Resolución 1740/2016

Resolucion N° 617/2016 - Prorroga

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Registro Nacional De Las Personas
Resolucion N° 617/2016 - Prorroga

Prorrogase el plazo establecido en el articulo 1° de la resolucion n° 617/2016 de la direccion nacional del registro nacional de las personas, organismo descentralizado actuante en la orbita del actual ministerio del interior, obras publicas y vivienda, hasta el 31 de marzo de 2017, en las mismas condiciones establecidas en un todo por dicha norma.

Id norma: 263826 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33427

Fecha boletin: 27/07/2016 Fecha sancion: 22/07/2016 Numero de norma 1740/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional Del Registro Nacional De Las Personas Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Resolución 1740/2016

Bs. As., 22/07/2016

VISTO el Expediente N° S02:0002213/2016, del registro de la DIRECCIÓNNACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, OrganismoDescentralizado actuante en la órbita del actual MINISTERIO DELINTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 17.671 y susmodificatorias, el Decreto N° 1501 del 22 de octubre de 2009 y susmodificatorios, y las Resoluciones N° 3020 del 29 de octubre de 2014,N° 3117 del 10 de noviembre de 2014 y N° 2030 del 12 de junio de 2015 yN° 617 del 21 de marzo de 2016, todas de la citada Dirección, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución RNP N° 3020/2014 estableció el canje obligatorio detodos los documentos de confección manual emitidos por la DIRECCIÓNNACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, siendo la fecha límiteel día 31 de diciembre de 2014.

Que asimismo, el artículo 2° de la citada Resolución dispuso exceptuarde la obligación establecida en el artículo 1°, a aquellas personasmayores de SETENTA Y CINCO (75) años de edad cumplidos al día 31 dediciembre de 2014 y a los incapaces declarados judicialmente.

Que la Resolución RNP N° 2030/2015 extendió el plazo establecido en elartículo 1° de la Resolución N° 3117/2014, hasta el día 31 de marzo de2016 y la Resolución N° 617/2016, hasta el 31 de Julio, en las mismascondiciones establecidas por dicha norma.

Que la implementación del canje aludido se enmarca en la política deEstado definida por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, de protección integraly efectiva del derecho a la identidad de todos los ciudadanos, habiendoposibilitado a la vasta mayoría de la población la obtención del NuevoDocumento Nacional de Identidad (DNI) digital, sea este en formatolibreta de tapa celeste o tarjeta plástica.

Que dicha medida contribuyó a conformar y robustecer la Base de Datospoblacional en formato digital, segura, confiable y consistente, dandocuenta de lo efectivo y beneficioso que ha resultado el canje y lamodernización documentaria para quienes habitan nuestro pais.

Que esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS se haplanteado como meta simplificar y brindar celeridad en los procesos deobtención del DNI, cumpliendo el desafío de llevar a todas lasprovincias del país el equipamiento y la asistencia técnica necesariapara posibilitar una mejora en la atención de los ciudadanos a partirde la toma digital y entrega rápida del DNI y pasaporte.

Que a fin de hacer efectivo dicho planteamiento, se ha procedido ainstalar Nuevos Centros de Documentación rápida en distintos puntos dela Provincia de Buenos Aires. Se realizan continuamente operativosdocumentarios en todo el país, como así también, se está gestionando lafirma de múltiples convenios que tienen como objeto dar en comodatotanto vehículos y/o valijas con equipamiento fomentando de esta manerarelaciones de cooperación y coordinación, tendientes a facilitar eldesarrollo de Programas de Documentación, en el marco de lasdisposiciones previstas en la Ley N° 17.671 y sus modificatorias.

Asimismo se han firmado Contratos de Cesión de uso con entidadesprivadas, como por ejemplo distintos Centros Comerciales (Shopping),cuyo objeto consiste en establecer múltiples puestos de toma detrámites dentro de los mismos, y por otro lado, con entidades públicasse han firmados Convenios de Cooperación y Colaboración a fin deestablecer puestos de toma de trámites dentro de oficinas propias dedichas entidades que funcionan en distintos puntos del país. De estemodo el RENAPER se encuentra presente y cerca del ciudadano en todomomento, facilitando el acceso a la realización del trámite tanto seadel DNI como del Pasaporte.

Que al 10 de Diciembre de 2015 faltaban acceder al nuevo DNI 1.200.000personas y al 22 de julio de 2016, gracias al éxito de las medidasanteriormente mencionadas, solo restan acceder al mismo aproximadamente600.000 personas, todo ello conforme al censo poblacional 2010.

Que como ejemplo de ello, cabe destacar lo acaecido en el partido de LaMatanza en donde al 1° de enero de 2016 solo el sesenta y siete connueve por ciento (67.9%) de la población poseía DNI digital, logrando ala fecha aumentar ese porcentaje aproximadamente a un ochenta porciento (80%).

Que, en función de lo descripto precedentemente, con el objeto deevitar confusión o posibles inconvenientes, y de brindar mayoresfacilidades a todos los ciudadanos, se promoverán campañas deinformación, para seguir avanzando en el acceso al cambio del DNImanual por el Nuevo DNI digital.

Que de esta forma, se continua con la política de Estado que asegura atodos los sectores de la sociedad el ejercicio del derecho a laidentidad y la identificación de las personas, por lo tanto seconsidera oportuno y necesario establecer una extensión de la fechalímite del recambio por el Nuevo DNI.

Que siguen plenamente vigentes los antecedentes y fundamentos de hechoy de derecho que motivaron el dictado de la Resolución RNP N° 3020/2014.

Que en virtud de lo expuesto resulta pertinente prorrogar hasta el 31de Marzo de 2017 el plazo establecido en la Resolución RNP N° 617/2016.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS ha tomado la intervención que lecompete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribucionesconferidas por la Ley N° 17.671 y sus modificatorias, y lasdisposiciones del Decreto N° 1501/2009.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Prorrógase el plazo establecido en el artículo 1° de laResolución N° 617/2016 de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONALDE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita delactual MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, hasta el 31de Marzo de 2017, en las mismas condiciones establecidas en un todo pordicha norma.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JUAN CARLOS MORÁN, DirectorNacional, Registro Nacional de las Personas.

e. 27/07/2016 N° 52860/16 v. 27/07/2016

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