Resolución Conjunta 159/2014 481/2014

Reglamento De Seleccion De Personal

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision Nacional De Actividades Espaciales
Reglamento De Seleccion De Personal

Apruebase el reglamento de seleccion de personal de la comision nacional de actividades espaciales (conae), organismo descentralizado actuante en la orbita del ministerio de planificacion federal, inversion publica y servicios, que como anexo i forma parte integrante de la presente resolucion conjunta.

Id norma: 262530 Tipo norma: Resolución Conjunta Numero boletin: 33408

Fecha boletin: 29/06/2016 Fecha sancion: 13/05/2014 Numero de norma 159/2014 481/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Gabinete Y Coordinacion Administrativa Ver Resoluciones Organismo origen: Comision Nacional De Actividades Espaciales Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

y

COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES

Resolución Conjunta 159/2014 y 481/2014

Bs. As., 13/05/2014

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM:0015302/2013 del Registro de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 24.185 y 25.164, losDecretos Nros. 995 de fecha 28 de mayo de 1991, y sus modificatorios,ratificado por el Artículo 124 de la Ley N° 11.672 ComplementariaPermanente de Presupuesto (t.o. 2005), 357 de fecha 21 de febrero de2002 y sus modificatorios, 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y 2197 defecha 14 de noviembre de 2012, la Decisión Administrativa N° 1126 defecha 8 de noviembre de 2012, el Convenio Colectivo de Trabajo Generalpara la Administración Pública Nacional, homologado por Decreto N° 214de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° del Decreto N° 995 de fecha 28 de mayo de 1991,y sus modificatorios, ratificado por el Artículo 124 de la Ley N°11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005) se creó laCOMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE), con capacidad paraactuar pública y privadamente, en los órdenes científico, técnico,industrial, comercial, administrativo y financiero, con plena autarquíaadministrativa y financiera, y con dependencia directa y exclusiva delPresidente de la Nación.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 2197 de fecha 14 de noviembre2012 se transfirió la mencionada Comisión Nacional, entonces organismodescentralizado del ámbito del ex MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES YCULTO, a la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓNPUBLICA Y SERVICIOS, con las unidades organizativas que le dependían,sus respectivos cargos, niveles y categorías, dotación de personal,patrimonio, bienes y créditos presupuestarios vigentes a la fecha de lamedida, conservando su personal sus respectivos niveles, grados ycategorías de revista escalafonarios.

Que en el marco de lo previsto en la Ley N° 24.185, mediante Decreto N°214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, se homologó elConvenio Colectivo de Trabajo General para la Administración PúblicaNacional, en cuyo ámbito de aplicación se encuentran comprendidos lostrabajadores en relación de dependencia laboral con la COMISIÓNNACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE), conforme Anexos I y II delreferido Convenio Colectivo de Trabajo General.

Que el Título VI, Capítulos I, II y III del citado Convenio Colectivode Trabajo General establece los lineamientos a los que deben ajustarselos sistemas de selección de personal que establezca el EstadoEmpleador.

Que en los considerandos de la Decisión Administrativa N° 1126 de fecha8 de noviembre de 2012 se señala que el ingreso de personal al régimende estabilidad solo procede mediante la sustanciación de loscorrespondientes procesos de selección, conforme lo disponen losartículos 4° y 8° del Anexo de la Ley N° 25.164, los artículosconcordantes de su Decreto Reglamentario N° 1421 de fecha 8 de agostode 2002 y los artículos 11, 19, 51, 56 y 57 del Convenio Colectivo deTrabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado porDecreto N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios,aplicables también para la promoción del personal permanente a cargossuperiores.

Que en virtud de ello, por el artículo 5° de la Decisión Administrativamencionada en el considerando anterior, se instruyó a la SECRETARÍA DEGABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS para que promueva la aprobación de los regímenes específicosde selección del personal de los escalafones y entidades comprendidasen el Anexo II del citado Convenio Colectivo de Trabajo General.

Que el artículo 8° del Anexo l al Decreto N° 1421 de fecha 8 de agostode 2002 dispone que los mecanismos generales de selección paragarantizar el principio de idoneidad como base para el ingreso, lapromoción en la carrera administrativa y la asignación de funciones dejefatura serán establecidos por la autoridad de aplicación y, en formaconjunta con los titulares de los organismos descentralizados quetengan asignadas dichas facultades por la ley de creación, debiendoajustarse a los principios del sistema de concursos.

Que, conforme lo establece el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de2002 y sus modificatorios, compete a la SECRETARÍA DE GABINETE YCOORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSentender en la formulación de las políticas de modernización de lagestión de recursos humanos de la Administración Pública Nacional y dela normativa aplicable en materia de empleo público.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE) propicia laaprobación del Reglamento de Selección para la cobertura de vacantesdel organismo.

Que mediante Acta de fecha 5 de marzo de 2014, agregada a lasactuaciones citadas en el Visto, la mencionada Comisión Nacionalefectuó la consulta previa a la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN(UPCN) y a la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) acerca delproyecto de Reglamento de Selección de Personal, en virtud de lodispuesto por el artículo 60 del Convenio Colectivo de Trabajo Generalpara la Administración Pública Nacional, homologado por Decreto N° 214de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios.

Que han tomado la intervención que les compete los Servicios Jurídicosde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la COMISIÓN NACIONAL DEACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE).

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades atribuidaspor el artículo 60 del Convenio Colectivo de Trabajo General para laAdministración Pública Nacional, homologado por Decreto N° 214 de fecha27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el artículo 8° del Anexo alDecreto N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 reglamentario de la LeyMarco de Regulación del Empleo Público Nacional N° 25.164, y losDecretos N° 995 de fecha 28 de mayo de 1991, y sus modificatorios,ratificado por el Artículo 124 de la Ley N° 11.672 ComplementariaPermanente de Presupuesto (t.o. 2005), y Nros. 765 de fecha 19 de abrilde 1993, 1662 de fecha 27 de diciembre de 1996 y 157 de fecha 30 deenero de 2003.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Y

EL DIRECTOR EJECUTIVO Y TÉCNICO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE)

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el REGLAMENTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL de laCOMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE), organismodescentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓNFEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, que como Anexo I forma parteintegrante de la presente resolución conjunta.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. CONRADO FRANCO VAROTTO, DirectorEjecutivo y Técnico, Comisión Nacional de Actividades Espaciales. —Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y CoordinaciónAdministrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

REGLAMENTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL

ARTÍCULO 1°.- El presente reglamento será de aplicación a los procesosde selección para la cobertura de cargos vacantes de la PlantaPermanente del personal de la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADESESPACIALES, (CONAE) organismo descentralizado actuante en la órbita delMINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.Asimismo se aplicará para la promoción vertical del personal queintegra la Planta Permanente del organismo.

ARTÍCULO 2°.- El Director Ejecutivo y Técnico de la CONAE será laAutoridad Convocante en los procesos de selección que se lleven a caboen el Organismo.

DE LOS TIPOS DE CONVOCATORIA:

ARTÍCULO 3°.- Los concursos serán por convocatoria General o Abierta.

En los de convocatoria General podrá participar el personal empleadobajo relación de dependencia laboral en la CONAE que cumpla con losrequisitos mínimos que se establezcan para cada categoría y puesto acubrir y de conformidad con el artículo 62 del CONVENIO COLECTIVO DETRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL homologado porDecreto N° 214/06.

En los de convocatoria Abierta podrán participar todos los postulantes,sea que procedan del ámbito público o privado, que acrediten laidoneidad y las condiciones exigidas.

Serán por convocatoria Abierta los concursos destinados a cubrirpuestos de trabajo de las siguientes Categorías: A0, A4C, A5B, A6B, A7y B3 del Régimen vigente en el organismo, conforme Resolución delPresidente de la CONAE N° 96 de fecha 30 de noviembre de 1992 yResolución del Director Ejecutivo y Técnico de la CONAE N° 3 del 20 deenero de 1997; los que comporten la titularidad de unidadesorganizativas formalmente establecidas en la estructura del organismocualquiera sea la Categoría del puesto; y aquellos en los que hubieraresultado desierta una convocatoria General.

Serán por convocatoria General los concursos destinados a cubrir lospuestos correspondientes a las siguientes Categorías: A1C, A2C y A3Cdel Régimen vigente en el organismo, conforme Resolución del Presidentede la CONAE N° 96 de fecha 30 de noviembre de 1992 y Resolución delDirector Ejecutivo y Técnico de la CONAE N° 3 del 20 de enero de 1997.

El Director Ejecutivo y Técnico de la CONAE podrá disponer que hasta unTREINTA POR CIENTO (30%) de las vacantes para cuya cobertura proceda laconvocatoria Abierta, sea efectuada mediante convocatoria General.

En todas las Convocatorias se deberán respetar los principios deigualdad de oportunidades, publicidad, transparencia y específicamentede igualdad de trato por razones de género o de discapacidad,asegurando el cumplimiento de las Leyes N° 22.431 y N° 23.109 o las queen el futuro se dicten. Asimismo se deberá cumplimentar lo dispuesto enel artículo 4° de la Decisión Administrativa N° 1126/12, o la que lareemplace en el futuro, en lo relativo a la reserva de puestos parapersonas con discapacidad certificada.

DIFUSIÓN

ARTÍCULO 4°.- La Convocatoria a Inscripción se dará a publicidadobligatoriamente en todos los casos mediante los siguientes medios:

a) Publicación en el Boletín Oficial por al menos UN (1) día, QUINCE(15) días hábiles antes de la fecha de apertura de la inscripción;

b) Cartelera Pública Central de Ofertas de Empleo Público (gráfica y página WEB) de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; y,

c) Cartelera oficial (gráfica y página WEB) de la CONAE.

d) En el supuesto de Convocatoria Abierta, ésta deberá ser divulgadaademás, mediante anuncios por al menos DOS (2) días, en DOS (2) diariosde mayor circulación nacional como mínimo. En este tipo de publicaciónbastará la mención de los datos correspondientes a los incisos a), b),f) y g) en lo concerniente a fechas, domicilio y horario, y d) encuanto a los requisitos mínimos, todos ellos del artículo 6° delpresente.

Complementariamente y de manera auxiliar se podrá disponer lautilización de otros medios que ayuden a ampliar la divulgación y elacceso a la información respectiva.

En las Convocatorias, sean Abiertas o Generales, los anunciosrespectivos deberán ser efectuados antes de los DIEZ (10) días hábilesa la fecha prevista para la apertura de la inscripción, excepto eltérmino fijado en el inciso a) del presente artículo que será decumplimiento inexcusable.

ARTÍCULO 5°.- Se cursará también copia de la Convocatoria y de lasrespectivas Bases del Concurso a las entidades gremiales comprendidasen la obligación prevista en el artículo 59 del CONVENIO COLECTIVO DETRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado porDecreto N° 214/06, con la misma antelación establecida para lapublicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6°.- La Convocatoria deberá contener la siguiente información:

a) Denominación oficial del puesto de trabajo o función, Número deIdentificación en el Registro Central de Ofertas de Empleo Público,Categoría, remuneración, domicilio, jornada y horario laboral.

b) Tipo de Convocatoria (Abierta o General).

c) Identificación de los integrantes de la Junta de Selección ytranscripción de los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil yComercial de la Nación.

d) Requisitos exigidos para ser admitido al proceso de selección.

e) Síntesis de los Antecedentes de Formación y Laborales, así como delos conocimientos, habilidades y demás competencias laborales exigiblesde conformidad con el cargo a cubrir según las Bases del Concurso,Cronograma General de las etapas a cumplir con advertencia de larealización de las actividades que se dispongan. Asimismo se anunciarási las designaciones procederán conforme a Terna u Orden de Mérito.

f) Fechas, domicilio y horario para la apertura y cierre de lainscripción y detalle de la documentación exigida para efectuarla.

g) Lugar, fecha y horario en el que estarán a disposición los Listados de los Inscriptos Admitidos y No Admitidos, y

h) Lugar, fecha y horario de consulta, y la dirección de página WEB enla que obrará la información relevante relacionada con el procesoconvocado.

ARTÍCULO 7°.- Las Bases del Concurso deberán contener el perfildetallado del puesto de trabajo o función concursada, y el detalle detodas las exigencias establecidas para la valoración de la idoneidad,méritos, conocimientos, habilidades y demás competencias laborales, lospuntajes y ponderadores establecidos, y las actividades valorativas,con sus respectivos temas y modalidades de ejecución, a realizar yaprobar por los postulantes admitidos. También contendrá el cronogramatentativo con los días, horas y lugares de realización de las diversasactividades valorativas y las demás informaciones que se estimennecesarias para mejor proveer por parte del postulante admitido.

ARTÍCULO 8°.- Copia de la normativa que regula el proceso de seleccióny en su caso, el ingreso a la Administración Pública Nacional, de losFormularios requeridos, de las Bases del Concurso, de los currículumprofesionales de los integrantes de la Junta de Selección que losmismos proporcionarán al efecto, de las actas que éste produjera, ytoda otra información que se estimara conveniente para el mejorresguardo de los derechos de los postulantes, obrará para consulta enla unidad organizativa a cargo de las acciones de personal, y en lapágina WEB de la CONAE.JUNTA DE SELECCIÓN

ARTÍCULO 9°.- En todos los procesos de selección actuará una Junta deSelección designada por el Director Ejecutivo y Técnico de la CONAE.

ARTÍCULO 10.- La Junta de Selección estará integrada como mínimo por CINCO (5) miembros titulares, a saber:

a) TRES (3) expertos de reconocida trayectoria y experiencia en ámbitoscientíficos y/o académicos afines al perfil o función requerido, de losque al menos UNO (1) no deberá estar vinculado laboral ocontractualmente bajo cualquier modalidad con la CONAE.

b) El titular del área a la cual pertenece el cargo a concursar.

c) UN (1) representante de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓNADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS que cuente contítulo universitario de grado y acredite experiencia y/o capacitaciónespecífica en materia de selección de personal.

En ningún caso la Junta de Selección estará integrada en más del SESENTA POR CIENTO (60%) por personas del mismo sexo.

Podrán designarse asimismo suplentes que reemplazarán a los titulares en caso de impedimentos de éstos por cualquier causa.

ARTÍCULO 11.- La Junta de Selección deberá sesionar con la totalidad desus integrantes, salvo caso de fuerza mayor debidamente acreditada enel que podrá hacerlo con CUATRO (4) de ellos.

También en caso de fuerza mayor o por razones excepcionales debidamenteacreditadas y que pusieran en grave riesgo el cumplimiento de losplazos establecidos, la autoridad convocante podrá autorizar larealización de la entrevista personal con la presencia de TRES (3) desus miembros que acrediten capacidad y conocimientos para la evaluacióntécnica del postulante.

La Junta de Selección resolverá por mayoría simple de sus integrantespresentes. Sus actuaciones deberán hacerse constar en actas numeradasen orden consecutivo, agregadas al expediente respectivo, las que seránfirmadas por los miembros actuantes y por los veedores en caso de estarpresentes en el momento de su labrado.

El resultado obtenido por el postulante en cada etapa surgirá delpromedio de la calificación asignada por cada integrante, las quequedarán consignadas en el acta respectiva.

ARTÍCULO 12.- Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones confundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 delCódigo Procesal Civil y Comercial de la Nación, respectivamente,debiendo darse a publicidad las normas citadas junto con las bases dela convocatoria.

La recusación deberá ser deducida por el postulante en el momento de suinscripción y la excusación de los miembros de la Junta de Selección,en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de lospostulados al concurso.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, lasrecusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que elreferido órgano se expida.

ARTÍCULO 13 - La Junta de Selección tiene las siguientes atribuciones y responsabilidades:

a) Definir las Bases del Concurso.

b) Declarar fundadamente como Postulantes No Admitidos a quienes no cumplan los requisitos mínimos del perfil a concursar.

c) Propiciar que se declare desierto el proceso que no registrepostulantes, no cuente con aspirantes que cumplan los requisitosmínimos para ser admitidos, o cuando ninguno de los admitidos hayaaprobado las etapas y exigencias correspondientes.

d) Asegurar que los Postulantes Admitidos cuenten con las Bases delConcurso, del temario de conocimientos y habilidades y demáscompetencias laborales a ser evaluados en la etapa prevista para ello ylas modalidades de evaluación de los mismos.

e) Aprobar las grillas y modalidad de evaluación de cada etapa según lo establecido en el presente reglamento.

f) Evaluar a los postulantes y determinar su calificación.

g) Evaluar las observaciones relativas a la intervención que hubieranformulado los veedores del proceso y dejar constancia de ellas juntocon su respuesta en el acta respectiva.

h) Elaborar el orden de mérito y remitirlo a la autoridad convocante enun plazo máximo de DIEZ (10) días hábiles de concluida la última etapa,junto con el expediente de referencia en el que deberán glosarse lasobservaciones efectuadas por los veedores y las correspondientesrespuestas de la Junta de Selección

i) Emitir opinión dentro de los CINCO (5) días hábiles de solicitada,en los recursos que se interpongan contra el acto administrativo queapruebe el orden de mérito.

ARTÍCULO 14.- La Junta de Selección podrá convocar a representantesexternos a la CONAE pertenecientes al ámbito de la Ciencia y laTecnología, con reconocida idoneidad académica, profesional y laboralpara colaborar con el diseño, preparación y ejecución de las etapasprevistas en el presente régimen. No obstante, la valoración de cadaaspirante en cada etapa es responsabilidad indelegable de losintegrantes de la Junta de Selección.

DE LA SECRETARIA TÉCNICA DE LA JUNTA DE SELECCION:

ARTÍCULO 15.- El titular de la unidad organizativa a cargo de lasacciones de Personal de la CONAE actuará como Secretario Técnico de laJunta de Selección, quien podrá delegar las tareas en funcionariocompetente para actuar en su nombre.

ARTÍCULO 16.- La Secretaría Técnica de la Junta de Selección deberá:

1) constituir y mantener actualizado el expediente relativo a la tramitación del concurso;

2) remitir a la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA dela JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en un plazo de DOS (2) díashábiles contados a partir del vencimiento del plazo para la publicaciónen el Boletín Oficial, la documentación necesaria para la divulgacióndel llamado a concurso;

3) recibir las postulaciones verificando su presentación en término,verificando o procediendo con la autenticación de las fotocopias odocumentación recibida, dejando constancia de la documentaciónrecibida, extendiendo los correspondientes acuses de recibo, ycontrolando que la información volcada por los postulantes en la Notade Presentación coincida con la documentación respaldatoria acompañada.En caso de encontrar discrepancias elaborar las observacionescorrespondientes para que la Junta de Selección adopte lasdeterminaciones consecuentes;

4) atender las consultas que le formule la Junta de Selección y brindarla asistencia técnico administrativa que se le requiera, o tramitarlaante las dependencias correspondientes;

5) efectuar las notificaciones o comunicaciones que le indique la Junta de Selección.

DE LAS BASES DEL CONCURSO Y DE SU DIFUSION

ARTÍCULO 17 - Las Bases del Concurso deberán contener el perfildetallado del puesto de trabajo o función concursada, y el detalle detodas las exigencias establecidas para la valoración de la idoneidad,méritos, conocimientos, habilidades y demás competencias laborales, lospuntajes y ponderadores establecidos, y las actividades, con susrespectivos temas y modalidades de ejecución, a realizar y aprobar porlos postulantes admitidos.

También contendrá el cronograma tentativo con los días, horas y lugaresde realización de las diversas actividades y las demás informacionesque se estimen necesarias para mejor conocimiento del postulanteadmitido.

ARTÍCULO 18.- Copia de la normativa que regula el proceso de selección,y para el ingreso y promoción en la CONAE, de las Bases del Concurso,de los currículum profesionales de los integrantes de la Junta deSelección que los mismos proporcionarán al efecto, de las actas queésta produjera, y toda otra información que se estimara convenientepara el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, obrará paraconsulta en la unidad organizativa a cargo de las acciones de Personaly en la página WEB de la CONAE.

Se cumplimentará lo dispuesto en la Resolución de la entoncesSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 45/10 o la que la reemplace en elfuturo, referida a la Cartelera Pública Central de Ofertas de EmpleoPúblico creada por el artículo 7° de la Decisión Administrativa N°506/09.

DE LA PRESENTACIÓN AL CONCURSO

ARTÍCULO 19.- El período de inscripción estará abierto durante al menosDIEZ (10) días hábiles a partir de la fecha de apertura del concurso yno podrá iniciarse antes de transcurrido el términos de antelación parala publicación.

ARTÍCULO 20.- El postulante deberá presentar:

a) Nota de Presentación firmada en todas sus hojas junto con UN (1)currículum vitae actualizado. El postulante solo deberá declarar ycertificar los antecedentes de formación y laborales que guardendirecta relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajoo función para el que se postula.

b) Declaración jurada.

c) Carta de referencia, que tendrá por objeto contar con la informaciónbrindada por un profesional reconocido que haya mantenido con elpostulante una relación profesional, laboral o académica, en lo posiblevinculada a sus desempeños mas recientes.

d) Fotocopia de los certificados de estudios formales y de ladocumentación que respalde toda otra información volcada en la Nota dePresentación y en el currículum vitae. Los interesados deberánconcurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copiasno estuvieran autenticadas para proceder con su correspondienteconstatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta depresentación de la documentación original llevará a no considerar elantecedente declarado.

e) Fotocopia de las DOS (2) primeras hojas de su Documento Nacional deIdentidad, así como de aquella en que figure el domicilio actualizado.

En Anexo A del presente reglamento obran Modelo de Nota dePresentación; Modelo de Carátula de Currículum Vitae; Modelo deCurrículum Vitae; Tablas Complementarias sobre Lugar de Trabajo eIdiomas, Indicaciones sobre la Carta de Referencia; Formulario deDeclaración Jurada; Formulario de Acuse de Recibo.

ARTÍCULO 21.- Los formularios y demás documentación de los distintosllamados a Concurso estarán disponibles en soporte papel y magnético enla sede y página web de la CONAE.

ARTÍCULO 22.- Todos los datos presentados por los interesados tendráncarácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebedará lugar a la exclusión del postulante.

Una vez entregada la documentación exigida, el interesado no podráañadir información o documentación adicional, ni modificar los datosconsignados.

De cada inscripción y documentación entregada se dará formal acuse de recibo.

ARTÍCULO 23.- La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

Cuando se resida a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar deinscripción correspondiente, o se trate de personas que acreditencertificado de discapacidad, podrá hacerse por correo postal para locual deberá adjuntarse certificado de domicilio o copia del certificadode discapacidad, respectivamente, considerándose a todo efecto la fechadel franqueo.

ARTÍCULO 24.- La presentación comporta que el aspirante conoce y aceptalas condiciones generales establecidas por la normativa que regula elsistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicosque pautan el proceso en el que se inscribe.

ARTÍCULO 25.- No se dará curso a las presentaciones que no cumplan conlos requisitos exigidos en el presente acto. La presentación quedaráinvalidada por la falta de la firma del postulante en cada hoja de laNota de Presentación y de la documentación adjuntada.

En los supuestos de inscripciones por poder o por correo el postulantedeberá volver a firmar personalmente antes de su presentación a laprimera actividad valorativa correspondiente a la etapa de evaluacióntécnica.

ARTÍCULO 26.- Cada postulante deberá constituir domicilio a efectos delproceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación porparte de la CONAE, incluyendo fax o correo electrónico, a la quereconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de lapublicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadasespecialmente al efecto y la página Web del Organismo.

DE LOS VEEDORES

ARTÍCULO 27.- La UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (U.P.C.N.) y laASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.) en cumplimiento de lodispuesto en el artículo 63 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERALPARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por Decreto N°214/06, el CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES a efecto de velar por ladebida igualdad de oportunidades de hombres y mujeres y el MINISTERIODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para asegurar la veeduríaprevista en el artículo 8° de la Ley N° 22.431, modificada por la LeyN° 25.689, serán invitados a designar cada uno, UN (1) veedor titular ysu suplente ante la Junta de Selección.

ARTÍCULO 28.- A partir de la notificación de la invitación, lasentidades sindicales y dependencias oficiales respectivas tendrán unplazo de CINCO (5) días hábiles para comunicar sus veedores junto conla dirección postal y de correo electrónico, número telefónico o defax, ubicaciones que se reconocerán como válidas indistintamente parala recepción de las comunicaciones del caso.

Las designaciones de los veedores podrán ser efectuadas en cualquieretapa del proceso, pero las observaciones que formulen sólo podránrecaer en aquellos asuntos que aún no hubieran sido resueltos por laJunta de Selección.

ARTÍCULO 29.- La falta de invitación para la designación de veedores será causa suficiente para pedir la nulidad de lo actuado.

La Junta de Selección deberá notificar a los veedores con al menos DOS(2) días hábiles de antelación, la fecha, hora, lugar y temario de lareunión que celebre.

Las observaciones de los veedores serán consignadas por escrito yrespondidas por la Junta de Selección de igual forma dentro del plazode CINCO (5) días hábiles.

DE OTROS VEEDORES

ARTÍCULO 30.- La autoridad convocante podrá disponer la invitación aorganizaciones no gubernamentales u otras personas jurídicas sin finesde lucro, para que postulen UN (1) veedor ante la Junta de Selección.

Asimismo, esa autoridad podrá designar como veedor a UNA (1) persona dereconocido prestigio y probidad con antecedentes académicos o laboralesatinentes a la especialidad del cargo a cubrir.

En ambos supuestos, estas personas deberán declarar no tener relacionestécnicas, de fiscalización o de interés particular que pueda afectar suneutralidad al respecto.

Los veedores según el presente artículo podrán asistir a las reunionesque celebre la Junta de Selección y, a solicitud de ésta, asesorar uopinar para la mejor tramitación del proceso en cuestión.

En todos los casos, asesorarán a la autoridad convocante sobre lascuestiones que le permitan proveer una mejor gestión del proceso al quefueran invitados de manera transparente y competente.

DE LA ADMISIÓN DE LOS POSTULANTES INSCRIPTOS

ARTÍCULO 31.- La Junta de Selección procederá a cerrar el período depresentación en la fecha y hora prevista labrando acta en la queconsten los apellidos, nombres y documentos de identificación personalde los postulantes.

En el supuesto de inscripciones por correo recibidas después de lafecha u hora de cierre, la Junta de Selección procederá a verificar elsupuesto establecido en el artículo 23 del presente régimen y aincorporar al interesado en el listado, si correspondiera.

ARTÍCULO 32.- Dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes al cierrede la inscripción, la Junta de Selección procederá con el análisis delas Notas de Presentación y demás documentación requerida, paraverificar el cumplimiento de los recaudos exigidos por estareglamentación y de los requisitos mínimos del llamado a concurso.

El sexto día hábil posterior a la fecha de cierre de la inscripción, laJunta de Selección dispondrá la exhibición del Acta por la que apruebelos listados de Postulantes Admitidos y No Admitidos, dando debidafundamentación de estos últimos.

Los listados serán exhibidos por TRES (3) días hábiles en lascarteleras habilitadas al efecto y en la página WEB de la CONAEconstituyendo esta exhibición notificación fehaciente a todo efecto.

También podrá notificarlo adicionalmente a través de las direcciones decorreo electrónico consignadas por los inscriptos en sus respectivasNotas de Presentación.

DE LAS ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

ARTÍCULO 33.- El proceso de selección constará de TRES (3) etapas:

1. Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales.

2. Evaluación Técnica

3. Evaluación mediante Entrevista Laboral

Las etapas serán excluyentes en el orden sucesivo establecidoprecedentemente. Sólo quienes aprueben una etapa podrán acceder a lasiguiente.

La Evaluación Técnica tendrá un peso ponderador no inferior al SESENTA POR CIENTO (60%) del total de la calificación final.

ARTÍCULO 34.- Cada etapa será ponderada con una escala de CERO (0) aCIEN (100) puntos y se dará por aprobada o desaprobada. Para aprobarcada etapa deberá obtenerse, al menos SETENTA Y CINCO (75) puntos.

La publicación de los resultados del postulante en cada etapa deberácontener los puntos que obtuviera en la misma y el puntaje ponderado deconformidad con lo establecido en el artículo precedente.

ARTÍCULO 35.- Quedará excluido del proceso de selección sin más trámitequien no concurriera a las actividades previstas para la realización delas etapas 2 y 3.

Al concluir cada etapa, se exhibirán los listados respectivos.

La Junta deberá fundamentar circunstanciadamente la desaprobación delos postulantes que no pasarán a la etapa siguiente consignándolo en elacta respectiva, de lo cual se notificará a los interesados.

DE LA EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES CURRICULARES Y LABORALES

ARTÍCULO 36.- La primera etapa consistirá en la evaluación de losAntecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente alcargo, de acuerdo con los requisitos exigidos.

La Junta de Selección ponderará los antecedentes sobre la base de lainformación y la documentación recibida en la inscripción de lospostulantes. Para ello, cada integrante de la Junta deberá consignar elpuntaje que asigne a cada postulante en cada característica a evaluarsegún la planilla o grilla aprobada mediante acta.

La Junta de Selección asignará de los CIEN (100) puntos de la etapa,una cantidad para la valoración de los Antecedentes de Formación y otrapara la ponderación de los Antecedentes Laborales.

ARTÍCULO 37.- En relación a los antecedentes laborales, y considerandola especificidad de las actividades que se desempeñan en la CONAE, sevalorarán especialmente los antecedentes correspondientes al desempeñoen el Organismo o en instituciones del medio de Ciencia y Técnicaestatal o privado.

DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA

ARTÍCULO 38.- La segunda etapa se realizará mediante al menos UNA (1)actividad evaluatoria escrita tendiente a determinar el grado deconocimiento, habilidades, dominio y posesión de las competenciastécnicas laborales específicas exigidas para el ejercicio efectivo dela función o puesto de trabajo. A tal efecto se podrán utilizardiferentes metodologías y tecnologías para dicha comprobación.

En los cargos que comporten funciones de conducción, la Junta deSelección podrá disponer fundadamente que la actividad evaluatoriaescrita se instrumente a través de la presentación, por parte de lospostulantes, de un plan de trabajo y/o gestión o similar, que permitaefectuar la evaluación de conocimientos a que se refiere el párrafoanterior.

En todos los casos deberá constar en las Bases del Concurso la forma en que se llevará a cabo la Evaluación Técnica.

En la determinación de las preguntas y/o temas puntuales que seránobjeto de la evaluación técnica participarán exclusivamente losintegrantes de la Junta de Selección.

ARTÍCULO 39.- La actividad escrita de evaluación de conocimientos,deberá ser bajo seudónimo elegido por el postulante de modo que sólo sepueda individualizar a cada postulante después de su calificación.

El postulante que se identificara será excluido del proceso de selección.

ARTÍCULO 40.- Calificada la actividad, la Junta de Selección celebraráuna reunión a la que deberá invitarse a los postulantes que la hubieranrendido, en la que se procederá a la apertura de los sobres selladosconteniendo la identificación de cada persona. A este efecto se labraráActa invitando a suscribirla a los postulantes presentes.

DE LA EVALUACIÓN MEDIANTE ENTREVISTA

ARTÍCULO 41.- La tercera etapa consistirá en la realización de al menos UNA (1) Entrevista a cargo de la Junta de Selección.

La entrevista se desarrollará en DOS (2) partes. La Junta Seleccióndeterminará el máximo de duración de la entrevista y de cada una de suspartes.

ARTÍCULO 42.- La primera parte estará dirigida a obtener informaciónque complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación yLaborales. De acuerdo a su resultado, la Junta de Selección podráratificar el puntaje asignado en la primera etapa o ajustarlo en más oen menos en hasta el DIEZ POR CIENTO (10%), fundamentandoespecíficamente la determinación que adopte.

ARTÍCULO 43.- La segunda parte será utilizada para evaluar objetivamente las demás competencias laborales exigidas.

DE LA CALIFICACIÓN FINAL Y DEL ORDEN DE MERITO

ARTÍCULO 44.- La Junta de Selección elaborará el Orden de Méritoconforme a los resultados de las etapas, dejando constancia en el Actarespectiva.

El Orden de Mérito resultará de la sumatoria de los puntajes ponderadosobtenidos por los postulantes en cada una de las etapas del concurso.

ARTÍCULO 45.- En caso de empate en las calificaciones totales entre DOS(2) o más postulantes, el orden de mérito se establecerá priorizando aquienes queden comprendidos en los alcances de las Leyes N° 24.431 y N°23.109, en ese orden.

De no existir postulante en la situación precedente comprendido pordichas leyes, se considerará el puntaje obtenido en la segunda etapa;de persistir la paridad se considerará el puntaje obtenido en laponderación de los antecedentes laborales, de subsistir la igualdad, setomará en cuenta la calificación de la tercera etapa, y finalmente, seordenará según el puntaje correspondiente a los Antecedentes deFormación. De persistir aún el empate, se resolverá por sorteo al quepodrá participar el personal directamente afectado.

ARTÍCULO 46.- El proceso será declarado desierto por falta deinscriptos, o de inscriptos admitidos porque ninguno de los admitidosaprobó las etapas correspondientes para integrar el orden de mérito, opor no reunir éste último TRES (3) postulantes cuando se resolviera porterna.

ARTÍCULO 47.- La Junta de Selección elevará a la autoridad convocanteel orden de mérito en el expediente respectivo. La autoridad convocanteresolverá el orden de mérito el que será notificado a los interesados.

Cuando corresponda, la determinación de la terna resultará de losprimeros tres postulantes. En este supuesto, la designación podrárecaer en cualquiera de los ternados.

ARTÍCULO 48.- Contra el acto administrativo que aprueba el Orden deMérito podrán deducirse los recursos previstos en la Ley deProcedimientos Administrativos N° 19.549 y su Reglamentación aprobadapor Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991).

DE LAS DESIGNACIONES

ARTÍCULO 49.- Vencido el plazo para recurrir o resueltos los recursosinterpuestos, se dispondrá la asignación de las vacantes concursadasconforme al orden de mérito o terna según corresponda.

ARTÍCULO 50.- Cada orden de mérito o terna tendrá una vigencia de SEIS(6) meses contados desde la fecha de la designación del primercandidato.

ARTÍCULO 51.- La persona designada deberá comenzar a prestar serviciodentro de los TREINTA (30) días corridos de notificado de ladesignación. Si vencido ese plazo no hubiere comenzado a prestarservicio, se designará al siguiente candidato en el orden de mérito o acualquiera de los demás ternados.

ANEXO A

MODELO DE NOTA DE PRESENTACIÓN

Sr. Jefe Unidad Servicios al Personal

COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE)

Presente

Por la presente presento mi postulación para el Concurso CONAE N° ________, para el cargo ________, con la categoría ________.

A tales efectos consigno mis datos y acompaño la documentación exigida, que se detalla.

Declaro conocer y aceptar las bases del concurso.

Apellido y Nombre del postulante:

Tipo y N° de documento:

Domicilio particular:

Domicilio en Capital Federal:

Teléfono:

Fax:

Dirección de correo electrónico para recibir notificaciones:

______________________________________Firma, aclaración, lugar y fecha

Documentos entregados:

1. Currículum vitae firmado en todas sus hojas, con su correspondiente carátula, con carácter de Declaración Jurada (original).

2. Copia certificada del título profesional.

3. Copia certificada de los certificados de cursos realizados.

4. Copia certificada de las constancias laborales de cargos o empleos desempeñados.

5. Carta de Referencia (original).

6. Declaración Jurada.

7. Otros documentos relevantes (indicar cuáles).

MODELO DE CARÁTULA DEL CURRÍCULUM VITAE

MODELO DE CURRÍCULUM VITAE

En términos generales los postulantes deben seguir el orden de losítems especificados en el PERFIL, agregando los detalles que permitanevaluar el alcance de sus conocimientos y experiencia.

LUGAR DE TRABAJO

Indicar que se aceptan el lugar y las condiciones de trabajosolicitadas en el PERFIL (Ver Tabla incluida en el documento TABLASCOMPLEMENTARIAS).

Si en este momento vive en una localidad distinta al lugar de trabajo otiene obligaciones laborales indicar cuánto tiempo requeriría paraasumir el cargo concursado si fuera seleccionado. (No puede sersuperior a 30 días corridos).

FORMACIÓN PROFESIONAL

Título.

Especialidad.

Institución, fecha de egreso.

Promedio obtenido.

Formación de postgrado.

Cursos o estudios de postgrado. Tema (máx. 5 renglones), duración, puntaje, fecha, institución

CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS.

Indicar si se tienen los conocimientos específicos requeridos en elPERFIL o si tiene equivalentes que considera pertinentes al concurso.Fundamentarlo (cursos, prácticas técnicas o profesionales, etc.).

NIVEL IDIOMA Indicar el nivel alcanzado utilizando la Tabla incluidasen el documento TABLAS COMPLEMENTARIAS. Describir como se logró esenivel (cursos, estadía en el extranjero, etc.). Indicar las fechas.

EXPERIENCIA LABORAL Fundamentar el cumplimento de lo solicitado,describiendo las tareas realizadas (máx. 5 renglones cada una), que roldesempeñó (trabajó en un grupo liderado por otro, organizó su propiotrabajo, lideró un grupo, etc.), donde, por cuanto tiempo, nombre decontacto para referencia.

Indicar si CUMPLE / CUMPLIO FUNCIONES EQUIVALENTES AL OBJETO DELCONCURSO y describir las mismas (máximo 200 palabras). Indicar fecha decomienzo y fin.

CARACTERISTICAS PERSONALES Describir, en forma resumida, porqué piensaque posee las cualidades personales indicadas en el PERFIL.

DATOS COMPLEMENTARIOS

Historia Laboral

Debe incluirse completa, comenzado desde el presente. Indicar todos lostrabajos realizados, rentados o no. Destacar en color o en negrita loque considera de mayor pertinencia al presente llamado.

Publicaciones

Incluir la lista de publicaciones, presentaciones a congresos,documentos internos y otras similares que haya realizado y queconsidera pertinentes al presente llamado. Indicar si se trata depublicaciones con referato e incluir el N° ISSN (International StandardSerial Number).

Información Adicional (opcional)

Otros datos que el postulante considere importante incluir parapermitir su evaluación dentro del marco del presente concurso: becas,distinciones, patentes, otras publicaciones o actividades técnicas nomencionadas anteriormente, etc. Documentación adicional que complementesu presentación y considere de relevancia para la evaluación de susantecedentes.

TABLAS COMPLEMENTARIAS

Lugar de Trabajo (se consignará en cada llamado)

Idiomas (se consignará en cada llamado)

CARTA DE REFERENCIA

Entre la documentación obligatoria que los postulantes deben presentarse incluye una Carta de Referencia, que tiene por objeto completar losrequisitos formales exigidos con un aval profesional que contribuya auna mejor evaluación de las capacidades y experiencia del postulante.

Para ello se privilegiará que sea firmada por un profesionalreconocido, quien debe estar en condiciones de informar en relación alos conocimientos y las competencias técnicas y sociales delpostulante, así como sus características más destacadas.

En lo posible se espera que se haga referencia a su desempeñoprofesional más reciente. A tal respecto es pertinente comentar tambiénsobre la capacidad del postulante para organizar el trabajo propio y elde otros; y la de integrarse proactivamente a equiposmultidisciplinarios.

Es recomendable que quien brinda las referencias haya mantenido con elpostulante una relación profesional laboral o académica, la que deberáser especificada, tanto en lo que hace a la fecha de conocimiento comoal ámbito de la misma.

La Carta de Referencia debe estar firmada, incluyendo aclaración,función o cargo actual, teléfono y/o email para contacto por la Juntade Selección.

DECLARACIÓN JURADA

Declaro bajo juramento que:

a) los datos consignados en el curriculum vitae y en la demásdocumentación presentada, son completos, verdaderos y pertinente alperfil del puesto de trabajo o función a concursar;

b) los certificados, fotocopias y demás documentos entregados son auténticos o copias fieles de sus respectivos originales;

c) reúno los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo dela Ley N° 25.164, y su Decreto reglamentario N° 1421/02, y artículosconcordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL DE LAADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL homologado por Decreto N° 214/06, y susmodificatorios, a los que conozco y acepto;

d) reúno los requisitos para acceder al puesto de trabajo al cual me postulo;

e) conozco y acepto los términos del Reglamento de Selección dePersonal de la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE);

f) conozco y acepto las Bases del Concurso en el que solicitoinscribirme, cuya copia he recibido en este acto de inscripción,tomando conocimiento del cronograma y metodología de las etapas delproceso, de las materias o temáticas a abordar, con lo cambios quepudiera resolver la Junta de Selección a los efectos de mejor proveer,y que serán comunicados con la antelación suficiente;

g) he sido notificado de la ubicación de la cartelera y de la direcciónde la página WEB en la que se notificarán las diversas incidencias yresultados del presente proceso de selección;

h) acepto que las notificaciones a que dé lugar el desarrollo delproceso de concurso al que me postulo puedan ser efectuadas en lasdirecciones domiciliarias y electrónicas, así como del teléfono y/o faxque he comunicado en mi nota de presentación.

Fecha:

Firma y aclaración del postulante:

ACUSE DE RECIBO

e. 29/06/2016 N° 44742/16 v. 29/06/2016

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica