Disposición 20/2016

Ordenanza N° 7-16 (Dpsn) Del Tomo 1 Regimen Tecnico Del Buque - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Prefectura Naval Argentina
Ordenanza N° 7-16 (Dpsn) Del Tomo 1 Regimen Tecnico Del Buque - Aprobacion

Apruebase la ordenanza n° 7-16 (dpsn) del tomo 1 regimen tecnico del buque titulada “medios de embarco y desembarco de los buques y para el transbordo de practicos” y sus agregados n° 1 y 2. derogar la ordenanza n° 4/89 del tomo 3 regimen operativo del buque titulada “medios para el transbordo de practicos” y la ordenanza n° 7/75 del tomo 1 regimen tecnico del buque titulada “requisitos de planchadas y escalas para uso de pasajeros”.

Id norma: 263075 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33411

Fecha boletin: 04/07/2016 Fecha sancion: 27/06/2016 Numero de norma 20/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Prefectura Naval Argentina Ver Disposiciones Observaciones: LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE -ORDENANZA N° N° 4/89- PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Disposición 20/2016

Bs. As., 27/06/2016

VISTO lo informado por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, y;

CONSIDERANDO:

Que corresponde a la Prefectura Naval Argentina, entender en laSeguridad de la Navegación y ser el órgano de aplicación en el ordentécnico de los convenios internacionales sobre seguridad de lanavegación y de los bienes y de la vida humana en el mar, de acuerdo alo dispuesto en el Artículo 5°, inciso a), apartado 3 de la Ley N°18.398.

Que desde la entrada en vigor de la Ordenanza N° 4/89 “Medios para elTransbordo de Prácticos” que receptaba las antiguas prescripciones dela regla V/23 del Convenio Internacional para la Seguridad de la VidaHumana en el Mar (SOLAS), dicha regla ha sido enmendada por laResolución MSC 308 (88), surgiendo nuevas recomendaciones sobre diseño,construcción y reconocimiento adoptadas por la Asamblea de laOrganización Marítima Internacional (OMI), mediante las ResolucionesA.1045 (27) y A.1108 (29).

Que el Convenio SOLAS fue enmendado por la Organización MarítimaInternacional (OMI), mediante Resolución MSC 256 (84), introduciendouna nueva regla II-1/3-9 relativa a medios de embarco y desembarco delos buques.

Que en consecuencia, es necesario actualizar las disposiciones de laOrdenanza N° 7/75 “Requisitos de Planchadas y Escalas para Uso dePasajeros” para establecer las disposiciones de la mencionada regla 3-9del Convenio SOLAS y las recomendaciones sobre construcción,instalación, mantenimiento y reconocimiento de los medios de embarco ydesembarco, adoptadas por la OMI mediante Circular MSC.1/Circ.1331.

Que el órgano jurídico competente ha tomado la correspondiente intervención.

Que la Prefectura se halla facultada para dictar el correspondienteacto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 5°,inciso a), apartado 2 de la Ley N° 18.398.

Por ello,

EL PREFECTO NACIONAL NAVAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la Ordenanza N° 7-16 (DPSN) del Tomo 1 RégimenTécnico del Buque titulada “MEDIOS DE EMBARCO Y DESEMBARCO DE LOSBUQUES Y PARA EL TRANSBORDO DE PRACTICOS” y sus agregados N° 1 y 2.

ARTÍCULO 2° — Derogar la Ordenanza N° 4/89 del Tomo 3 Régimen Operativodel Buque titulada “Medios para el Transbordo de Prácticos” y laOrdenanza N° 7/75 del Tomo 1 Régimen Técnico del Buque titulada“Requisitos de Planchadas y Escalas para Uso de Pasajeros”.

ARTÍCULO 3° — La presente Ordenanza entrará en vigor una vez cumplidoslos DIEZ (10) días, computados desde la fecha consignada en elencabezamiento.

ARTÍCULO 4° — La presente Ordenanza será aplicable a los medios deembarco y desembarco de los buques y para el transbordo de prácticosque se instalen a partir de la entrada en vigor de la presenteOrdenanza.

ARTÍCULO 5° — Por la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO se procederá a lapublicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, impresión,distribución y difusión en el sitio INTERNET e INTRANET como OrdenanzaN° 7-16 (DPSN), incorporándose al Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque”.Posteriormente, corresponderá su archivo en el DepartamentoOrganización y Desarrollo como antecedente. — EDUARDO RENÉ SCARZELLO,Prefecto General, Prefecto Nacional Naval.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la páginawww.prefecturanaval.gov.ar

e. 04/07/2016 N° 45700/16 v. 04/07/2016

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