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 48 del Expediente N° 1.673.851/15 obran las escalassalariales pactadas entre la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIAMETALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y laempresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora,conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250(t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por laResolución Ss.R.L. N° 42/16 rectificada por su similar N° 191/16, yregistrado bajo el N° 45/16, conforme surge de fojas 73/75, 85/86 y 78,respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976)y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de lasremuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorioque se fija por la presente, se determinó triplicando el importepromedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y susrespectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 93/95, obra el informe técnico elaborado por la Direcciónde Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional deRegulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y seexplicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensualde remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorioresultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual seremite en orden a la brevedad.

Que sin perjuicio de los promedios que se fijan por la presente,resulta oportuno aclarar que mediante las Disposiciones de la DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo N° 176 del 21 de marzo de 2016 yN° 219 del 7 de abril de 2016 han sido fijados los importes promedio delas remuneraciones del cual surgen los respectivos topesindemnizatorios, con vigencias a partir del 1° de agosto de 2015 y 1°de noviembre de 2015, correspondientes a los Acuerdos N° 108/16 y N°72/16, celebrados entre las mismas partes de marras, homologados porlas Resoluciones de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 68 del3 de febrero de 2016 y N° 111 del 17 de febrero de 2016.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidaspor el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato deTrabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las DecisionesAdministrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° demarzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES A CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cualsurge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de laLey de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de laSUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 42 del 26 de enero de 2016,rectificada por su similar N° 191/16 y registrado bajo el N° 45/16suscripto entre la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIAMETALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y laempresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora,conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de lapresente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la DirecciónNacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importepromedio de las remuneraciones fijado por este acto y del topeindemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para lanotificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a laguarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E. y S.S.

ANEXO

Expediente N° 1.673.851/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIAPROMEDIO DE LAS REMUNERACIONESTOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE

ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINAC/TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMACCT N° 1317/13 “E”01/05/2015$ 28.051,84$ 84.155,52

Expediente N° 1.673.851/15

Buenos Aires, 13 de junio de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 325/16 se hatomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente dereferencia, quedando registrado con el número 305/16 T. — Lic.ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

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