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Resolución 26/2016
Resolucion C 18/2016 - Incorporacion
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Vitivinicultura
Resolucion C 18/2016 - Incorporacion
Incorporase al articulo 1° de la resolucion n° c.18 de fecha 13 de junio de 2016, al mosto concentrado y al mosto concentrado rectificado como productos edulcorantes.
Id norma: 263415 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33418
Fecha boletin: 14/07/2016 Fecha sancion: 07/07/2016 Numero de norma 26/2016
Organismo (s)
Organismo origen: Instituto Nacional De Vitivinicultura (I.N.V.) Ver Resoluciones Observaciones: -
Esta norma modifica o complementa a
Ver 2 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
Resolución 26/2016
Mendoza, 07/07/2016
VISTO el Expediente N° S93:0005601/2016 del Registro del INSTITUTONACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley General de Vinos N° 14.878, laResolución N° C.18 de fecha 13 de junio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, se aprobó la Resolución N°C.18 de fecha 13 de junio de 2016, la cual establece que los VinosBlancos y Rosados de la Provincia de MENDOZA que resulten edulcoradosúnicamente con Mosto Virgen, Jugo de Uva, Mosto Sulfitado y/o MostoSulfitado Desulfitado, deberán responder al corte teórico de loscomponentes utilizados, sin existir tolerancia alguna y el gradoalcohólico real, no podrá estar por debajo de SIETE COMA CERO PORCIENTO VOLUMEN A VOLUMEN (7,0 % v/v).
Que el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA también posee aprobadopara la edulcoración de vinos, entre otros productos, al MostoConcentrado y al Mosto Concentrado Rectificado.
Que teniendo en cuenta que los mencionados productos al ser empleadosen determinadas edulcoraciones de vinos Blancos y Rosados de laProvincia de MENDOZA, podrían perforar el piso de ONCE COMA CINCO PORCIENTO EN VOLUMEN (11,5% v/v) establecido para la libre circulación,resulta procedente incorporarlos a la Resolución N° C.18/16 para suutilización.
Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Organismo, ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto N° 155/16,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Incorpórase al Artículo 1° de la Resolución N° C.18 defecha 13 de junio de 2016, al Mosto Concentrado y al Mosto ConcentradoRectificado como productos edulcorantes.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DirecciónNacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido archívese.— Ing. Agr. CARLOS RAÚL TIZIO MAYER, Presidente, Instituto Nacional deVitivinicultura.
e. 14/07/2016 N° 49115/16 v. 14/07/2016
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