Disposición 1/2016

Especificaciones Tecnicas - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Contratos Para Empleadores Distribuidos De Oficio
Especificaciones Tecnicas - Aprobacion

Apruebanse las “especificaciones tecnicas para la presentacion de movimientos al registro de contratos para empleadores distribuidos de oficio” que como anexo forman parte integrante de la presente disposicion.

Id norma: 264033 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33431

Fecha boletin: 02/08/2016 Fecha sancion: 29/07/2016 Numero de norma 1/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Subgerencia De Sistemas Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

SUBGERENCIA DE SISTEMAS

Disposición 1/2016

Buenos Aires, 29/07/2016

VISTO el Expediente N° 159.219/16 del Registro de la SUPERINTENDENCIADE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.549, N° 24.557, elDecreto N° 334 de fecha 01 de abril de 1996, las Resoluciones S.R.T. N°741 de fecha 17 de mayo de 2010, N° 2.224 de fecha 05 de septiembre de2014, N° 2.776 de fecha 20 de octubre de 2014, N° 01 de fecha 05 deenero de 2016, N° 322 de fecha 28 de julio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DELTRABAJO (S.R.T.) N° 322 de fecha 28 de julio de 2016 se estableció, concarácter excepcional y sólo respecto de aquellos casos alcanzados poruna prohibición de celebrar nuevos contratos de seguro determinada porresolución de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (S.S.N.), elprocedimiento de asignación de oficio establecido en el artículo 4° dela Resolución S.R.T. N° 2.224 de fecha 05 de septiembre de 2014.

Que el citado artículo 4°, determinó un mecanismo de asignación deoficio, para los empleadores de personal de casas particulares querealicen pagos de cuotas al Sistema de Riesgos del Trabajo sinencontrarse afiliados a una ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO(A.R.T.), atendiendo de esta forma la potencial situación dedesprotección en la que podrían encontrarse los empleadores ytrabajadores del régimen especial.

Que al respecto, mediante la Resolución S.R.T. N° 2.776 de fecha 20 deoctubre de 2014 se aprobaron las “Especificaciones Técnicas para laPresentación de movimientos al Registro de Contratos para Empleadoresdel Régimen de Personal de Casas Particulares”.

Que atento las diferencias entre los sujetos comprendidos en laResolución S.R.T. N° 322/16 y aquellos incluidos en la ResoluciónS.R.T. N° 2.224/14, resulta adecuado determinar los aspectos técnicosnecesarios para el intercambio de información entre esta S.R.T. y lasA.R.T.

Que por su parte, el artículo 2° de la Resolución S.R.T. N° 322/16establece que la fecha de suscripción que deberá considerarse para loscontratos asignados de oficio, será la fecha en que la S.R.T ponga adisposición de las A.R.T. los datos del empleador asignado.

Que en consecuencia, resulta pertinente determinar la forma en la cualdicha información se encontrará a disposición de las Aseguradoras.

Que, a fin de asegurar la continuidad de la cobertura para algunosempleadores en fecha 28 de julio de 2016 se efectuó la primeraasignación de oficio realizada en el Registro de Contratos paraEmpleadores Distribuidos de Oficio.

Que atento ello, resulta necesario convalidar la asignación de oficio efectuada en la fecha señalada.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos de esta S.R.T. emitióel pertinente dictamen de legalidad, conforme lo dispone el artículo7°, inciso d), de la Ley N° 19.549.

Que la presente se dicta conforme las atribuciones conferidas por elartículo 36 de la Ley N° 24.557 y el Anexo II de la Resolución S.R.T.N° 01 de fecha 05 de enero de 2016.

Por ello,

EL SUBGERENTE DE SISTEMAS

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las “Especificaciones Técnicas para lapresentación de movimientos al Registro de Contratos para EmpleadoresDistribuidos de Oficio” que como Anexo forman parte integrante de lapresente disposición.

ARTÍCULO 2° — Establécese que el resultado de la asignación realizadaen el Registro de Contratos para Empleadores Distribuidos de Oficio seencontrará a disposición de las ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO(A.R.T.) a través del sitio www.arts.gob.ar.

ARTÍCULO 3° — La presente disposición entrará en vigencia al díasiguiente de su publicación en Boletín Oficial y será de aplicación atodos los procedimientos de distribución de oficio realizados.

ARTÍCULO 4° — Convalídase la asignación de oficio realizada en elRegistro de Contratos para Empleadores Distribuidos de Oficio en fecha28 de julio de 2016.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional delRegistro Oficial para su publicación y archívese. — Sr. GUSTAVOLONEGRO, Subgerencia de Sistemas, Gerencia Técnica, Superintendencia deRiesgos del Trabajo.

ANEXO

AFILIACIÓN DE EMPLEADORES DISTRIBUIDOS DE OFICIO

Especificaciones Técnicas para la presentación de movimientos alRegistro de Contratos para Empleadores Distribuidos de Oficio(Resolución S.R.T. N° 322/16)

1. Estructura. Definiciones de los campos.

La estructura a utilizar para la presentación de los movimientos alRegistro de Contratos es la correspondiente al archivo CO definida enel Anexo I de la Resolución S.R.T. N° 741/10.

2. Los campos.

• CART: Código de ART.

• CUIT: CUIT del empleador distribuido de oficio - Res. S.R.T. N° 322/16.

• CIIU: Código de actividad. Valor informado en el archivo que comunica las distribuciones de oficio.

• NUMERO DE CONTRATO: Número de contrato que vincula la relación CUIT-ART.

• FECHA DE PRESENTACIÓN: Fecha de presentación del registro ante la S.R.T.

• DESDE: Fecha de inicio de la cobertura según archivo que comunica las distribuciones de oficio.

• HASTA: Fecha de finalización de la cobertura.

• SUMA FIJA: Valor informado en el archivo que comunica las distribuciones de oficio.

• CUOTA VARIABLE: Valor informado en el archivo que comunica las distribuciones de oficio.

• NIVEL: Valor informado en el archivo que comunica las distribuciones de oficio.

• FECHA DE OPERACIÓN: Según cuadro publicado en el Anexo I de la Resolución SRT N° 741/10.

• TIPO OPERACIÓN: AQ.

3. Especificaciones.

Considerando que para la presentación de los registros, se deberá haceruso de los datos informados en el archivo que comunica lasdistribuciones de oficio, se tendrán que tener en cuenta las siguientespautas:

• Que el CIIU debe ser el valor informado en el archivo que comunica las distribuciones de oficio.

• Que el Nivel debe ser valor informado en el archivo que comunica las distribuciones de oficio.

• Que las alícuotas fijas y variables deben ser los valores informados en el archivo que comunica las distribuciones de oficio.

• Que el tipo de operación debe ser AQ.

a. Modificación de las condiciones del contrato:

Las A.R.T. podrán realizar Endosos (AM) en cualquier momento de losprimeros DOCE (12) meses de vigencia del contrato, según lo dispuestoen el artículo 5° de la Resolución S.R.T. N° 322/16.

b. Cambio de Aseguradora:

El empleador asignado de oficio, puede ejercer la facultad de rescisiónpor traspaso a otra A.R.T. durante UN (1) año contado desde la fecha deinicio de vigencia de la cobertura, sin que le sean exigibles losrequisitos establecidos en el apartado 1° del artículo 15 del DecretoN° 334/96, tal como lo dispone en el artículo 6° de la ResoluciónS.R.T. N° 322/16. Se podrán objetar traspasos y ante una objeción sepodrán liberar. Todo bajo las mismas condiciones, plazos y vencimientosdel Régimen General.

e. 02/08/2016 N° 54040/16 v. 02/08/2016

Páginas externas

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