Decisión Administrativa 761/2016

Modificase Su Distribucion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Presupuesto General De La Administracion Nacional
Modificase Su Distribucion

Modificase la distribucion del presupuesto general de la administracion nacional - recursos humanos, en la parte correspondiente a la jurisdiccion 58 - ministerio de energia y mineria para el ejercicio 2016, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas anexas (if-2016-00413917-apn-mem) al presente articulo, las que forman parte integrante de la presente medida. incorporanse a la estructura organizativa de primer nivel operativo de la subsecretaria de coordinacion administrativa del ministerio de energia y mineria, aprobada por el articulo 11 del decreto nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, la direccion de prestamos con organismos internacionales, la direccion de despacho y mesa de entradas, la direccion de relaciones institucionales, la direccion de sumarios, la direccion general de control de gestion y la direccion general de informatica, de conformidad con el organigrama y responsabilidades primarias y acciones que obran en planilla anexa (if-2016-00413922-apn-mem) al presente articulo, que forman parte integrante de la presente medida.

Id norma: 263836 Tipo norma: Decisión Administrativa Numero boletin: 33428

Fecha boletin: 28/07/2016 Fecha sancion: 27/07/2016 Numero de norma 761/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Jefatura De Gabinete De Ministros Ver Decisiones Administrativas Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Decisión Administrativa 761/2016

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, para el Ejercicio 2016.

Bs. As., 27/07/2016

VISTO el Expediente N° S01:0034451/2016 del Registro del MINISTERIO DEENERGÍA Y MINERÍA, la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por el DecretoN° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones, la Ley N°27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para elEjercicio 2016, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el ConvenioColectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DEEMPLEO PÚBLICO (SINEP), 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, 231 defecha 22 de diciembre de 2015 y la Decisión Administrativa Nº 10 defecha 19 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificóla Ley de Ministerios (Texto Ordenado por el Decreto N° 438 de fecha 12de marzo de 1992) y sus modificaciones, creando, entre otros, elMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, a través del artículo 23 nonies, elque absorbió las funciones de diversas áreas del ex MINISTERIO DEPLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, con competenciaen cuestiones inherentes a la política nacional en materia de Energía yMinería.

Que por el Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015,(modificatorio del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002), seincorporó a los Anexos I - Organigrama y II - Objetivos, del Decreto N°357 de fecha 21 de febrero de 2002, como Apartado XXVIII, la partecorrespondiente al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, transfiriéndose asu órbita la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA, que pasó a denominarseSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y la SECRETARÍA DE MINERÍA.

Que, asimismo, a través del artículo 10 de la norma citadaprecedentemente, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIODE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que por el artículo 11 de dicha norma se aprobaron lasResponsabilidades Primarias y Acciones de la UNIDAD DE AUDITORÍAINTERNA y de las unidades organizativas que conforman la SUBSECRETARÍADE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, ambas del MINISTERIO DE ENERGÍA YMINERÍA.

Que en esta instancia resulta necesaria la incorporación de diversasunidades al ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA yla aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativode las restantes Subsecretarías y Secretarías del MINISTERIO DE ENERGÍAY MINERÍA, como asimismo, incorporar, homologar, reasignar y derogardiversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, enel Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente dela SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y laSECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAShan tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,el artículo 16, inciso 29, de la Ley de Ministerios (texto ordenado porel Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en el artículo 6° de laLey Nº 27.198.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de laAdministración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondientea la Jurisdicción 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA para elEjercicio 2016, de acuerdo con el detalle obrante en las PlanillasAnexas (IF-2016-00413917-APN-MEM) al presente artículo, las que formanparte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º — Incorpóranse a la estructura organizativa de primer niveloperativo de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA delMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, aprobada por el artículo 11 delDecreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, la Dirección dePréstamos con Organismos Internacionales, la Dirección de Despacho yMesa de Entradas, la Dirección de Relaciones Institucionales, laDirección de Sumarios, la DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE GESTIÓN y laDIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA, de conformidad con el Organigrama yResponsabilidades Primarias y Acciones que obran en Planilla Anexa(IF-2016-00413922-APN-MEM) al presente artículo, que forman parteintegrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º — Apruébase la estructura organizativa de primer niveloperativo de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA TARIFARIA, dela SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS, de la SECRETARÍA DEENERGÍA ELÉCTRICA, de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICOESTRATÉGICO y de la SECRETARÍA DE MINERÍA, todas ellas dependientes delMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, de acuerdo con los Organigramas yResponsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I,(IF-2016-00413870-APN-MEM), Ia (IF-2016-00413882-APN-MEM), Ib(IF-2016-00413887-APN-MEM), Ic (IF-2016-00413895-APN-MEM), Id(IF-2016-00413902-APN-MEM), y II (IF-2016-00413908-APN-MEM) formanparte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 4º — Facúltase al titular del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA,previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEOPÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior ala aprobada por la presente medida, la que deberá prever un máximo deDOS (2) Auditorías Adjuntas, CUATRO (4) Responsables de Auditoría, DOS(2) Subdirecciones Generales, CUARENTA Y CINCO (45) Direcciones yCINCUENTA Y SEIS (56) Coordinaciones del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEOPÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de TrabajoSectorial del Personal, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3de diciembre de 2008 y sus modificaciones, las que a través del acto deaprobación serán incorporadas, ratificadas u homologadas, segúncorresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de laJurisdicción, con Nivel III (Dirección) y IV (Coordinación).

ARTÍCULO 5º — Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en elNomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes alMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, según el detalle obrante en lasPlanillas Anexas (IF-2016-00413928-APN-MEM) al presente artículo, queforman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 6º — Facúltase al titular del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA,previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEOPÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de laestructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberáadecuarse a los cargos financiados y aprobados de conformidad con laLey de Presupuesto vigente al momento de aprobación.

ARTÍCULO 7º — Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior alas aprobadas por la presente Decisión Administrativa, conservarán suvigencia las aprobadas, con sus acciones, dotaciones, niveles, gradosde revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2.098 defecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 8° — El gasto que demande el cumplimiento de la presentemedida, será imputado con cargo a las partidas específicas delpresupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 58 -MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ARTÍCULO 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Juan J. Aranguren.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º

PRESUPUESTO 2016

JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

PROGRAMA: 01 - ACTIVIDADES CENTRALES

CARGO O CATEGORÍACARGOS

PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2.098/08

D- 33

E- 1

A+ 14

B+ 20

Subtotal Escalafón0

TOTAL PROGRAMA0

PRESUPUESTO 2016

JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

PROGRAMA: 32 - FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA GEOLÓGICO - MINERA

CARGO O CATEGORÍACARGOS

PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2.098/08

C- 9

D- 1

E- 1

B+ 11

Subtotal Escalafón0

TOTAL PROGRAMA0

PRESUPUESTO 2016

JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

PROGRAMA: 73 - FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE POLÍTICA DE HIDROCARBUROS

CARGO O CATEGORÍACARGOS

PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2.098/08

B- 2

D- 2

A+ 4

Subtotal Escalafón0

TOTAL PROGRAMA0

PRESUPUESTO 2016

JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

PROGRAMA: 74 - FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE POLÍTICA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

CARGO O CATEGORÍACARGOS

PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2.098/08

C- 3

D- 1

B+ 4

Subtotal Escalafón0

TOTAL PROGRAMA0

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN DE PRÉSTAMOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Intervenir en la formulación, gestión, supervisión, monitoreo yevaluación de los programas y proyectos con financiamiento multilateralque se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ACCIONES:

1. Orientar y coordinar con las áreas competentes la gestión de losprogramas y proyectos de cooperación técnico financiera del Ministerio,respecto de los programas y proyectos con financiamiento externo.

2. Controlar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por elMinisterio y las Agencias y Organismos Internacionales, de aplicaciónen el ámbito nacional, provincial, municipal y de OrganismosDescentralizados y Autónomos, en el ámbito de su competencia.

3. Vincular los programas y proyectos internacionales con los programasestables y permanentes de la estructura del Ministerio, en los aspectossustantivos, estimulando la comunicación, la interacción y elintercambio.

4. Evaluar la oportunidad y conveniencia del desarrollo y gestión denuevos programas y proyectos internacionales, de competencia delMinisterio.SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Gestionar la recepción y salida de la documentación administrativa delMinisterio y la proveniente de otras jurisdicciones, recibiendo ydespachando la documentación de particulares.

Efectuar el registro y archivo de la documentación de la Jurisdicción.

ACCIONES:

1. Coordinar la recepción, registro, tramitación y comunicación deexpedientes y proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativasy resoluciones del Ministro y de los Secretarios y disposiciones de losSubsecretarios, así como toda la documentación destinada al Ministro.

2. Coordinar el giro de la documentación a las distintas unidadesconforme la responsabilidad primaria asignada a cada una de ellas,controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.

3. Supervisar el seguimiento de los trámites y asesorar e informar alSubsecretario de Coordinación Administrativa cuando éste lo requiera.

4. Brindar información a quienes acrediten condición de parte acercadel estado de tramitación de expedientes y proyectos de leyes,decretos, decisiones administrativas, resoluciones del Ministro y delos Secretarios y disposiciones de los Subsecretarios.

5. Otorgar vistas.

6. Elaborar planillas de seguimiento y control de gestiónadministrativa de los trámites para información del Ministro ySecretarios.

7. Autenticar las firmas de funcionarios del Ministerio.

8. Efectuar el seguimiento y control de los trámites administrativos dela Jurisdicción y determinar la unidad o unidades de la Jurisdiccióncon responsabilidad primaria para entender en los mismos.

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir al Subsecretario de Coordinación Administrativa en laevaluación, seguimiento y verificación de los planes, programas,proyectos y acciones, proponiendo los instrumentos necesarios queoptimicen la gestión, promoviendo la coherencia y complementariedad delos mismos.

Asistir al Subsecretario de Coordinación Administrativa en eldesarrollo de las relaciones institucionales del Ministerio con lasdiferentes áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL y con los GobiernosProvinciales y Municipales.

ACCIONES:

1. Realizar la evaluación, seguimiento y control de los planes, programas, proyectos y acciones del Ministerio.

2. Proponer y coordinar con las distintas dependencias del Ministerio,la elaboración y ejecución de planes, programas, proyectos y accionesde su competencia.

3. Asistir al Ministro y al Subsecretario de CoordinaciónAdministrativa en la articulación de las relaciones que se establezcancon otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, Provincial y Municipaly entidades sin fines de lucro y sector privado que actúan en el ámbitode su competencia.

4. Formular propuestas a fin de coordinar las acciones necesarias, parael desarrollo de las relaciones institucionales con organismosdependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL y de los GobiernosProvinciales y Municipales conjuntamente con las diferentes áreas delMinisterio.

5. Realizar los estudios y análisis necesarios que determinen lafactibilidad y oportunidad de realización de los planes, programas,proyectos y acciones que le sean requeridos.

6. Proponer y ejecutar planes de comunicación y acciones de difusiónpara informar a la sociedad sobre las características y beneficios delahorro, uso racional, responsable y eficiente de los recursosenergéticos, coordinando dichas acciones con las distintas dependenciasdel Ministerio.

7. Asistir al Subsecretario de Coordinación Administrativa en eldespacho de la información, en el marco del Decreto Nº 1.172 de fecha 3de diciembre de 2003 “Acceso a la información pública”.

8. Asistir a la Subsecretaría de Coordinación Administrativa en elmantenimiento y actualización de los contenidos de la página Web delMinisterio.

9. Proponer la aplicación de planes de comunicación y acciones de difusión en función de mérito, oportunidad y conveniencia.

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN DE SUMARIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Substanciar los sumarios administrativos y las informaciones sumariasordenadas por autoridad competente de acuerdo con la normativa vigente.

ACCIONES:

1. Instruir los sumarios e informaciones sumarias que dispongan lasautoridades o funcionarios competentes de la Jurisdicción, con elobjeto de determinar la responsabilidad disciplinaria, exista o noperjuicio fiscal, de los agentes de la Jurisdicción alcanzados por lasprescripciones del Reglamento de Investigaciones Administrativasvigente y normas concordantes, reglamentarias, complementarias ymodificatorias.

2. Elaborar los instrumentos necesarios para que el funcionariocompetente formule las denuncias que correspondieren, en los casos enque se advierta la existencia de hechos que en principio, revistierenlas características externas de delitos de acción pública.

3. Ejecutar las investigaciones de los hechos u omisiones que han dado lugar a la instrucción de sumarios administrativos.

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE GESTIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Controlar en el ámbito del Ministerio el cumplimiento de losprocedimientos administrativos financieros reglamentados, así comorealizar el seguimiento económico financiero de la gestión.

Controlar el cumplimiento de las metas económicas de las ejecuciones de obras y acuerdos de transferencias.

ACCIONES:

1. Intervenir en el análisis de la documentación en trámite conformelos procedimientos económicos financieros del Ministerio y organismosbajo la órbita del mismo.

2. Intervenir en el control del efectivo cumplimiento de las obligaciones del Ministerio en materia financiera o impositiva.

3. Controlar y analizar las memorias y balances de las Sociedades donde el Ministerio es tenedor de acciones.

4. Controlar la aplicación de las normas impositivas en relación a lasLeyes Nros. 15.336, 23.681, 24.065, 26.020 y 25.565, esta última por lodispuesto en su Artículo 74.

5. Intervenir en los procesos relativos a las rendiciones de cuentas defondos transferidos a Provincias, Municipios y/o Entes en todasinstancias en el marco de los programas existentes o que se creen en laJurisdicción y controlar su efectivo cumplimiento de acuerdo a lanormativa vigente.

6. Realizar el seguimiento de las rendiciones de cuenta llevadas a cabopor Provincias, Municipios y/o Entes y controlar la documentaciónpresentada para realizar su aprobación, rechazo, revisión o solicitudde información complementaria a las autoridades competentes, tomandointervención en las transferencias de fondos realizadas en obras enejecución.

7. Analizar y verificar Franquicias Hidroeléctricas, realizar elseguimiento de los reintegros de impuestos por obras eléctricas enconjunto con otras dependencias del ESTADO NACIONAL.

8. Gestionar la información para la rendición de fondos, respecto de las obras y de organismos receptores de los mismos.

9. Llevar adelante el control de la deuda en concepto del Recargoestablecido por el Artículo 30 de la Ley N° 15.336, FONDO NACIONAL DEENERGÍA ELÉCTRICA, determinando la facturación que la Empresa COMPAÑÍAADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA(CAMMESA) no ha percibido y por lo cual no ingresa el pago del impuestode los agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Intervenir en todas las actuaciones relativas a la implementación y al uso de sistemas informáticos en el Ministerio.

Coordinar las acciones de seguridad informática del Ministerio.

ACCIONES:

1. Proponer las políticas de las Tecnologías de la Información y lasComunicaciones, incluyendo la informática, las telecomunicaciones, latelefonía, las redes, los sistemas de información y las tecnologíasasociadas, en la Jurisdicción.

2. Entender en la formulación, implementación y seguimiento de laspolíticas de las tecnologías de la información y las comunicaciones conla participación de los organismos descentralizados de la Jurisdicción,conforme a las normas vigentes en la Administración Pública Nacional.

3. Dirigir y optimizar la utilización de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio.

4. Elaborar anualmente el plan de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Jurisdicción.

5. Verificar el cumplimiento de las normas legales y de las políticas yestándares establecidos por la Administración Pública Nacional en elMinisterio en el ámbito de su competencia.

6. Entender en los aspectos relativos a la seguridad de las Tecnologíasde la Información y las Comunicaciones de la Jurisdicción, incluyendoel establecimiento de planes de contingencia para los sistemascríticos, controlando periódicamente su funcionamiento.

7. Conducir las actividades vinculadas al uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Jurisdicción.

8. Entender en los procesos de incorporación, modificación oeliminación de las Tecnologías de la Información y las Comunicacionesde la Jurisdicción.

ANEXO I

ANEXO Ia

ANEXO lb

ANEXO lc

ANEXO Id

ANEXO II

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA TARIFARIA

DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICA TARIFARIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en las acciones de monitoreo y seguimiento de precios o tarifas de servicios públicos vinculados al área energética.

ACCIONES:

1. Asistir al Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en ladeterminación de los valores aplicables a la generación, distribución,consumo domiciliario, industrial y estatal de la energía eléctrica.

2. Proponer políticas tarifarias de fomento para la mejora y ampliaciónde la red de distribución de energía eléctrica en el ámbito nacional.

3. Intervenir en la elaboración de la política tarifaria aplicable a laproducción, transporte y distribución de gas, asistiendo alSubsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en las cuestionesrelacionadas al mercado energético.

4. Asistir al Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en elseguimiento de los valores que se deriven de la oferta y demanda tantodel gas natural, como del Gas Licuado de Petróleo (GLP), envasado o enredes, aplicables al consumo domiciliario y al industrial.

5. Asistir al Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en elseguimiento de los valores que se deriven de la oferta y demanda delbarril de petróleo como de sus derivados y del carbón mineral destinadoa la generación de energía térmica.

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA TARIFARIA

DIRECCIÓN NACIONAL DE FINANCIAMIENTO ENERGÉTICO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en las acciones vinculadas con la política tarifaria enrelación a los programas presupuestarios de financiamiento, respecto delos servicios públicos del área energética para los sectores que seandeterminados por dichos programas.

ACCIONES:

1. Intervenir en la elaboración, propuesta y modificación de programaspresupuestarios de financiamiento respecto de los servicios públicosvinculados al área energética.

2. Asistir al Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en laidentificación de mecanismos de transferencias y subsidios a lossectores carenciados de la sociedad en relación a los serviciospúblicos vinculados al área energética.

3. Realizar recomendaciones respecto de la política energética enrelación a los programas presupuestarios de financiamiento queinvolucren a los servicios públicos del área energética.

4. Intervenir junto con otras áreas competentes del Ministerio a losfines de optimizar los recursos económicos destinados a programaspresupuestarios que se encuentren bajo su competencia.

SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS

DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE HIDROCARBUROS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Efectuar los estudios pertinentes en materia de economía de loshidrocarburos integrando cada una de las etapas productivas,supervisando los aspectos económicos de las actividades del sector dehidrocarburos.

Asistir, en materia de análisis económico, financiero y contable, a lasdistintas áreas de la SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS.

ACCIONES:

1. Participar, a través de la evaluación económico–financiera previa, respecto a cesiones de áreas y garantías de hidrocarburos.

2. Efectuar la evaluación económico–financiera previa, a efectos deautorizar la inscripción en los diversos registros sectoriales.

3. Administrar la información del down stream, precios del Gas Licuadode Petróleo (GLP) y exportaciones de gas y de la titularidad de áreas,escrituras y pagos de canon petrolero, de las áreas off-shore.

4. Asistir al Secretario de Recursos Hidrocarburíferos en materia de Integración Regional en temas de su competencia.

5. Efectuar los estudios e informes que resulten pertinentes enrelación al desempeño económico de los mercados de combustibleslíquidos y gas natural y atender las cuestiones económicas vinculadas ala regulación económica de servicios de transporte y distribución.

6. Coordinar las tareas tendientes a determinar las necesidades de importación de Gas Natural Licuado (GNL).

7. Coordinar la supervisión de los controles financieros pertinentes,en relación a la aplicación de regímenes especiales de precios y fondofiduciario para consumos residenciales de combustibles.

8. Realizar las acciones conducentes a lograr el correcto pago delcanon petrolero, teniendo en cuenta la información técnica yadministrativa pertinente.

9. Participar en el análisis de tarifas reguladas de servicios de transporte por ductos y monoboyas.

10. Analizar e informar al Secretario de Recursos Hidrocarburíferossobre el impacto en el sector de la política impositiva nacional,provincial y municipal y de la política arancelaria y paraarancelariadel sector hidrocarburífero.

11. Analizar e informar al Secretario de Recursos Hidrocarburíferossobre el impacto económico de las políticas ambientales en el sectorhidrocarburífero.

12. Asistir en la resolución de los recursos administrativos que seinterpongan contra actos del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, enaspectos vinculados con el área.

SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS

SUBSECRETARÍA DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN

DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Implementar las acciones inherentes al control y fiscalización de lasactividades de exploración y producción de hidrocarburos, en el marcode una explotación racional y sustentable de los recursos.

ACCIONES:

1. Proponer la normativa aplicable a los procesos licitatoriosprevistos para el otorgamiento de permisos de exploración y concesionesde explotación.

2. Evaluar las propuestas, proyectos y ofertas relativas a permisos dereconocimiento superficial, permisos de exploración y concesiones deexplotación de hidrocarburos.

3. Administrar los registros, e intervenir en la operación de sistemasde información y bases de datos generados como consecuencia de lasactividades de exploración y explotación de hidrocarburos.

4. Asistir en las tareas de fiscalización en el cumplimiento deobligaciones de permisionarios y concesionarios en materia deproductividad e inversiones.

5. Proponer la normativa y/o su actualización en materia deexploración, explotación racional y protección ambiental y fiscalizarsu cumplimiento.

6. Asistir en la fiscalización del cumplimiento de la normativa vigenteen materia de certificación de reservas y recursos de hidrocarburos consu pertinente evaluación.

7. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de permisionarios deexploración y concesionarios de explotación en materia de deslinde ymensura de áreas y yacimientos, interviniendo en la determinación delas superficies sujetas al pago de cánones.

8. Asistir en el control y otorgamiento de servidumbres mineras.

9. Proponer sanciones ante incumplimientos a la normativa aplicable en materia de exploración y explotación.

SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS

SUBSECRETARÍA DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN

DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE Y MEDICIÓN DE HIDROCARBUROS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Impulsar el libre transporte de hidrocarburos, efectuando elseguimiento y control de la ejecución de los planes de transporte y lasinstalaciones de medición.

ACCIONES:

1. Proponer normativa en función de la regulación del almacenaje y deltransporte de petróleo crudo y subproductos, así como controlar elcumplimiento del marco regulatorio vigente.

2. Asistir en la fiscalización del régimen de canon, superficiarios yexpedición de servidumbres y las obligaciones de permisionarios yconcesionarios en materia de pago de regalías.

3. Desarrollar y fiscalizar la estandarización y optimización de lossistemas de medición del petróleo y del gas producidos para laobtención de los datos de la producción en forma segura y eficiente, yla implementación de mecanismos para el control de la misma.

4. Asistir en la fiscalización del cumplimiento de las reglamentacionesen materia de medio ambiente, en el área de su competencia.

SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS

SUBSECRETARÍA DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN

DIRECCIÓN NACIONAL DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Implementar las acciones inherentes al control y fiscalización de lasactividades relacionadas con la refinación y comercialización decombustibles.

ACCIONES:

1. Efectuar el seguimiento de la ejecución de los planes y programasque se establezcan en materia de combustibles líquidos de acuerdo a lapolítica nacional trazada en la materia

2. Participar en la implementación de programas y proponer normativa enel campo de la refinación y comercialización de combustibles.

3. Implementar acciones tendientes a evitar la evasión impositiva en elmercado de combustibles interactuando con los organismos competentes enla materia.

4. Administrar y mantener actualizados los registros correspondientes aempresas elaboradoras, comercializadoras, importadoras, exportadoras ybocas de expendio de combustibles líquidos.

5. Procurar el cumplimiento de las normas de seguridad en lasinstalaciones de elaboración, transformación, almacenamiento, despacho,expendio y transporte de combustibles líquidos.

6. Administrar y mantener actualizado el Registro de Auditoras deSeguridad habilitadas por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA,supervisando el accionar de las mismas.

7. Realizar el control de calidad de los combustibles líquidos que se expendan en el país.

8. Proponer normativa en materia de especificaciones de combustibles líquidos.

SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS

SUBSECRETARÍA DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN

DIRECCIÓN DE GAS LICUADO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Implementar las acciones inherentes al control y fiscalización de lasactividades relacionadas con el Gas Licuado de Petróleo (GLP).

ACCIONES:

1. Asistir al abastecimiento del Gas Licuado de Petróleo (GLP) en todas las etapas de la cadena de valor del mismo.

2. Asistir en materia de seguridad y comercialización de GLP a granel y fraccionado.

3. Analizar y aprobar los aspectos de seguridad en proyectos vinculados con la actividad, en el área de GLP.

4. Administrar y mantener los registros de las certificacionescorrespondientes a instalaciones, equipos, envases y elementosrelacionados con el GLP.

5. Realizar inspecciones de control a las distintas instalaciones,evaluando y procesando las actas de las inspecciones realizadas.

6. Verificar el cumplimiento del pago de las multas aplicadas.

7. Realizar propuestas de normas técnicas y de control de la actividad.

8. Verificar la producción de GLP y las ventas al mercado interno y exportación, controlando el balance de las mismas.

9. Administrar el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado dePetróleo, y el Registro Nacional de Gas Licuado Automotor.

10. Verificar el cumplimiento de la normativa en materia de fabricación y reparación de envases.

11. Controlar y administrar las certificaciones realizadas por organismos certificantes en diversos aspectos del sistema.

SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS

SUBSECRETARÍA DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN

DIRECCIÓN DE BIOCOMBUSTIBLES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Implementar las acciones inherentes al control y fiscalización de las actividades relacionadas con los biocombustibles.

ACCIONES:

1. Calcular y publicar precios de bioetanol y biodiesel siguiendo lametodología establecida a tal fin por la respectiva autoridad deaplicación.

2. Asignar cupos mensuales de volúmenes de venta y compra de bioetanol y biodiesel.

3. Implementar programas y proponer normativa sobre temática debiocombustibles, como corte mínimo, precios de adquisición, seguridaden planta, acuerdos de abastecimiento, especificaciones.

4. Controlar el cumplimiento de la normativa vigente para el sector, proponer y aplicar sanciones cuando corresponda.

5. Efectuar el análisis y seguimiento económico del sector, así como la publicación de estadísticas.

6. Realizar controles de abastecimiento de biocombustibles, logística y calidad.

7. Monitorear la seguridad en las plantas de elaboración e instalaciones de almacenamiento y despacho.

8. Efectuar inspecciones y aplicar sanciones cuando corresponda.

9. Llevar adelante el registro de inscripciones en el Registro de Empresas Petroleras por la elaboración de biocombustibles.

10. Llevar adelante inspecciones de capacidad productiva de elaboradoras de biocombustibles.

11. Analizar proyectos de instalación de nuevas plantas de elaboración de biocombustibles y/o ampliaciones de las existentes.

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES

DIRECCIÓN NACIONAL DE ENERGÍAS RENOVABLES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Definir y monitorear las metas de inserción de energías renovables en el país.

Analizar, evaluar, monitorear y fiscalizar los proyectos de inversión de energías renovables.

ACCIONES:

1. Intervenir en la elaboración y comunicación de políticas, planes ynormativas aplicables en materia de energías renovables, realizando elseguimiento de su cumplimiento y asistiendo en la resolución derecursos administrativos aplicables.

2. Revisar la estructura contractual, legal y financiera de losproyectos existentes a la fecha, en coordinación con otras dependenciasdel Ministerio según corresponda.

3. Monitorear y dar seguimiento puntual a todos los aspectos de cada proyecto de energías renovables.

4. Diseñar, implementar y verificar el cumplimiento de la normativa yde los mecanismos atinentes a dar cumplimiento a las metas legales y/oacuerdos internacionales aplicables en cuanto a la incorporación deenergías renovables a la matriz energética nacional.

5. Asistir en la puesta en marcha del RÉGIMEN DE FOMENTO DE LASENERGÍAS RENOVABLES, del FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO DEENERGÍAS RENOVABLES y del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURAREGIONAL.

6. Elaborar los análisis de diagnóstico y las evaluaciones técnicas,económicas y financieras de los proyectos y del mercado de energíasrenovables.

7. Realizar estudios estadísticos y de mercado de energías renovables.

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES

DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Promover el uso y la incorporación de diversas fuentes de energíasrenovables a la matriz energética nacional mediante programas defomento, investigación científico tecnológica y estudios técnicos.

ACCIONES:

1. Impulsar la puesta en marcha de programas de investigación yaplicación de energías renovables a nivel nacional, procurando laadecuada diversificación geográfica y tecnológica.

2. Administrar programas de promoción de uso de energías renovables.

3. Asistir en la negociación, conformación y puesta en marcha de nuevos programas de promoción de energías renovables.

4. Asistir en la elaboración de políticas de largo plazo para elestudio, desarrollo y fomento de investigación aplicada en energíasrenovables.

5. Intervenir en la programación y ejecución de actividades vinculadascon la comunicación e incorporación de energía renovable, el desarrollode proyectos demostrativos de nuevas tecnologías y la incorporación deoferta de energía renovable.

6. Elaborar y poner a disposición pública la información del banco deproyectos y toda otra información que pueda facilitar la toma dedecisiones sobre las actividades del sector energético, así comoinventarios nacionales de recursos renovables que sirvan de base a laplanificación del sector y a la elaboración de proyectos y políticasespecíficas.

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA HIDROELÉCTRICA

DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE APROVECHAMIENTOS HIDROELÉCTRICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir en todos los aspectos vinculados con el desarrollo de lageneración de energía eléctrica mediante recursos hídricos, concriterio ambientalmente sustentable, en su etapa de estudios defactibilidad, elaboración de los proyectos licitatorios, concreción detodas las obras y acciones necesarias para comenzar las tareas deoperación y mantenimiento de los aprovechamientos hidroeléctricos.

ACCIONES:

1. Intervenir en la elaboración y coordinación de los planes, políticasy normas para el funcionamiento y desarrollo del sector hidroeléctrico.

2. Intervenir en la elaboración de los pliegos de bases y condicionesde los procedimientos de selección relacionados con la realización delos estudios de generación de energía eléctrica mediante recursoshídricos.

3. Supervisar los procedimientos de selección que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

4. Asistir en los procesos de supervisión de la construcción de lasobras del sector, hasta su puesta en servicio, también eventualmentedurante el período de operación hasta el fin de su vida útil y suposterior desmantelamiento.

5. Intervenir en los procesos de contratación de las obras relacionadascon la construcción de instalaciones de generación de energía medianteel aprovechamiento de recursos hídricos.

6. Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos decontrol de los servicios públicos privatizados o concesionados, cuandoéstos tengan una vinculación funcional con el área.

7. Asistir, en el ámbito de su competencia, en los acuerdos decooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, enlos que la Nación sea parte y colaborar en la concreción de los mismos,asistiendo en las negociaciones con los organismos crediticiosinternacionales.

8. Asistir en la creación y en el desarrollo de una base actualizada deinformación sobre todos los recursos hídricos del país no aprovechadosaun en materia de generación de energía hidroeléctrica y del estado deavance de los proyectos ya existentes.

9. Asistir en la realización de estudios de factibilidad técnicos,económicos y ambientales necesarios en los proyectos que estén en suconocimiento, para establecer confiablemente prioridades en suejecución.

10. Intervenir en la aprobación de un orden de prioridad integral deproyectos, contemplando para ello los aspectos técnicos, económicos yambientales.

11. Monitorear las relaciones con los diferentes proveedores deinformación de base técnica y ambiental para la realización de losestudios de factibilidad.

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA HIDROELÉCTRICA

DIRECCIÓN NACIONAL DE SUPERVISIÓN DE APROVECHAMIENTOS HIDROELÉCTRICOS EN OPERACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Intervenir en los aspectos vinculados con el desarrollo de lageneración de energía eléctrica en su modalidad de aprovechamiento derecursos hídricos, con criterio ambientalmente sustentable, en susetapas de operación, mantenimiento y hasta el final de su vida útil yposterior desmantelamiento.

ACCIONES:

1. Intervenir en la elaboración y coordinación de los planes, políticasy normas para el monitoreo de las condiciones de operación ymantenimiento de los aprovechamientos hidroeléctricos en operación,hasta el final de su vida útil y su posterior desmantelamiento.

2. Asistir en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones parallamados a concurso y/o licitaciones, así como también supervisar losprocesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen conmotivo de las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta sufinalización.

3. Verificar las acciones relacionadas con la operación, mantenimientoy seguridad de los aprovechamientos hidroeléctricos hasta lafinalización de su vida útil y de su posterior desmantelamiento.

4. Revisar las acciones relacionadas con aquellos entes u organismos decontrol de los servicios públicos privatizados o concesionados, cuandoéstos tengan una vinculación funcional con el área.

5. Asistir en la elaboración de los proyectos aplicables al sector dela energía hidroeléctrica, que sean necesarios para el cumplimiento delos planes y políticas energéticas de carácter general, así como en laseguridad, el adecuado funcionamiento y desarrollo del sistemaeléctrico en su conjunto.

6. Monitorear las relaciones con y entre los diferentes actores yoperadores del sistema eléctrico, brindando adecuada información acercade las condiciones de demanda y oferta de energía hidroeléctrica en elcorto, mediano y largo plazo.

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR

DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y SUPERVISIÓN DE PROYECTOS NUCLEARES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Analizar, evaluar y monitorear los proyectos comprendidos en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR

ACCIONES:

1. Revisar la estructura contractual y financiera de proyectos enmateria de desarrollo de tecnología nuclear, como así también el examende los aspectos pertinentes a su viabilidad comercial y financiera, encoordinación con las áreas competentes.

2. Intervenir en los diagnósticos de los proyectos del área nuclearnecesarios para alcanzar los objetivos fijados por la SUBSECRETARÍA DEENERGÍA NUCLEAR.

3. Asistir en la negociación de los contratos y acuerdos necesariospara el desarrollo, financiamiento, construcción y operación de losproyectos de los organismos pertenecientes al ámbito de la Jurisdicción.

4. Elaborar y presentar recomendaciones formuladas con el objetivo deoptimizar los proyectos comprendidos bajo la esfera de la SUBSECRETARÍADE ENERGÍA NUCLEAR.

5. Monitorear el avance de los proyectos nucleares, medianteherramientas que permitan establecer objetivos a cumplir, así comoidentificar y atender a potenciales puntos de congestión.

6. Asistir al Subsecretario de Energía Nuclear en el desarrollo deactividades que establezcan criterios de viabilidad de proyectos.

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR

DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN ESTRATÉGICA DE TECNOLOGÍAS NUCLEARES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Evaluar la planificación estratégica a seguir respecto del desarrolloeficiente de tecnologías nucleares y analizar la factibilidad de nuevosproyectos para la producción de energía eléctrica, junto con lainvestigación aplicada al campo.

Promover políticas que contribuyan al desarrollo de una matriz energética diversificada y tecnológicamente sustentable.

ACCIONES:

1. Asistir al Subsecretario, en el desarrollo e implementación de laspolíticas estratégicas orientadas a optimizar la inversión pública enmateria de aplicaciones de tecnología nuclear y desarrollo de nuevastecnologías, proyectos y diseños aplicados al campo de la generación deenergía eléctrica.

2. Intervenir en la evaluación de la factibilidad y sustentabilidadtecnológica de los proyectos y nuevos diseños futuros, proponiendo a suvez nuevas líneas de trabajo e investigación, en coordinación con laDIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y SUPERVISIÓN DE PROYECTOS NUCLEARES.

3. Coordinar con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, la industriay las empresas nucleares las líneas de acción a seguir y el estado delos proyectos en materia tecnológica, como así también comunicar a lasmismas los resultados de las evaluaciones realizadas.

4. Participar en las actividades, foros y presentaciones del áreanuclear que permitan la actualización de los conocimientos sobretecnologías nucleares, como así también recomendar la participación enlas iniciativas y foros internacionales del área nuclear que refuercenla posición argentina respecto del uso seguro y pacífico de lastecnologías nucleares, en coordinación con la DIRECCIÓN NACIONAL DEPOLÍTICAS NUCLEARES.

5. Proponer las políticas de desarrollo de recursos humanosconvenientes a nivel nacional para suplir las necesidades del plannuclear en relación con la producción energética.

6. Conducir los equipos de trabajo conformados en el ámbito de laSUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR en temas relacionados a la evaluacióntecnológica de proyectos.

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR

DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS NUCLEARES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asesorar al Subsecretario de Energía Nuclear en la coordinación de laspolíticas en lo que respecta a la no proliferación y antiterrorismonuclear, seguridad física, salvaguardias y seguridad internacionales.

Articular entre los diferentes actores del sector orientados a lapromoción de la tecnología nuclear, organismos nacionales y subnacionales, empresas e industrias asociadas, promoviendo políticaspúblicas en la materia, en el ámbito de competencia del Ministerio.

ACCIONES:

1. Asistir en lo concerniente a su competencia, en temas de seguridadinternacional y no proliferación nuclear, coordinando el accionar delos distintos actores nacionales en materia de salvaguardias yantiterrorismo nuclear, protección y seguridad física de lasinstalaciones nucleares.

2. Asistir a las autoridades competentes, en el ámbito de suincumbencia, en las intervenciones correspondientes en forosinternacionales, reuniones bilaterales, encuentros multilaterales ycualquier otro ámbito que corresponda, en lo que respecta a lapromoción tecnológica, temas de no proliferación y salvaguardiasnucleares.

3. Asistir, en el ámbito de su competencia, en todo lo referente alcumplimiento de los compromisos internacionales en materia de noproliferación nuclear y seguridad internacional asumidos por laREPÚBLICA ARGENTINA, así como también asesorar en el diseño desalvaguardias nucleares que pudieran implementarse en el futuro.

4. Promover acciones de coordinación entre los actores nacionales y subnacionales involucrados en las actividades del ciclo de combustiblenuclear, generación y aplicaciones de la tecnología nuclear, y proponerpolíticas para la consolidación de una agenda de desarrollo sustentabledel sector nuclear.

5. Proponer políticas públicas tendientes a optimizar la articulaciónentre los organismos públicos y los sectores productivos en eldesarrollo tecnológico del sector nuclear, a través de la vinculaciónentre el ESTADO NACIONAL y el sector privado para la ejecución deactividades y programas de trabajo intersectoriales.

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en todas las acciones de regulación, monitoreo y seguimiento del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).

ACCIONES:

1. Intervenir en la elaboración y coordinación de los planes, políticasy normas para el buen funcionamiento y desarrollo del MERCADO ELÉCTRICOMAYORISTA (MEM) y asesorar al Subsecretario de Energía Térmica,Transporte y Distribución de Energía Eléctrica en todas aquellascuestiones relacionadas con dicho mercado.

2. Asistir al Subsecretario de Energía Térmica, Transporte yDistribución de Energía Eléctrica en el ámbito de su competencia, enlas relaciones con y entre los diferentes actores y operadores delsistema eléctrico, facilitando información acerca de las condiciones dedemanda, oferta, transmisión y distribución de energía eléctrica en elcorto, mediano y largo plazo.

3. Verificar el cumplimiento de los requisitos que condicionan elingreso e intervenir en el perfeccionamiento de los accesos comoagentes del Mercado Eléctrico Mayorista de los Generadores,Transportistas, Distribuidores y Grandes Usuarios, en sus diferentesmodalidades, haciendo observar la normativa específica para cada caso,incluyendo el control sobre los estudios de impacto ambiental que sepresenten en dicho marco.

4. Participar en la proposición de normas para completar el marco normativo ambiental eléctrico.

5. Asistir en la regulación y en los trámites específicos de la Función Técnica de Transporte de los Grandes Usuarios.

6. Realizar el seguimiento de la demanda de energía eléctrica deGrandes Usuarios del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y elaboración deanálisis e informes con indicadores provenientes de organismosoficiales y cámaras empresariales.

7. Realizar estudios de prospectiva energética y futuroscomportamientos del Sistema Argentino de Interconexión, evaluandopotenciales riesgos que justifiquen cambios regulatorios en lanormativa vigente.

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

DIRECCIÓN NACIONAL DE GENERACIÓN TÉRMICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en la aplicación de planes, implementación de políticas ynormas para el desarrollo y la ampliación del parque de generacióntérmica como así también del monitoreo y control del equipamientoexistente.

ACCIONES:

1. Intervenir en las cuestiones vinculadas con el desarrollo de nueva generación de energía eléctrica en su modalidad térmica.

2. Monitorear el parque de generación térmica existente proponiendocursos de acción cuando sea necesario, para la generación térmica encalidad y cantidad necesaria.

3. Entender en la formulación de planes para la incorporación de lasnuevas tecnologías que propendan a la eficiencia y modernización de lostemas de su competencia.

4. Intervenir en aquellos Programas o Planes específicos donde se traten temas de su incumbencia.

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en la aplicación de planes, políticas y normas para eldesarrollo y la ampliación del transporte y la distribución de energíaeléctrica como así también del monitoreo y control del equipamientoexistente.

ACCIONES:

1. Asistir en las cuestiones vinculadas con la transmisión, transportey distribución de energía eléctrica, incluyendo los programasespecíficos en los que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTEY DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA tome intervención.

2. Proponer y asistir en la elaboración de normas aplicables al sectorde energía eléctrica de su competencia, que sean necesarias para elcumplimiento de los planes y políticas energéticas de carácter general,la seguridad y adecuado funcionamiento del sistema eléctrico.

3. Interactuar con el ORGANISMO ENCARGADO DE DESPACHO (OED) en todos los temas inherentes a su función específica.

4. Entender en la normativa aplicable al Transporte en Alta Tensión ypor Distribución Troncal como así también al Sistema de TransportistasIndependientes.

5. Revisar y tomar intervención en los procedimientos de expansión y alestablecimiento de la remuneración cuando así corresponda.

6. Entender en la formulación de planes para la incorporación de lasnuevas tecnologías que propendan a la eficiencia y modernización de lostemas de su competencia.

7. Asistir al Subsecretario de Energía Térmica, Transporte yDistribución de Energía Eléctrica en la administración y conservaciónde los contratos de concesión de los servicios públicos.

8. Asistir al Subsecretario de Energía Térmica, Transporte yDistribución de Energía Eléctrica en relación con los Entes uOrganismos de control de los servicios con vinculación funcional con elárea de su competencia, tomando intervención, en la medida quecorresponda, con la resolución de los recursos administrativos que seinterpongan contra actos de los entes reguladores.

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO

SUBSECRETARÍA DE ESCENARIOS Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE ESCENARIOS Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS ENERGÉTICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Elaborar proyecciones, escenarios y modelos de análisis de la oferta yla demanda energética de la República Argentina y estudioscomplementarios que sirvan de insumos para la toma de decisionesestratégicas sobre el sector.

Asistir en la definición de los lineamientos básicos y las bases desupuestos a utilizar para la evaluación de proyectos y políticasenergéticas y para la realización de estudios especiales, prestandoasistencia técnica a los demás organismos del gobierno en las áreas desu competencia.

ACCIONES:

1. Desarrollar escenarios y proyecciones de oferta, demanda y otras,que hagan posible un planeamiento público y privado adecuado del uso delos recursos energéticos.

2. Realizar estudios de escenarios y evaluación de proyectosenergéticos especiales en las áreas de incumbencia del MINISTERIO DEENERGÍA Y MINERÍA.

3. Asistir en la vinculación con la entidad encargada del SistemaNacional de Inversiones Públicas (SNIP) y coordinar la provisión deinformación al Banco de Proyectos de Inversión Pública (BAPIN) porparte del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

4. Coordinar la cooperación técnica con organismos gubernamentales, nogubernamentales y otros, a nivel regional e internacional, brindandoasesoramiento en lo que respecta a aspectos vinculados a la políticaenergética del gobierno.

5. Articular, junto con otros organismos del MINISTERIO DE ENERGÍA YMINERÍA, del sector energético, del Estado Nacional y los estadosprovinciales, la confección de supuestos y escenarios regionales ysectoriales que involucren al sector energético.

6. Evaluar proyectos de inversión propios del área y todo aquel que sea de interés del Ministerio.

7. Evaluar los impactos de las políticas públicas implementadas o enestudio por parte del Estado Nacional relacionadas con el sectorenergético.

8. Realizar estudios especiales en las áreas de incumbencia del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

9. Formular y gestionar, en lo concerniente al MINISTERIO DE ENERGÍA YMINERÍA, el suministro de información vinculada al PLAN NACIONAL DEINVERSIONES PÚBLICAS (PNIP), y realizar la actualización permanente delinventario de Proyectos de Inversión Pública del Ministerio condistinto grado de formulación y análisis.

10. Intervenir estudios de soporte técnico y económico de las políticasde integración energética, relaciones internacionales y de cooperacióntécnica de incumbencia del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

11. Asistir en la coordinación con otras áreas de gobierno,instituciones educativas, órganos provinciales, nacionales einternacionales, la provisión de información técnica de incumbencia delMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA para alcanzar los objetivos de laspolíticas energéticas definidos por el Señor Ministro.

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO

SUBSECRETARÍA DE ESCENARIOS Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN ENERGÉTICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Desarrollar e instrumentar un sistema integrado de informaciónenergética, constituyéndose en la fuente central e integrada deinformación estadística sobre el sector energético de la RepúblicaArgentina, brindando datos consistentes y de calidad bajo losprincipios de imparcialidad, apertura, transparencia y accesibilidad.

ACCIONES:

1. Confeccionar el balance energético del país, realizar lacaracterización técnica y económica de los usos y recursos energéticosdel país.

2. Crear y llevar adelante el Sistema Unificado de Información Energética de la República Argentina.

3. Coordinar la recopilación de información energética, sistematizarla y hacerla pública de forma transparente y periódica.

4. Establecer e implementar mecanismos de captación, sistematización,control de consistencia y calidad para la recopilación y validación deinformación del Sistema Unificado de Información Energética.

5. Desarrollar el plan de apertura de datos del MINISTERIO DE ENERGÍA YMINERÍA según lo establecido en el Decreto N° 117/2016 y coordinar suimplementación en el área del Ministerio.

6. Articular con empresas, organismos no gubernamentales, organismosgubernamentales municipales, provinciales, nacionales einternacionales, los mecanismos para asegurar la disponibilidad dedatos requeridos por otras áreas del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍAy/o del resto de la administración nacional en las áreas de sucompetencia.

7. Brindar soporte técnico en escenarios y evaluación de proyectos alMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, sus Secretarías y Subsecretarías parala elaboración de respuestas a pedidos de informes.

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO

SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Desarrollar las políticas de ahorro y eficiencia energética.

ACCIONES:

1. Asistir a la SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA y a lasdemás áreas de Gobierno que así lo requieran, con su intervención entemas de eficiencia energética así como de ahorro y uso racional de laenergía.

2. Proponer programas que conlleven a un uso eficiente de los recursosenergéticos, tanto en la oferta de fuentes primarias y secundarias,como en las etapas de transformación y en los distintos sectores deconsumo, como ser el industrial, residencial, comercial, público,transporte, agro y otros.

3. Definir la información necesaria para construir, validar yactualizar periódicamente la Línea de Base Energética (LBE) así comolos Indicadores de Desempeño Energético (IDE) que se utilizarán paramedir los resultados de los programas desarrollados.

4. Proponer los objetivos y metas en la mejora del desempeño energéticoa nivel global, como ser el país, sector o subsector, y definir losobjetivos y metas individuales de cada programa.

5. Monitorear y verificar la efectividad de los resultados de losprogramas ejecutados por la DIRECCIÓN NACIONAL DE EJECUCIÓN DEPROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA.

6. Desarrollar programas de difusión y comunicación de la temática de Ahorro y Eficiencia Energética.

7. Coordinar con las áreas pertinentes del MINISTERIO DE EDUCACIÓN YDEPORTES, la inclusión de contenidos destinados a transmitir laimportancia del uso eficiente y responsable de los recursosenergéticos, en todos los niveles obligatorios de enseñanza.

8. Promover la inclusión del tema de eficiencia energética y el usoracional de la energía, en los programas de las carreras universitariasvinculadas a la materia.

9. Promover convenios y acuerdos con universidades, cámarasempresarias, organismos tecnológicos, organizaciones de la sociedadcivil y todas aquellas instituciones públicas o privadas, tantonacionales como internacionales, cuyo objetivo sea la mejora de laeficiencia energética de los distintos sectores.

10. Evaluar y proponer alternativas regulatorias a fin de establecermecanismos de promoción de la eficiencia energética, tanto en la ofertacomo en la demanda, incluyendo los distintos sectores de consumo.

11. Interactuar con organismos nacionales e internacionales quefomenten y faciliten el acceso al financiamiento para implementarproyectos de eficiencia energética.

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO

SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

DIRECCIÓN NACIONAL DE EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Ejecutar los programas definidos por la DIRECCIÓN NACIONAL DEDESARROLLO DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICApara cada uno de los sectores de consumo.

ACCIONES:

1. Ejecutar los programas que conlleven a un uso eficiente de losrecursos energéticos en los sectores, incluida la oferta de fuentesprimarias y secundarias, las etapas de transformación y los distintossectores de consumo.

2. Intervenir, junto con las áreas competentes, en la ejecución de los programas de ahorro y eficiencia energética.

3. Interactuar con el sector privado y organizaciones de la sociedadcivil que estén directamente involucrados en la ejecución de losprogramas.

4. Suministrar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE POLÍTICAS YPROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA toda la informaciónnecesaria para llevar adelante la medición, verificación y comunicaciónde los programas; el cálculo y seguimiento de Indicadores de DesempeñoEnergético y toda la información necesaria para la planificación deprogramas futuros.

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO

SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA

DIRECCIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Realizar el control de gestión de los proyectos de infraestructuraenergética a ser determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ACCIONES:

1. Desarrollar, proponer, e implementar los procedimientos necesariospara el control de gestión de los proyectos energéticos a serdeterminados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

2. Participar en la ejecución de planes y proyectos de infraestructuraen materia de energía, incluyendo el control de presupuestos y plazosestablecidos en los contratos.

3. Organizar la estructura operativa para el control de gestión de losproyectos de infraestructura energética de gas, generación eléctrica ytransmisión, y distribución eléctrica, a ser determinados por elMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

4. Identificar desvíos en plazos, presupuestos, condiciones de calidady seguridad, promoviendo la adopción de medidas correctivas.

5. Diseñar y mantener un sistema de información actualizado de todoslos proyectos de infraestructura energética que correspondan al ámbitode su gestión.

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO

SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA

DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Brindar asistencia a las restantes Secretarías y Subsecretarías delMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA en licitaciones, definiciones deingeniería, administración de contratos y temas relativos a la calidady seguridad de proyectos de infraestructura energética.

ACCIONES:

1. Asistir a las restantes Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIODE ENERGÍA Y MINERÍA en materia de licitaciones, ingeniería,administración de contratos y temas relacionados con calidad yseguridad.

2. Asistir al Subsecretario de Infraestructura Energética en lacoordinación de relaciones institucionales con empresas, cámaras,gremios y todo otro sector o entidad relacionados con la ejecución deproyectos de infraestructura energética, a ser determinados por elMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

3. Asistir a otros organismos del ESTADO NACIONAL, Provincias yMunicipios, coordinando las acciones tendientes a la mejor ejecución delos proyectos de infraestructura energética, a ser determinados por elMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

4. Diseñar y mantener un sistema de información actualizado de todo lo actuado en el ámbito de su gestión.

SECRETARÍA DE MINERÍA

DIRECCIÓN DE REGULACIÓN MINERA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir en la formulación, diseño, seguimiento y revisión de los marcos regulatorios con impacto en la actividad minera.

ACCIONES:

1. Intervenir en las propuestas de sanción o modificación de normativaproducto de acuerdos con las provincias en el marco del CONSEJO FEDERALDE MINERÍA creado por Ley Nº 24.224.

2. Intervenir en los proyectos de modificación del Acuerdo Federal Minero ratificado por Ley Nº 24.228.

3. Intervenir en el desarrollo de proyectos de normativa minera de alcance nacional.

4. Asistir al Secretario de Minería en la relación con las provinciasen lo vinculado con la normativa que regula la actividad minera.

5. Asistir a las provincias y municipios en el análisis de proyectos deregulaciones de la actividad minera que estos se propongan implementar,en coordinación con las áreas competentes.

6. Coordinar acciones con la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, encuanto a supervisar el estudio, análisis y redacción de proyectos denormas jurídicas relativas a las competencias de la Jurisdicción.

7. Identificar inconsistencias, falta de reglamentación o colisiónnormativa en la regulación minera vigente, y proponer la generación deconsensos.

8. Promover la difusión, profundización y actualización de la normativa minera.

9. Asistir al Secretario de Minería en la relación con las comisionescon injerencia en materia de minería del HONORABLE CONGRESO DE LANACIÓN.

SECRETARÍA DE MINERÍA

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO

DIRECCIÓN NACIONAL DE INVERSIONES MINERAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Administrar la aplicación de las normativas mineras de incumbencianacional, recopilar y procesar la información necesaria para elanálisis de los resultados de la aplicación de la misma y proponeralternativas de inversión.

ACCIONES:

1. Asistir al Subsecretario de Desarrollo Minero para efectuar elenlace entre las distintas áreas del Gobierno Nacional y las empresas,para facilitar la ejecución de los distintos aspectos que promueve laLey N° 24.196 de Inversiones Mineras.

2. Proveer a la DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN MINERA YTRANSPARENCIA una base de datos con información detallada de losrecursos mineros de la REPÚBLICA ARGENTINA, y su distribución por lasprovincias destacando el grado de conocimiento existente sobre losmismos.

3. Elaborar informes para el Subsecretario de Desarrollo Minero dondese analicen las ventajas competitivas de los diferentes proyectos anivel regional, con el objeto de atraer inversiones en nuestro país ylas distintas promociones y sinergias existentes en cada una de lasetapas que caracterizan la actividad minera.

4. Elaborar y mantener actualizado un banco de datos de proyectos deinversiones público- privadas que apunten a sumar al circuitoproductivo, el aprovechamiento de reservas minerales mediante Pequeñasy Medianas Empresas (PyMEs) conformadas al efecto.

5. Realizar el seguimiento en los proyectos mineros, fiscalizando el cumplimiento de la normativa vigente.

SECRETARÍA DE MINERÍA

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO

DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN MINERA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Promover y facilitar la inversión en minería.

Promocionar la oferta minera y las oportunidades de inversión, y fortalecer el sector de pequeñas y medianas empresas mineras.

ACCIONES:

1. Diseñar e implementar acciones para promover y facilitar lainversión en minería en materia de prospección, exploración,industrialización y comercialización de minerales.

2. Realizar estudios de mercado para proyectar las demandas deminerales en la actualidad, en el mediano y en el largo plazo tanto anivel nacional y regional, como internacional.

3. Realizar estudios sobre el impacto económico-estructural que generanlos proyectos mineros en la región de influencia y en orden nacional.

4. Asistir al Subsecretario de Desarrollo Minero y al Secretario deMinería en la participación de reuniones nacionales e internacionalesque promocionen la actividad minera argentina y las oportunidades deinversión.

5. Coordinar el diálogo sobre los temas de interés del sector con lasdistintas organizaciones que interactúan en la actividad minera.

6. Promocionar ante organismos internacionales y multilaterales lapotencialidad minera argentina, las ventajas regionales y la decisióndel Estado de impulsar el Desarrollo Minero Argentino.

SECRETARÍA DE MINERÍA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA

DIRECCIÓN NACIONAL DE PRODUCCIÓN MINERA, AMBIENTE Y DESARROLLO COMUNITARIO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Optimizar los impactos positivos de la actividad minera en lascomunidades directa e indirectamente afectadas por su ocurrencia, yminimizar los impactos negativos o riesgos, trabajando en lacoordinación con todos los actores involucrados.

ACCIONES:

1. Intervenir en la generación de las mejores prácticas gubernamentalesrespecto de los impactos socio-económicos y ambientales de la actividadminera en las comunidades afectadas.

2. Elaborar programas y/o acciones a ser aplicados por el GobiernoNacional, a través de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA, en loreferido al impacto comunitario de la minería, en coordinación con lasprovincias y demás actores involucrados.

3. Asistir a las provincias o municipios, cuando estos lo requieran, enlo atinente a conflictos socio-ambientales, la participacióncomunitaria y los procesos de diálogo, en torno a la actividad minera.

4. Asistir al Subsecretario de Política Minera, en la coordinación, conlas demás áreas relevantes del Gobierno Nacional y de las provincias,para impulsar el desarrollo de la ciencia e innovación aplicadas amejorar las prácticas industriales, ambientales y sociales en laactividad minera.

SECRETARÍA DE MINERÍA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA

DIRECCIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y CADENA DE VALOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Optimizar el impacto de la minería a nivel regional, procurandoidentificar posibles sinergias en materia de infraestructura ylogística, fomentar la creación, crecimiento y diversificación de lasempresas proveedoras de bienes y servicios, y potenciar la integraciónentre la actividad minera y otras actividades económicas.

ACCIONES:

1. Asistir al Subsecretario de Política Minera y al Secretario deMinería en coordinación con otras áreas del Gobierno Nacional y con losgobiernos provinciales, para proponer o impulsar obras deinfraestructura y logística que puedan impulsar el desarrollo minero delas regiones.

2. Asistir al Subsecretario de Política Minera y al Secretario deMinería en coordinación con otras áreas del Gobierno Nacional y con losgobiernos provinciales, para proponer e impulsar esquemas definanciamiento, construcción y/o uso de las obras de infraestructura ylogística de los proyectos mineros, que optimicen su beneficio en favorde otras necesidades productivas y/o sociales.

3. Proponer herramientas y realizar acciones que, en coordinación conotras áreas de gobierno y con las provincias, puedan incentivar ypotenciar la creación, fortalecimiento, crecimiento y diversificaciónde los proveedores de bienes y servicios a la actividad minera,respetando la competitividad.

4. Identificar posibilidades de agregar mayor valor a los minerales quese explotan en la REPÚBLICA ARGENTINA y coordinar con otras áreas delGobierno Nacional y/o las provincias para incentivar la concreción dedichas posibilidades.

5. Intervenir en coordinación con otras áreas del Gobierno Nacional ycon las provincias, detectando puntos de contacto actuales opotenciales de la actividad minera con otras actividades económicas,proponiendo herramientas o acciones para potenciar la integración de laminería con el resto de los sectores de la economía argentina.

SECRETARÍA DE MINERÍA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA

DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN MINERA Y TRANSPARENCIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Elaborar, administrar y difundir información orientada al conocimientode los recursos mineros nacionales a través de un sistema nacionalúnico de información minera.

ACCIONES:

1. Elaborar, estructurar, administrar, mantener actualizado y operar elsistema nacional único de información minera que actuará como base desustentación de toda la información necesaria para el cumplimiento delos objetivos propuestos.

2. Realizar un relevamiento continuo que le permita obtener informaciónreferida al sector minero argentino, incluyendo información geológica,catastral, tributaria, económica, ambiental, social, de prospectos yproyectos, de inversiones y empresas, de todas las personas físicas ojurídicas, públicas o privadas, nacionales o provinciales, que posean oprocesen información confiable relativa al recurso minero en laREPÚBLICA ARGENTINA, para que sea la fuente de información del sistemanacional único de información minera y de sus estadísticas oficiales,la cual será facilitada a todos los usuarios en forma integrada,confiable y oportuna.

3. Formular y proponer los criterios, sistemas y normas necesarios pararecopilar, organizar, administrar y difundir la información del sectorminero.

4. Coordinar con el SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, el CONSEJOFEDERAL DE MINERÍA, y los organismos vinculados al sector como agenciase instituciones provinciales que corresponda y las demás áreas delGobierno Nacional, a fin de incrementar la calidad de la informaciónque se reúna, aplicando criterios uniformes y un sistema compartido,obteniendo inclusive información del sector privado cuando corresponda.

5. Proponer e implementar, en coordinación con los demás actores delsector de la minería, la metodología de actualización periódica de lainformación.

6. Elaborar las proyecciones y estadísticas que requiera la Jurisdicción en base a la información recopilada y administrada.

7. Elaborar los informes, anuarios, reportes, las publicaciones y ponerla información disponible y accesible a través del sistema quecorresponda, con base a las definiciones o requerimiento delSubsecretario de Política Minera.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 5º

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica