Resolución 634/2016

Metodologia - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision Nacional De Regulacion Del Transporte
Metodologia - Aprobacion

Apruebase la metodologia para el control de gestion tecnico-operativa de los servicios ferroviarios de pasajeros regionales, de larga distancia y de carga

Id norma: 262334 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33407

Fecha boletin: 28/06/2016 Fecha sancion: 23/06/2016 Numero de norma 634/2016

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Resolución 634/2016

Bs. As., 23/06/2016

VISTO el Expediente N° S02:0056039/2016 del Registro del MINISTERIO DETRANSPORTE, la Ley N° 27.132, el Decreto N° 1.661 de fecha 12 de agostode 2015, la Resolución del ex - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Nº2.210 de fecha 7 de octubre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el sistema ferroviario nacional actual se encuentra operado yadministrado tanto por Concesionarios como por Empresas Estatales,quienes constituyen los operadores directos de los servicios y tienenla responsabilidad, en todo momento y lugar, sobre los niveles decalidad y de prestación de los servicios de pasajeros regionales, delarga distancia y de carga.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismodescentralizado del MINISTERIO DE TRANSPORTE, es el organismo decontrol y fiscalización de la actividad de estos Concesionarios yEmpresas Estatales Operadoras, ejerciendo en forma permanente unaccionar externo a los mismos, orientado a que la gestión empresarialtienda a la mejora en los niveles de prestación y de calidad que losusuarios de dichos servicios requieren.

Que la Ley N° 27.132 estableció una serie de principios que deben guiarla ejecución de la política ferroviaria, modificando los vectores queregían el sistema ferroviario nacional.

Que mediante el Decreto N° 1.661 de fecha 12 de agosto de 2015 sesustituyeron los Anexos I, II, III y IV del Decreto N° 1.388 de fecha29 de noviembre de 1996, a los fines de adaptar el Estatuto de laCOMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE a los cambios acaecidosen el sistema ferroviario nacional.

Que conforme el Estatuto aprobado por Decreto N° 1.661 de fecha 12 deagosto de 2015, la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTEdeberá controlar los servicios ferroviarios bajo su jurisdicción,prestados por concesionarios u operadores, a fin de que los mismos seanprovistos en condiciones de cantidad y calidad adecuadas y eficientes,atendiendo las quejas y reclamos de los usuarios.

Que conforme el citado decreto, corresponde a la GERENCIA DE CONTROL DEGESTIÓN FERROVIARIA fiscalizar a las empresas y operadores ferroviariosa los efectos de evaluar las condiciones de calidad y prestación delservicio al usuario.

Que a la luz de los alcances del Decreto N° 1.661 de fecha 12 de agostode 2015, se entiende que mediante el Control de GestiónTécnico-Operativa Ferroviaria se han de verificar el estado desituación y la evolución de los distintos servicios ferroviarios.

Que dicho control conlleva, entre otras, tareas de relevamientosmaestrales y de análisis de la gestión ex - post, en contraste conaquellas tareas que constituyen un control de gestión estrictamenteinterno que acompañan las decisiones diarias de la empresa, las cualesexceden a los alcances previstos por esta COMISIÓN NACIONAL DEREGULACIÓN DEL TRANSPORTE.

Que asimismo mediante Resolución del ex - MINISTERIO DEL INTERIOR YTRANSPORTE N° 2.210 de fecha 7 de octubre de 2015 se aprobó el Régimende Fiscalización y Control de Ferrocarriles Argentinos Sociedad delEstado y sus Sociedades Controladas, con el objeto de garantizar unservicio ferroviario más eficiente.

Que dicha resolución estableció que la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓNDEL TRANSPORTE elaborará anualmente un informe, con avancessemestrales, que contendrá un análisis circunstanciado de lasactuaciones labradas, de las sanciones impuestas y del desempeño de lassociedades inspeccionadas, a fin de ser puesto en conocimiento de laentonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex - MINISTERIO DEL INTERIOR YTRANSPORTE y de FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO, decorresponder.

Que las acciones de fiscalización y control llevadas a cabo por laGERENCIA DE CONTROL DE GESTIÓN FERROVIARIA se encuentran plasmadas enel Manual de Procedimientos —Versión 3— de la entonces GERENCIA DECONCESIONES FERROVIARIAS, aprobado por Resolución de la COMISIÓNNACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE N° 1.525 de fecha 19 deseptiembre de 2015.

Que atento a las competencias de control y fiscalización que surgen dela nueva normativa ferroviaria, corresponde llevar a cabo acciones decontrol que complementen a las plasmadas en dicho Manual deProcedimientos, todo ello a los fines de poder evaluar las condicionesde calidad y de prestación de los servicios ferroviarios brindados alusuario.

Que en tal sentido, la SUBGERENCIA DE CONCESIONES DE LARGA DISTANCIA dela GERENCIA DE CONTROL DE GESTIÓN FERROVIARIA de la COMISIÓN NACIONALDE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE ha elaborado una “Metodología para elControl de Gestión Técnico-Operativa de los Servicios Ferroviarios dePasajeros Regionales, de Larga Distancia y de Carga”, con sujeción a lanueva normativa ferroviaria y orientada al control de los serviciosferroviarios de pasajeros regionales, con exclusión de aquellos quetengan como origen y destino el Área Metropolitana de Buenos Aires, delos servicios ferroviarios de pasajeros de larga distancia y de losservicios ferroviarios de cargas, que se encuentren bajo jurisdicciónde la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.

Que ha tomado la intervención que le compete la GERENCIA DE CONTROL DE GESTIÓN FERROVIARIA y la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la presente resolución se dicta en virtud de las atribucionesemanadas del Decreto N° 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996,modificado por el Decreto N° 1661 de fecha 12 de agosto de 2015.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la Metodología para el Control de GestiónTécnico-Operativa de los Servicios Ferroviarios de PasajerosRegionales, de Larga Distancia y de Carga, que como Anexo y enDIECISIETE (17) fojas forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese a la GERENCIA DE CONTROL DE GESTIÓNFERROVIARIA, a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS y a laUNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, todas pertenecientes a la COMISIÓNNACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Ing. ROBERTO DOMECQ, DirectorEjecutivo, Comisión Nacional de Regulación del Transporte.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la sede central de laComisión Nacional de Regulación del Transporte —Secretaría General—,Maipú 88 —CABA— y en la página web del organismo: www.cnrt.gov.ar

e. 28/06/2016 N° 44197/16 v. 28/06/2016

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