Disposición 307/2016

Sind. De Mec. Y Afines Del Transp. Aut. De La Rep. Arg. - Empresa Scania Argentina S.A.

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Sind. De Mec. Y Afines Del Transp. Aut. De La Rep. Arg. - Empresa Scania Argentina S.A.

Fijase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, segun los terminos del articulo 245 de la ley de contrato de trabajo n° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el articulo 1° de la resolucion de la subsecretaria de relaciones laborales n° 225 del 14 de abril de 2016, y registrado bajo el n° 239/16 suscripto entre el sindicato de mecanicos y afines del transporte automotor de la republica argentina, por la parte sindical y la empresa scania argentina sociedad anonima, por la parte empleadora.

Id norma: 262729 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33396

Fecha boletin: 09/06/2016 Fecha sancion: 20/05/2016 Numero de norma 307/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Regulaciones Del Trabajo Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DELTRABAJO

Disposición 307/2016

Bs. As., 20/05/2016

VISTO el Expediente N° 646.712/15 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), laLey N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de laSUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 225 del 14 de abril de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 8 del Expediente N° 646.712/15, obra la escala salarialpactada entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTEAUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresaSCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marcodel Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 26/90 “E”, conforme lodispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por elartículo 1° de la Resolución Ss.R.L. N° 225/16 y registrado bajo el N°239/16, conforme surge de fojas 80/82 y 85, respectivamente.

Que a fojas 10 del Expediente N° 646.712/15, obra la escala salarialpactada entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTEAUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresaSCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marcodel Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 26/90 “E”, conforme lodispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por elartículo 2° de la Resolución Ss.R.L. N° 225/16 y registrado bajo el N°240/16, conforme surge de fojas 80/82 y 85, respectivamente.

Que a fojas 12 del Expediente N° 646.712/15, obra la escala salarialpactada entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTEAUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresaSCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marcodel Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 26/90 “E”, conforme lodispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por elartículo 3° de la Resolución Ss.R.L. N° 225/16 y registrado bajo el N°241/16, conforme surge de fojas 80/82 y 85, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976)y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de lasremuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorioresultante se determina triplicando el importe promedio mensual de lasremuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexosconsiderados.

Que a fojas 92/98, obra el informe técnico elaborado por la Direcciónde Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional deRegulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y seexplicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensualde remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorioresultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual seremite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidaspor el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato deTrabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las DecisionesAdministrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° demarzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES A CARGO DE LA DIRECCIÓNNACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cualsurge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de laLey de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1° de laResolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 225 del 14 deabril de 2016, y registrado bajo el N° 239/16 suscripto entre elSINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa SCANIAARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme aldetalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cualsurge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de laLey de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de laResolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 225 del 14 deabril de 2016, y registrado bajo el N° 240/16 suscripto entre elSINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa SCANIAARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme aldetalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cualsurge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de laLey de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 3° de laResolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 225 del 14 deabril de 2016, y registrado bajo el N° 241/16 suscripto entre elSINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa SCANIAARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme aldetalle que, como ANEXO III, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 4° — Regístrese la presente Disposición por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, gírese al DepartamentoCoordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a finde que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado poreste acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 5° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para lanotificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a laguarda del presente legajo.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E. y S.S.

ANEXO I

Expediente N° 646.712/15

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINESDEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINAC/SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA Acuerdo N° 239/16 CCT N° 26/90 “E” 01/07/2014 $ 14.252,30 $ 42.756,90

ANEXO II

Expediente N° 646.712/15

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINESDEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINAC/SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA Acuerdo N° 240/16 CCT N° 26/90 “E” 01/10/2014 $ 15.057,29 $ 45.171,87

ANEXO III

Expediente N° 646.712/15

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINESDEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINAC/SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA Acuerdo N° 241/16 CCT N° 26/90 “E” 01/01/2015 $ 16.922,33 $ 50.766,99

Expediente N° 646.712/15

Buenos Aires, 23 de mayo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 307/16 se hatomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente dereferencia, quedando registrado con el número 283/16 T. — Lic.ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

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