Disposición 1883/2016

Funcion - Crease

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio Del Interior, Obras Publicas Y Vivienda
Funcion - Crease

Crease la funcion de supervisor regional de delegaciones en el ambito de la direccion de delegaciones de la direccion nacional de migraciones.

Id norma: 262415 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33394

Fecha boletin: 07/06/2016 Fecha sancion: 13/05/2016 Numero de norma 1883/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Migraciones Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIODEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 1883/2016

Bs. As., 13/05/2016

VISTO el Expediente N° S02:0005955/2016 del registro de la DIRECCIÓNNACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en elórbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, lodispuesto en la Ley N° 25.871, en el Decreto N° 616 del 3 de mayo de2010, en la Decisión Administrativa N° 250 del 25 de junio de 2008,modificada por su similar N° 1395 del 20 de diciembre de 2012, en laDisposición DNM N° 2788 del 20 de septiembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por las Decisiones Administrativas citadas en el Visto de lapresente, se aprobó la estructura organizativa de la DIRECCIÓN NACIONALDE MIGRACIONES.

Que es responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN DE DELEGACIONESentender en la coordinación de políticas, programas y acciones en lasDelegaciones del interior del país.

Que las acciones a desarrollar para su cumplimiento, comprenden lastareas de: entender en el asesoramiento, asistencia técnica y enlaceentre las distintas unidades de la Dirección Nacional y lasDelegaciones; supervisar la coordinación de las Delegaciones, susOficinas Migratorias y áreas de frontera en cada jurisdicción; entenderen el monitoreo de las acciones de verificación y control migratorioregional; intervenir en la verificación del funcionamiento de lasDelegaciones, sus dependencias y del enlace con las fuerzas delegadas;asesorar en la formulación de proyectos de delegación de funciones yfacultades de la Dirección Nacional en los Delegados y en las FuerzasAuxiliares en relación a los temas de control del movimientomigratorio; intervenir en los estudios y propuestas referidos a lahabilitación, operación y cierre de lugares para el ingreso y egreso depersonas en el interior de país.

Que las tareas de supervisión, coordinación y gestión sobre lasVEINTINUEVE (29) Delegaciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONESen el interior del país, tornan necesario contar con una estructuraacorde para acompañar dicho proceso dentro de la DIRECCIÓN DEDELEGACIONES, resultando imprescindible fortalecer las capacidadesoperativas de la misma.

Que por Disposición DNM N° 2788/13, se creó en el ámbito de laDIRECCIÓN DE CONTROL FRONTERIZO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DEMOVIMIENTO MIGRATORIO la figura del Coordinador Operativo de Pasos deFrontera, para lograr de esa forma, una mayor presencia y capacidad derespuesta a los requerimientos de los pasos fronterizos terrestres,marítimos y fluviales, optimizando la prestación del servicio decontrol migratorio.

Que en dicho ámbito, el Coordinador Operativo actúa como nexo entre losDepartamentos dependientes de la DIRECCIÓN DE CONTROL FRONTERIZO y lospasos de frontera asignados a cada jurisdicción.

Que el éxito y la experiencia acumulada desde el momento de su creaciónconstituyen elementos de juicio que llevan a considerar necesariareplicar dicha figura y sus funciones en el ámbito de la DIRECCIÓN DEDELEGACIONES.

Que asimismo, ello resulta consecuente con la intención de asignar lamayor trascendencia e importancia a las funciones que cumplen lasautoridades delegadas en el interior del país y propiciar un abordajeintegral y federal en la implementación de las directivas que emanan dela DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

Que la figura propuesta del Supervisor Regional de Delegacionespermitirá articular con mayor efectividad las políticas y directivasque hacia las mismas se generen desde la DIRECCIÓN NACIONAL DEMIGRACIONES, permitiendo a su vez una supervisión personalizada yespecífica sobre la gestión que desarrollan las autoridades delegadasen el interior del país.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de esta Dirección Nacionalha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en elartículo 29 de la Ley N° 25.565 y de acuerdo a las previsiones delDecreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Créase la función de Supervisor Regional de Delegacionesen el ámbito de la DIRECCIÓN DE DELEGACIONES de la DIRECCIÓN NACIONALDE MIGRACIONES.

ARTÍCULO 2° — Determínase que en cada una de las CINCO (5) Regiones quese detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente, sedestinará UN (1) Supervisor Regional que será designado en base a lapropuesta que formule la DIRECCIÓN DE DELEGACIONES.

ARTÍCULO 3° — Los Supervisores Regionales de Delegaciones dependeránorgánica y funcionalmente de la DIRECCIÓN DE DELEGACIONES y deberáncumplir con las funciones establecidas en el Anexo II que forma parteintegrante de la presente.

ARTÍCULO 4° — Asígnase la función de Supervisor Regional para cadaRegión a los agentes que en cada caso se detallan, de conformidad conel listado que como Anexo III integra la presente medida.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — HORACIO J. GARCIA, Director Nacional deMigraciones, Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.

ANEXO I

SUPERVISIONES REGIONALES DE DELEGACIONES POR JURISDICCIÓN

REGIÓN I: Comprende las Delegaciones y Oficinas Migratorias que seasientan en las PROVINCIAS DE JUJUY, SALTA, TUCUMÁN, SANTIAGO DELESTERO. CÓRDOBA, LA RIOJA y CATAMARCA.

REGIÓN II: Comprende las Delegaciones y Oficinas Migratorias que seasientan en las PROVINCIAS DE MISIONES, CORRIENTES, CHACO, ENTRE RÍOS,SANTA FE y FORMOSA.

REGIÓN III: Comprende las Delegaciones y Oficinas Migratorias que seasientan en las PROVINCIAS DE SAN JUAN, MENDOZA, SAN LUIS, LA PAMPA yNEUQUÉN.

REGIÓN IV: Comprende las Delegaciones y Oficinas Migratorias que seasientan en la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

REGIÓN V: Comprende las Delegaciones y Oficinas Migratorias que seasientan en las PROVINCIAS DE RÍO NEGRO, CHUBUT, SANTA CRUZ y TIERRADEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.

ANEXO II

FUNCIONES DEL SUPERVISOR REGIONAL DE DELEGACIONES

1) Actuar como nexo y coordinar acciones entre las Delegaciones yOficinas Migratorias asignadas a cada jurisdicción, y la DIRECCIÓN DEDELEGACIONES.

2) Velar por el estricto cumplimiento de la normativa vigente por partede los funcionarios y empleados que cumplen tareas en las Delegacionesy Oficinas Migratoria asignadas a cada jurisdicción.

3) Supervisar las medidas que se tomen por parte de los Delegados yJefes de Oficinas Migratorias e intervenir en su planificación yejecución, orientando las acciones para un mejor cumplimiento de lamisión y función de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

4) Evaluar el nivel de transparencia, responsabilidad, capacidad yconocimientos del personal asignado a cada jurisdicción, efectuando losinformes y propuestas que considere adecuadas a las autoridades, porintermedio de la DIRECCIÓN DE DELEGACIONES.

5) Proponer las acciones conducentes para la mejora continua en lacalidad del servicio de que se ofrece en las Delegaciones y OficinasMigratorias.

6) Hacer cumplir las instrucciones y/o directivas impartidas por lasinstancias superiores.

7) Coordinar acciones operativas, con los Supervisores Regionales dePasos de Frontera, a través de la DIRECCIÓN DE CONTROL FRONTERIZOcuando ello resulte pertinente y con el fin de lograr la mejora en lastareas de las Delegaciones y Oficinas Migratorias y el logro de losobjetivos fijados por el Organismo.

8) Coordinar con los Jefes de las Delegaciones correspondientes a sujurisdicción toda acción necesaria para el normal funcionamiento delservicio.

9) Respetar y verificar el cumplimiento de la vía institucionaladministrativa en todos sus aspectos y tramitaciones, a los fines dedar intervención a las instancias y/o a los organismos que porcompetencia corresponda.

10) Fiscalizar el correcto desempeño de las tareas del personal quedesarrolle funciones en el ámbito de su jurisdicción, prestandoespecial atención a la profesionalidad, actitud, compromisoinstitucional y transparencia en el obrar; e informar y dar lasrecomendaciones necesarias para el cumplimiento de las disposiciones ydirectivas relativas a la calidad de los servicios, el trato dispensadoal público y las relaciones con el personal, a los responsables de lasDelegaciones y Oficinas Migratorias.

11) Fiscalizar las condiciones de trabajo del personal,comprometiéndose a impulsar todas las medidas o comunicaciones que seannecesarias a fin de que los mismos desempeñen sus tareas eninstalaciones acordes a sus necesidades.

12) Realizar visitas de observación y/o inspección de funcionamiento alas distintas sedes que se encuentren bajo su órbita de competencia,pudiendo ser estas programadas o imprevistas, de oficio o arequerimiento de una instancia superior, reflejando mediante informespormenorizados las novedades advertidas.

13) Dar intervención inmediata a la instancia superior frente a todoacto o inconducta del personal que implique violación o desconocimientode las normas vigentes y de toda acción u omisión que derive en elincumplimiento de una orden judicial o hiciese presumir la comisión deun delito. Las comunicaciones administrativas correspondientes deberánefectuarse dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de la toma deconocimiento.

14) Verificar los flujos de trámites de las distintas sedes, a efectosde actuar con previsibilidad en cuanto a la utilización y/o asignaciónde recursos, con el fin de prevenir eventuales situaciones decongestión o colapsos y efectuar las recomendaciones pertinentes. Delmismo modo, actuará preventivamente en determinadas épocas del año,fechas o eventos especiales, o en cualquier otra situación que puedaalterar el normal desenvolvimiento de las mismas.

15) Coordinar todo tipo de servicio especial que por su naturaleza otrascendencia resulte de importancia, dándole previsibilidad a suejecución.

16) Cumplir con toda otra tarea que no se encuentre estipulada en elpresente y que por su naturaleza resulte necesaria para el desempeñodel servicio migratorio en las distintas Delegaciones y OficinasMigratorias, las funciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES y suimagen Institucional.

ANEXO III

SUPERVISORES REGIONALES POR REGIÓN

REGIÓN I: Dante Omar MONTERO.

REGIÓN II. Roberto Martín GUERRERO.

REGIÓN III: Javier Ricardo BALDO.

REGIÓN IV: Pablo Facundo ÁVALOS LASALVIA.

REGIÓN V: Leandro Hernán GIACCI.

e. 07/06/2016 N° 38309/16 v. 07/06/2016

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