Resolución General 669/2016

Reuniones De Directorio - Procedimiento

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision Nacional De Valores
Reuniones De Directorio - Procedimiento

Aprobar el procedimiento aplicable a la celebracion de reuniones de directorio de la comision nacional de valores cuando algunos de sus miembros no se encuentren en el mismo recinto, que como anexo i forma parte integrante de la presente resolucion general.

Id norma: 263494 Tipo norma: Resolución General Numero boletin: 33420

Fecha boletin: 18/07/2016 Fecha sancion: 14/07/2016 Numero de norma 669/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Nacional De Valores Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Resolución General 669/2016

Reuniones de Directorio. Procedimiento.

Bs. As., 14/07/2016

VISTO el Expediente N° 2215/2016 caratulado “PROYECTO DE RGS/REGLAMENTACIÓN DE LAS REUNIONES DEL DIRECTORIO DE LA CNV A DISTANCIAEN EL MARCO DE LA LEY N° 26.831”, lo dictaminado por la Subgerencia deAsesoramiento Legal, la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la GerenciaGeneral de Asuntos Jurídicos, y

CONSIDERANDO:

Que la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES es una entidad autárquica conjurisdicción en toda la República Argentina cuyas funciones las ejerceun Directorio compuesto por cinco miembros designados por el PODEREJECUTIVO NACIONAL, conforme lo dispuesto por los artículos 6° y 8° dela Ley N° 26.831.

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 del mencionado cuerponormativo, el Directorio del Organismo sesionará con la mayoría de susmiembros, sin que sea necesario que se encuentren en el mismo recinto,si estuvieren comunicados por medios de transmisión simultánea desonido, imágenes y palabras.

Que con el propósito de asegurar la prestación ininterrumpida delservicio administrativo a cargo de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, yconsiderando lo normado por el artículo mencionado en el párrafoprecedente, se estima procedente, con aplicación de las nuevasherramientas tecnológicas, establecer los requisitos para que elDirectorio pueda sesionar y adoptar decisiones con la participación deaquellos integrantes que se encuentren fuera del asiento del Organismo.

Que para ello, el procedimiento a seguir debe encontrarse reglamentado bajo lo establecido por la normativa vigente.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 11 y 19 de la Ley N° 26.831.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Aprobar el procedimiento aplicable a la celebración dereuniones de Directorio de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES cuandoalgunos de sus miembros no se encuentren en el mismo recinto, que comoAnexo I forma parte integrante de la presente Resolución General.

ARTÍCULO 2° — La presente Resolución General entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DirecciónNacional del Registro Oficial, incorpórese al sitio web del Organismoen www.cnv.gov.ar y archívese. — Rocío Balestra. — Patricia Boedo. —Marcos Ayerra. — Carlos Hourbeigt.

ANEXO I

PROCEDIMIENTO APLICABLE A LAS REUNIONES A DISTANCIA DEL DIRECTORIO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES:

ARTÍCULO 1°.- El Directorio de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES podrásesionar y adoptar decisiones aún cuando algunos de sus integrantes nose encuentren en el mismo recinto, siempre que esos Directoresestuvieren comunicados con el resto de los integrantes del órgano pormedios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras.

ARTÍCULO 2°.- Los directores comunicados a distancia por los mediosantes indicados serán computados a los efectos del quórum y mayorías.

ARTÍCULO 3°.- En todos los casos, el contenido del voto será remitidopor correo electrónico firmado digitalmente, para asegurar la autoría einalterabilidad del mismo.

ARTÍCULO 4°.- La habilitación de las firmas digitales de los Directoresserá efectuada por el procedimiento habitual para la habilitación delos operadores y firmantes en la AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERAde las entidades controladas por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, conla intervención de la Subgerencia de Asesoramiento Legal y laSubgerencia de Informática.

ARTÍCULO 5°.- La celebración de este tipo de reuniones deberáefectuarse con la presencia del Gerente a cargo de la Secretaría deDirectorio y del Auditor Interno, o quienes los reemplacen en caso deausencia, los que dejarán constancia de la existencia del acto y de laregularidad de las decisiones adoptadas.

ARTÍCULO 6°.- Las actas de las reuniones así celebradas seránconfeccionadas y firmadas dentro de los CINCO (5) días, por losmiembros presentes y por el Gerente a cargo de la Secretaría deDirectorio y el Auditor Interno, o quienes los reemplacen en caso deausencia.

ARTÍCULO 7°.- El acta de directorio deberá dejar constancia de laasistencia y participación de los miembros presentes y de los miembroscomunicados a distancia, así como también del medio de transmisiónutilizado para la comunicación.

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