Resolución 688/2016

Resolucion N° 764/2011 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Programa Jovenes Con Mas Y Mejor Trabajo
Resolucion N° 764/2011 - Modificacion

Sustituyese el articulo 11 del reglamento del programa jovenes con mas y mejor trabajo, aprobado como anexo i de la resolucion de la secretaria de empleo n° 764/2011 y modificatorias, por el siguiente: “articulo 11.- cursos de introduccion al trabajo. el curso de introduccion al trabajo tiene por objetivo apoyar a los jovenes en la actualizacion, revision y/o construccion de su proyecto formativo ocupacional. el curso de introduccion al trabajo brindara a los jovenes instrumentos cognitivos, de analisis y valoracion, que les permitan la identificacion de sus intereses, necesidades y prioridades; las particularidades de su entorno social y productivo; los saberes y habilidades para el trabajo adquiridos durante su trayectoria ocupacional, y estrategias adecuadas para planificar y desarrollar su itinerario de formacion para la busqueda y acceso al empleo. la realizacion del curso de introduccion al trabajo sera obligatoria. para su realizacion, los jovenes dispondran de un plazo de dieciocho (18) meses, contados dese el mes siguiente a la aprobacion de su adhesion al programa. durante tal periodo los jovenes podran participar de otras actividades ofrecidas por el programa.”.

Id norma: 262517 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33396

Fecha boletin: 09/06/2016 Fecha sancion: 01/06/2016 Numero de norma 688/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Empleo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaríade Empleo

EMPLEO

Resolución 688/2016

Resolución N° 764/2011. Modificación.

Bs. As., 01/06/2016

VISTO el Expediente N° 1.263.873/2008 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el Decreto N° 84 del 23 de enero de2014 y su modificatorio, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO,EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 497 del 13 de mayo de 2008 y susmodificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 764 del 5de mayo de 2011 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDADSOCIAL N° 497/2008, se creó el PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJOque tiene por objeto generar oportunidades de inclusión social ylaboral para jóvenes de DIECIOCHO (18) a VEINTICUATRO (24) añosdesocupados con estudios formales obligatorios incompletos, a través deacciones integradas que les permitan identificar su perfil profesional,finalizar su escolaridad obligatoria, realizar experiencias deformación y/o prácticas calificantes en ambientes de trabajo, iniciaruna actividad productiva de manera independiente o insertarse en unempleo.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO N° 764/2011, ymodificatorias, se aprobó el Reglamento del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS YMEJOR TRABAJO.

Que el PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO prevé un esquema deprestaciones orientadas a servir de apoyo a las y los jóvenes en eldesarrollo de trayectorias laborales pertinentes y de calidad,adecuadas a sus perfiles, expectativas y entornos.

Que el esquema de prestaciones ofrecido por el PROGRAMA JÓVENES CON MÁSY MEJOR TRABAJO incluye: 1) cursos de introducción al trabajo; 2)cursos de apoyo a la empleabilidad e integración social; 3) clubes deempleo; 4) talleres de apoyo a la búsqueda de empleo; 5) apoyo para lacertificación de estudios formales obligatorios; 6) cursos de formaciónprofesional; 7) certificación de competencias laborales; 8) acciones deentrenamiento para el trabajo; 9) procesos de inserción laboralasistida, y 10) apoyo para la puesta en marcha de un emprendimientoindependiente.

Que los cursos de Introducción al Trabajo tienen por objetivo apoyar alas y los jóvenes en la actualización, revisión o construcción de suproyecto formativo y ocupacional.

Que por el artículo 11 del Reglamento del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS YMEJOR TRABAJO, se establece que el curso de Introducción al Trabajo esla primera actividad obligatoria a desarrollar por las y los jóvenes enel marco del Programa.

Que a fin de posibilitar una mayor adaptabilidad del esquema deprestaciones del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO a lasnecesidades individuales de las y los jóvenes destinatarios y para unmejor aprovechamiento de otras actividades formativas, especialmentelos cursos de formación profesional, cuya oferta buscará ser ampliada yfortalecida por esta Secretaría, resulta conveniente prever que las ylos jóvenes podrán realizar el curso de Introducción al Trabajo dentrode los primeros de DIECIOCHO (18) meses de participación en elPrograma, período durante el cual podrán participar en otrasactividades.

Que la modificación antes descripta también permitirá una más eficaz ymejor articulación y coordinación entre el PROGRAMA JÓVENES CON MÁS YMEJOR TRABAJO y el PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS(PROGRESAR), creado por el Decreto N° 84/2014.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por el artículo 19 de la Resolución del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 497/2008 y sus modificatorias.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO

RESUELVE:

Artículo 1° — Sustitúyese elartículo 11 del Reglamento del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJORTRABAJO, aprobado como ANEXO I de la Resolución de la SECRETARÍA DEEMPLEO N° 764/2011 y modificatorias, por el siguiente:

“ARTICULO 11.- Cursos de Introducción al Trabajo. El curso deIntroducción al Trabajo tiene por objetivo apoyar a los jóvenes en laactualización, revisión y/o construcción de su proyecto formativoocupacional.

El curso de Introducción al Trabajo brindará a los jóvenes instrumentoscognitivos, de análisis y valoración, que les permitan laidentificación de sus intereses, necesidades y prioridades; lasparticularidades de su entorno social y productivo; los saberes yhabilidades para el trabajo adquiridos durante su trayectoriaocupacional, y estrategias adecuadas para planificar y desarrollar suitinerario de formación para la búsqueda y acceso al empleo.

La realización del curso de Introducción al Trabajo será obligatoria.Para su realización, los jóvenes dispondrán de un plazo de DIECIOCHO(18) meses, contados dese el mes siguiente a la aprobación de suadhesión al Programa. Durante tal período los jóvenes podrán participarde otras actividades ofrecidas por el Programa.”.

Art. 2° — Comuníquese,publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial yarchívese. — Miguel A. Ponte.

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