Disposición 317/2016

Asoc Personal Jerarquico Del Agua Y La Energia Y Fed Argentina De Cooperativas De Electricidad...

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Asoc Personal Jerarquico Del Agua Y La Energia Y Fed Argentina De Cooperativas De Electricidad...

Fijase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, segun los terminos del articulo 245 de la ley de contrato de trabajo n° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la resolucion de la subsecretaria de relaciones laborales n° 215 del 7 de abril de 2016, y registrado bajo el n° 232/16 suscripto entre la asociacion del personal jerarquico del agua y la energia, por la parte sindical, y la federacion argentina de cooperativas de electricidad y otros servicios publicos limitada, por la parte empleadora.-

Id norma: 262860 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33398

Fecha boletin: 13/06/2016 Fecha sancion: 26/05/2016 Numero de norma 317/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Regulaciones Del Trabajo Ver Disposiciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 2 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DELTRABAJO

Disposición 317/2016

Bs. As., 26/05/2016

VISTOel Expediente N° 1.675.726/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO,EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N°20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de laSUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 215 del 7 de abril de 2016, y

CONSIDERANDO:

Quea fojas 3 del Expediente N° 1.675.726/15, obra la escala salarialpactada entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA Y LAENERGÍA, por la parte sindical, y la FEDERACIÓN ARGENTINA DECOOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS LIMITADA, porla parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N°699/14, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N°14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte delacuerdo homologado por la Resolución Ss.R.L. N° 215/16 y registradobajo el N° 232/16, conforme surge de fojas 24/26 y 29, respectivamente.

Queel segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) ysus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de lasremuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Quede conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorioresultante se determina triplicando el importe promedio mensual de lasremuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexosconsiderados.

Que a fojas 35/38, obra el informe técnicoelaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de laDirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indicanlas constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculodel promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del topeindemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en estainstancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que lapresente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por elsegundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N°20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las DecisionesAdministrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° demarzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES A CARGO DE LA DIRECCIÓNNACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge eltope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley deContrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de laSUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 215 del 7 de abril de 2016, yregistrado bajo el N° 232/16 suscripto entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONALJERÁRQUICO DEL AGUA Y LA ENERGÍA, por la parte sindical, y laFEDERACIÓN ARGENTINA DE COOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y OTROS SERVICIOSPÚBLICOS LIMITADA, por la parte empleadora, conforme al detalle que,como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° —Regístrese la presente Disposición por la Dirección General deRegistro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍADE COORDINACIÓN. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación dela Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registreel importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y deltope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a laDirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partessignatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del RegistroOficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacionalde Regulaciones del Trabajo, M.T.E. y S.S.

ANEXO

Expediente N° 1.675.726/15

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA Y LA ENERGÍAC/FEDERACIÓN ARGENTINA DE COOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y OTROS SERVICIOSPÚBLICOS LIMITADA CCT N° 699/14 01/03/201501/09/2015 $ 19.870,70$ 22.396,90 $ 59.612,10$ 67.190,70

 Expediente N° 1.675.726/15

Buenos Aires, 30 de mayo de 2016

Deconformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 317/16 se hatomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente dereferencia, quedando registrado con el número 290/16 T. — Lic.ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica