Disposición 238/2016

Sistema De Liquidacion Y Percepcion Del Impuesto De Radicacion De Los Automotores Y Motovehiculos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Registros Nacionales De La Propiedad Del Automotor Y De Creditos Prendarios
Sistema De Liquidacion Y Percepcion Del Impuesto De Radicacion De Los Automotores Y Motovehiculos

Establecese el dia 11 de julio de 2016 como fecha de entrada en vigencia del sistema de liquidacion y percepcion del impuesto de radicacion de los automotores y motovehiculos (patentes) dispuesto por el convenio de complementacion de servicios celebrado con fecha 17 de julio de 2009 entre esta direccion nacional y la municipalidad de oliva, provincia de cordoba, el que se implementara respecto de los tramites que se realicen ante los registros seccionales de la propiedad del automotor y los registros seccionales de la propiedad del automotor con competencia exclusiva en motovehiculos de la ciudad de oliva.

Id norma: 263410 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33418

Fecha boletin: 14/07/2016 Fecha sancion: 07/07/2016 Numero de norma 238/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nac.Reg.Nac.Prop.Auto. Y Cred.Prendarios Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 238/2016

Bs. As., 07/07/2016

VISTO el Convenio de Complementación de Servicios celebrado el 17 dejulio de 2009 entre esta Dirección Nacional y la Municipalidad deOLIVA, provincia de CÓRDOBA, registrado bajo el número 12/10 delRegistro de esta Dirección (conforme modelo aprobado por el MINISTERIODE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J.S. y D.H. N°1472/08), y

CONSIDERANDO:

Que por medio del mencionado Convenio se instrumentó un sistemainformático para proceder a la liquidación y percepción del Impuesto ala Radicación de los Automotores y Motovehículos (Patentes), a travésde los Registros Seccionales con jurisdicción en la MUNICIPALIDAD DEOLIVA, provincia de CÓRDOBA, aplicable respecto de los trámitesregistrales de Inscripción Inicial, Transferencia, Cambio deRadicación, Baja del Automotor, Denuncia de Robo o Hurto, Cambio deDenominación Social, Denuncia de Venta, Posesión o Tenencia.

Que el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de esa ciudad ha dictado laOrdenanza Municipal N° 6 de fecha 29 de marzo de 2010, mediante la cualaprueba el Convenio celebrado con esta DIRECCIÓN NACIONAL.

Que con fecha 30 de marzo de 2010 el Poder Ejecutivo de laMunicipalidad de OLIVA promulgó la mencionada Ordenanza Municipal N°6/2010 mediante el Decreto Municipal N° 50/2010.

Que por conducto del Decreto Municipal N° 66 del 26 de mayo de 2016 sedesignó a los Encargados de los Registros Seccionales de todo el paíscomo agentes de percepción del Impuesto a la Radicación de Automotoresy Motovehículos de esa jurisdicción.

Que mediante la Disposición D.N. N° 276 de fecha 24 de julio de 2014 seaprobó el modelo de Solicitud Tipo “13” (Única), que será utilizada porlos Encargados de los Registros Seccionales para peticionar, por anteel organismo tributario municipal, los informes de deuda, altas y bajasdel Impuesto a los Automotores, al tiempo que documentará los pagos dedeudas que informadas, se efectivicen por ante los Encargados de esosRegistros Seccionales. Asimismo, ese instrumento reviste el carácter decertificado válido de las eximiciones solicitadas, de la liberación dedeudas por exhibición de comprobantes de pago o de su negativa de pago.

Que posteriormente, mediante la Disposición D.N. N° 203 de fecha 3 dejunio de 2016, la Solicitud Tipo “13” (Única) adquirió el carácter deSolicitud Tipo digital mediante la impresión de la misma sobre una hojade papel A4.

Que los Encargados de los Registros Seccionales alcanzados por lapresente utilizarán para la consecución de las tareas impositivas aquíencomendadas el sistema informático de interconexión “en línea”mencionado en el Convenio de Complementación de Servicios citado en elVisto.

Que, encontrándose reunidas todas las condiciones que posibilitan lapuesta en marcha de la operatoria, resulta menester disponer lavigencia del nuevo sistema para ser aplicado en los trámitesanteriormente enunciados en los Registros Seccionales de la ciudad deOLIVA, provincia de CÓRDOBA, estableciendo el uso de la Solicitud Tipo“13” (Única) de carácter digital.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso c), del Decreto N° 335/88.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Establécese el día 11 de julio de 2016 como fecha deentrada en vigencia del sistema de liquidación y percepción delImpuesto de Radicación de los Automotores y Motovehículos (Patentes)dispuesto por el Convenio de Complementación de Servicios celebrado confecha 17 de julio de 2009 entre esta Dirección Nacional y laMunicipalidad de OLIVA, provincia de CÓRDOBA, el que se implementarárespecto de los trámites que se realicen ante los Registros Seccionalesde la Propiedad del Automotor y los Registros Seccionales de laPropiedad del Automotor con Competencia Exclusiva en Motovehículos dela ciudad de OLIVA.

ARTÍCULO 2° — En ese marco, establécese a partir de esa fecha laobligatoriedad del uso de la Solicitud Tipo 13 (Única) de carácterdigital respecto de los trámites registrales de Inscripción Inicial,Transferencia, Cambio de Radicación, Baja del Automotor, Denuncia deRobo o Hurto, Cambio de Denominación Social, Denuncia de Venta,Posesión o Tenencia.

ARTÍCULO 3° — Difiérese la puesta en vigencia del presente Convenio deComplementación de Servicios en el resto de los Registros Seccionalesdel país hasta tanto se encuentren dadas las condiciones necesariaspara el correcto funcionamiento de la operatoria.

ARTÍCULO 4° — El Departamento Tributos y Rentas dictará un instructivoa los fines de implementar la presente operatoria en los RegistrosSeccionales alcanzados.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese atento a su carácter de interésgeneral dése para su publicación a la Dirección Nacional del RegistroOficial y archívese. — Lic. CARLOS G. WALTER, Director, DirecciónNacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y deCréditos Prendarios.

e. 14/07/2016 N° 49173/16 v. 14/07/2016

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